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La Justicia Federal prohibió el uso de agroquímicos en 250.000 hectáreas de islas del Paraná
El juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, determinó mediante una medida cautelar a principios de diciembre la ¨prohibición absoluta del uso de agroquímicos, plaguicidas y/o sustancias contaminantes de cualquier naturaleza¨ para tareas agrícolas dentro de las 250.000 hectáreas que abarca el archipiélago de las Lechiguanas.
A su vez, el magistrado ordenó la prohibición de ¨la quema de recursos naturales, actividades que impliquen riesgo de incendio aún de carácter accidental; construcción, modificación o mantenimiento de diques y terraplenes de cualquier naturaleza o realización de actividades que pongan en riesgo el ecosistema identificado en la demanda¨.
La demanda para proteger esa vasta zona de humedales fue interpuesta por las asociaciones civiles Unidos por la Vida y el Medio Ambiente, Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental contra Fabio Ernesto Di Fonzo, Juan Pedro Nazar y la empresa de su propiedad, Mapuche SRL. que se dedica a la explotación agrícola y ganadera.
Las 250.000 hectáreas del archipiélago de las islas Lechiguanas están ubicadas en la zona del Delta del departamento Gualeguay, en el sur de la provincia de Entre Ríos, frente a la ciudad bonaerense de San Nicolás, delimitadas por el río Paraná.
¨Celebramos que un territorio tan abarcativo de humedales y tan lleno de biodiversidad haya quedado libre de agroquímicos¨, dijo a la agencia nacional de noticias Télam el abogado de la asociación civil Foro Medio Ambiental, Fabian Maggi.
¨La zona de la que hablamos fue primero incendiada, sembrada y luego fumigada, por eso decimos que la utilización de agroquímicos agrega otro factor de gravedad a los ataques que sufre ese ecosistema de islas¨, remarcó.
¨El fallo tiene como signo distintivo que no establece distancias a respetar para la fumigación como es habitual, sino que prohíbe el uso de agroquímicos en todo el territorio de las islas Lechiguanas¨, señaló.
¨Esto es inédito¨, consideró y explicó que ¨todos los fallos sobre el tema establecen distancias variadas respecto de poblaciones pero siempre permiten el uso de los agrotóxicos¨.
¨Además, no hubo vecinos implicados en la demanda, no se denunció que tal persona es víctima de agrotóxicos, que respira ese aire contaminado o que lo tiene en la sangre, sino que la prohibición fue dictada por el juez pura y exclusivamente en torno a la protección del ecosistema y la naturaleza como ente de derecho propio¨, enfatizó.
Fuente: L.T.9.