Judicial

Revocaron el fallo que había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto la resolución de la jueza Laura De Marinis, que había declarado inconstitucional el artículo de la nueva ley que establece el régimen penal juvenil desde los 14 años.

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Foto: La jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil en el marco de una causa por tentativa de robo agravado.

La magistrada había sobreseído a un adolescente de 14 años, al considerar que la aplicación de la nueva normativa resultaba regresiva en ese caso concreto.

La decisión de la Cámara hizo lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil.

Anularon el sobreseimiento y apartaron a la jueza

Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca revocaron el sobreseimiento del adolescente, identificado en el expediente con las iniciales “M.I.A.”.

Además, apartaron a De Marinis del caso y ordenaron el sorteo de un nuevo juez para que continúe interviniendo en las actuaciones principales.

La Cámara también declaró la validez del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años cuando sean imputados por hechos previstos como delitos.

Según el criterio expresado en la resolución, la jueza habría realizado un análisis de conveniencia de la norma en lugar de un control de constitucionalidad. Los camaristas también cuestionaron la aplicación de una legislación anterior que, según señalaron, ya había sido derogada por la nueva normativa.

Qué había planteado la jueza De Marinis

En su resolución, De Marinis había sostenido que el Estado debía priorizar respuestas vinculadas con educación, contención y salud, antes que recurrir al sistema penal frente a determinadas trayectorias de vulnerabilidad.

La magistrada había señalado que la incorporación de adolescentes al sistema penal debía constituir un último recurso y había considerado que, en el caso analizado, la aplicación del nuevo régimen implicaba una respuesta regresiva respecto de la situación jurídica anterior.

Por ese motivo, había declarado inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 para el caso concreto y dispuesto el sobreseimiento del adolescente.

La decisión de la Cámara

Con el nuevo fallo, la declaración de inconstitucionalidad quedó sin efecto y también fue anulado el sobreseimiento.

La causa deberá continuar con la intervención de otro juez del fuero Penal Juvenil, conforme a lo dispuesto por la Cámara.

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