Judicial
Los argumentos de los abogados defensores: Intentaron evitar la prisión preventiva de los 8 policías
Luego del primer cuarto intermedio de la maratónica audiencia cautelar que se extendió por cinco horas y cuando ya habían expuesto las fiscales Korakis y Lema durante algo más de noventa minutos, llegó el turno de los abogados defensores.
En primer lugar fue el turno del defensor público Aníbal Caula, quien representa a los suboficiales Silvana S.; Juan Aurelio C.; María Itatí A.; Brian Emanuel G. y Carlos Agustín M. quien en principio daba cuenta que en su declaración, Anahí P., quien estaba detenida desde las 3:30am por orden de la fiscal Lema por otro hecho y que resulta testigo principal de la causa, se equivocó en varias oportunidades al mencionar que primer el golpeado había sido Cornejo cuando debió decir Flamenco; o que al pantalón se lo bajaron a Cornejo cuando en realidad era a Cornejo.
Agregó que, uno de los policías, Mauricio Leonardo O.; había salvado la vida de la víctima, presionando en la herida y que no lo dejaron tirado, como señalan desde Fiscalía al referir que todos huyeron del lugar.
Aníbal Caula indicó que el sujeto se había autolesionado, intentando tirarse por la ventana y que esto no es algo fuera de lo común en el ámbito carcelario. Agregó que, al dar aviso al fiscal Guillermo Loyola, en el llamado telefónico realizado a las 6:29 hs, éste no impartió orden alguna, sólo dijo que lo mantengan al tanto de la situación.
Remarcó que la testigo desde el calabozo no pudo haber visto nada de lo que relató; y que no existió entorpecimiento probatorio, como sostiene la otra parte, tampoco peligro de fuga.
Aportó que todos sus defendidos tienen vínculos familiares y arraigo y solicitó que se apliquen medidas alternativas para sus defendidos, que podrían ser: fijar domicilio y ponerse al cuidado de otra persona; prohibición de acercamiento a las víctimas; presentarse a prestar firma ante la autoridad pertinente; prohibición de salir del territorio santafesino. En algunos casos, agregó la posibilidad de que se apliquen arrestos domiciliarios.
Aníbal Caula advirtió que no debe mediar apresuramiento, que aún resta realizar pericias y continuar con el proceso de investigación. Indicó que existen versiones contrapuestas de algunas personas y que los sujetos que se encontraban detenidos tienen frondosos antecedentes penales y que aquí nos encontramos ante personas que se levantan todos los días para ir a trabajar.
Luego fue el turno de los abogados Raúl Domenella y Pablo Mosconi, que defienden a Federico Hernán M. En primer término, aseguraron que comparten las expresiones del abogado Caula, sosteniendo que las imputaciones del Ministerio Público de Acusación se basan en la testigo presencial, que las fiscales sostienen que se encontraba en el lugar de los hechos, pero una de las víctimas en entrevista había referido que ella se encontraba en el calabozo. Afirmaron que la mujer que se encontraba detenida incomunicada mintió y no es testigo presencial.
Hicieron referencia al prontuario policial de una de las víctimas (quien fue llevado a la sala contigua), mencionando que se encuentra implicado en muchas situaciones delictivas anteriores; agregaron que la mujer que se encontraba detenida también cuenta con ingresos anteriores en la Comisaría Tercera. Y también hicieron referencia al hecho de que Guillermo Loyola, al recibir el aviso mediante llamado telefónico, no impartió órdenes.
En este sentido, también mencionaron qué sentido tendría realizar tales actos de “tortura” (de acuerdo a la imputación de las fiscales) con una testigo presente en el hecho.
Hicieron referencia a un problema edilicio de la Comisaria en cuestión, expresando que se encontraban en la cocina comedor porque sólo hay un calabozo en el lugar, hasta que la dependencia se traslade a otro edificio. Entonces, al haber detenidos de distinto sexo, puesto que la detenida incomunicada estaba en el calabozo, debieron trasladarlos a ellos a la cocina comedor.
Manifestaron que tiene invalidez la imputación a su defendido, Federico Hernán M. y que no se verifica entorpecimiento probatorio. Indicaron que el hombre tiene arraigo, esposa, dos hijos, domicilio en Laguna Paiva y que no tiene antecedentes penales. Aseguraron que el hombre tiene un legajo con muchas felicitaciones por su conducta. Solicitaron medidas alternativas, entre ellas, abonar una caución; fijar domicilio en la ciudad de Santa Fe, donde residen sus padres y disponerse al cuidado de ellos. Ratificaron su solicitud de libertad para su defendido o aplicación de las medidas alternativas señaladas.
En ese punto coincidieron también los defensores Domenella y Mosconi -representando al subcomisario Federico Hernán M. (subjefe a cargo en ese momento de la dependencia); y el Dr. Alejandro Leguizamón, defendiendo a Luciano Martín G. (jefe de la Comisaría quien se encontraba franco de servicio) y el suboficial Mauricio Leonardo O.
Finalmente, al turno del abogado Alejandro Leguizamón, que representa a Luciano Martín G. y a Mauricio Leonardo O, comenzó relatando que los sujetos se encontraban detenidos por un enfrentamiento entre dos grupos armados, pero desde fiscalía solicitaron objeción, a la que la Jueza María Cristina Fortunato dio lugar, por entender que éstos hechos no refieren a lo que se analiza en la audiencia de medida cautelar. Aportó que, gracias a la labor de Mauricio Leonardo O., la víctima herida de gravedad no perdió su vida. Aseguró que la versión de fiscalía no es cierta.
En este marco, explicó que Luciano Martín G. se encontraba de franco en el momento del hecho, pero en un “exceso de responsabilidad”, viajó a Sunchales, ya que se encontraba en Laguna Paiva. Leguizamón dijo que, al llegar, se anoticia de lo sucedido y de que, tras el aviso a Loyola, éste no había impartido orden por tratarse de un caso de autolesión.
Expresó que el hecho, como lo describen desde Fiscalía, no existió, por tanto, no hay existencia probatoria que pueda inculpar a sus defendidos. Aseguró que los dos tienen arraigo. Aportó que no existe peligro de fuga y que los sujetos deberían tener libertad, pero que, en todo caso, solicitan el arresto domiciliario.
Luego de las expresiones de todas las partes, tanto Fiscalía como la defensa tuvo oportunidad de ejercer el derecho a réplica.
Las representantes del Ministerio Público de Acusación indicaron que la defensa hizo lecturas erradas de las entrevistas, volvieron a leer algunas expresiones referidas a la mujer que se encontraba detenida incomunicada, donde advierten que se encontraba en el lugar y por tanto es una testigo presencial clave en el hecho; agregaron que la trasladaron al calabozo luego de que la víctima recibe el golpe fatal que hace que atraviese el vidrio del ventanal con su cuerpo.
Aseguraron que no existe evidencia para argumentar que se trata de una autolesión y refirieron que existió entorpecimiento probatorio durante toda la investigación.
«Apelaremos»
A la salida del edificio de Tribunales, el Dr. Pablo Mosconi, que junto a Raúl Domenella defienden al Subjefe de la dependencia, se mostró diconforme con la decisión de la jueza, aunque aclaró que deberán aguardar que se den a conocer los fundamentos para saber en qué basó Fortunato su decisión. Y agregó que con el resto de los profesionales que defienden a los demás imputados, ya acordaron que presentarán el escrito de apelación correspondiente para que el tema sea tratado por jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Quinta Circunscripción Judicial.
Referidos: Meridiano Digital – Rafaela Noticias – Diario Castellanos
Judicial
Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio
La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.
La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.
La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.
Las defensas cuestionaron la acusación
El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.
Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.
En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.
También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.
El juez resolverá en los próximos días
Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.
Una causa con 558 hechos investigados
La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.
La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.
Las penas solicitadas por la Fiscalía
En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:
- 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
- 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
- 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
- 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
- 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
- 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
- 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.
Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera
La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.
La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.
El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.
El crimen que conmocionó a Frontera
Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.
El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.
Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.
La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.
Cinco personas imputadas
La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.
El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.
Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.
Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.
Con información de Castellanos
Judicial
La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones
La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.
La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.
El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).
La condena supera los US$390 millones
El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.
El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.
La Procuración analiza nuevas medidas
Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.
Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.
Podrían avanzar sobre activos argentinos
Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.
En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.
Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.
Con información de La Nación
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