Judicial
Rosalía Jara: Valdéz continuará en prisión mientras espera la fecha del juicio
La Cámara de Apelaciones de Vera ratificó la prisión preventiva de Juan Valdez, único imputado por la desaparición y la muerte de Rosalía Jara, la joven que fue vista por última vez con vida el 1 de julio de 2017 y hallada muerta el 26 de agosto de 2018 en inmediaciones del arroyo Golondina.
La Cámara de Apelaciones de Vera ratificó este miércoles la prisión preventiva de Juan Valdez, único imputado por la desaparición y la muerte de Rosalía Jara, la joven que fue vista por última vez con vida el 1 de julio de 2017 y hallada muerta el 26 de agosto de 2018 en inmediaciones del arroyo Golondina.
La decisión fue tomada por el camarista Eduardo Bernacchia en una resolución de más de 40 hojas en el que rechazó el recurso de nulidad planteado por la defensa, informó el portal informativo FM Activa de la ciudad de Vera.
Vale recordar que el martes 5 de mayo pasado los abogados de Valdéz, Jorge Bedouret y Bárbara Reynoso, habían pedido el sobreseimiento y la inmediata liberación de su cliente ya que siguen sosteniendo que es inocente de los delitos que se le acusan; y además lleva detenido casi tres años: desde el 20 de julio de 2017.
El profesor está acusado del delito de «homicidio doblemente calificado por la relación y por ser cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género –femicidio–», tomó la palabra a través de la aplicación Zoom y dijo que quería «justicia por Rosalía» y agregó que «los culpables se deben estar riendo» por el rumbo de la investigación.
Ahora resta esperar que se fije la fecha para la iniciación del juicio oral que ya fue solicitado por Fiscalía y querella.
Elevación a juicio
El 14 de febrero último, el juez Santiago Banegas admitió la acusación contra el único imputado del femicidio de Rosalía Jara en la que fiscalía y querella de la familia de la joven solicitan la prisión perpetua por considerarlo autor de «homicidio doblemente calificado por la relación y por ser cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género».
En aquella oportunidad el magistrado también había rechazado el sobreseimiento del imputado y ratificó la prisión preventiva, al tiempo que admitió la mayoría de las pruebas presentadas por la parte acusadora. Sin embargo, rechazó otras como la de corrupción de menores.
Según publicó el citado sitio infomativo, la defensa técnica integrada por los abogados Jorge Bedouret y Bárbara Reynoso hicieron el planteo porque entendieron «que no existe ninguna posibilidad que esa acusación pueda llevar a Valdez a una condena por el delito que se le endilga atento que en principio fue rechazada y luego sin haber sufrido ninguna modificación sustancial, fue aceptada; por lo que la defensa entiende que no hay ningún otro elemento que haya surgido de la investigación por parte de la fiscalía que demuestre que el imputado tuvo relación con este hecho y que a través de un juicio pudiere llevarlo a una condena.
Por su parte, la querella conformada por Carolina Walker y Matías Pautasso desde diciembre de 2019, sostiene que «la prueba es muy concluyente en cuanto a la responsabilidad de Valdéz. Buscan que pase eventualmente el juicio en libertad, con la cuarentena se complica que empiece un juicio de estas características. El 5 de mayo vamos a defender la resolución del juez que dio lugar a nuestras acusaciones».
El caso
Rosalía fue vista con vida por última vez el 1 de julio de 2017 en la garita de la ruta 83S de Fortín Olmos.
Sus restos fueron encontrados el 26 de agosto de 2018 en inmediaciones del arroyo Golondina, al este de la ciudad de Vera.
El lunes 10 de septiembre los estudios realizados por el Equipo Argentino de Atropología Forense confirmaron que el ADN de los restos coincidían con los de Rosalia.
Miércoles 28 de noviembre fueron sepultados sus restos.
En diciembre, la defensa de Veldéz pidió la exhumación de los restos para que sean periciados nuevamente.
En febrero fueron exhumados y remitidos al Instituto Médico Legal de Rosario, donde aún se encuentran.
En agosto último, el juez Santiago Banegas rechazó la acusación contra el único detenido por el hecho, el profesor de educación física y padre de la hija de la joven muerta Juan Valdéz, aunque no lo sobreseyó.
En noviembre la querella renunció a la causa y asumieron nuevos abogados.
Fuente: LT 9
Judicial
Cargó nafta en lugar de gasoil: una estación de servicio deberá pagar más de $7 millones
El error ocurrió cuando un cliente fue a cargar combustible a su Renault Clio diésel en Pergamino. La Justicia responsabilizó a la empresa por los daños al vehículo y cuestionó la falta de una solución efectiva al reclamo.
Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, fue condenada en primera instancia a pagar $7.010.000 más intereses a un cliente al que le cargaron nafta en lugar de gasoil en su automóvil.
El fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 reconoció una indemnización por la reparación del vehículo, la privación de uso y el daño moral. También impuso una multa civil por la respuesta de la empresa frente al reclamo.
El error que dejó al auto fuera de funcionamiento
El episodio ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando el conductor, que entonces tenía 26 años, llegó a la estación para cargar $2.000 de gasoil en su Renault Clio diésel.
Según los hechos que el juzgado consideró probados, un empleado despachó nafta por equivocación. Después de pagar, el vehículo comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros del surtidor.
De acuerdo con los testimonios valorados en la causa, el playero reconoció el error. El automóvil fue trasladado a un taller mecánico cercano sin encender el motor.
Sin embargo, luego de los primeros trabajos, el propietario volvió a circular y, tras recorrer aproximadamente una cuadra, el motor falló nuevamente y dejó de funcionar.
El cliente inició una demanda en septiembre de 2024. La empresa negó su responsabilidad y cuestionó las pruebas y los montos reclamados.
Qué pruebas tuvo en cuenta la Justicia
Para reconstruir lo ocurrido, el tribunal analizó el comprobante de pago, los testimonios y una pericia mecánica.
Según la sentencia, esos elementos permitieron establecer que el cliente había solicitado gasoil y que el error se produjo dentro de la estación de servicio.
La pericia explicó que la presencia de nafta en un motor diésel puede provocar daños en el sistema de inyección, debido a las diferencias en las propiedades lubricantes de ambos combustibles. También señaló que una reparación adecuada puede requerir vaciar el tanque, limpiar el circuito y cambiar filtros y, según los daños, otros componentes.
El juzgado consideró razonables los valores de repuestos y mano de obra presentados para reparar el automóvil. Además, entendió que la empresa no aportó pruebas suficientes para atribuir el desperfecto al consumidor o a una causa diferente de la carga equivocada.
Cómo se compone la indemnización
La condena suma $7.010.000, distribuidos de la siguiente manera:
- $3.500.000 por daño material: destinados a cubrir la reparación del vehículo.
- $210.000 por privación de uso: por el tiempo en que el propietario no pudo disponer del automóvil.
- $1.800.000 por daño moral: por las molestias y gestiones que debió afrontar a raíz del episodio.
- $1.500.000 por daño punitivo: como sanción civil vinculada con la prestación deficiente del servicio y la falta de una respuesta efectiva al reclamo.
El tribunal consideró que la estación debía cumplir con sus obligaciones como proveedora dentro de una relación de consumo. También señaló que la empresa estaba en mejores condiciones de aportar información técnica y documentación sobre lo ocurrido.
La empresa deberá pagar con intereses
La sentencia sostuvo que no era razonable exigirle al cliente conocimientos técnicos para determinar si el sistema de combustible había sido limpiado correctamente después del error.
Además, consideró que la falta de una solución efectiva, las gestiones realizadas por el propietario y la necesidad de iniciar un juicio justificaban los distintos conceptos indemnizatorios.
El fallo estableció que el pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia y dispuso la aplicación de intereses, con un cálculo específico para el daño material.
La condena es de primera instancia y las costas del proceso quedaron a cargo de la estación de servicio. La regulación de honorarios se resolverá una vez firme la liquidación de intereses y gastos.
Con información de Cadena 3
Judicial
Vivieron 27 años en un terreno familiar, construyeron su casa y ahora deberán irse: cobrarán más de $21 millones
Una pareja tendrá que devolverle a la madre del hombre el terreno donde vivió durante casi tres décadas. La Justicia rechazó su pedido para quedarse con la propiedad, pero reconoció el dinero que invirtieron en construir la vivienda.
Un conflicto familiar que comenzó en 1999 terminó con una decisión judicial que combina dos resoluciones: la madre recuperará el terreno y su hijo y su nuera recibirán una compensación superior a los $21 millones por la casa que construyeron allí.
El caso fue analizado por la Justicia de Neuquén, donde la pareja buscaba que se reconociera su derecho a quedarse con la parte del inmueble que ocupaba desde hacía 27 años.
Cómo comenzó el conflicto familiar
La historia se inició en 1999, cuando la madre permitió que su hijo y su esposa se instalaran en el fondo de su propiedad. Según explicó durante el proceso, la intención era ayudarlos a contar con un lugar donde vivir sin tener que pagar un alquiler.
En ese momento, el sector tenía pocas construcciones. La pareja sostuvo que levantó su vivienda con recursos propios, contrató trabajadores y realizó distintas mejoras.
Con el paso de los años, ese espacio se convirtió en su hogar. Ambos señalaron que contaban con servicios a su nombre y que habían mantenido una ocupación pública y pacífica.
Sin embargo, la relación familiar se deterioró y la propietaria inició una demanda para recuperar el terreno. Su hijo y su nuera se opusieron y reclamaron que se les reconociera la propiedad por el tiempo que llevaban viviendo allí.
Por qué no pudieron quedarse con el terreno
La pareja intentó obtener el inmueble mediante la usucapión, un mecanismo legal que permite adquirir una propiedad cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley durante un determinado período.
No obstante, la jueza civil María Eliana Reynals consideró que el tiempo de permanencia y las construcciones realizadas no eran suficientes para reconocerles ese derecho.
El punto determinante fue que la ocupación había comenzado con la autorización de la madre. Para la Justicia, ese permiso inicial no demostraba por sí mismo que el hijo y su esposa hubieran poseído el terreno como propietarios frente a la titular.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la decisión y estableció que el inmueble debía ser restituido a su propietaria.

La compensación de más de $21 millones
Aunque rechazó el reclamo para quedarse con el terreno, la Justicia reconoció que la pareja había invertido dinero propio en la construcción de la vivienda.
Las pruebas presentadas durante el juicio permitieron establecer que ambos financiaron la casa. Por ese motivo, se dispuso que la propietaria los compensara económicamente por las mejoras realizadas.
La indemnización supera los $21 millones, según la valuación de un profesional incorporada al expediente.
La Cámara, integrada por las juezas Laura Marcela Serrano y Cecilia Pamphile, confirmó íntegramente la resolución. También se pidió la colaboración de las partes para concretar la devolución del inmueble y cumplir con las obligaciones económicas, con el objetivo de evitar que el conflicto familiar se profundice.
De esta manera, después de casi tres décadas, la madre recuperará el terreno, mientras que su hijo y su nuera podrán cobrar por la vivienda que construyeron. La Justicia consideró que haber vivido allí durante tantos años no les otorgaba automáticamente la propiedad, aunque sí correspondía reconocer la inversión realizada.
Con información de TN
Judicial
Hotesur y Los Sauces: comenzó el juicio contra Cristina y Máximo Kirchner por presunto lavado de dinero
El debate comenzó este viernes en los tribunales federales de Comodoro Py. La expresidenta y su hijo participan de manera virtual de la audiencia inicial, en una causa que investiga operaciones hoteleras e inmobiliarias vinculadas con empresarios.
El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comenzó este viernes 23 de octubre en los tribunales federales de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires. Entre los acusados se encuentran la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner.
La primera audiencia se inició alrededor de las 10 ante el Tribunal Oral Federal N.º 5. Durante esta jornada se leen las acusaciones y los hechos que serán analizados a lo largo del proceso.
Por decisión del tribunal, Cristina y Máximo Kirchner participan de manera remota de esta audiencia inicial. Según la información difundida, la modalidad virtual fue autorizada para esta primera jornada, mientras que las siguientes serán presenciales, salvo excepciones que puedan concederse.
Qué se investiga en las causas
El proceso busca determinar si operaciones hoteleras e inmobiliarias relacionadas con sociedades de la familia Kirchner fueron utilizadas para canalizar y dar apariencia legal a fondos de presunto origen ilícito.
En la causa Hotesur, se analizan negocios vinculados con establecimientos hoteleros de la familia, incluidos contratos y pagos relacionados con empresas de empresarios que mantuvieron vínculos comerciales con el Estado.
Por su parte, Los Sauces investiga contratos de alquiler de propiedades vinculadas con una sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner. Entre las operaciones bajo análisis figuran negocios con empresas relacionadas con Lázaro Báez y con el Grupo Indalo.
La hipótesis de la acusación sostiene que esas operaciones podrían haber formado parte de maniobras de lavado de activos. Las defensas rechazan esa interpretación y sostienen que se trató de negocios legítimos.
Las responsabilidades penales deberán establecerse durante el juicio y las acusaciones tendrán que ser evaluadas a partir de las pruebas presentadas ante el tribunal.
Quiénes participan del debate
El Tribunal Oral Federal N.º 5 está integrado, según la información difundida, por los jueces José Michilini, Adriana Palliotti y Fernando Machado Pelloni.
Además de Cristina y Máximo Kirchner, entre los acusados mencionados se encuentran Lázaro Báez, Martín Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa, junto con otras personas vinculadas con las sociedades investigadas.
La audiencia inaugural está dedicada a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio, que detallan los hechos investigados y los delitos atribuidos a cada acusado.
Un proceso judicial de alto impacto
El inicio del debate abre una nueva etapa judicial para Cristina Kirchner, quien ya fue condenada en la causa Vialidad. En este proceso, el tribunal deberá analizar las operaciones comerciales investigadas y determinar si existieron maniobras delictivas.
El juicio continuará con las distintas instancias previstas, incluidos los planteos de las defensas y la evaluación de las pruebas. Por ahora, el comienzo de las audiencias no implica una declaración de culpabilidad de los acusados.
Con información de NA
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