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El ministerio de Salud prohibió la venta de los nuevos cigarrillos electrónicos

Se trata de «productos de tabaco calentado» que vinieron a reemplazar a los viejos cigarrillos electrónicos, ya prohibidos por la ANMAt en 2011.

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El ministerio de Salud prohibió la venta de los nuevos cigarrillos electrónicos

El ministerio de Salud de la Nación prohibió este lunes la venta en todo el país de los denominados «cigarrillos electrónicos». Lo hizo por medio de la Resolución 565/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Salud, Carla Vizzotti

Allí se dispone la prohibición de «la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como ‘Productos de Tabaco Calentado'».

La prohibición se extiende además a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en esos sistemas.

Entre los considerandos de la medida la cartera de Salud advirtió que «el impacto del consumo de tabaco en la República Argentina fue estimado en 45.000 muertes (14% de todas las muertes), 19.000 diagnósticos de cáncer, 33.000 neumonías, 11.000 accidentes cerebrovasculares y 61.000 hospitalizados por enfermedad cardiovascular, y más de 100.000 personas que cada año enferman de EPOC».

Al tiempo que puntualiza que el tabaco generó, en 2020 por ejemplo, un costo médico directo anual de más de 196 mil millones de pesos argentinos, un costo de productividad laboral perdida superior a los 91 mil millones de pesos, y costos de cuidado informal de más de 75 mil millones de pesos.

Es decir que en 2020 el costo del tabaquismo fue equivalente a más del 1,2% del Producto Bruto Interno (PBI) del país. Y advierte que el tabaquismo es, asimismo, causa de pérdida de productividad por enfermedad, discapacidad y muerte prematura.

Y señala que «en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs)».

Detalla que estos “productos de tabaco calentado” consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería y que «se promueven para ser utilizados en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco».

La Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en 2011 la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”. Por eso ahora el ministerio de Salud hizo extensiva esta prohibición a los productos de tabaco calentado.

Y advierte que «de acuerdo a investigaciones independientes, los Productos de Tabaco Calentados producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud».

«La evidencia sostiene que los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños, niñas y adolescentes, y su introducción en el mercado tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores».

Fuente: Minuto Uno

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ANSES actualizó los topes para cobrar asignaciones familiares: cuánto pueden ganar las familias

La ANSES aumentó un 1,89% los límites de ingresos para acceder a las asignaciones familiares del SUAF. El ingreso total del grupo familiar no puede superar los $6.184.406 mensuales, mientras que ninguno de sus integrantes puede superar los $3.034.844.

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Foto: ANSES actualizó los topes para cobrar asignaciones familiares.

Cuáles son los nuevos topes de ANSES

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualizó en agosto los límites de ingresos que determinan quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

La modificación se realizó a partir de la fórmula de movilidad vigente y representa un incremento del 1,89%.

Desde agosto, el ingreso total de un grupo familiar no puede superar los $6.184.406 mensuales para mantener el derecho a percibir las asignaciones.

Además, existe un límite individual de $3.034.844 por mes. Esto significa que si uno de los integrantes del grupo familiar supera ese monto, la familia queda excluida del SUAF, incluso cuando la suma de los ingresos de todos sus integrantes sea inferior al tope general.

Quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares

La actualización alcanza a distintos grupos de beneficiarios de ANSES, entre ellos:

  • Trabajadores en relación de dependencia.
  • Monotributistas de las categorías habilitadas.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo.
  • Jubilados y pensionados que reciben asignaciones familiares.
  • Beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Excombatientes de Malvinas que cobran asignaciones.

En el caso de los monotributistas, quienes se encuentran inscriptos desde la categoría I en adelante no pueden acceder a las asignaciones familiares.

Qué pasa si uno de los integrantes supera el límite

El sistema contempla tanto el ingreso familiar como el ingreso individual.

Por eso, aunque una familia no supere los $6.184.406 mensuales, pierde el derecho a las asignaciones si alguno de sus integrantes tiene ingresos superiores a $3.034.844.

Este criterio se aplica independientemente de que el ingreso total del grupo familiar permanezca por debajo del límite general.

El aumento se aplica automáticamente

La actualización del 1,89% no solamente modificó los topes de ingresos. También se aplicó sobre los montos de las asignaciones familiares.

Los beneficiarios no necesitan realizar ningún trámite adicional, ya que el incremento se acredita de manera automática.

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ANMAT prohibió un insecticida, productos quirúrgicos y un purificador de agua por irregularidades

La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización, distribución, uso y publicidad de tres tipos de productos que presentaban distintas irregularidades: un insecticida sin registro, insumos quirúrgicos presuntamente falsificados y un equipo de ósmosis inversa no autorizado.

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Foto: Productos prohibidos por la ANMAT tras detectar irregularidades.

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante tres disposiciones que involucran a empresas vinculadas con Buenos Aires, Santa Fe y Salta.

Prohibieron un insecticida sin registro

Uno de los productos alcanzados por la medida es el insecticida líquido concentrado “Asesino X”, elaborado por una empresa ubicada en Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.

La investigación se inició luego de que la Coordinación Regional de Inocuidad Salta-Jujuy del Senasa informara sobre su comercialización en Salvador Mazza.

Al revisar sus registros, la ANMAT constató que el producto no estaba inscripto como domisanitario. La empresa fue convocada y reconoció el remito relacionado con la venta, aunque intentó encuadrar al insecticida dentro de la categoría veterinaria.

El organismo rechazó esa interpretación debido a que el producto está destinado a ser utilizado sobre superficies inanimadas y no sobre animales.

Mediante la Disposición 4812/2026, la ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes de “Asesino X”.

Además, ordenó iniciar un sumario sanitario contra la empresa elaboradora y su directora técnica.

Detectaron insumos quirúrgicos sin autorización

El segundo procedimiento se realizó en el depósito de una ortopedia de Santa Fe, durante una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización.

Los agentes encontraron tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew que no contaban con los datos de un importador registrado ni con el número de inscripción sanitaria requerido en Argentina.

También fueron detectados tornillos de interferencia y arpones identificados como “Vikingo”, que no tenían habilitación.

Entre los elementos observados apareció además un dispositivo Biomet con doble rotulado. Debajo de una etiqueta con una fecha de vencimiento vigente había otra correspondiente a un arpón vencido.

La empresa responsable de los productos Biomet informó que no había comercializado el lote inspeccionado. A partir de esa respuesta, la ANMAT determinó que el artículo era falsificado.

En otro caso, una compañía confirmó que uno de los arpones pertenecía a un lote original de su propiedad, aunque había sido manipulado por personas ajenas a la firma.

La Disposición 4888/2026 prohibió en todo el país el uso, la distribución y la comercialización de los productos intervenidos.

Además, se ordenó retirar del mercado el lote involucrado, realizar una denuncia penal y emitir una alerta dirigida a establecimientos, profesionales y usuarios.

También prohibieron un equipo de ósmosis inversa

El tercer caso involucró a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata, que ofrecía a través de su página web y plataformas de comercio electrónico un equipo de ósmosis inversa denominado “Hidrolit Romi 100”.

El producto era promocionado como un sistema para tratar agua de pozo con elevados niveles de salinidad.

A raíz de una denuncia, la ANMAT verificó que el equipo no contaba con registro sanitario.

La empresa tenía autorización como elaboradora y fraccionadora de dispositivos destinados al acondicionamiento de agua de red, pero esa habilitación no incluía al equipo comercializado.

Por medio de la Disposición 4932/2026, el organismo prohibió la venta, el uso, la distribución y la publicidad del “Hidrolit Romi 100” en todo el país, incluyendo su comercialización a través de plataformas digitales.

La prohibición continuará hasta que la empresa tramite y obtenga la inscripción correspondiente. También se inició un sumario sanitario contra la firma y la persona responsable de su dirección técnica.

Un antecedente de 2019

La empresa ya había sido alcanzada por una medida similar en 2019, cuando las autoridades prohibieron la comercialización de una botella de hidratación que tampoco contaba con registro de la ANMAT.

Aquella medida también había sido publicada en el Boletín Oficial.

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Destituyeron a la intendenta interina de Villa Santa Cruz del Lago y permanece en el municipio

El Concejo Deliberante resolvió por unanimidad desplazar a Mabel Andrea Romanutti, quien se niega a dejar el cargo y permanece dentro del edificio municipal. El conflicto podría terminar en la Justicia.

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Foto: Mabel Andrea Romanutti permanece en el municipio tras ser desplazada del cargo.

Una crisis institucional se desató en Villa Santa Cruz del Lago, Córdoba, luego de que el Concejo Deliberante resolviera por unanimidad apartar del cargo a la intendenta interina Mabel Andrea Romanutti.

La funcionaria rechazó la decisión y permanece dentro de la sede municipal desde el jueves, mientras los concejales intentan encontrar una salida al conflicto.

Cómo comenzó el conflicto

La situación se originó a fines de 2025, cuando el intendente Omar De Giovanni solicitó una licencia por motivos de salud.

El Concejo Deliberante aprobó inicialmente un permiso de 60 días y Romanutti, quien en ese momento era presidenta del cuerpo legislativo, quedó al frente del Ejecutivo municipal desde el 12 de diciembre, en el marco de lo establecido por el artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal 8.102.

Una vez vencido ese período, De Giovanni extendió su licencia y Romanutti continuó ejerciendo la intendencia de manera interina.

El Concejo resolvió desplazarla

Con el paso del tiempo, el Concejo Deliberante consideró que Romanutti no debía continuar al frente del municipio y aprobó su salida mediante una votación unánime.

Sin embargo, la funcionaria rechazó la medida y decidió permanecer dentro del edificio municipal.

Por estas horas, los concejales mantienen una instancia de diálogo para intentar convencerla de que abandone el lugar y acate la resolución.

El conflicto podría llegar a la Justicia

En el municipio hay presencia policial, aunque hasta el momento no se informó oficialmente que exista una orden para desalojar a Romanutti por la fuerza.

El Concejo Deliberante ya emitió la resolución correspondiente y sostiene que debe ser cumplida.

Si la intendenta interina mantiene su postura, el conflicto podría trasladarse al ámbito judicial, donde deberá definirse cómo continúa la situación institucional de Villa Santa Cruz del Lago.

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