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Autoridades viales enfatizan la obligatoriedad de circular con VTV y seguro
A través de un comunicado aclararon que el DNU modifica el Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclaró que el seguro y la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o la Verificación Técnica Vehicular (VTV) continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública.
A través de un comunicado, el organismo vial aclaró que el Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de la RTO (para vehículos comerciales o de carga) , VTV (para particulares) y el seguro.
En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recordó que la documentación y elementos requeridos para viajar son el Documento Nacional de Identidad (DNI), la Licencia Nacional de Conducir, la Cédula verde o azul, el comprobante de seguro en vigencia, el comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo, la constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV), chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado, matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
La ANSV además subrayó la necesidad de chequear antes del viaje el funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo, la presión de los neumáticos, que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones, el nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.
Fuente: Cadena 3