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La Corte provincial ordenó juzgar de nuevo a un hombre acusado de abusar de tres sobrinas, que había sido absuelto en dos casos

Los ministros del máximo tribunal santafesino sostuvieron que “la sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio”

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El investigado es un hombre identificado como Javier Enrique Navarro que fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de una de las niñas y absuelto por el beneficio de la duda en relación a las otras dos víctimas.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia anuló una resolución de segunda instancia y ordenó juzgar de nuevo a un hombre que fue absuelto por haber abusado sexualmente de dos de sus sobrinas menores de edad en Cañada del Ucle (departamento General López).

Se trata de Javier Enrique Navarro, de 31 años, quien fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de otra niña que es hermana de estas víctimas.

La decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Rafael Gutiérrez (presidente), Daniel Erbetta, Mario Netri y Eduardo Spuler.

El caso llegó a la Corte provincial a partir de un recurso de queja interpuesto por el Fiscal Regional de Venado Tuerto, Matías Merlo, luego de que el tribunal de segunda instancia que resolvió en el caso le rechazó un recurso de inconstitucionalidad.

Estándares internacionales

La Corte cuestionó la “falta de fundamentación” de las resoluciones de primera y de segunda instancia, respectivamente. En ambas oportunidades, Navarro fue absuelto por el beneficio de la duda de los delitos que el MPA le atribuyó haber cometido en perjuicio de dos víctimas.

“La sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio, desprovista de un análisis armónico e integral y de una interpretación conforme a los estándares internacionales aplicables a estos supuestos”, afirmó la Corte al referir a lo resuelto por el tribunal de Apelación.

Los ministros del máximo tribunal provincial también afirmaron que quienes juzgaron previamente a Navarro desatendieron “pautas convencionales -especialmente emanadas de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención de Belém do Pará- y decisiones de organismos internacionales que protegen los derechos de las mujeres -en el caso, de niñas- en materia de violencia sexual”.

Asimismo, se planteó que hubo “un arbitrario apartamiento de las reglas de la sana crítica racional”, dado que se omitió la “confrontación crítica” de las declaraciones en cámara Gesell brindadas por las víctimas y el resto de los elementos probatorios reunidos.

Por su parte, el Fiscal Regional Merlo destacó que “la Corte avaló nuestro planteo en materia de perspectiva de género y de interés superior de las niñas, niños y adolescentes que presenta la resolución que impugnamos”. En tal sentido, aseguró que “según lo dispuesto, el nuevo tribunal deberá acatar la normativa internacional incorporada a la Constitución Nacional a través del artículo 75 inciso 22”.

Abusos

En noviembre de 2020, Navarro fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal -cometido en perjuicio de una de sus sobrinas. Asimismo, fue absuelto por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante -en contra de las otras dos- y de corrupción de menores agravada -en relación a una de esas víctimas.

La Fiscalía indicó que el hombre de 31 años atacó a cada una de las niñas en reiteradas oportunidades en una vivienda de la localidad de Cañada del Ucle. De acuerdo con lo expuesto, dos de las víctimas tenían edad para ir al jardín de infantes y la tercera transitaba el primer tramo de la escuela primaria cuando ocurrieron los hechos investigados.

Fuente: L. T. 9.

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Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi: quedó detenido

El exmarido de Julieta Prandi fue denunciado por la modelo por violencia física, psíquica y abuso sexual agravado.

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Foto: Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi

Claudio Contardi (57) fue condenado este miércoles a 19 años de prisión por abusar sexualmente de su ex esposa, la modelo y conductora Julieta Prandi (44), entre 2015 y 2018, luego del nacimiento del segundo hijo de la pareja. Prandi no estuvo en la sala cuando el Tribunal en lo Criminal n°2 decidió la pena y ordenó la detención del empresario gastronómico, por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual agravado.

El juicio, que concluyó este miércoles, se realizó miércoles, jueves y viernes de la semana pasada y contó con la declaración de peritos, la psicóloga y el psiquiatra de la denunciante, además de amigos y familiares que dieron testimonio del deterioro físico y emocional de Prandi.

De buzo celeste, jean y zapatillas, Contardi esperó el veredicto junto a su abogado Claudio Nitzcaner. Ya sin el biombo que los separó durante las audiencias de la semana pasada, Prandi no estaba en la sala para la lectura del veredicto. Una vez que se llevaron a Contardi de la sala, ingresó junto a su pareja actual, Emanuel Ortega, su abogado Fernando Burlando, y amigos y familiares que, uno a uno, esperaron para abrazarla.

Prandi se mostró emocionada, lloró y, como ocurrió la semana pasada, se descompensó, por lo que la sala fue desalojada y la ex modelo tuvo que ser atendida.

«Este fallo es ejemplificador», dijo Burlando al salir del juzgado, y agregó que pedirán que pedirán que se lo incluya en el registro de abusadores del banco nacional de datos genéticos. Además, el abogado argegó que esperarán a leer los fundamentos del fallo antes de tomar una decisión respecto de una eventual apelación.

El juicio

El único testigo presentado por Contardi fue el jefe de seguridad del barrio privado Septiembre, de Escobar, donde se habrían cometido las violaciones. Declaró que Prandi entraba y salía de su casa en remís o con su marido.

El fiscal Christian Fabio pidió la pena de 20 años para el ex marido de Prandi, mientras que el abogado Javier Baños, del estudio de Fernando Burlando que representa al particular damnificado, solicitó en sus alegatos que Contardi sea condenado a 50 años de prisión por los hechos reiterados de abuso sexual agravado.

Para el fiscal, “no hay otra salida que una condena” porque tras el proceso “no queda margen de duda”. Más allá de la percepción del fiscal de juicio, la decisión está en manos de la presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2, Lucía Leiro, y de los jueces Daniel Répolo y Mariano Aguilar, que anunciarán el veredicto a las 11.

Baños había solicitado la detención preventiva del acusado antes de dejar la sala de audiencia del primer día, pero el fiscal se opuso y el tribunal no la otorgó.

Sin embargo, en el alegato de cierre, el Ministerio Público Fiscal sí pidió que, de ser considerado culpable, el tribunal ordene la inmediata detención del empresario.

“Yo creo que la prueba fue tremenda, él no presentó nada, fue un desastre. Su única estrategia fue intentar evitar el juicio de todas las manera posibles y nada más, es muy probable que nadie haya querido salir a declarar a favor”, cuestionó Baños.

Además, destacó el testimonio de la psicóloga tratante de Prandi, quien la “atendió durante 192 sesiones”, y de las peritos de la Oficina de Violencia Doméstica.

“Fueron categóricos en que Julieta tenía signos inequívocos de alguien que había sufrido un abuso sexual intrafamiliar”, aseveró el ex fiscal de Morón.

Ya sea con destino a un penal bonaerense o con un dispositivo de monitoreo electrónico con prisión domiciliaria, Contardi podría salir preso de la sala de audiencias.

Baños exigió una custodia para Prandi luego de una crisis de angustia que sufrió después de dar sus últimas palabras y el tribunal la dispuso hasta el miércoles.

“Yo lo único que quiero es justicia, yo ya estuve muerta, no quiero estar muerta dos veces”, dijo la mujer, que presenció el juicio junto a su abogado pero separada por un biombo de su ex marido, con quien tuvo dos hijos varones, hoy de 14 y 10 años.

«Era como acercarse a un perrito, acariciarlo y que agachara la cabeza cuando te acercabas. Eso es sinónimo de hostigamiento, violencia física, emocional y psicológica. Era una persona en reconstrucción, desconfianza de todo lo que pasaba. La conocí en una situación que yo no podía comprender cómo una persona que había trabajado toda su vida estaba viviendo en un departamento de dos ambientes con sus dos hijos siendo ella dueña de dos hogares», sostuvo Emanuel Ortega, actual pareja de Julieta Prandi, por videollamada.

La defensa, por su parte, insistió sobre la nulidad del juicio en sus alegatos, al considerar que Contardi no entendió las consecuencias de rechazar el juicio por jurados, algo que para la fiscalía y la querella fue resuelto en todas las instancias previas.

Como pena subsidiaria, los letrados Claudio y Thomas Nitzcaner pidieron 10 años de prisión.

Contardi llegó a la instancia de juicio representado por Juan Carlos García Dietze, que renunció una semana antes de la feria judicial. Por eso tuvieron que postergar el inicio del debate, previsto para dos días antes de lo que finalmente ocurrió.

En ese ínterin contó con la defensa de Maximiliano Costa, defensor oficial del acusado, que el mismo día del arranque se encontró con otros defensores particulares. Fue así que renunció y la defensa quedó en manos de los Nitzcaner.

Contardi tuvo su oportunidad de declarar y lo hizo durante casi una hora. «Nunca abusé de ella sin su consentimiento», fue su extraña frase para defenderse, en un supuesto fallido que no corrigió. «Nunca tuve una relación con Julieta que no fuera consentida», insistió y agregó: «Yo estaba enamorado de Julieta, me casé enamorado, tuve dos hijos enamorado, los hijos son queridos por las dos partes».

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Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Claudio Contardi está acusado de abuso sexual con acceso carnal, violencia psicológica y amenazas.

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Foto: Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Este miércoles el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Zárate-Campana dará a conocer el veredicto del juicio contra Claudio Contardi, ex esposo de la modelo Julieta Prandi, acusado de abuso sexual. La decisión estará a cargo de los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

La sentencia se dará a conocer luego de las 11. Contardi enfrenta cargos por “abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, con una serie de hechos reiterados”.

El exmarido de Julieta Prandi llega al juicio en libertad, dado que los jueces no ordenaron la prisión preventiva pese a los pedidos de la querella. El empresario gastronómico sí tiene una prohibición de acercamiento a la víctima de hasta 300 metros y también pesa sobre él la prohibición de salir del país.

El viernes pasado se llevó adelante la última audiencia en la que se realizaron los alegatos finales. Durante esa jornada, tanto la fiscalía como la querella expusieron sus pedidos respecto a la pena que debería corresponderle a Contardi en caso de ser encontrado culpable.

El fiscal Christian Fabio, que lleva adelante la acusación, pidió que el acusado sea condenado a 20 años de prisión con detención inmediata.

“Julieta estaba en un grado de vulnerabilidad tal que era aprovechado por su pareja. Julieta puso en palabras en esta audiencia todos los episodios de la manera en la que pudo. En cinco palabras: su vida fue un infierno”, sostuvo Fabio ante los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

Por su parte, Javier Baños, abogado de Julieta Prandi, solicitó que Contardi sea condenado a 50 años de prisión.

En la segunda jornada del juicio contra su exmarido Claudio Contardi, Julieta Prandi habló con el corazón en la mano ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, dejando una profunda impresión en todos los presentes. La reconocida modelo y conductora, visiblemente afectada, rompió el silencio en un momento clave de la causa que la tiene como víctima de abuso sexual.

El momento más desgarrador llegó cuando pidió: “Lo único que le pido a la Justicia es que me dejen vivir en paz”. Y con una advertencia clara, señaló: “Si hasta que haya condena, sepan que esa persona es capaz de cualquier cosa. No creo que se manche las manos de sangre, pero lo considero digno de cualquier cosa. Por mi vida y la de mis hijos, les pido que lo detengan; si no, serán responsables de lo que pase”.

Durante su alegato, denunció la constante revictimización que sufren quienes atraviesan situaciones de violencia de género: “Estamos cansadas de que nos traten como mentirosas y de tener que repetir una y otra vez lo que nos pasó”, afirmó, visiblemente dolida. “Eso es humillante y doloroso. No se lo deseo a nadie”, añadió.

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Prohíben el ingreso al país de un deudor de cuota alimentaria

Lo resolvió la Justicia de Viedma. El hombre vive en Israel y debe 4 millones de pesos en concepto de manutención de su hijo, quien se encuentra al cuidado de la madre.

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Foto: Ilustrativa

Un fallo del fuero de Familia de Viedma determinó que un hombre residente en Israel no podrá ingresar a Argentina hasta que abone una deuda alimentaria superior a los 4 millones de pesos.

La medida, dictada por una jueza, busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas hacia su hijo, cuya madre enfrenta sola la crianza y los gastos desde hace años.

El Poder Judicial aprobó hace meses la liquidación de la deuda, pero las intimaciones previas fueron ignoradas por el demandado, cuyo domicilio actual es desconocido y no se registran bienes a su nombre ni información sobre su empleador.

En su resolución, la magistrada destacó que el incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria constituye una violación al derecho del niño a recibir asistencia económica de su progenitor y calificó esta conducta como violencia económica contra la madre, según lo establecido en la Ley 26.485.

El fallo, fundamentado en el artículo 553 del Código Civil y Comercial y el artículo 98 del Código Procesal de Familia, autoriza medidas razonables y no pecuniarias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La jueza señaló: “En este caso tan especial, con un demandado viviendo en el Estado de Israel y con domicilio desconocido, exigir la notificación al domicilio real equivaldría a desvirtuar los derechos aquí reconocidos o tornarlos ilusorios”.

Por ello, consideró necesario adoptar “soluciones más creativas” que, en la era de las comunicaciones digitales, garanticen la seguridad jurídica, el derecho de defensa y la eficacia de la sentencia.

La medida dispuesta prohíbe al hombre ingresar al país hasta que acredite el pago total de la deuda en una cuenta del Banco Nación a nombre de la madre del niño.

El oficio dirigido a la Dirección Nacional de Migraciones establece que, de no cumplirse esta condición, la restricción permanecerá vigente.

La jueza argumentó que “no existe, a mi criterio, otra medida que resulte más eficaz para lograr que el ejecutado cumpla con el pago de la suma adeudada”.

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