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Prisión preventiva para el acusado de intento de femicidio en Ceres

La medida cautelar fue ordenada a pedido de la fiscal Hemilce Fissore, en una audiencia realizada en los Tribunales de San Cristóbal.

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Foto: Tribunales de San Cristóbal

La fiscal Hemilce Fissore solicitó y se dispuso la prisión preventiva del hombre acusado de cometer un intento de femicidio contra su expareja el pasado sábado en Ceres. La medida cautelar fue ordenada en una audiencia realizada en los tribunales de San Cristóbal.

El acusado, de 41 años y con iniciales JOP, fue imputado por utilizar un arma blanca para atacar a la víctima, quien se encuentra en estado crítico debido a las graves lesiones sufridas en el incidente. El hecho tuvo lugar en una vivienda ubicada en Vera Mugica al 500.

El juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Gabriel Peralta, fue quien dispuso la prisión preventiva luego de evaluar los fundamentos presentados por la fiscalía. A pesar de la oposición de la defensa, el magistrado consideró acreditada la materialidad del hecho y la probabilidad de autoría.

La fiscal Fissore destacó que la víctima logró señalar al agresor como su expareja antes de ser trasladada a un centro de salud. Además, se encontró el cuchillo utilizado en el domicilio del imputado, lo que refuerza la evidencia en su contra.

La fiscal también resaltó que el caso se trata de violencia de género y que la salud de la víctima está en estado crítico, por lo que era necesario resguardar su testimonio y su integridad. Por ello, el juez consideró que existían riesgos procesales y que otras medidas alternativas no eran suficientes.

El acusado enfrenta la calificación penal de homicidio calificado por el vínculo y por haber sido cometido con violencia de género. Se espera que sea llevado a juicio y que se le imponga una pena de prisión efectiva.

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Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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Judicial

Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja

El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.

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Foto: ilustrativa

Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.

Condena por abuso sexual en Sunchales

Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.

La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.

El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.

El delito fue agravado por la convivencia con la víctima

De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.

Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.

El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.

Intentó alterar una prueba genética

Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.

Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.

La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.

Las pericias revelaron una situación aún más grave

La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.

Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.

Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.

Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.

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Judicial

Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos

Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.

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Foto: Demandó a su ex por ocultarle que no era el padre de sus mellizos.

La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.

El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.

En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.

El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.

La Cámara revirtió el fallo de primera instancia

En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.

Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.

Cómo se compone la indemnización

La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.

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