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Una deuda millonaria y amenazas con tintes mafiosos: Así operaban los 8 detenidos

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En la mañana de este jueves se llevó a cabo una audiencia imputativa en la cual el Fiscal dio a conocer el accionar de los 8 detenidos en los allanamientos de este miércoles en la ciudad. Aún no hay fecha para la realización de la audiencia de medida cautelar.

Este jueves pasadas las 11:30 horas se llevó a cabo una audiencia imputativa presidida por el Juez de Primera Instancia José Luis Estevez. Agustin A. contó con la defensa de Carlos Farias Demaldé, Jose Silvela, y Nestor Oroño,  Ezequiel D.S con la de Carlos Farias Demaldé al igual que Fabricio A. Mientras que Martin B. contó con la defensa de Jose Silvela, Mateo F. fue defendido por Katerina Basano, Juan Manuel G. por su padre Javier García y Leopoldo Hilber, Lucas O. por Raul Ruffinegro y pablo Mosconi, y Dario S. fue defendido por Fernando Pairone y Rodolfo Zhender.

RELATO DE LOS HECHOS:

El fiscal de la causa, Martín Castellano, manifestó que desde el mes de enero un grupo conformado por los imputados, efectuaron en distintas oportunidades y circunstancias, entregas de dinero por montos variables de moneda nacional y extranjera, a Martín V., por una suma equivalente a los 200.000 dólares en virtud de un acuerdo por el cual, este llevaría a cabo algunas operaciones sobre artículos e insumos médicos, devolviendo luego de esto, el dinero invertido por cada uno más los excedentes generados.

Con el pretexto de esta deuda originada en dicha operatoria, los imputados comenzaron con una serie de actos intimidantes, coaccionantes y violentos, en perjuicio de una pluralidad de personas con el objeto de obtener un beneficio económico ilegítimo. Así pues, continuando con su relato, Castellano, manifestó que, desde el 27 de julio de 2020 y hasta el 1 de agosto, los acusados ejecutaron en forma grupal y de manera individual, distintos actos agresivos e intimidantes, en perjuicio de Martín V, y de su círculo familiar como sus padres y hermanos, destinados a ejercer presión y amedrentar de manera violenta, como medio idóneo para exigirles la realización de disposiciones patrimoniales bajo el concepto de devolución del dinero que había sido entregado.

Algunas de las acciones violentas e intimidantes de las que se valieron los acusados estuvieron dirigidas a obtener información o colaboración por parte de las víctimas, no solo de los familiares, sino también de personas llegadas a ella, como profesionales, siempre persiguiendo la meta de exigir la realización de los actos de disposición patrimonial o bien hacerse de bienes de esa persona para incorporarlos a sus patrimonios.

Específicamente el 27 de julio, cerca de las 12:15 horas Martin B llegó junto a Mateo F. y Lucas O., hasta una vivienda de calle Crucero Belgrano al 400 y consultaron por la víctima expresando que les debía dinero y necesitaban contactarse. Tras ese encuentro, los tres se trasladaron hasta la casa del padre del joven, sito en calle Pedro Avanthay, donde mantuvieron una reunión con el morador. En ese encuentro señalaron que su hijo debía la suma de 200.000 dólares. Luego, Junto a la hermana de la víctima, se dirigieron hacia la casa de Matias V. (la víctima) en calle Lavalle donde posee su consultorio, una vez en el lugar se reunieron con la víctima, su padre y su hermana. La familia manifestó que no contaba con ese dinero, y ahí fue que los acusados comenzaron a realizar actos amenazantes, manifestando que debían pensar en el valor de la vida de su hijo, que detrás de ellos había gente pesada, que no iban con vueltas y que tenían gente que trabajaba en la policía y en la justicia. Que debía vender su casa porque necesitaban la plata, generando en la familia un gran temor.

En fecha de 27 de julio, cerca de las 20:30 horas, se llevó una nueva reunión en Lavalle al 500 con Martin B., Mateo F y Lucas O. sumándose Ezequiel D.S, con la víctima y su padre, donde insistieron con que tenía que aparecer la plata como única solución y con un tono de voz ya elevado los acusados comenzaron a manifestar que la propiedad donde se encontraban tenía un alto valor y podrían entregarla como parte de pago. Que la familia se tenía que hacer cargo de las cag…. de su hijo, y le expresaron que había gente involucrada con la Policía que se dedicaba a desaparecer gente ocasionando un gran temor en la víctima y su padre.

En fecha 28 y 29 de julio, desde whatsapp, Dario S. envió: “Loco que onda con vos” “Que mal vamos a terminar nosotros amigo”, “Mas te vale pagarme porque esta me la cobro loco”, “Ya nos vamos a cruzar nosotros”,

El 29 de julio, cerca de las 16 horas en la estación de servicio ubicada en Mitre y Roque Sáenz Peña se concretó una nueva reunión con Martin B., Lucas O., Mateo F, Juan Manuel G. y Fabricio A. se sumaron, donde le expresaron que la situación que atravesaban podría generar suicidios, problemas de pareja, e insistieron con la entrega de la vivienda donde residen.

Ese mismo día, cercano a las 18 horas, llego Juan Manuel G. con un joven aún no identificado, a la casa de la madre de la víctima, y estos le manifestaron que necesitaban cobrar esa plata y que detrás de ellos había mucha gente, además Juan Manuel G. le manifestó que le daba 48 horas para obtener una respuesta y que la casa de calle Lavalle valía unos 70 mil dólares, y que la iban a repartir entre los damnificados.

PARTICIPACIÓN DEL EX FUNCIONARIO DEL GOBIERNO SOCIALISTA:

El 31 de julio, a las 11:22 horas, Agustín A. se contactó mediante WhatsApp con el padre de la víctima para citarlo hasta una oficina, donde este se acercó cerca de las 16 horas. En el lugar Agustín hizo que este deje su celular fuera de la sala donde hablarían y le dijo de modo intimidante que era cómplice de las deudas de su hijo, que el había sido Ministro y que es un muy buen abogado penalista, equivocándose en elegirlo como víctima. Que los demás eran unos perejiles pero el no y que si en 48 horas no aparecían 20.000 dólares se les venía un tsunami y se iban a tener que ir de la ciudad.

Esa misma fecha, Fabricio A. se contactó por llamada con el hermano de la víctima, y este le manifestó: “Que aparezca Martin o te vamos a reventar a tiros tu casa y a tu nena”.

El 31 de julio, pasadas las 18 horas, Ezequiel D. S se comunicó con un profesional kinesiólogo que alquila un consultorio en la casa de la víctima, y este le remarcó que no le daría detalles por teléfono y que lo esperaba en una oficina de calle Tucumán. Una vez en el lugar el acusado le preguntó si contaba con la llave del inmueble de la víctima ya que este “cag…” a mucha gente por la suma de 200.000 dólares: “Nosotros queremos entrar, queremos ver si la plata está ahí”, y cuando el profesional le respondió que no contaba con las llaves, este le dijo que a la noche irían a buscarlo a la casa. Más tarde, cerca de las 22 horas Agustin A. y Ezequiel D.S, llegaron hasta la casa del profesional y Ezequiel D.S presentó a Agustín A. como su abogado. Este manifestó que los tenía que acompañar hasta la oficina de Vega y que, si en algún momento aparecía la Policía, él debía decir que estaban sacando elementos del consultorio.  A bordo de un VW Golf llevaron al profesional de manera involuntaria hasta el Bo. Fátima donde cambiaron de vehículo y se sumó Fabricio A. y otro sujeto más, aún no identificado, quien condujo hasta el consultorio de la víctima, dieron vuelta a la manzana y luego se detuvieron en los consultorios. Fabricio A. con la llave ingresó y con un Handy avisó a los restantes de que podían ingresar. Luego de algunos minutos salieron, y comentaron entre ellos que en el lugar había una caja fuerte percatándose de que en el vehículo contaban un hierro, Por este motivo emprendieron la vuelta y repitieron el mismo procedimiento para ingresar nuevamente a los consultorios. En la caja fuerte dejaron un mensaje intimidatorio que decía “Estás muerto” sumado a desorden y daños en el lugar.

El 1 de agosto, en horario no establecido, Fabricio A . citó a un conocido de la víctima a un taller de calle Irigoyen donde lo introdujo dentro de un vehículo colocándole un elemento en su cabeza con el objetivo de taparle la visión y mediante violencia le exigió datos acerca de la víctima, hasta que este dio explicaciones mostrando mensajes y comunicaciones.

Ese mismo día, desde whatsapp, Fabricio A., envió los siguientes mensajes a la víctima: “No me importa quien esté a cargo vos te hiciste responsable al tomar el dinero” “Vos sos el que se tiene mover” “Yo siempre me hago cargo de mis problemas, ahora hacelo vos” “Si la guita no está depositada vas a lamentar haberme conocido, no es una amenaza es una advertencia” “Vos sabes lo que no es poder dormir”, “Yo te advierto, a mi me importa 2 hue.. las reuniones, hace 22 días me tenés esperando” “Yo ya te esperé, te di demasiado tiempo” “Me cansaste, mira que soy paciente” “Yo te traté con respeto pero todo tiene un límite”, “Vos me mentís hace 22 días, asique hoy es el último día” “Yo la necesito hoy y si tengo que salir a meterte un caño en la boca lo hago”.

CALIFICACIONES DE LOS HECHOS

Este fue el relato pormenorizado de los hechos realizados por el representante del Ministerio Público de la Acusación. Además, en la audiencia imputativa, el Fiscal de la causa caratuló los hechos de la siguiente manera:

Amenazas coactivas, Martin B., Mateo F. y Lucas O.

Amenazas simples con amenazas coactivas; Dario S.

Amenazas coactivas; Martin B., Mateo F, Lucas O., Fabricio A. y Juan Manuel G.

Amenazas coactivas: Juan Manuel G.

Amenazas coactivas: Agustin A.

Amenazas calificadas: Fabricio A.

Privación ilegítima de la libertad, violación de domicilio, daños simples, y amenazas:  Fabricio A, Andereggen y Ezequiel D. S

Privación ilegal de la libertad agravada por violencia: Fabricio A.

Amenazas coactivas: Fabricio A.

Conocidas las imputaciones de los hechos, ahora resta esperar lo que será la realización de la audiencia cautelar, la cual aún no tiene fecha, pero si trascendió que el monto plazo máximo no puede exceder las 96 horas.

 

 

 

 

 

Fuente: Rafaela Noticias

 

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Condenaron a 21 años de prisión a un hombre que abusó de cinco mujeres en Rafaela, Susana y San Vicente

Un hombre de 44 años fue condenado a 21 años de prisión por haber abusado sexualmente de cinco integrantes de su entorno familiar en Rafaela, Susana y San Vicente (las tres localidades pertenecen al departamento Castellanos). Quienes resultaron víctimas son una mujer que fue pareja del agresor y la hija de ella, así como dos hijas de otra mujer con la que él mantuvo una relación y su propia hija.

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Foto: Archivo

La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez, y por el abogado del foro Carlos Farías Demaldé, como conjuez, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

La fiscal es Favia Burella, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5. Tras conocer el veredicto, la funcionaria indicó que “valoramos positivamente que el hombre al que se juzgó haya sido condenado tal como lo solicitamos desde la Fiscalía en la acusación”.

Por su parte, en representación de tres de las víctimas actuó como querellante la doctora Paola Pradolini, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ).

Violencia de género

Burella sostuvo que “el condenado cometió los ilícitos en diferentes inmuebles en los que convivió con las víctimas, en claros contextos de violencia de género”.

La fiscal manifestó que “en Rafaela, el hombre de 44 años obligó a una de sus parejas a realizar prácticas sexuales, más allá de la expresa negativa de ella”. Además, planteó que “mientras residían en Susana, abusó de una hija de esa mujer, quien en ese momento era una niña que transitaba los primeros años de la escolaridad primaria”.

Asimismo, la Fiscal relató que “el condenado también vulneró la integridad sexual de dos adolescentes que son hijas de otra de sus parejas”. Según precisó, “se trató de hechos reiterados que tuvieron lugar en viviendas ubicadas en San Vicente y en Rafaela”.

Finalmente, Burella señaló que “en una ocasión, el condenado llevó adelante su accionar delictivo en perjuicio de su propia hija adolescente, con quien compartía una vivienda rafaelina”. En tanto, puntualizó que “cuando trató de abusar nuevamente de ella, la víctima opuso resistencia y logró que cesara la agresión”, y añadió que “su padre le exigió entonces que no hablara con nadie sobre lo sucedido”.

Identidad

Las iniciales del condenado son NLC. Su nombre completo no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los ilícitos.

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Caso Mattioli: confirmaron que la causa por el accidente fatal en Santo Tomé irá a juicio oral y público

La medida fue dispuesta por la Cámara de Apelaciones de Santa Fe. La defensa de Nicolás Mattioli había solicitado que la causa por el homicidio culposo de Claudia Decurges se resuelva con la suspensión del juicio a prueba.

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Foto: El accidente fatal ocurrido en Santo Tomé el sábado 21 de septiembre de 2024 con Mattioli como involucrado.

Este lunes, la Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó que Nicolás Mattioli deberá ir a juicio oral y público en la causa donde está imputado como autor del homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, cometido en el marco de un siniestro vial en Santo Tomé el pasado 21 de septiembre de 2024.

En mayo de este año, la Justicia santafesina había rechazado el pedido de suspensión del juicio a prueba para Mattioli. La defensa apeló la resolución, pero finalmente la solicitud fue desestimada este lunes por la magistrada Martha María Feijoó, quien confirmó la resolución dictada en primera instancia, por lo que el acusado deberá afrontar un juicio oral y público.

Pedido de suspensión de juicio

En diálogo con Sol Play, el abogado de la familia de la víctima, Dr. Bruno Rugna, afirmó que la defensa de Mattioli pretendía la suspensión del juicio a prueba mediante la entrega de una suma de dinero. Según el fallo de Apelaciones, el monto ofrecido era de $10 millones. “Tanto nosotros como la fiscalía lo rechazamos. Creemos que para este tipo de delitos no es pertinente. No nos olvidemos que hace casi un año falleció una persona y se arruinó una familia, con todo lo que eso significa”, expresó.

La defensa solicitó una pena de cuatro años de prisión efectiva y de diez años de inhabilitación para conducir vehículos. Además, el jurista explicó que Mattioli transitará el proceso en libertad y que actualmente no puede manejar porque entregó de forma voluntaria su licencia, con posterioridad al hecho. Según Rugna, el imputado manifestó su arrepentimiento por lo ocurrido durante las audiencias y aseguró que “se mostraba muy dolido”.

Cómo fue el accidente fatal en Santo Tomé

El accidente fatal ocurrió cerca de las 8 del sábado 21 de septiembre de 2024 cuando Mattioli se trasladaba en una camioneta Toyota Hilux y atropelló a Claudia Laura Decurgez, que se encontraba en la calle Richieri, justo antes de llegar a Libertad.

Por el golpe, la mujer perdió el equilibrio, cayó al suelo y murió. Las imágenes de las cámaras de seguridad de la cuadra muestran el momento del choque y se ve que ella circulaba correctamente, bien pegada a la derecha en la calle Richieri, a pocos metros del cruce con Libertad.

La camioneta, que iba en la misma dirección que la víctima, la chocó y le causó la muerte. A pesar de que el personal médico realizó maniobras de reanimación en el lugar, no lograron salvarla.

Si bien desde la querella estiman que el juicio podría iniciar a mediados del 2026, no descartan que ocurra en otro momento del año que viene. “No quiero atreverme a confirmar una fecha porque no manejo la agenda. Puede ser bastante aleatorio“, sentenció el abogado de la familia de la víctima.

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Rafaela: Condenaron a prisión perpetua a «Yiyo» Ramallo

Evelio «Yiyo» Ramallo, de 39 años, fue condenado a prisión perpetua por ser el jefe de una organización criminal que cometía hechos ilícitos relacionados a violencias altamente lesivas en la ciudad de Rafaela y alrededores. Además, fue declarado reincidente.

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Foto: Condenaron a prisión perpetua a "Yiyo" Ramallo en Rafaela

La sentencia fue resuelta por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos cuya resolución fue notificada desde los tribunales de Rafaela.

Además de imponer la prisión perpetua, los magistrados rechazaron un planteo de inconstitucionalidad presentado por la Defensa de Ramallo en relación con los institutos de la Ley de Ejecución Penal.

El MPA fue representado por la Fiscalía Regional 5 –a cargo del Fiscal Regional, Carlos Vottero–, en la cual tramitó la investigación de los ilícitos.

Ramallo admitió su responsabilidad penal en todos los hechos ilícitos atribuidos por la Fiscalía, entre ellos, homicidios calificados consumados y en grado de tentativa, amenazas coactivas agravadas y amenazas en carácter de instigador. Junto con su Defensa aceptaron las calificaciones legales y la pena de prisión perpetua.

Por su parte, las víctimas y los familiares de las personas fallecidas fueron notificadas de lo resuelto y manifestaron su conformidad

Multiplicidad de hechos

En la audiencia, el MPA enumeró los 10 hechos ilícitos por los que fue condenado Ramallo y las calificaciones legales correspondientes.

“El primero de ellos fue por su rol de jefe de una asociación ilícita en calidad de coautor”, precisó la Fiscalía en la audiencia y agregó que “se logró probar que esa organización criminal que él lideraba cometió ilícitos en Rafaela y alrededores entre agosto de 2021 y el 27 de febrero de 2022”.

La Fiscalía detalló que “mientras el condenado estuvo alojado en distintas unidades carcelarias de la provincia, dispuso –con plena autoridad de decisión y acción– mediante promesa remuneratoria a los miembros de la asociación ilícita y a otras personas aún no identificadas, para que ejecuten los ilícitos que se le atribuyeron”.

De acuerdo con lo informado en la audiencia “Ramallo fue instigador de los homicidios de Rudy Leonel González ocurrido el 3 de agosto de 2021, y de Miguel Ángel Mendoza y Marcelo Ariel Sánchez, cometidos el 21 de diciembre del mismo año”.

“También se probó su participación en carácter de instigador de seis tentativas de homicidio”, subrayó la Fiscalía y enumeró que “cinco de ellas fueron perpetradas en Rafaela (el 1 de agosto y el 23 de octubre de 2021, y el 6, 20 y 23 de febrero de 2022) y otra en Bella Italia (el 9 de febrero de 2022).

El MPA también precisó que “a Ramallo se lo condenó por ser instigador de amenazas coactivas agravadas cometidas del 14 de febrero de 2022, y por la autoría de coacciones y amenazas en febrero del mismo año, ambos ilícitos en Rafaela”.

Abreviado

Ramallo fue condenado por ser coautor del delito de asociación ilícita en calidad de jefe; instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas) y agravado (por el uso de arma de fuego); instigador de cuatro tentativas de homicidio calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el empleo de un arma de fuego); instigador de dos tentativas de homicidio doloso calificado (por precio o promesa remuneratoria) y agravado (por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de 18 años de edad); instigador de amenazas coactivas agravadas; y autor de coacciones y amenazas.

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