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ANMAT prohibió unas pastillas para aumentar el tamaño del pene: las causas

La ANMAT informó la prohibición de unas pastillas para mejorar el rendimiento sexual de los hombres.

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ANMAT prohibió unas pastillas para aumentar el tamaño del pene

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió unas pastillas para tener un mejor rendimiento sexual, que también se vendían como que aumentaba el tamaño del pene, por ser un producto ilegal.

La noticia fue informada en el Boletín Oficial de este viernes, bajo la Disposición 447/2022.

El texto oficial: presión arterial

«Que las presentes actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron a raíz de una denuncia de un consumidor en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) respecto de la comercialización del producto: All Natural Herbal Supplements, marca Shelex – Male Sexual Enhancement, 8 Capsule, Distributed by American Nutraceutical Technology Inc., El Monte, CA 91731, USA’ que no cumpliría la normativa alimentaria», se expone en el Boletín Oficial

«Que la citada denuncia se refería a que, según manifiesta el consumidor, la ingesta del producto investigado le habría causado un rápido aumento de la presión arterial», agrega,

Que como parte de las investigaciones, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos le solicitó colaboración al Departamento de Autorización y Comercio Exterior de Alimentos del INAL a los efectos de que informe si constan antecedentes de inscripción, a lo que informó que no se registran antecedentes del producto investigado.

Que continuando las acciones de gestión, y en virtud que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que proceda a evaluar las medidas que considere adoptar.

Que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto Nº 2126/71, los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Por eso, ANMAT dispuso: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales el producto: “All Natural Herbal Supplements, marca Shelex – Male Sexual Enhancement, 8 Capsule, Distributed by American Nutraceutical Technology Inc., El Monte, CA 91731, USA”, por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Fuente: Minuto Uno

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Córdoba: sancionaron a un ginecólogo por usar anteojos con cámara durante una consulta

La Justicia le impuso una multa de 900.000 pesos y ordenó que realice un curso educativo sobre género. El profesional utilizó anteojos inteligentes con capacidad para captar imágenes sin informar a la paciente, aunque no se pudo probar que hubiera realizado grabaciones.

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Foto: Sancionaron a un ginecólogo en Córdoba por usar anteojos inteligentes

Un ginecólogo fue sancionado por la Justicia de Córdoba luego de que una paciente denunciara distintas situaciones ocurridas durante una consulta vinculada con la crioconservación de óvulos.

El profesional recibió una multa de 900.000 pesos y deberá concurrir obligatoriamente a un curso educativo sobre género, luego de que el Juzgado de Control y Faltas Nº 7 revocara una absolución anterior y lo declarara responsable de la infracción contravencional de maltrato agravado por razones de género.

Qué denunció la paciente

La mujer había señalado que durante la consulta el médico realizó contactos físicos indebidos, la atendió sin un auxiliar médico y utilizó expresiones inapropiadas. También denunció que llevaba anteojos con capacidad para tomar fotografías y filmar, sin haberle informado sobre esa característica.

Los hechos fueron analizados por el juez José Milton Peralta, quien evaluó las pruebas y distinguió cuáles de las conductas denunciadas pudieron ser acreditadas.

Qué consideró probado la Justicia

El magistrado entendió que no existían pruebas suficientes para confirmar los contactos físicos inadecuados y que tampoco había una obligación jurídica de contar con otro profesional en la sala.

Sin embargo, tuvo por acreditado que el médico utilizó durante la consulta anteojos inteligentes Ray-Ban Meta, aunque no se pudo demostrar que hubiera obtenido imágenes o realizado grabaciones.

También consideró probado que se dirigió a la paciente con expresiones como “nena” y “nenita”, y que le manifestó: “Tenés los ovarios de una pendeja”.

Para el juez, esos comentarios fueron infantilizantes y descalificantes, especialmente por haberse producido en el marco de una consulta relacionada con la salud reproductiva.

La importancia del uso de los anteojos con cámara

Otro aspecto considerado por el magistrado fue que el profesional utilizara anteojos con capacidad para captar imágenes sin informar previamente a la paciente.

Según la resolución, hacerlo durante una práctica médica que involucra la intimidad podía generar inseguridad, incluso sin que se hubiera comprobado que los dispositivos estuvieran encendidos o que se hubieran registrado imágenes.

El juez evaluó ambas conductas en conjunto y consideró que afectaron las condiciones de respeto, confianza y seguridad que deben existir durante una consulta médica.

Para fundamentar la sanción, recurrió a la Ley 26.529 de Derechos del Paciente y al Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, que establecen pautas vinculadas con el trato digno, el respeto y la protección de la intimidad.

Finalmente, resolvió imponerle una multa de 900.000 pesos y la obligación de asistir a un curso educativo sobre género.

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La AFA prohibió por tiempo indefinido el ingreso de TN a sus instalaciones y eventos

La entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia suspendió las acreditaciones del canal y le impidió realizar coberturas en sus actividades. La medida también alcanza a dos emisoras radiales, aunque por motivos diferentes.

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Foto: La AFA sancionó a TN por tiempo indefinido

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) anunció una sanción por tiempo indefinido contra Todo Noticias (TN), que implica la suspensión de sus acreditaciones periodísticas y la prohibición de ingresar a las instalaciones y eventos organizados por la entidad.

La decisión se conoció luego de que el organismo rechazara una solicitud del canal para cubrir los amistosos de la Selección argentina frente a Uruguay y Costa Rica.

A través de un comunicado, la AFA justificó la medida en lo que consideró hechos de extrema gravedad y posibles incumplimientos de sus normas institucionales.

El motivo señalado por la AFA

Según explicó la entidad, la sanción está relacionada con la difusión de un video generado mediante inteligencia artificial en el programa conducido por Jonatan Viale.

El material hacía referencia a una supuesta agresión sexual contra el futbolista Nicolás Paz. La AFA consideró que su difusión resultaba incompatible con los principios y normas que rigen la institución.

Desde TN, en cambio, relacionaron la decisión con la línea editorial crítica que el canal mantiene sobre la conducción de la entidad y su presidente, Claudio Tapia.

La medida también alcanza a dos radios

El comunicado de la AFA incluyó sanciones contra Radio Ancasti FM 98.5, de Catamarca, y Radio General Belgrano AM 840, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En esos casos, la entidad señaló presuntas irregularidades vinculadas con la comercialización de acreditaciones de prensa y la adulteración de identidades.

Antecedentes de conflictos con periodistas de TN

La decisión se suma a otros episodios denunciados durante 2026 por trabajadores del canal, relacionados con dificultades para acceder a actividades de la Selección argentina.

Entre los antecedentes mencionados figuran el retiro del periodista Nicolás Singer de una conferencia de Lionel Scaloni, inconvenientes de ingreso para Pablo Cecchini durante un entrenamiento en Ezeiza y las dificultades denunciadas por Marcos Barroca para cubrir un Fan Fest organizado por la AFA.

Con esta resolución, TN queda impedido de gestionar acreditaciones y realizar coberturas en las instalaciones y actividades de la entidad mientras se mantenga vigente la sanción.

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Restringen el paso de camiones en rutas nacionales por la visita del papa León XIV: qué tramos estarán afectados

La medida regirá del 6 al 13 de noviembre, entre las 6 y las 22, en corredores de Córdoba, Buenos Aires y accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También alcanza a la Autopista Rosario-Córdoba, en el tramo entre Villa María y Córdoba capital. Habrá excepciones para transportes esenciales.

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Foto: Restricción de camiones en rutas nacionales por la visita papal

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dispuso restricciones temporales para la circulación de camiones, acoplados y semirremolques en distintas rutas nacionales, en el marco del operativo previsto por la visita del papa León XIV a la Argentina.

La medida fue establecida mediante la Disposición 370/2026 y estará vigente entre el 6 y el 13 de noviembre, todos los días de 6 a 22, en ambos sentidos de circulación.

La restricción comprende a vehículos de las categorías N2 y N3, correspondientes a camiones medianos y pesados, y O3 y O4, que incluyen acoplados y semirremolques. No alcanza a automóviles particulares, motocicletas ni camionetas de uso común.

Qué rutas y tramos estarán afectados

Entre los corredores alcanzados por la disposición se encuentran los siguientes:

En Córdoba:

  • Ruta Nacional 19: entre Arroyito y Córdoba capital.
  • Ruta Nacional 9 Norte: entre San José de la Dormida y Córdoba capital.
  • Ruta Nacional 60: entre Deán Funes y el empalme con la Ruta Nacional 9.
  • Ruta Nacional 38: entre Cruz del Eje y Córdoba capital.
  • Ruta Nacional 36: entre Río Cuarto y Córdoba capital.
  • Autopista Rosario-Córdoba: entre Villa María y Córdoba capital.

En la provincia de Buenos Aires:

  • Ruta Nacional 5: entre Chivilcoy y Luján.
  • Ruta Nacional 7: entre Carmen de Areco y Luján, y entre avenida General Paz y Luján.

En los accesos a la Ciudad de Buenos Aires:

  • Ruta Nacional 9: desde Campana hasta avenida General Paz.
  • Ruta Nacional 8: entre el peaje Larena y el Acceso Norte.
  • Autopista Ezeiza-Cañuelas: entre Cañuelas y avenida General Paz.
  • Ruta Nacional 1 (Autopista Buenos Aires-La Plata): entre Hudson y la Ciudad de Buenos Aires.

Qué transportes están exceptuados

La disposición contempla excepciones para los vehículos que trasladan productos y servicios esenciales. Entre ellos:

  • Leche cruda y sus derivados.
  • Animales vivos.
  • Productos frutihortícolas.
  • Medicamentos y combustibles.
  • Gases destinados a centros de salud o asistencia domiciliaria.
  • Residuos sólidos urbanos.
  • Unidades de emergencia, prensa y asistencia mecánica.

Cuál es el objetivo de la medida

La restricción apunta a ordenar la circulación en los corredores de mayor movimiento durante los días previstos para la visita papal y reducir los riesgos de incidentes viales ante un incremento del tránsito.

Para quienes circulen por la región, uno de los puntos a tener en cuenta será la Autopista Rosario-Córdoba, ya que el tramo comprendido entre Villa María y Córdoba capital estará incluido en las restricciones para vehículos de carga.

https://es.scribd.com/document/1093795185/RESTRICCIONES-A-LA-CIRCULACION-POR-VISITA-PAPAL-9-al-13-11-26-pdf

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