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Prisión preventiva para los tres imputados por el homicidio de la pequeña Aralí en Brinkmann

La Fiscalía de Instrucción de Morteros, a cargo de Yamila Di Tocco, dictó la prisión preventiva de los imputados Ezequiel Simeone, Cristian Varela y Rocío Milagros R. -madre de la niña- por abuso sexual, homicidio calificado e incendio.

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Foto: En esta casa del horror es donde ocurrieron los indescriptibles hechos.

El viernes 29 de noviembre los principales acusados por el homicidio de Aralí Vivas, la niña de 8 años que fue asesinada, asfixiada, abusada sexualmente y luego incinerada en la localidad de Brinkmann -94 km al noroeste de Rafaela-, se negaron a declarar ante la fiscal de Morteros, Yamila Di Tocco.

En el caso que conmociona a la Región, dos de los tres detenidos e imputados son Matías Ezequiel Simeone (33), pareja de la madre de la victima, y Cristian Hernán Varela (40) quienes están acusados de homicidio criminis causa, un delito que podría derivar en la condena a prisión perpetua, por el crimen de la niña asesinada el pasado 2 de noviembre.

Prisión preventiva

Siguiendo con los pasos procesales, en la jornada de ayer el Ministerio Público Fiscal (MPF) de Córdoba dio a conocer que la Fiscalía de Instrucción de Morteros, a cargo de Yamila Di Tocco, dictó la prisión preventiva de los imputados Ezequiel Matías Simeone, Cristian Hernán Varela y Rocío Milagros R. por los hechos delictivos de los cuales resultó muerta la niña Aralí Vivas en la localidad de Brinkmann.

A continuación, las imputaciones de los detenidos:

  • Ezequiel Matías Simeone, 33 años: por supuesto coautor de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado- y de Homicidio calificado por el vínculo, por mediar violencia de género y criminis causa, en concurso real, y como probable autor del delito de Incendio, todo en concurso real.

. Cristian Hernán Varela, 40 años: como supuesto coautor responsable de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado- y de Homicidio calificado por el vínculo, por mediar violencia de género y criminis causa, en concurso real.

. Rocío Milagros R., 28 años y madre de la víctima: por supuesta participe necesaria penalmente responsable de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado- y de Homicidio calificado por el vínculo, por mediar violencia de género y criminis causa, todo en concurso real.

El hecho

Aralí fue asesinada dentro de la vivienda que compartía en la ciudad de Brinkmann con sus hermanos más chicos. La pesquisa comprobó que el inmueble fue quemado intencionalmente para encubrir el cuerpo de la niña, la cual previamente había sido abusada sexualmente.

La autopsia reveló primero que no hallaron monóxido de carbono en sus pulmones y que presentaba “un traumatismo en la zona craneal”.

Días previos al crimen, se agregó que la nena fue presuntamente abusada por su padrastro y un amigo antes del crimen, ya que el estudio de su cuerpo arrojó la presencia de material genético masculino.

En un primer momento, la causa estaba en las manos del fiscal de San Francisco, Oscar Gieco, quien imputó a los dos hombres por homicidio simple. Luego pasaron a ser acusados de homicidio calificado y previo a derivarla a su par de Morteros, decidió que la carátula se agrave al confirmarse un abuso previo a la muerte.

De esta manera, en primer término Simeone y Varela quedaron imputados como supuestos autores de homicidio criminis causae, delito que podría derivar en la condena a prisión perpetua.

También la madre de la víctima, Rocío Milagros Rauch (28), fue imputada por supuesto homicidio calificado por el vínculo, aunque ya fue indagada, negó los cargos en su contra y se abstuvo de seguir declarando.

Por último, la semana pasada, el fiscal Gieco se apartó de la causa y remitió todo el expediente a su par de Morteros, Yamila Di Tocco, quien retornó de su licencia. Sin embargo, Di Tocco podría dejar el caso en 2025, ya que dejará su cargo al estar concursado. Si bien la fiscal intentó revalidar su cargo, no quedó en el orden de mérito.

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La Justicia volvió a rechazar la prisión domiciliaria para Karen Ñañez: deberá seguir cumpliendo condena en la cárcel ⚖️🚫

La Justicia rosarina volvió a negarle la prisión domiciliaria a Karen Ñañez, condenada por el asesinato de María Fernanda Chicco.

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Foto: La Justicia volvió a rechazar la prisión domiciliaria para Karen Ñañez

La defensa había solicitado que la pena fuera cumplida en el hogar argumentando que Ñañez es madre de un niño de 3 años, pero el juez consideró que no existen razones que justifiquen modificar la modalidad de la condena.

El Dr. Hugo Parma confirmó a este medio lo ocurrido durante la audiencia de este sábado, convocada por la Oficina General de Gestión de Segunda Instancia de Rosario.


El juez rechazó los recursos y confirmó la sentencia original 🔍

Durante la audiencia, la defensa planteó recursos de nulidad y apelación contra la resolución de la jueza de primera instancia, Dra. Carrara, quien ya había rechazado el pedido de prisión domiciliaria.

El juez Horacio Pueyrredón, del Colegio de Jueces de Ejecución Penal de Segunda Instancia, ratificó íntegramente la resolución previa y desestimó los reclamos de la defensa.

La Fiscalía —representada por la Dra. Gerbaudo—, la imputada, su defensor y el representante de la familia de la víctima estuvieron presentes en la audiencia.


El interés superior del niño, clave en la resolución 👶⚖️

El juez evaluó que, en este caso, no existe una vulneración concreta al interés superior del niño, ya que el hijo de Ñañez —de 3 años— vive actualmente con su padre y sus abuelos paternos en Rosario, bajo pleno resguardo familiar.

Por lo tanto, la Justicia entendió que no corresponde aplicar la excepción prevista para madres de niños pequeños, debido a que no está comprometido el bienestar del menor y porque se trata de un delito extremadamente grave que requiere cumplimiento efectivo de la pena.

Ñañez, condenada por un crimen que conmocionó a la región, deberá continuar en prisión tal como lo dicta la sentencia firme.

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🔥 Ceres en shock: dos hombres quedan presos por un brutal intento de homicidio

Dos hombres —de 25 y 33 años— quedaron en prisión preventiva tras ser imputados como coautores de un intento de homicidio ocurrido en la ciudad de Ceres, un caso que mantiene en alerta a toda la región.

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Foto: ilustrativa

La jueza Cecilia Álamo ordenó la medida cautelar durante una audiencia desarrollada en los tribunales de San Cristóbal, mientras que la investigación está a cargo del fiscal Emiliano Odriozola.

Según informó el funcionario del MPA, ambos hombres —identificados por sus iniciales NAC y FEB— deberán permanecer privados de libertad durante todo el proceso judicial, dada la gravedad de los hechos.

🩸 Un ataque planificado en plena madrugada

El violento episodio ocurrió alrededor de la 1 de la madrugada del lunes 24 de noviembre.
De acuerdo a la investigación, los imputados llegaron en moto hasta la casa de la víctima, ingresaron por la fuerza y actuaron con el claro objetivo de matarlo.
Ambos estaban armados con armas blancas, y según el fiscal, actuaron de forma coordinada y con total conocimiento de lo que hacían.

El imputado más joven habría dejado al hombre “vulnerable y desprotegido”, facilitando que su cómplice le provocara heridas en el tórax, la cabeza y la oreja derecha usando una cuchilla de 18 centímetros.
La víctima logró sobrevivir gracias a la rápida atención médica, lo que impidió que el ataque se convirtiera en un homicidio consumado.

⚠️ Más delitos y un prontuario que agrava la situación

El acusado de 33 años, además, enfrenta cargos por otros hechos cometidos durante este año en Ceres.
Entre ellos, haber golpeado a un hombre con una pistola calibre 380 cargada, sin contar con autorización para portarla; y haber amenazado verbalmente a una mujer en la vía pública en octubre.

⚖️ Peligro de fuga y entorpecimiento: la clave de la preventiva

La jueza Álamo consideró que las pruebas reunidas por la Fiscalía son contundentes, y que la gravedad del caso —sobre todo la tentativa de homicidio— anticipa una posible pena de cumplimiento efectivo.
Por ello, sostuvo que existe riesgo procesal, especialmente de entorpecimiento probatorio, y rechazó el pedido de la Defensa para otorgar medidas alternativas a la prisión.

🏛️ Calificación legal

A ambos sospechosos se les atribuye coautoría en tentativa de homicidio.
Además, al mayor se le suman cargos por violación de domicilio, lesiones leves, amenazas calificadas, portación ilegal de arma de fuego (agravada por antecedentes) y amenazas simples.

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💣 Escándalo millonario: piden procesar a ex presidentes de SanCor por apropiación indebida de aportes

Un nuevo capítulo judicial sacude a SanCor Cooperativas Unidas Limitadas. La Fiscalía Federal de Rafaela solicitó el procesamiento de dos expresidentes de la cooperativa, acusados de apropiación indebida de recursos de la seguridad social por una suma superior a los $1.644 millones.

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Foto: La fiscalía federal de Rafaela solicitó el procesamiento de dos expresidentes de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas por apropiación indebida de recursos.

El pedido recae sobre José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez, quienes encabezaron el Consejo de Administración entre febrero de 2020 y enero de 2024. Según la acusación, durante ese período la empresa retuvo aportes de los trabajadores, pero no los depositó en los sistemas de jubilaciones, pensiones y obras sociales, incumpliendo la ley.

📌 33 períodos fiscales bajo la lupa

El dictamen detalla que Gastaldi habría incurrido en 17 hechos entre 2020 y 2022, mientras que a Sánchez se le imputan 16 hechos correspondientes a 2022, 2023 y enero de 2024. Todos los casos son considerados en concurso real y en carácter de autores.

La causa se originó tras denuncias de trabajadores de las plantas de Sunchales y Don Torcuato, quienes detectaron que los aportes retenidos no habían sido transferidos. La Justicia Federal tomó competencia luego de la derivación de las causas desde el fuero provincial.

🧾 Pruebas y fundamentos

La investigación se apoyó en reportes del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y en la base de datos de la AFIP, revelando que SanCor actuó como agente de percepción y retención sin efectuar los depósitos correspondientes durante 33 períodos fiscales.

Aunque los imputados se abstuvieron de declarar, no negaron los hechos. Por ello, la fiscalía solicitó que el juez disponga su procesamiento conforme al artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación.

🔒 Medidas de coerción

La fiscalía consideró suficiente imponerles la obligación de informar cambios de domicilio, dado que no tienen antecedentes penales, poseen residencia fija, actividad laboral declarada y se presentaron voluntariamente ante la Justicia.

Este pedido marca un punto crítico en la crisis institucional y financiera de SanCor, que vuelve a quedar en el centro de la escena judicial y pública.

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