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Se ordenó la prisión preventiva de dos hombres investigados por el robo de un bolso a una mujer en Rafaela

Tienen 31 y 26 años, sus iniciales son NB y BDT, respectivamente, y utilizaron una cuchilla tipo carnicero. La víctima circulaba en bicicleta por la ciclovía de la ruta provincial número 70, a la altura del kilómetro 74. La investigación está a cargo de la fiscal Lorena Korakis.

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Foto: fiscal Lorena Korakis

Quedaron en prisión preventiva dos hombres de 31 y 26 años cuyas iniciales son NB y BDT, respectivamente, quienes son investigados por el robo de un bolso a una mujer que circulaba en bicicleta por la ciclovía de la ruta provincial número 70, en jurisdicción de Rafaela. Para cometer el ilícito, lo hicieron con violencia y mediante la exhibición de una cuchilla.

La medida cautelar fue solicitada por la fiscal Lorena Korakis en una audiencia que se llevó a cabo en los tribunales rafaelinos ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Javier Bottero, quien dispuso la prisión preventiva sin plazos de las dos personas investigadas.

Con una cuchilla

Korakis relató que “entre las 16:45 y las 17:00 del jueves 16 de enero pasado, los imputados se trasladaban en una moto marca Keller de 110 centímetros cúbicos por la ruta provincial número 70”. La funcionaria del MPA puntualizó que, “a la altura del kilómetro 74, en jurisdicción de Rafaela, los dos hombres se acercaron a una mujer que iba en bicicleta por la ciclovía hacia la localidad de Bella Italia”.

“De forma conjunta y en función de lo que habían acordado previamente, los imputados le exhibieron a la víctima una cuchilla tipo carnicero de tamaño mediano y le sustrajeron violentamente un bolso que llevaba colgado del manubrio en el que tenía guardados un teléfono celular, dinero en efectivo y otras pertenencias”, sostuvo Korakis.

La fiscal agregó que “luego de cometer el ilícito, los dos imputados escaparon hacia Bella Italia con el bolso sustraído”. Sin embargo, la fiscal subrayó que “fueron aprehendidos momentos después por personal policial, que además logró el secuestro del teléfono celular robado y de las otras pertenencias de la víctima, como así también de la moto que usaron los imputados para delinquir y de otras evidencias que permiten acreditar la autoría del hecho por parte de los dos hombres”.

Riesgos procesales

La fiscal destacó que “sobre la base de los avances logrados en la investigación por la Fiscalía, el juez tuvo por acreditada la participación de ambos imputados en el hecho ilícito”.

Korakis también valoró que “el magistrado sostuvo que la pena en expectativa por un delito cometido con arma sería de cumplimiento efectivo, lo que constituye un serio riesgo procesal por la posibilidad de que los hombres investigados puedan amedrentar y hostigar de alguna manera a la víctima para hacer cambiar su declaración”.

Agregó que “la Defensa de los imputados solicitó la libertad de ambos y la imposición de medidas alternativas, pero el magistrado las rechazó y e hizo lugar a nuestro requerimiento de prisión preventiva”.

Calificación penal

La fiscal Korakis le imputó a los dos hombres la coautoría del delito de robo calificado (por el empleo de arma).

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Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas

Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal

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Foto: Tribunales de San Cristóbal

La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.

Los hechos

Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.

La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.

Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.

Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.

Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.

Peligros procesales

La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.

También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.

“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.

Calificación penal

El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.

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⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años

La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.

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Foto: Ilustrativa - La Justicia de Tres Arroyos condenó a un empresario a pagar una indemnización histórica tras negar su paternidad durante 38 años

En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.

👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.

🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.


🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo

Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.

⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:

  • acceso a mejor educación
  • atención en salud
  • estabilidad económica
  • bienes básicos
    que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.

💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.

📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.


🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego

Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.

📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.

👩‍⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.

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Judicial

🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres

Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.

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Foto: archivo

La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.

⚠️ El hecho

Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.

Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.

📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.

⚖️ Riesgos procesales

Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.

Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.

📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.

Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.

📚 Calificación penal

El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.

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