Judicial
Pedidos Ya debió abonar 4,6 millones de pesos por cobrar comisiones abusivas en plena pandemia
En un hecho inédito a nivel nacional, la provincia aplicó la Ley de Abastecimiento para sancionar a la empresa de delivery que había sacado provecho de la emergencia sanitaria para cuadruplicar sus ganancias a través de un servicio considerado esencial.
Este martes se hizo finalmente efectivo el pago de la multa impuesta por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe a Pedidos Ya S.A. en el marco de la Ley 20.680 por usufructuar su posición dominante para cobrar comisiones abusivas a los pequeños comercios locales en plena pandemia.
De esta manera, tras el rechazo de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario al recurso de queja presentado, la empresa dueña de la aplicación de logística y marketplace debió abonar 4,6 millones de pesos en concepto de penalización, marcando un precedente inédito a nivel nacional de aplicación de Ley de Abastecimiento a un servicio considerado esencial durante la crisis sanitaria.
En ese marco, el secretario de Comercio Interior y Servicios de Santa Fe, Juan Marcos Aviano, explicó: “El pago de la multa es la ratificación de la intervención positiva que hizo el Gobierno de Santa Fe a mediados del 2020, en pleno auge de la pandemia, logrando se considere esencial el servicio que ofrecía la mayor empresa de delivery que se conoce en Argentina que es Pedidos Ya. Esto consagra que la política pública tiene que estar al servicio del cuidado al pequeño comercio local”.
“Fue tiempo de arduo trabajo con todo el equipo técnico que permitió aplicar la Ley de Abastecimiento por primera vez en Argentina para este tipo de servicios, generar un ámbito conciliatorio para la empresa y las cámaras gastronómicas, y luego fijar las comisiones con un tope máximo. Esto tiene que poner en valor al comercio santafesino, a las entidades empresarias y a esta sinergia entre lo público y lo privado que generamos, lo cual tiene su beneficio para el consumidor y pone de relieve a las innovaciones que estamos implementando en materia de lealtad comercial, de defensa del consumidor y de utilización de todos los instrumentos legales disponibles, ya que todos los días en Argentina estamos necesitando que la regulaciones comerciales se apliquen para que podamos tener un mercado más justo y transparente”, agregó.
Por su parte, la directora Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht, aseguró que “el procedimiento iniciado por la autoridad de aplicación provincial de las leyes de abastecimiento, lealtad comercial y defensa del consumidor ha sido paradigmático a nivel nacional”. Y detalló: “En primer lugar, por haber dado origen a un procedimiento colectivo en instancia administrativa: la celebración de audiencias de conciliación para la defensa de intereses colectivos, en este caso, del sector gastronómico, algo de lo que no hay antecedentes, y que abre un camino para futuros temas que requieran del abordaje plural y colectivo, y no individual. En segundo lugar, por asumir el rol proactivo que siempre debe tener el Estado cada vez que los intereses de los más sectores más afectados lo requiera: en este caso, con la cuarentena más estricta en el marco de la pandemia, los comercios y consumidores fueron de los sectores más vulnerados”.
“Esta sanción dispuesta por la autoridad provincial, por abuso en el incremento de precios y la consecuente fijación compulsiva de un tope a las comisiones de un servicio considerando esencial en la pandemia, demuestra que un Estado activo, ocupado y preocupado por los intereses de la sociedad logra con su accionar equilibrar la balanza. Estamos convencidos de que la defensa de los derechos de consumidores se logra con la promoción de la lealtad comercial. No son tópicos que están en veredas opuestas, sino que son dos caras de la misma moneda. Promoviendo el comercio justo, transparente y con ganancias racionales, se defiende el bolsillo de las y los consumidores santafesinos”, aseguró.
Respecto al hito a nivel nacional que constituye esta sanción en cuanto a aplicación de la Ley de Abastecimiento, Albrecht destacó el hecho de que a partir de esta resolución el Gobierno nacional decidió formalizar un acuerdo a nivel nacional con las empresas de apps de delivery, tomando el precedente y los argumentos de la actuación de la provincia de Santa Fe. Mencionó además que el pago de la multa por parte de Pedidos Ya tuvo un doble impacto: en los comercios gastronómicos, que vieron disminuida un comisión que se había tornado abusiva y que les permitió continuar trabajando en momentos en que el take away y el delivery eran las únicas formas de sostener sus negocios; y en el sector de los miles de consumidores que utilizan este sistema para la compra de sus alimentos, quienes vieron el efecto del acuerdo en el precio final de los bienes.
ANTECEDENTES
En julio del 2020, en un contexto de emergencia sanitaria y aislamiento social preventivo y obligatorio, en el cual la cadetería se había transformado en un servicio esencial tanto para locales gastronómicos como para las y los consumidores, la Provincia comprobó que la firma Pedidos Ya había cuadriplicado su facturación, habiendo incrementado el importe de las comisiones de forma desmedida, aprovechándose del mencionado contexto. Ante la falta de presentación de documental que justificara el aumento, la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, a través de la Disposición Nº S-20, imputó a la firma por la suma de 3 millones de pesos y fijó una comisión máxima del 18% para un servicio que al momento de la sanción oscilaba entre el 30% y el 36%.
Fuente: L. T. 9.
Judicial
🚨 El jurado popular declaró culpable al clan Sena por el femicidio de Cecilia Strzyzowski
Tras más de un día de deliberación, el jurado popular dio a conocer este sábado el veredicto en el caso por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, uno de los procesos judiciales más resonantes en la historia reciente de Chaco.
El tribunal retomó el debate durante la mañana y, pasadas las 15, citó a las partes para comunicar una definición que marca un antes y un después en la causa.
🔴 Los principales responsables
- César Sena, expareja de la joven, fue declarado culpable de homicidio doblemente agravado, tanto por el vínculo como por mediar violencia de género.
- Sus padres, Emerenciano Sena y Marcela Acuña, también fueron hallados culpables como partícipes primarios del mismo delito, según la lectura realizada por la jueza técnica Dolly Fernández.

🧑⚖️ Otros imputados y veredictos
- Gustavo Obregón y Fabiana González: culpables de encubrimiento agravado.
- Gustavo Melgarejo: culpable de encubrimiento simple.
- Griselda Reinoso: fue absuelta y recuperó la libertad de manera inmediata.

La magistrada recordó al jurado su obligación legal de no revelar nada de lo debatido durante la deliberación y pidió evitar cualquier contacto con la prensa.
Las penas para cada acusado se confirmarán en una audiencia de cesura que se fijará en los próximos días.
📌 Contexto del caso
Cecilia Strzyzowski desapareció el 1 de junio de 2023 en Chaco. Una cámara registró su ingreso a la casa de la familia Sena, donde debía encontrarse con César, pero nunca se registró su salida. Fue la última vez que se la vio con vida.
La investigación determinó que la joven habría sido asesinada en ese domicilio y que luego sus restos fueron llevados a la llamada “chanchería” familiar, donde habrían sido quemados.
Expertos del Equipo de Antropología Forense de Córdoba declararon que los elementos analizados mostraban exposición a temperaturas superiores a los 800°C durante varias horas.
El caso, seguido por todo el país, cierra una etapa clave con el veredicto, mientras la familia de Cecilia espera ahora la definición de las penas.
Por Móvil Quique con información de TN
Judicial
🚨 Julio De Vido quedó detenido por la Tragedia de Once tras el fallo de la Corte Suprema
El exministro de Planificación Federal del kirchnerismo, Julio De Vido, se presentó este miércoles en los tribunales de Comodoro Py para cumplir con la pena de cuatro años de prisión impuesta por su responsabilidad en la Tragedia de Once, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la condena.
El Tribunal Oral Federal N°4 rechazó el pedido de la defensa de otorgarle el beneficio de prisión domiciliaria, por lo que el exfuncionario deberá cumplir la pena en un establecimiento penitenciario.
La defensa, encabezada por el abogado Maximiliano Rusconi, había solicitado que De Vido se presentara voluntariamente para hacer efectiva la detención, lo que finalmente ocurrió esta mañana.
La Corte Suprema, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró “inadmisibles” los recursos presentados tanto por la defensa como por la fiscalía, dejando firme el fallo que lo consideró partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
De Vido había sido condenado en 2018 por no haber controlado el uso de los fondos públicos destinados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA), responsable del servicio donde ocurrió la tragedia que dejó 51 víctimas fatales y más de 700 heridos en 2012.
Aunque fue absuelto por el delito de estrago culposo, el tribunal lo responsabilizó por el manejo irregular de los recursos que, según la Justicia, contribuyó a las condiciones que derivaron en el desastre.
👉 De esta forma, Julio De Vido vuelve a prisión en una de las causas más emblemáticas de corrupción y tragedia del kirchnerismo.
Por Móvil Quique con información de Cadena 3
Judicial
⚖️ Joven santafesino imputado por engañar a chicas con un falso programa y filmarlas con una cámara espía en Jujuy
Un joven de 19 años, oriundo de Coronda (Santa Fe) y que trabajaba como community manager, fue imputado y enviado a prisión preventiva por la Justicia Federal de Jujuy, acusado de explotación sexual agravada y tenencia de material de abuso sexual infantil.
Según la investigación, el acusado habría ideado un sofisticado engaño digital, utilizando inteligencia artificial para crear un falso programa de becas, con el cual convenció a tres jóvenes santafesinas —dos de ellas menores de edad— para viajar a San Salvador de Jujuy con el supuesto fin de participar en la Fiesta Nacional del Estudiante.
📸 Cámara espía en el baño
Las víctimas fueron alojadas en un departamento en el barrio Alto Padilla, alquilado por el imputado. Allí, el joven colocó una cámara oculta dentro de un reloj cronómetro, apuntando hacia la ducha del baño.
El dispositivo fue descubierto cuando una de las jóvenes notó que el reloj no funcionaba y, al revisarlo, encontró la lente de una filmadora.
Tras la denuncia, la policía secuestró 15 videos y 68 fotos de contenido íntimo almacenados en los dispositivos del acusado.
👩⚖️ La causa judicial
El caso está a cargo del juez federal de Garantías N°1 de Jujuy, Eduardo Hansen, quien hizo lugar al pedido de la Fiscalía Federal de Jujuy, representada por Federico Zurueta y la auxiliar fiscal Romina Verdur.
Durante la audiencia realizada el 28 de octubre, se formalizó la imputación y se dictó la prisión preventiva del joven, identificado como G.F.F.
Las víctimas, de entre 17 y 21 años, habían viajado desde el interior santafesino creyendo que participarían en una actividad educativa. Su rápida reacción permitió descubrir la cámara, denunciar el hecho y poner fin al accionar delictivo.
Por Móvil Quique con información de Rosario 3
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