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Humberto Primo: Dos hombres presos por un robo a mano armada

La prisión preventiva fue resuelta sin plazo por el juez Gustavo Bumaguin a partir de un requerimiento del fiscal Martín Castellano en una audiencia que se llevó a cabo en los tribunales de Rafaela. Los imputados tienen 19 y 23 años.

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Foto: Fiscal Martín Castellano

Dos hombres de 19 y 23 años -cuyas iniciales son BCG y ANL, respectivamente-, que son investigados por un robo cometido con un arma de fuego en Humberto Primo, quedaron en prisión preventiva.
Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Gustavo Bumaguin, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

El fiscal Martín Castellano está a cargo de la investigación y es quien solicitó que los imputados transiten el proceso judicial privados de su libertad. El magistrado resolvió de manera oral en la audiencia y dispuso la prisión preventiva de los hombres investigados por el tiempo que dure el proceso judicial.

ARMA DE FUEGO

Castellano relató que “el robo fue cometido el pasado viernes entre las 00:30 y la 1:00, en calle Dr. Chiapero sin número de Humberto Primo”.

Según explicó, “a partir de un acuerdo previo, con un mismo objetivo y distribuyéndose los roles, los investigados abordaron con violencia a la víctima en la puerta de su domicilio”. En tal sentido, afirmó que “mediante amenazas con un arma de fuego, le sustrajeron un teléfono celular y un juego de llaves de la vivienda”.

“Tras apoderarse de los elementos ajenos, uno de los imputados escapó a pie y el otro, en bicicleta”, manifestó el representante del MPA y agregó que “mientras huían, uno de ellos se deshizo de las llaves robadas”.

PRISIÓN PREVENTIVA

El fiscal indicó que “el magistrado consideró que, con las evidencias aportadas por la Fiscalía, el hecho investigado está lo suficientemente probado para esta etapa del proceso judicial”. Al respecto, precisó que “el juez contempló que el testimonio de la víctima luce coherente y permite desacreditar las versiones de los hechos dadas por los imputados, así como cuestionamientos realizados por la Defensa”.

Castellano sostuvo también que “el magistrado expresó que la calificación escogida por el MPA es adecuada”. Asimismo, “se consideró correcto atribuirles a ambos imputados la coautoría del delito, en contra del requerimiento de uno de los abogados defensores que pretendía otorgarle un grado menor de participación criminal a uno de los investigados”, destacó.

“Para imponer la cautelar, el magistrado además tuvo en cuenta las características del hecho -el contexto de nocturnidad, la superioridad de los imputados frente a una víctima desprevenida e indefensa-; que la pena en expectativa es de cumplimiento efectivo, y que uno de los atacantes posee antecedentes condenatorios”, informó el funcionario del MPA.

Por último, señaló que “en relación a los peligros procesales, el juez contempló que ambos imputados carecen de residencia fija y ninguno tiene trabajo permanente o estable”. A su vez, “se hizo referencia a que tuvieron tiempo de deshacerse de elementos probatorios, entre ellos el teléfono celular, y que era necesario adoptar medidas para proteger a la víctima frente a su eventual declaración en un debate oral”, remarcó Castellano.

CALIFICACIÓN PENAL

A los imputados se los investiga como coautores del delito de robo calificado (por el uso de un arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada), se informó desde la Fiscalía Regional 5.

Fuente: La Opinión de Rafaela

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Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas

Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal

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Foto: Tribunales de San Cristóbal

La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.

Los hechos

Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.

La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.

Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.

Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.

Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.

Peligros procesales

La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.

También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.

“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.

Calificación penal

El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.

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⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años

La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.

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Foto: Ilustrativa - La Justicia de Tres Arroyos condenó a un empresario a pagar una indemnización histórica tras negar su paternidad durante 38 años

En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.

👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.

🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.


🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo

Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.

⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:

  • acceso a mejor educación
  • atención en salud
  • estabilidad económica
  • bienes básicos
    que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.

💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.

📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.


🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego

Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.

📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.

👩‍⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.

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Judicial

🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres

Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.

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Foto: archivo

La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.

⚠️ El hecho

Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.

Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.

📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.

⚖️ Riesgos procesales

Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.

Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.

📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.

Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.

📚 Calificación penal

El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.

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