Judicial
La Justicia rechazó el pedido para reabrir la causa por enriquecimiento ilícito contra Cristina Kirchner
La decisión fue tomada por la jueza federal María Eugenia Capuchetti y el caso por el aumento del patrimonio del matrimonio presidencial quedó archivado.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti decidió no reabrir la causa por enriquecimiento ilícito contra Cristina Fernández de Kirchner, que fue cerrada por el ex juez Norberto Oyarbide en 2009.
Así rechazó el pedido de la Unidad de Información Financiera (UIF) para que se reabriera la causa por enriquecimiento ilícito contra la actual vicepresidente, que archivó en tiempo récord el entonces juez Oyarbide. Esto fue pedido durante el gobierno de Mauricio Macri pero con las nuevas autoridades que asumieron en 2019 la UIF desistió del pedido por “cosa juzgada írrita” que había hecho la misma oficina durante el gobierno anterior.
Jueza federal María Eugenia Capuchetti (web)
En la resolución, la jueza sostuvo que “teniendo en consideración la trascendencia que ha adquirido el pedido de nulidad del sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner resuelto en el año 2009 por el entonces juez a cargo de este juzgado, corresponde adelantar que lo tendré por desistido en atención a las recientes presentaciones realizadas por la UIF y el Ministerio Público Fiscal (MPF) en las que afirman que no existen elementos que permitan conmover las sólidas bases sobre las cuales se asienta la cosa juzgada de aquella resolución. De esta forma, no existe impulso que permita el resurgimiento de la acción penal tal como originalmente se había requerido. Además, se ha podido establecer que se encuentra siendo juzgada en otros procesos en los que se la acusa -entre otras cuestiones- de supuestos lucros indebidos desde el 8 de mayo de 2003 hasta el 14 de diciembre de 2015, es decir un período temporal que claramente abarca lo aquí denunciado”.
En la resolución por la que se cerró el caso, Capuchetti, la única juez federal designada durante el gobierno de Macri, resumió la posición del fiscal Eduardo Taiano quien también postuló el rechazo a la reapertura de la causa.
Con respecto a Taiano, la juez explicó que “en tal sentido, afirmó que la utilización de la cosa juzgada fraudulenta debe apreciarse con un criterio sumamente restrictivo y que, sin perjuicio de ello, tampoco se advertía que el mal desempeño del entonces magistrado a cargo de esta causa encuentre sustento fáctico en los elementos aunados a la presente pues entiende que, por el contrario, cada una de las medidas probatorias ordenadas dieron cuenta de que no existen motivos sustantivos para afirmar esa circunstancia”.
Norberto Oyarbide
Concluyó el MPF que “hacer lugar a la nulidad impetrada y reanudar la investigación, avasallaría la garantía constitucional de la cosa juzgada y los superiores intereses que ampara, en tanto no constan elementos para afirmar que el pronunciamiento cuestionado haya sido dictado mediante fraude por parte de la judicatura o cualquier otra circunstancia indicativa de que la resolución no fuera el corolario de un debido proceso.”
El organismo antilavado durante el gobierno de Macri había solicitado que se reabra la investigación luego de que el histórico contador de la familia Kirchner, Víctor Manzanares, declarara que Oyarbide le encomendó que realizara una pericia irregular para justificar el crecimiento patrimonial del matrimonio investigado y poder de esa manera archivar la causa.
En aquella presentación, hecha en febrero del año pasado, la UIF invocó la figura de la cosa juzgada írrita para fundar el planteo. “No hay dudas respecto a la relevancia que pueden tener las manifestaciones del contador Manzanares en orden a los hechos investigados”, señaló en su escrito la dependencia encargada de la prevención y combate del lavado de activos.
“Considera esta Unidad que se encuentran dadas las condiciones para resolver el planteo de nulidad basado en la existencia de cosa juzgada írrita. Es que cuando la investigación judicial no se condujo por su cauce natural, consecuente con la búsqueda de la verdad, sino que se dirigió a sobreseer ficticiamente a quien fue objeto de dicha pesquisa, la inmutabilidad de la cosa juzgada pierde su razón de ser para el caso particular, por cuanto la convalidación de tal situación jurídica colisiona con los principios más elementales del Estado de Derecho y la seguridad jurídica”, sostuvo la UIF en la presentación hecha el año pasado y que fue desistida por las nuevas autoridades.
“Cuando la investigación judicial no se condujo por su cauce natural, consecuente con la búsqueda de la verdad, sino que se dirigió a sobreseer ficticiamente a quien fue objeto de dicha pesquisa, la inmutabilidad de la cosa juzgada pierde su razón de ser para el caso particular”, sostuvo la Unidad de Información Financiera en aquella oportunidad.
Luego de las posiciones de las nuevas autoridades de la UIF y de Taiano la jueza que asumió en el juzgado que dejó vacante Oyarbide en 2018 señaló que “Como se advierte de la reseña realizada, tanto de las recientes manifestaciones efectuadas por la UIF en las que desiste del remedio solicitado como así también de la opinión fundada del MPF de rechazar la pretensión original, me hacen concluir la necesidad de dar por concluido este incidente”. Y de esta manera, archivó la causa, por lo que el sobreseimiento sigue firme.
Al referirse a los tiempos de la causa y la eventual posibilidad de reabrirla, la magistrada remarcó que “la lucha contra los diversos tipos de criminalidad no debe darse sacrificando principios jurídicos básicos; aún en casos como el presente, en donde desde sectores de la opinión pública se intenta persuadir a la justicia a dirigir sus decisiones en un determinado sentido sin que se lleve a cabo un análisis jurídico crítico del caso o, incluso, dejando situaciones procesales inconclusas por largos períodos de tiempo en detrimento de los imputados”.
“Teniendo en cuenta que ésta causa fue iniciada hace más de 11 años, luce más que oportuno lo afirmado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que si bien el principio de igualdad requiere que el tiempo razonable del proceso y la consiguiente limitación de derechos sean de pareja exigencia por parte de cualquier persona, deben cuidarse especialmente aquellos casos que involucran funcionarios públicos“, sostuvo la magistrada.
Y, en ese sentido, remarcó: “Pues en la sana lucha contra la corrupción y la deseable persecución de los delitos contra la administración pública no es admisible que aquellos principios se perviertan desviándose en un recurso lesivo a la democracia, mediante el sometimiento a una indefinida situación procesal a personas políticamente activas, con el resultado de excluirlas de la lucha política democrática”.
Fuente: Vía País
Judicial
Brindaron detalles el estado del proceso concursal de Sancor
La firma jurídica advirtió que el juez dio a la empresa una última oportunidad para presentar un plan de contingencia y evitar la quiebra.

La Empresa de Servicios Jurídicos Regali y Asociados brindó detalles sobre el estado actual del proceso concursal de Sancor, aclarando que la información difundida está vinculada a su participación directa en el conflicto.
En el comunicado, los abogados recordaron que “el proceso de concurso recién está en sus pasos iniciales”, tras haber finalizado la etapa de verificación y la de impugnación de los créditos.
Reunión del consorcio de acreedores
Desde el estudio indicaron que en la última reunión del consorcio se abordó el pedido de quiebra presentado por el sindicato, analizando sus consecuencias y las posibilidades de garantizar los créditos de sus representados, en su mayoría ex trabajadores, productores y proveedores de la empresa.
También se trató el pedido de intervención de la administración presentado por el estudio, que solicita el desplazamiento de los cargos directivos y la promoción de una investigación penal por las actividades desarrolladas durante los últimos diez años. “El tiempo de diez años no es caprichoso, sino que tiene que ver con el plazo de prescripción de ciertas acciones”, explicaron.
En ese marco, el juzgado requirió a Sancor la presentación de un plan de contingencia, en el que deberá detallar su estrategia para salir de la crisis, las asesorías con las que cuenta y las decisiones adoptadas.
“El juez está intentando darle una oportunidad más a la empresa para salir de los pedidos de quiebra, que están muy bien fundados y tienen todas las posibilidades de concretarse”, advirtieron desde el estudio.
Riesgo de quiebra
Regali y Asociados alertó que, de concretarse la quiebra, esta sería de carácter liquidativo. “Así como Sancor Seguros continúa con la ejecución de la hipoteca que mantiene sobre el Centro de Distribución de Buenos Aires, el resto de los acreedores podría avanzar sobre sus créditos especiales, entre ellos la marca, uno de los activos más valiosos de la empresa”, precisaron.
También indicaron que el valor de remate de los bienes “suele ser la mitad o menos”, y que las plantas, como la de Sunchales, tienen tecnología obsoleta y bajo valor de venta. “Hasta el momento hubo un solo interesado en la compra, pero el monto ofrecido fue irrisorio y no alcanzaba para pagar ni el 10% de las deudas”, agregaron.
Irregularidades y falta de respuestas
El estudio remarcó que la intervención de la administración se solicita debido a “las irregularidades que existen en el acontecer diario de la empresa y la falta de información verificable”. Denunciaron que la firma “se maneja de forma autónoma y sin rendir cuentas a la sindicatura”, mencionando como ejemplo la negociación con la empresa Elcor S.A., de la cual el juez y la sindicatura se habrían enterado por los medios.
Asimismo, señalaron “la presentación de 850 recibos apócrifos” .
Por último, manifestaron su preocupación por “la falta de respuesta y la desidia con la que los funcionarios tratan la situación”. “Parece que quieren que la empresa quiebre de una vez por todas. No hay voluntad ni espíritu de lucha, y en esas condiciones es imposible rescatarla. Los directivos no dan señales de vida, y el juez ni siquiera los conoce”, concluyeron.
Fuente: Sin Mordaza
Judicial
Continúa la prisión preventiva de un hombre por un intento de homicidio cometido en Sunchales
Confirmaron por la prisión preventiva de un hombre por un intento de homicidio cometido en Sunchales.

Un hombre de 32 años, cuyas iniciales son GSP, continuará en prisión preventiva en el marco de una causa en el que está acusado como autor de una tentativa de homicidio cometida con un arma de fuego el 13 de junio del año pasado en Sunchales
La medida cautelar fue confirmada por el camarista Cristian Fiz, luego de escuchar a las partes en la audiencia de apelación. La preventiva ya había sido ratificada por otro tribunal en diciembre del año pasado. El fiscal a cargo de la investigación es Martín Castellano, de la Sección Homicidios de la Fiscalía Regional 5
Castellano sostuvo que “se tuvo en cuenta que ya presentamos la acusación contra el hombre investigado y estamos a la espera de que la Oficina de Gestión Judicial fije fecha para el inicio del juicio oral y público”.
Peligros procesales
Castellano sostuvo que “en esta nueva audiencia de apelación, el camarista volvió a coincidir con la Fiscalía en que las evidencias que presentamos en la audiencia de medidas cautelares fueron suficientes para tener por acreditadas la materialidad y la participación del imputado en el hecho ilícito”. En tal sentido, agregó que “el juez de segunda instancia también refirió a la pena en expectativa y dijo que en la acusación solicitamos 13 años de prisión de cumplimiento efectivo”.
El fiscal manifestó que “el juez consideró que ante la proximidad del juicio oral y publico, los riesgos procesales aumentan y podrían hacer que el acusado no se sujete al proceso”.
Con un revólver
Castellano recordó que “el ilícito fue cometido aproximadamente a las 11:30 del jueves 13 de junio del año pasado mientras la víctima caminaba con su novia adolescente por calle Alem al 1.300”. Relató que “luego de perseguirlos desde atrás, el acusado se paró delante de ellos, extrajo un revólver –del que no tenía la debida autorización legal– de su cintura, le apuntó al hombre y le exigió que le entregue sus pertenencias”.
El fiscal manifestó que “mientras la víctima se sacaba la mochila para dársela, el imputado le apuntó a la menor de edad y la amenazó diciéndole que le dispararía con el arma si interfería”.
En tal sentido, agregó que “inmediatamente después, a una distancia aproximada de 50 centímetros, le disparó al rostro del hombre con la clara intención y voluntad de provocarle la muerte”.
El fiscal subrayó que “tras efectuar el disparo, el acusado se fue corriendo del lugar sin haber logrado su objetivo de quitarle la vida a la víctima por razones ajenas a su voluntad debido a la inmediata intervención de personal médico”.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Crimen en Moisés Ville: libertad para el padre y prisión preventiva para el hijo, acusado de dar la puñalada mortal
Se trata del violento hecho ocurrido el jueves donde un hombre identificado como Gastón Pfaffen fue apuñalado y perdió la vida.

La justicia resolvió este miércoles la situación procesal de los dos detenidos por el crimen de Gastón Alejandro Pfaffen, de 35 años, ocurrido la semana pasada en Moisés Ville, departamento San Cristóbal.
En la audiencia cautelar realizada en la Oficina de Gestión Judicial de San Cristóbal de manera semipresencial, la fiscal Hemilce Fissore imputó a Fabricio Alejandro Battiston (padre) y a su hijo Fabricio Alejandro Battiston, acusados por el delito de homicidio doloso. A través de la plataforma Zoom, el doctor Carlos Farías Demaldé, asistió profesionalmente a la madre y a la esposa de la víctima, que pedirán constituirse como querellantes en la causa. La audiencia contó ademàs con la participación de los abogados Alejandro María Otte, Juan Manuel Lovaiza y Cecilia Andrea Gaitán como defensores de los acusados.
La juez interviniente Gabriel Peralta, dispuso la libertad del padre, mientras que al hijo, de 23 años, le dictó la prisión preventiva, al considerarlo quien presuntamente le habría propinado la puñalada mortal a Pfaffen. Algo que fue reconocido por el propio acusado a travès de su defensor, aunque alegando legítima defensa.
El violento episodio ocurrió en la vivienda de los Battiston, cuando la víctima —que era empleador del hijo— se presentó en el lugar para reclamarle por el incumplimiento de una tarea laboral. En ese marco se habría generado una discusión que terminó de la peor manera, con Pfaffen herido de arma blanca y posteriormente fallecido.
Minutos después del ataque, personal de la Comisaría 3ª detuvo a padre e hijo, quienes quedaron a disposición de la Fiscalía Regional 5.
Con la medida cautelar definida, la fiscal Fissore deberá profundizar la investigación para establecer con precisión las circunstancias del crimen, reunir pruebas y tomar declaraciones que permitan llegar a juicio.
Fuente: Rafaela Noticias
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