Judicial
Pedidos Ya debió abonar 4,6 millones de pesos por cobrar comisiones abusivas en plena pandemia
En un hecho inédito a nivel nacional, la provincia aplicó la Ley de Abastecimiento para sancionar a la empresa de delivery que había sacado provecho de la emergencia sanitaria para cuadruplicar sus ganancias a través de un servicio considerado esencial.
Este martes se hizo finalmente efectivo el pago de la multa impuesta por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe a Pedidos Ya S.A. en el marco de la Ley 20.680 por usufructuar su posición dominante para cobrar comisiones abusivas a los pequeños comercios locales en plena pandemia.
De esta manera, tras el rechazo de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario al recurso de queja presentado, la empresa dueña de la aplicación de logística y marketplace debió abonar 4,6 millones de pesos en concepto de penalización, marcando un precedente inédito a nivel nacional de aplicación de Ley de Abastecimiento a un servicio considerado esencial durante la crisis sanitaria.
En ese marco, el secretario de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe, Juan Marcos Aviano, explicó: “El pago de la multa es la ratificación de la intervención positiva que hizo el Gobierno de Santa Fe a mediados del 2020, en pleno auge de la pandemia, logrando se considere esencial el servicio que ofrecía la mayor empresa de delivery que se conoce en Argentina que es Pedidos Ya. Esto consagra que la política pública tiene que estar al servicio del cuidado al pequeño comercio local”.
“Fue tiempo de arduo trabajo con todo el equipo técnico que permitió aplicar la Ley de Abastecimiento por primera vez en Argentina para este tipo de servicios, generar un ámbito conciliatorio para la empresa y las cámaras gastronómicas, y luego fijar las comisiones con un tope máximo. Esto tiene que poner en valor al comercio santafesino, a las entidades empresarias y a esta sinergia entre lo público y lo privado que generamos, lo cual tiene su beneficio para el consumidor y pone de relieve a las innovaciones que estamos implementando en materia de lealtad comercial, de defensa del consumidor y de utilización de todos los instrumentos legales disponibles, ya que todos los días en Argentina estamos necesitando que la regulaciones comerciales se apliquen para que podamos tener un mercado más justo y transparente”, agregó.
Por su parte, la directora Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht, aseguró que “el procedimiento iniciado por la autoridad de aplicación provincial de las leyes de abastecimiento, lealtad comercial y defensa del consumidor ha sido paradigmático a nivel nacional”. Y detalló: “En primer lugar, por haber dado origen a un procedimiento colectivo en instancia administrativa: la celebración de audiencias de conciliación para la defensa de intereses colectivos, en este caso, del sector gastronómico, algo de lo que no hay antecedentes, y que abre un camino para futuros temas que requieran del abordaje plural y colectivo, y no individual. En segundo lugar, por asumir el rol proactivo que siempre debe tener el Estado cada vez que los intereses de los más sectores más afectados lo requiera: en este caso, con la cuarentena más estricta en el marco de la pandemia, los comercios y consumidores fueron de los sectores más vulnerados”.
“Esta sanción dispuesta por la autoridad provincial, por abuso en el incremento de precios y la consecuente fijación compulsiva de un tope a las comisiones de un servicio considerando esencial en la pandemia, demuestra que un Estado activo, ocupado y preocupado por los intereses de la sociedad logra con su accionar equilibrar la balanza. Estamos convencidos de que la defensa de los derechos de consumidores se logra con la promoción de la lealtad comercial. No son tópicos que están en veredas opuestas, sino que son dos caras de la misma moneda. Promoviendo el comercio justo, transparente y con ganancias racionales, se defiende el bolsillo de las y los consumidores santafesinos”, aseguró.
Respecto al hito a nivel nacional que constituye esta sanción en cuanto a aplicación de la Ley de Abastecimiento, Albrecht destacó el hecho de que a partir de esta resolución el Gobierno nacional decidió formalizar un acuerdo a nivel nacional con las empresas de apps de delivery, tomando el precedente y los argumentos de la actuación de la provincia de Santa Fe. Mencionó además que el pago de la multa por parte de Pedidos Ya tuvo un doble impacto: en los comercios gastronómicos, que vieron disminuida un comisión que se había tornado abusiva y que les permitió continuar trabajando en momentos en que el take away y el delivery eran las únicas formas de sostener sus negocios; y en el sector de los miles de consumidores que utilizan este sistema para la compra de sus alimentos, quienes vieron el efecto del acuerdo en el precio final de los bienes.
ANTECEDENTES
En julio del 2020, en un contexto de emergencia sanitaria y aislamiento social preventivo y obligatorio, en el cual la cadetería se había transformado en un servicio esencial tanto para locales gastronómicos como para las y los consumidores, la Provincia comprobó que la firma Pedidos Ya había cuadriplicado su facturación, habiendo incrementado el importe de las comisiones de forma desmedida, aprovechándose del mencionado contexto. Ante la falta de presentación de documental que justificara el aumento, la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, a través de la Disposición Nº S-20, imputó a la firma por la suma de 3 millones de pesos y fijó una comisión máxima del 18% para un servicio que al momento de la sanción oscilaba entre el 30% y el 36%.
Fuente: L. T. 9.
Judicial
Persecución de 40 kilómetros en Ruta 19: el conductor fue liberado tras la intervención de su defensa
Un hombre que había sido aprehendido luego de una persecución policial de unos 40 kilómetros sobre la Ruta Nacional 19 recuperó la libertad pocas horas después, tras la intervención de sus abogados defensores. La causa continúa en investigación y el imputado seguirá el proceso judicial en libertad.
Un hombre que había sido aprehendido luego de una persecución policial de unos 40 kilómetros sobre la Ruta Nacional 19 recuperó la libertad pocas horas después, tras la intervención de sus abogados defensores. La causa continúa en investigación y el imputado seguirá el proceso judicial en libertad.
El conductor habría evadido un control policial
El hecho ocurrió durante la mañana del 29 de julio, cuando un Peugeot 307 conducido por Leandro David U. presuntamente evadió un control policial sobre la Ruta Nacional 19.
A partir de esa maniobra, efectivos policiales iniciaron una persecución que se extendió por aproximadamente 40 kilómetros.
La persecución terminó en Santa Clara de Saguier
El seguimiento finalizó en la localidad de Santa Clara de Saguier, donde intervino personal policial de investigaciones de Frontera.
En ese lugar se concretó la aprehensión del conductor y el secuestro del vehículo en el que circulaba.
La causa quedó a cargo de la Fiscalía
Por disposición del fiscal Pedro Machado, el hombre fue identificado y notificado de una causa por el presunto delito de resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 239 del Código Penal.
Recuperó la libertad horas después
Tras las primeras actuaciones judiciales y la intervención de los abogados defensores Juan Bautista Degiovanni y Marcelino Javier Plaza, el imputado recuperó la libertad.
La investigación continuará para determinar las circunstancias del hecho, mientras que el acusado permanecerá en libertad durante el desarrollo del proceso.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Indemnizarán a un hombre que se intoxicó tras tomar una Coca-Cola con un cuerpo extraño
La Justicia condenó a una embotelladora a indemnizar a un consumidor de La Plata que sufrió un cuadro de gastroenteritis aguda luego de beber una botella de Coca-Cola que contenía una sustancia extraña. Entre la indemnización, los honorarios y las costas judiciales, la empresa deberá afrontar un pago cercano a los $5 millones.
Cómo ocurrió el hecho
El caso se remonta al 19 de marzo de 2022, cuando un hombre compró cinco botellas retornables de vidrio de un litro en un supermercado de City Bell, partido de La Plata.
Tras consumir las tres primeras sin inconvenientes, al beber la cuarta detectó una sustancia arenosa que, según denunció, le provocó un cuadro de gastroenteritis aguda, por el que debió recibir atención médica.
Al revisar la quinta botella, que permanecía cerrada de fábrica, encontró en su interior un cuerpo extraño sólido, por lo que decidió conservar el envase para futuras pericias.
El reclamo y la demanda judicial
El consumidor realizó primero el reclamo ante el servicio de atención al cliente de la empresa y, al no llegar a un acuerdo, inició una demanda basada en la Ley de Defensa del Consumidor.
Como prueba presentó el ticket de compra, fotografías, certificado médico, actas notariales y otras constancias.
Durante el proceso, la embotelladora Reginald Lee S.A. negó que el objeto extraño pudiera haber salido de su planta y defendió sus controles de calidad.
En tanto, Coca-Cola FEMSA S.A. fue desvinculada del caso al comprobarse que no fabrica ni comercializa ese producto en la ciudad de La Plata.
Qué resolvió la Justicia
En primera instancia se consideró acreditada la existencia de un producto defectuoso, aunque no se pudo probar de manera concluyente que la gastroenteritis fuera consecuencia directa del contenido de la cuarta botella, ya que ese envase no fue preservado para su análisis.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad de la embotelladora tras valorar la pericia química, el acta notarial y la inspección del envase que contenía el cuerpo extraño.
Los jueces señalaron que la existencia de controles de calidad no exime de responsabilidad cuando un producto defectuoso llega al consumidor.
La indemnización
El tribunal elevó la indemnización por daño moral de $50.000 a $200.000, monto que, con los intereses acumulados desde 2022, rondará el millón de pesos.
Además, confirmó un daño punitivo de $400.000, que deberá ser abonado por la embotelladora, y estableció que la empresa también deberá afrontar los honorarios de abogados, peritos y demás gastos judiciales, que ascienden a aproximadamente $4,3 millones.
En total, el desembolso será cercano a los $5 millones.
Con información de iProfesional
Judicial
Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio
La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.
La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.
La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.
Las defensas cuestionaron la acusación
El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.
Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.
En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.
También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.
El juez resolverá en los próximos días
Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.
Una causa con 558 hechos investigados
La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.
La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.
Las penas solicitadas por la Fiscalía
En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:
- 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
- 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
- 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
- 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
- 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
- 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
- 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.
Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.
Con información de Rafaela Noticias
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