Judicial
La justicia frenó la transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima
El juez Alejo Ramos Padilla suspendió el decreto que transformaba al Banco Nación en Sociedad Anónima, defendiendo la voluntad del Congreso.
El juez Alejo Ramos Padilla dictó este martes una medida cautelar para suspender el decreto de transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima.
“Al disponer la transformación del BNA en una sociedad anónima, el Decreto 116/2025 contradice flagrantemente la voluntad del
Congreso, y supone una extralimitación de las facultades delegadas”, señaló la resolución del magistrado.
En consecuencia, le ordenó al Estado Nacional que “se abstenga de toda acción tendiente a su implementación”.
Asimismo requirió «a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025».
La semana pasada el Gobierno nacional firmó un decreto por el que disponía la conversión a Sociedad Anónima del Banco de la Nación Argentina, lo que se convierte en un paso previo a su proceso de privatización.
Cabe recordar que el Congreso Nacional quitó al Banco Nación de las empresas que el Gobierno nacional podía privatizar.
En fecha 25/04/2024, cuando se volvió a tratar en el Congreso de la Nación el proyecto de la Ley Bases y se firmó el dictamen que se imprimió en el OD 7 -24 se estableció en el Anexo I del proyecto (pág. 181) las empresas a privatizar y en él no se encontraba el Banco de la Nación Argentina. Este resultado se alcanzó mediante un acuerdo entre el bloque oficialista y diversos bloques de la oposición durante las sesiones en plenario de las Comisiones de Presupuestos y Hacienda, Legislación General, y Asuntos Constitucionales, en las cuales se decidió eliminar al Banco de la Nación Argentina de la lista de empresas públicas susceptibles de privatización”, recordó Ramos Padilla en su resolución.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo mantiene su propósito y con la transformación en sociedad anónima busca un atajo para alcanzar su objetivo.
La justicia frenó la transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima
El titular de La Bancaria, Sergio Palazzo, destacó el fallo: “Celebramos el fallo del Juez Alejo Ramos Padilla del Juzgado Federal de La Plata quien acaba de suspender el decreto Nro 116/25 que transformaba el Banco Nación en Sociedad Anónima”, publicó en su cuenta de “X”.
Fuente: NA
Judicial
La Justicia anuló el testamento de una mujer de 82 años por falta de discernimiento
La Justicia argentina anuló el testamento de una mujer de 82 años que había firmado el documento un día antes de morir, mientras permanecía internada en el Sanatorio Güemes de Buenos Aires.
La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que, al momento de realizar el testamento, la mujer atravesaba un cuadro de desorientación y deterioro cognitivo que le impedía comprender el alcance del acto. La resolución, dictada el 25 de agosto de 2026, confirmó una sentencia de primera instancia.
Había dejado sus bienes a su cuidadora y a una abogada
La mujer, identificada en el expediente como “señora C.”, era soltera y no tenía hijos. El 24 de julio de 2014, mientras se encontraba internada con cuidados paliativos, firmó un testamento mediante el cual dejaba sus bienes a la mujer que la había cuidado durante sus últimos años y a una amiga abogada.
Entre los bienes mencionados en el expediente figuraban un departamento de la calle Juncal, un local comercial de la avenida Santa Fe, otros locales y un campo.
Después de su fallecimiento, una sobrina inició una demanda para cuestionar la validez del documento. Sostuvo que su tía no se encontraba en condiciones de comprender lo que estaba firmando debido a su estado de salud, su deterioro cognitivo y la medicación que recibía.
Un proceso judicial que duró más de 12 años
El reclamo se extendió durante más de 12 años. Finalmente, la Cámara evaluó documentación médica, declaraciones testimoniales y elementos incorporados desde una causa penal.
Los jueces concluyeron que la mujer no se encontraba en condiciones de comprender el alcance del testamento al momento de firmarlo.
El fallo señala que la formalidad de un instrumento público no puede prevalecer cuando se acredita la ausencia de una voluntad consciente y jurídicamente relevante.
Qué tuvo en cuenta la Justicia
La resolución tomó en consideración testimonios y antecedentes médicos que describían un cuadro de desorientación y deterioro progresivo de la salud durante los días previos al fallecimiento.
El tribunal también hizo referencia a una investigación penal y sostuvo que las circunstancias analizadas permitían considerar acreditada la falta de discernimiento necesaria para otorgar válidamente el testamento.
En otro tramo, el fallo vinculó los hechos con una investigación por circunvención de incapaz, al considerar que se habría aprovechado el estado de la mujer para obtener la firma del documento.
Qué pasó con el escribano
La Cámara también analizó la eventual responsabilidad del escribano que intervino en el otorgamiento del testamento.
Según la resolución, el profesional no responde automáticamente por la posterior anulación de un acto cuando los motivos están relacionados con circunstancias internas de la voluntad de las partes. La situación sería diferente si se demostrara que el escribano participó deliberadamente de un engaño.
En este caso, la participación dolosa del escribano no quedó acreditada, según el fallo.
La decisión judicial se refiere a las circunstancias particulares de este caso y a las pruebas reunidas durante el proceso, que determinaron que la mujer no tenía discernimiento suficiente al momento de firmar el testamento.
Con información de La Nación
Judicial
Caso Spaggiari: el juicio oral comenzará el 8 de octubre y se extenderá hasta diciembre
La causa que investiga presuntas estafas y asociación ilícita vinculadas al Grupo Spaggiari ya tiene fecha para el juicio oral y público en Rafaela. El debate comenzará el 8 de octubre de 2026 y el veredicto está previsto para el 28 de diciembre.
Un juicio con cientos de testigos
De acuerdo con el cronograma establecido por la Oficina de Gestión Judicial de Rafaela, las primeras audiencias comenzarán el 8 de octubre con los alegatos de apertura.
La producción de la prueba se desarrollará a lo largo de al menos 38 audiencias, con la participación de más de 600 testigos, según información publicada sobre la organización del debate.
Los alegatos de clausura de las partes están previstos para el 21 de diciembre, mientras que el veredicto se conocería el 28 de diciembre al mediodía, en los Tribunales de Rafaela.
El camino hasta el juicio
La fecha del debate llega después de distintas instancias judiciales y planteos realizados por las partes durante el proceso.
En mayo, el juez Gustavo Javier Bumaguin había admitido las acusaciones de la Fiscalía y de las querellas particulares, además de rechazar distintos planteos de las defensas.
Las decisiones fueron apeladas y posteriormente el juez de segunda instancia Sergio Enrique Alvira confirmó lo actuado, dejando habilitado el camino hacia el juicio oral.
Entre los cuestionamientos de las defensas estuvieron los plazos de presentación de las acusaciones, la individualización de determinadas conductas y la calificación jurídica planteada por la Fiscalía.
La Cámara entendió que esas cuestiones debían ser analizadas durante el debate y no resueltas anticipadamente en la audiencia preliminar.
La causa Spaggiari
El expediente tiene como imputados a Matías Germán Spaggiari, Fernando Luis Spaggiari, Mirta Ofelia Condotto, Carolina Rocío Schaberger, Myriam Marcela Bravo, Cristian Ezequiel Clemenz, Germán Darío Garetto, Gabriel Lorenzo Ulman, Cristian Marcelo Franzetti y Carlos Andrés Ciancia, según la información publicada sobre la causa.
La acusación del Ministerio Público de la Acusación atribuye distintos hechos de presunta estafa y asociación ilícita, con diferentes grados de participación según cada imputado.
Será durante el juicio donde se producirán y confrontarán las pruebas y se analizará la responsabilidad penal de cada uno de los acusados.
La fijación del cronograma marca así el inicio de una etapa decisiva para una de las causas judiciales de mayor volumen que tramita en los Tribunales de Rafaela.
Con información de Rafaela Informa
Judicial
Ceres: condenaron al exintendente Camilo Busquets por fraude, abuso de autoridad y malversación
El exintendente de Ceres, Camilo Enzo Busquets, fue condenado este viernes en los tribunales de San Cristóbal tras un juicio oral en el que se analizaron distintos hechos vinculados con delitos contra la administración pública durante sus últimos años de gestión.
El tribunal le impuso 2 años y 10 meses de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La pena de prisión no será de cumplimiento efectivo.
Busquets fue condenado por siete hechos
La Justicia declaró culpable al exintendente por tres hechos de fraude a la administración pública, tres hechos de abuso de autoridad y un hecho de malversación de caudales públicos.
La condena establece una pena de 2 años y 10 meses de prisión. Al ser inferior a tres años, Busquets no deberá cumplir la pena en una cárcel.
Además, el tribunal dispuso su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
También condenaron al exsecretario de Hacienda
En el mismo juicio fue condenado el exsecretario de Hacienda Lucas Cañete, quien recibió una pena de 2 años y 3 meses de prisión.
Cañete fue encontrado responsable de los delitos de malversación de caudales y fraude a la administración pública.
Por otra parte, Betiana Godoy, también exsecretaria de Hacienda, fue absuelta de los cargos que se le atribuían.
Podrían surgir nuevas líneas de investigación
Durante el proceso, el fiscal solicitó extraer una copia del registro audiovisual de la declaración testimonial del concejal Juan Manuel Mansilla para remitirla a la Fiscalía y evaluar una eventual ampliación de la investigación.
Mansilla había sido presidente del Concejo Municipal de Ceres y, durante un período de la gestión de Busquets, quedó al frente del Ejecutivo municipal debido a la ausencia del intendente por razones de salud, en su condición de titular del cuerpo legislativo.
El pedido realizado por la Fiscalía sobre su declaración podría abrir nuevas líneas de investigación a partir de lo expresado durante el juicio.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
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