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Prepagas: una decisión judicial complica la devolución de dinero a los afiliados
Se trata de un trámite decidido por una jueza que puede alargar los plazos para decidir este tema clave.
La devolución de fondos por parte de las prepagas a los afiliados se puede alargar. Es que la demanda que impulsó el Gobierno contra el aumento desmedido de las cuotas de las prepagas sufrió un revés en las últimas horas cuando la jueza en lo civil y comercial federal Mercedes Maquieira decidió cambiar de manos el expediente.
Sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei.
Fue el DNU el que permitió los aumentos en las cuotas. Lo insólito de la situación es que, ahora, el propio Ejecutivo que habilitó la desregulación litigará, en un mismo proceso, junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.
El Gobierno pretendía que, en el marco de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga -las más importantes del mercado como OSDE, OMINT, Galeno, Swiss Medical, Medicus, Sancor-, “con carácter urgente” se les ordenara a esas empresas dejar sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas” y que “solo se permita un eventual incremento” según un índice que establezca el tribunal.
También se buscaba “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”.
La sugerencia oficial, que receptaron tribunales en amparos individuales, aludía a permitir subas de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Varias empresas salieron a defender en la causa los aumentos: no solo cuestionaron la legitimidad de la SSS para actuar, sino que afirmaron que lo que el Gobierno pretendía, en oposición a “la libertad” que fijó el decreto, era la derogación judicial de lo dispuesto por el propio DNU.
La jueza entonces le pidió a la fiscalía que opinara sobre la competencia en el caso “en razón de la materia, el territorio y el grado, como asimismo en función de los procesos colectivos que se encuentran en trámite vinculados a la cuestión aquí debatida”.
Con un guiño a la jueza, el fiscal Rafael Espínola advirtió que el “análisis de tales aspectos involucra, sin margen de duda, una evaluación por parte de V.S. de los alcances de la acción en trato, definiendo si la misma encuadra o no como proceso colectivo”, pero no opinó al respecto porque es “materia excluyente del Magistrado que interviene”.
Al analizar la cuestión, la jueza Maquiera sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”.
Y subrayó: “la Superintendencia de Servicios de Salud no reclama en función de un derecho que le es propio, sino para tutelar los de los millones de afiliados a las empresas demandadas, que ‘…componen aproximadamente el 94,66% del padrón de usuarios del sistema de salud’. De esta manera, la acción es promovida por la actora como órgano de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, en virtud de cuyo rol se encontraría obligada a accionar ‘…para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios’” que resultaron perjudicados.
Según la magistrada, “debe tenerse en cuenta también que los bienes que se encuentran involucrados en el litigio -y en virtud de los cuales se acciona- revisten un claro carácter colectivo”. Y añadió que en la demanda del Ejecutivo se hace referencia a que el accionar de las demandadas “…agravia constitucionalmente EL DERECHO A LA SALUD…”. En función de ello, y en base a jurisprudencia de la Corte Suprema, la jueza sostuvo que la demanda impulsada por el Gobierno es un actor más del proceso colectivo.
Y recordó que ya existe una demanda colectiva que impulsaron afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei: la causa “Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo” que busca que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 70/2023″.
Aquella acción de amparo fue promovida por el ciudadano Eduardo Santiago Wilson, en su carácter de asociado directo de Swiss Medical S.A., que entendió que el Poder Ejecutivo Nacional ha excedido, en forma arbitraria y manifiestamente ilegítima, sus facultades previstas en el artículo 99, inciso 3), de la Constitución Nacional, sin existir la necesidad y urgencia que en este se requieren al efecto.
El juez Juan Rafael Stinco abrió el 29 de diciembre pasado “el proceso colectivo no susceptible de división, puesto que lo que se persigue es el restablecimiento de funciones de contralor a un organismo especializado (la Superintendencia de Servicios de Salud), lo cual -según indica el Sr. Juez- ‘no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros, es decir actuales usuarios y los futuros o potenciales interesados en tales servicios’”.
“Se puede concluir que entre la causa colectiva ‘Wilson’ y estas actuaciones existe una sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva, lo que determina que ambos expedientes deban tramitar de manera conjunta ante un mismo magistrado para evitar el escándalo jurídico que implicaría el dictado de sentencias que sean contradictorias entre sí. Llego a esa conclusión no sólo porque en ambos procesos se busca tutelar a ‘la salud’ como bien colectivo e indivisible, sino también porque, si bien el objeto de uno y otro expediente difieren en cuanto a su formulación, coinciden en cuanto a su finalidad”, dijo la jueza.
Fuente: NA
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Un feroz intento de femicidio quedó registrado por las cámaras de seguridad de una pizzería
Un hombre de 41 años atacó a puñaladas a su ex pareja porque ella no quiso hablar con él.
Las imágenes son shockeantes, quitan el aire en una mezcla de espanto y dolor. Es que lo que se vivió en una pizzería del barrio porteño de Núñez fue realmente atroz y las cámaras de seguridad del lugar fueron testigo de ello: un hombre de 41 años atacó a puñaladas a su ex pareja porque ella no quiso tener una conversación con él en su lugar de trabajo. Le aplicó más de 28 puntazos.
La víctima, de 45 años, sobrevivió a la agresión con cortes en abdomen, brazo izquierdo, espalda y cuello y sin riesgo de vida. El compañero de trabajo de la mujer atacada y otros dos hombres salieron en defensa de ella como pudieron, desesperados por salvarla.
El agresor, en tanto, se autolesionó en el cuello al verse rodeado por la Policía de la Ciudad al grito de: “Mi hija no me quiere”. Fue derivado por el SAME al Hospital Pirovano y, tras recibir el alta, quedó detenido. Fue acusado de tentativa de homicidio en el marco de violencia de género.
Todo sucedió este lunes a las 20.45 en el local de “Big Pizza” de Quesada al 2300, esquina avenida Cabildo. Hasta allí llegó personal de la Comisaría Vecinal 13B de la Policía de la Ciudad que estaba de recorrida por la zona tras ser alertado por una persona. Les avisó sobre un violento ataque de un hombre hacia una mujer.
“El agresor se hizo presente en el lugar con intenciones de entablar una conversación con su ex pareja y, ante la negativa de la mujer, la atacó”, explicaron fuentes policiales. La violencia de la agresión fue extrema: el atacante le clavó el cuchillo repetidas veces mientras ella quedó sentada en el piso sin posibilidad de defenderse.
En ese contexto, uno de los compañeros de trabajo de la víctima, un joven peruano de 22 años, le tiró gas pimienta al agresor. No fue el único que quiso salvarla, otro hombre también colaboró para que la mujer pudiera escapar. Lo querían frenar con maderas y palos.
Con la víctima a salvo, el atacante quedó encerrado en el comercio hasta que arribó la Policía. Al llegar al lugar, los agentes lo encontraron en estado de alteración, gritaba que “su hija no lo quería” y amenazaba con quitarse la vida. En ese momento, comenzó a autolesionarse con el cuchillo que le había clavado casi 30 veces a su ex: se provocó cortes en el cuello.
Un oficial intervino para contenerlo y detener la hemorragia hasta la llegada de una ambulancia del Sistema de Atención Médica de Emergencias (SAME), que lo trasladó al Hospital Pirovano. La víctima, por su parte, también fue llevada al mismo centro médico. Aunque sufrió heridas importantes, no corre peligro de vida y se encontraba próxima a ser dada de alta, según se informó.
Fuente: Contexto Tucumán
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El Gobierno fijó tres días no laborables con fines turísticos en 2025
Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en Argentina.
El Gobierno argentino estableció tres días no laborables con fines turísticos para 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.La medida busca fortalecer la actividad turística y contrarrestar la estacionalidad del sector. El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.Se espera que la disposición contribuya al crecimiento del turismo interno y dinamice las economías regionales.La normativa se basa en la Ley 27.399, que permite al Ejecutivo fijar hasta tres días no laborables por año con fines turísticos.
El Poder Ejecutivo Nacional estableció, mediante el Decreto 1027/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial, tres días no laborables con fines turísticos para el año 2025.
Las fechas designadas son el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre. Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en la Argentina.
El artículo 1° del decreto establece textualmente: “Establécense como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas: AÑO 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre”. La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Promoción del turismo y reducción de estacionalidad
El Gobierno destacó que la medida busca fortalecer la actividad turística, uno de los sectores clave para el desarrollo económico nacional. En los fundamentos del decreto, se subrayó que la decisión tiene como objetivo distribuir el turismo a lo largo del año, contrarrestando la estacionalidad que afecta al sector.
Según el texto, “dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la República Argentina”, y añadió que estas fechas específicas están diseñadas para generar beneficios económicos en destinos turísticos de todo el país. Asimismo, se mencionó que los días seleccionados coinciden estratégicamente con lunes o viernes para fomentar escapadas de fin de semana largo.
Marco normativo
El decreto hace referencia al artículo 7° de la Ley 27.399, que otorga al Ejecutivo la potestad de fijar hasta tres días no laborables por año con fines turísticos. También se menciona el artículo 6° de la misma ley, que regula el traslado de feriados nacionales que coincidan con días de semana para optimizar su impacto económico.
En este sentido, se recuerda que el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional, otorga al Presidente la facultad de dictar normas en el ámbito de su competencia. El texto también subraya que esta decisión se encuentra respaldada por la Ley de Ministerios N° 22.520, que confiere a la Jefatura de Gabinete de Ministros las atribuciones relacionadas con feriados y actos de carácter patriótico.
Impacto esperado
El Gobierno espera que la disposición contribuya significativamente al crecimiento del turismo interno, alentando a los argentinos a viajar dentro del país y dinamizando las economías regionales. En años anteriores, medidas similares demostraron ser efectivas para movilizar a millones de personas y generar ingresos en sectores como la hotelería, gastronomía y transporte.
El decreto concluye con el mandato de su comunicación y publicación: “ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese”.
Fuente: NA
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“Guille” Cantero, líder de Los Monos, presentó más de diez hábeas corpus en los que dice autopercibirse mujer
También hizo otras exposiciones donde pedía casarse con un hombre.
Ariel “Guille” Cantero, líder de Los Monos, presentó más de diez hábeas corpus en los que dice autopercibirse mujer, según contó la ministra de Seguridad Patricia Bullrich. Aunque no se detallaron los motivos, se cree que está relacionado a la posibilidad de ampliar el grupo de visitantes que van a verlo a la cárcel.
“El jefe de Los Monos presentó más de diez hábeas corpus en los que decía que se autopercibía mujer. Hablamos con los jueces, porque es mentira. No se los aceptaron”, explicó Bullrich.
Además, la funcionaria destacó que el condenado a 113 años de prisión, por todas las penas que recibió, también hizo otras exposiciones donde decía que quería casarse con un hombre: “No lo dejamos”, subrayó en diálogo con LN+.
Cantero y otros integrantes de la banda narco tienen prohibido, desde abril de este año, utilizar teléfono público de los pabellones para evitar así la organización de nuevos ataques en Santa Fe y otros puntos.
Por el momento el acusado solo recibe la visita de sus dos hijos y sus dos hermanos, medida que está ligada a la imposibilidad de tener contactos que permitan fundar nuevos casos sangrientos.
Asesinaron de 16 tiros al yerno de “Guille” Cantero
El yerno del líder de Los Monos fue asesinado en octubre de este año de 16 tiros mientras iba a bordo de un auto en Rosario. Se trata de Samuel Medina, a quien los investigadores tenían en la mira por su presunta participación en la banda narco.
De acuerdo a la información del Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe, a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, Medina fue asesinado con una pistola calibre 9 milímetros cuando iba a bordo de un auto Volkswagen Polo.
En el lugar se secuestraron $35.000; un reloj; una cadena de color dorado; dos anillos de color dorado, uno con el escudo de Rosario Central y el restante con una piedra de color roja; y dos entradas del partido entre Central y Vélez.
La víctima era pareja de Paula Bay, hija de Vanesa Barrios, mujer de “Guille” Cantero, y la Justicia sospecha que Medina integraba la banda Los Monos.
Fuente: NA
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