Judicial
San Cristóbal: Imputaron a cuatro médicos como coautores del homicidio culposo
El hecho ocurrió en 2020 en el SAMCo de San Cristóbal. Se trata de dos hombres -entre ellos, quien al momento de los hechos era vicedirector del hospital- y de dos mujeres.
La atribución delictiva fue realizada por el fiscal Héctor Aiello en la sede de la unidad fiscal sancristobalense. El funcionario del MPA señaló que “para llegar a la imputación llevamos a cabo múltiples tareas investigativas que permitieron identificar a los responsables de la muerte de la víctima”.
Cuatro médicos fueron imputados por la coautoría del homicidio culposo del adolescente Santiago Zapata Demichelis, cometido en 2020 en el hospital SAMCo de San Cristóbal. Son un cardiólogo de 40 años, que al momento de los hechos era vicedirector del nosocomio; un psiquiatra de 36; una médica de 45; y otra, de 26.
“Los imputados transitan el proceso judicial en libertad”. Según precisó el letrado, “se les endilga una actuación negligente por no haberle brindado al paciente la atención médica necesaria para salvar su vida”.
El representante del MPA afirmó que “minutos antes de las 3:00 de la madrugada del lunes 2 de marzo de 2020, Demichelis ingresó al SAMCo sancristobalense, ubicado en calle Cochabamba al 1.400”. Contó que “llegó acompañado por su madre, quien hizo hincapié en que el joven había sufrido un fuerte golpe en la cabeza”.
El fiscal sostuvo que “la médica de 26 años imputada -cuyas iniciales son ALF-, recibió al paciente y desestimó las consecuencias del golpe”. En tal sentido, remarcó que “sin realizar el examen físico pertinente, la profesional le diagnosticó síndrome confusional, causado por una presunta intoxicación por marihuana”.
“La médica intentó comunicarse con el psiquiatra investigado -de iniciales RAP-, y aunque no lo logró, le colocó suero a la víctima”, narró Aiello. “Pasadas las 4:00, Demichelis presentó nuevos síntomas y, por teléfono, el entonces vicedirector del hospital -cuyas iniciales son GI- ordenó medicarlo”, agregó.
“Recién alrededor de las 11:30 de la mañana, RAP revisó al paciente y constató que el cuadro era neurológico, por lo que le pidió a la cuarta imputada -de iniciales MLA-, que coordinara una derivación urgente”, sostuvo el funcionario judicial.
De acuerdo con lo señalado por Aiello, “Demichelis sufrió un paro cardíaco mientras lo trataban por consumo de estupefacientes y, aunque intentaron reanimarlo, falleció”. Al respecto, el fiscal subrayó que “en contra del diagnóstico del SAMCo, la autopsia reveló que la muerte fue producto del golpe en la cabeza al que ninguno de los profesionales le prestó atención”, y aseveró que “no tuvo relación con la ingesta de drogas”.
El representante del MPA enfatizó que “en la conducta de los cuatro imputados hubo una clara ausencia de la debida diligencia”. Explicó que “a la víctima no se le practicaron análisis de sangre ni de orina, lo que hubiese permitido al menos corroborar la presencia de marihuana o de otro tipo de estupefacientes en el organismo”.
“Tampoco se propusieron diagnósticos diferenciales ni se realizaron estudios con aparatos y evaluaciones físicas completas”, planteó. “Con una revisión acorde con los protocolos profesionales, se hubieran percibido los signos del golpe al que la madre de Demichelis se refería constantemente durante la internación”, añadió.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Caso Cecilia Strzyzowski: condena a prisión perpetua para el Clan Sena
En la provincia de Chaco, la jueza Dolly Fernández dio a conocer la sentencia en el marco del femicidio de Cecilia Strzyzowski.
En la provincia de Chaco, la jueza Dolly Fernández dio a conocer la sentencia en el marco del femicidio de Cecilia Strzyzowski.
El Clan Sena fue condenado a prisión perpetua:
- César Sena recibió la máxima pena como autor del crimen.
- Sus padres, Emerenciano y Marcela Acuña, fueron declarados culpables como partícipes necesarios.
El fallo representa un paso importante en la búsqueda de justicia para la familia de Cecilia, aunque la noticia sigue en desarrollo.
Por Móvil Quique con información gentileza…
Judicial
🚔 Narcomenudeo y armas ilegales: condenaron a cinco años de prisión a un hombre en Tostado
La Justicia de Tostado condenó a cinco años de prisión efectiva a un hombre de 30 años por vender droga al menudeo y poseer armas de fuego sin autorización.
El condenado fue identificado como Pablo Jesús Argañaraz, quien recibió la sentencia tras un juicio abreviado llevado adelante en los tribunales locales.
La resolución estuvo a cargo del juez José Luis Estévez, con la Dra. Shirli Tomasso como fiscal del caso.
🔍 Drogas fraccionadas listas para la venta
Durante la audiencia, la fiscal detalló que el acusado tenía estupefacientes fraccionados y preparados para su comercialización, los cuales fueron hallados en un allanamiento realizado el 3 de agosto de 2024 en una vivienda ubicada sobre Naciones Unidas al 1200.
En el procedimiento, personal de la PDI secuestró:
- Envoltorios con clorhidrato de cocaína
- Picadura de marihuana
🔫 Armas de fuego sin documentación
Además de la droga, en el mismo operativo la policía encontró un revólver calibre 22 con ocho cartuchos, el cual no contaba con ningún tipo de documentación legal, ni para su tenencia ni para su portación.
La fiscal también recordó que, en un allanamiento previo realizado en 2023, se había secuestrado en poder del acusado una escopeta calibre 16 de dos caños recortados, con dos cartuchos en la recámara.
⚖️ Reconoció los hechos
Argañaraz admitió su culpabilidad, aceptó las calificaciones legales y prestó conformidad con la pena impuesta, lo que permitió resolver el caso mediante un procedimiento abreviado.
La condena incluye los delitos de:
- Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización
- Tenencia indebida de arma de fuego de uso civil
- Tenencia indebida de arma de fuego de guerra
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Justicia ordena bloquear el video del asesinato de Jeremías Monzón para proteger a la familia
La Justicia de Santa Fe tomó una decisión clave para proteger a la familia de Jeremías Monzón, el adolescente de 15 años asesinado a fines de diciembre: dictó una medida cautelar que prohíbe la difusión total o parcial del video y otros registros del crimen.
El tribunal consideró que la circulación de este material no aporta a la investigación judicial y, por el contrario, provoca un impacto emocional grave en los familiares y el entorno social, generando lo que se conoce como revictimización.
Medidas ordenadas
- Bloqueo y eliminación de contenido: plataformas digitales y redes sociales como Facebook, TikTok, X, Instagram, Telegram y WhatsApp deberán eliminar y desindexar cualquier registro audiovisual del caso.
- Medios de comunicación: tienen prohibido reproducir el material bajo apercibimiento legal.
- Investigación del origen: la querella anunció que se investigará cómo se filtró el video, que forma parte de la prueba judicial, ya que su difusión podría implicar irregularidades.
El objetivo de la resolución es evitar la revictimización de la familia y proteger sus derechos, mientras avanza la investigación judicial sobre el asesinato del adolescente.
Por Móvil Quique con información de Sin Mordaza
-
Policialeshace 22 horas🚨 Choque en pleno mediodía: auto y bicicleta protagonizaron un accidente en 1º de Mayo y Alem
-
Regionalhace 21 horas🚨 La tuvieron horas al teléfono y la dejaron sin ahorros: estafa millonaria en Rafaela supera los $13 millones
-
Paishace 23 horas🐾 Insólito en San Luis: un “therian” pidió atención veterinaria por “moquillo” y generó sorpresa en una clínica
-
Politicahace 21 horas⚠️ Polémica por la reforma laboral: podrían pagar solo el 50% del sueldo a trabajadores con enfermedades graves







