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El ministerio de Salud prohibió la venta de los nuevos cigarrillos electrónicos

Se trata de «productos de tabaco calentado» que vinieron a reemplazar a los viejos cigarrillos electrónicos, ya prohibidos por la ANMAt en 2011.

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El ministerio de Salud prohibió la venta de los nuevos cigarrillos electrónicos

El ministerio de Salud de la Nación prohibió este lunes la venta en todo el país de los denominados «cigarrillos electrónicos». Lo hizo por medio de la Resolución 565/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti

Allí se dispone la prohibición de «la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como ‘Productos de Tabaco Calentado'».

La prohibición se extiende además a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en esos sistemas.

Entre los considerandos de la medida la cartera de Salud advirtió que «el impacto del consumo de tabaco en la República Argentina fue estimado en 45.000 muertes (14% de todas las muertes), 19.000 diagnósticos de cáncer, 33.000 neumonías, 11.000 accidentes cerebrovasculares y 61.000 hospitalizados por enfermedad cardiovascular, y más de 100.000 personas que cada año enferman de EPOC».

Al tiempo que puntualiza que el tabaco generó, en 2020 por ejemplo, un costo médico directo anual de más de 196 mil millones de pesos argentinos, un costo de productividad laboral perdida superior a los 91 mil millones de pesos, y costos de cuidado informal de más de 75 mil millones de pesos.

Es decir que en 2020 el costo del tabaquismo fue equivalente a más del 1,2% del Producto Bruto Interno (PBI) del país. Y advierte que el tabaquismo es, asimismo, causa de pérdida de productividad por enfermedad, discapacidad y muerte prematura.

Y señala que «en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs)».

Detalla que estos “productos de tabaco calentado” consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería y que «se promueven para ser utilizados en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco».

La Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en 2011 la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”. Por eso ahora el ministerio de Salud hizo extensiva esta prohibición a los productos de tabaco calentado.

Y advierte que «de acuerdo a investigaciones independientes, los Productos de Tabaco Calentados producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud».

«La evidencia sostiene que los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños, niñas y adolescentes, y su introducción en el mercado tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores».

Fuente: Minuto Uno

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Volcó un micro que había salido de Laboulaye: al menos 20 personas resultaron heridas

El colectivo de larga distancia cayó por un barranco de seis metros sobre la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco. Investigan si las fuertes ráfagas de viento provocaron el siniestro.

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Foto: Captura de video

Un colectivo de larga distancia que había partido desde Laboulaye (Córdoba) con destino a la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un grave accidente este viernes al volcar y caer por un barranco en la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco.

Como consecuencia del siniestro, al menos 20 personas resultaron heridas, entre ellas un bebé, y fueron trasladadas a un centro de salud para recibir atención médica.

El micro cayó unos seis metros

El accidente ocurrió en el puente sobre el arroyo La Guardia, donde, por causas que se investigan, el conductor perdió el control del vehículo.

Según las primeras pericias, el colectivo despistó y cayó por un barranco de aproximadamente seis metros de profundidad.

Las autoridades analizan si las intensas ráfagas de viento registradas en la zona fueron un factor determinante en el vuelco.

No hubo personas atrapadas

Al momento del accidente viajaban unas 20 personas, incluido un bebé.

Los equipos de emergencia confirmaron que ningún pasajero quedó atrapado dentro del micro, lo que permitió realizar rápidamente las tareas de rescate y evacuación.

Todos los ocupantes recibieron asistencia médica y fueron derivados al Hospital de Carmen de Areco, donde se evaluó la gravedad de las lesiones.

Amplio operativo de emergencia

En el lugar trabajaron Bomberos, personal policial, ambulancias y efectivos de Seguridad Vial, quienes asistieron a los pasajeros y aseguraron la zona.

Debido al operativo y a las condiciones climáticas adversas, las autoridades solicitaron circular con extrema precaución por el sector.

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ANSES aplicará un aumento del 1,9% en agosto

Las jubilaciones, pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de las prestaciones que abona la ANSES tendrán un incremento del 1,9% en agosto, de acuerdo con el índice de inflación de junio informado por el INDEC.

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Foto: La jubilación mínima pasaría a $489.817,13, sumando el bono de 70 mil pesos.

La actualización responde a la fórmula de movilidad establecida por el DNU 274/24, que ajusta los haberes mensualmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Cuánto cobrarán los jubilados en agosto

Con el incremento, los haberes previsionales quedarán de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima: $419.817,13.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70.
  • Pensiones No Contributivas (PNC): $293.872.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $192.047,17.

Además, el Gobierno anticipó que continuará otorgando el bono de $70.000 para quienes perciben los haberes más bajos. De confirmarse, quienes cobran la jubilación mínima recibirán un total de $489.817,13.

AUH y asignaciones: los nuevos valores

El mismo porcentaje de actualización alcanzará a las asignaciones sociales administradas por la ANSES.

Desde agosto, los montos serán los siguientes:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH): $150.861,93.
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE): $150.861,93.
  • Asignación por Hijo (SUAF) para el primer tramo de ingresos: $75.439,63.

Cómo se calcula el aumento

Desde marzo de 2024, las prestaciones de ANSES se actualizan mediante un esquema de movilidad que toma como referencia la inflación del mes anterior publicada por el INDEC.

En este caso, el IPC de junio fue del 1,9%, porcentaje que se aplicará a los haberes y asignaciones correspondientes a agosto.

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ANMAT prohibió la venta de máscaras faciales y de manos de cuatro marcas por riesgo sanitario

La medida alcanza a productos de las marcas USHAS, FAYANKOU, KAKAZIYAN y CHOVEMOAR, que fueron retirados del mercado por carecer de inscripción sanitaria. La prohibición rige en todo el país.

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Foto: GRAVE RIESGO. Ese fuer el argumento sanitario que esgrimió la ANMAT para sacar de circulación varias marcas de mascarillas faciales y de manos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de varias máscaras faciales y una máscara para manos al detectar que los productos no cuentan con inscripción sanitaria, lo que impide garantizar su calidad, seguridad y origen.

La disposición fue oficializada este lunes mediante la Resolución 4193/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se mantendrá vigente hasta que los productos sean debidamente regularizados ante la autoridad sanitaria.

¿Por qué ANMAT prohibió estos productos?

La medida fue tomada luego de una investigación realizada por el área de Cosmetovigilancia de ANMAT, que detectó la venta de estos cosméticos tanto en comercios de la Ciudad de Buenos Aires como en plataformas de comercio electrónico con envíos a todo el país.

Durante las inspecciones, los especialistas comprobaron que los envases no exhibían datos de inscripción sanitaria. Posteriormente, al consultar la base de datos oficial, confirmaron que no existían registros compatibles, por lo que fueron considerados productos ilegítimos.

El organismo explicó que la prohibición busca proteger la salud pública, ya que no es posible garantizar las condiciones de elaboración ni la composición de los ingredientes utilizados.

Los productos alcanzados por la medida

La disposición incluye las siguientes presentaciones:

  • Máscara facial ROSE FACIAL MASKUSHAS (25 ml).
  • Máscara facial LEMON BRIGHTEN FACIAL MASK WHITENING SKINFAYANKOU (25 ml, vencimiento 06/2028).
  • Máscara facial FACIAL MASKKAKAZIYAN CARTOON MASK (sin especificación de volumen, de origen chino).
  • Máscara facial MASK PACKKAKAZIYAN (30 ml, elaborada en China).
  • Máscara de manosCHOVEMOAR (36 gramos, lote HBD12C1, con vencimiento 20240411).

Retiro del mercado

La resolución también ordena comunicar la medida a las autoridades sanitarias de todas las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a organismos vinculados con la defensa del consumidor para asegurar el retiro efectivo de estos productos del mercado.

ANMAT recordó que la comercialización de cosméticos sin registro sanitario infringe la normativa vigente y puede representar un riesgo para la salud de los consumidores.

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