Pais
ANMAT prohibió un insecticida, productos quirúrgicos y un purificador de agua por irregularidades
La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización, distribución, uso y publicidad de tres tipos de productos que presentaban distintas irregularidades: un insecticida sin registro, insumos quirúrgicos presuntamente falsificados y un equipo de ósmosis inversa no autorizado.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones que involucran a empresas vinculadas con Buenos Aires, Santa Fe y Salta.
Prohibieron un insecticida sin registro
Uno de los productos alcanzados por la medida es el insecticida líquido concentrado “Asesino X”, elaborado por una empresa ubicada en Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.
La investigación se inició luego de que la Coordinación Regional de Inocuidad Salta-Jujuy del Senasa informara sobre su comercialización en Salvador Mazza.
Al revisar sus registros, la ANMAT constató que el producto no estaba inscripto como domisanitario. La empresa fue convocada y reconoció el remito relacionado con la venta, aunque intentó encuadrar al insecticida dentro de la categoría veterinaria.
El organismo rechazó esa interpretación debido a que el producto está destinado a ser utilizado sobre superficies inanimadas y no sobre animales.
Mediante la Disposición 4812/2026, la ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes de “Asesino X”.
Además, ordenó iniciar un sumario sanitario contra la empresa elaboradora y su directora técnica.
Detectaron insumos quirúrgicos sin autorización
El segundo procedimiento se realizó en el depósito de una ortopedia de Santa Fe, durante una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización.
Los agentes encontraron tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew que no contaban con los datos de un importador registrado ni con el número de inscripción sanitaria requerido en Argentina.
También fueron detectados tornillos de interferencia y arpones identificados como “Vikingo”, que no tenían habilitación.
Entre los elementos observados apareció además un dispositivo Biomet con doble rotulado. Debajo de una etiqueta con una fecha de vencimiento vigente había otra correspondiente a un arpón vencido.
La empresa responsable de los productos Biomet informó que no había comercializado el lote inspeccionado. A partir de esa respuesta, la ANMAT determinó que el artículo era falsificado.
En otro caso, una compañía confirmó que uno de los arpones pertenecía a un lote original de su propiedad, aunque había sido manipulado por personas ajenas a la firma.
La Disposición 4888/2026 prohibió en todo el país el uso, la distribución y la comercialización de los productos intervenidos.
Además, se ordenó retirar del mercado el lote involucrado, realizar una denuncia penal y emitir una alerta dirigida a establecimientos, profesionales y usuarios.
También prohibieron un equipo de ósmosis inversa
El tercer caso involucró a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata, que ofrecía a través de su página web y plataformas de comercio electrónico un equipo de ósmosis inversa denominado “Hidrolit Romi 100”.
El producto era promocionado como un sistema para tratar agua de pozo con elevados niveles de salinidad.
A raíz de una denuncia, la ANMAT verificó que el equipo no contaba con registro sanitario.
La empresa tenía autorización como elaboradora y fraccionadora de dispositivos destinados al acondicionamiento de agua de red, pero esa habilitación no incluía al equipo comercializado.
Por medio de la Disposición 4932/2026, el organismo prohibió la venta, el uso, la distribución y la publicidad del “Hidrolit Romi 100” en todo el país, incluyendo su comercialización a través de plataformas digitales.
La prohibición continuará hasta que la empresa tramite y obtenga la inscripción correspondiente. También se inició un sumario sanitario contra la firma y la persona responsable de su dirección técnica.
Un antecedente de 2019
La empresa ya había sido alcanzada por una medida similar en 2019, cuando las autoridades prohibieron la comercialización de una botella de hidratación que tampoco contaba con registro de la ANMAT.
Aquella medida también había sido publicada en el Boletín Oficial.
Con información de Contexto Tucumán