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Revés de la Corte al Grupo Macri por Correo Argentino
El máximo tribunal declaró «inadmisible» un recurso de queja presentado por SOCMA. Debilitó la postura de la empresa frente a los reclamos del Estado.
Desapercibido dentro de un paquete de decisiones que adoptó en el último acuerdo, la Corte Suprema incluyó un duro revés hacia el holding de la familia del presidente Mauricio Macri. Y lo dejó expuesto dentro de una de las causas que mayores dolores de cabeza le ha traído a su administración: el expediente por la deuda con el Estado de Correo Argentino SA.
El máximo tribunal declaró en pocas líneas “inadmisible” un recurso de queja presentado por SOCMA en una causa civil de las múltiples que corren en paralelo al concurso en la justicia comercial. El impacto de la decisión de la Corte no solo está marcada por los montos en juego por un seguro de caución ligado a la malograda explotación del servicio postal, sino porque deja debilitada la posición de la empresa respecto de la batería de juicios contra el Estado con los que ha logrado estirar indefinidamente el pago de la deuda, lo que derivó también en una investigación penal por posibles ilícitos.
La discusión se remonta al pliego de concesión de Correo Argentino SA por los servicios “postales, monetarios y telegráficos” donde se le exigía a la empresa que contrate un seguro de caución que le permita garantizar el cumplimiento de sus obligaciones respecto del Estado Nacional. El argumento para su recisión durante el kirchnerismo fueron precisamente los cánones impagos por los que ahora la fiscal comercial Gabriela Boquín denunció un ruinoso acuerdo, cuyo plan de pagos proyectaría una condonación de la deuda por $70 millones a favor de la familia Macri,
El seguro se formalizó con Aseguradora de Créditos y Garantías por la suma de $42.735.000 pesos-dólares al momento de suscribirse y el Estado era el asegurado por incumplimientos empresarios. A la vez, en marzo de 1999, la aseguradora firmó con SOCMA una denominada “carta de fianza” por la cual la empresa insignia del Grupo Macri se convirtió en “avalista, fiadores solidarios y lisos y llanos y principales pagadores, con renuncia a los beneficios de exclusión y división, de todas y cada una de las obligaciones contraídas por Correo Argentino SA con Aseguradora de Créditos y Garantías SA en virtud de los contratos de seguros de caución instrumentados”. Esa fianza equivalía al 54.42% de cualquier monto que la aseguradora le reclamara al Correo. El restante 45.58% era garantizado por SIDECO Americana, la otra empresa del holding familiar.
Esto significaba que el seguro de caución impediría que el Estado sufriera pérdidas por incumplimientos de la empresa. Pero que a su vez, la garantía de pago con respecto a la Aseguradora se había puesto en cabeza de SOCMA que asumía las obligaciones con respecto a Correo Argentino SA. Pero cuando el Poder Ejecutivo rescindió en 2003 el contrato de concesión con el Grupo Macri, el Estado comenzó a reclamar la ejecución del seguro por la suma de la poliza. Así fue que Aseguradora de Créditos y Garantías consideró que quedaba liberado en los términos del acuerdo y por eso intimó a Correo Argentino SA a pagar la suma asegurada –superior a los 42 millones de dólares- “y/o a liberar la garantía” y a SOCMA a que también abone el porcentaje correspondiente de la fianza que había comprometido con Correo, cuya cifra era $23.256.387.
Con el Correo en concurso preventivo y con supuesta incapacidad de pago (situación que se extiende hasta hoy sin que se decrete la quiebra), la aseguradora entendió que el Grupo Macri debía responder por las sumas aseguradas para resarcir al Estado. De esta forma se inició la demanda de Aseguradora de Créditos y Garantías contra SOCMA que tuvo un fallo en contra en primera instancia. Pero que esa sentencia fue revocada por la Cámara de Apelaciones del fuero civil a favor del reclamo de la aseguradora. SOCMA apeló a la Corte y fue rechazada por lo que ahora deberá hacer frente al reclamo.
Fuente: NA
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ARCA postergó vencimientos de impuestos debido a problemas con la web
Se trata de las obligaciones de este miércoles 30 de julio que no se pudieron cumplir porque el sistema se bloqueó ante la alta demanda.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que las obligaciones con fecha de vencimiento al 30 de julio se podrán presentar hasta el 1° de agosto, inclusive. La medida se oficializará durante las próximas horas en el Boletín Oficial.
ARCA indicó que «la resolución es excepcional, destinada a contemplar la situación de determinados contribuyentes y responsables que en el día de ayer se vieron imposibilitados de acceder a los sistemas informáticos de ARCA, lo que pudo impedir el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones».
«Por ello, se contemplará la situación descrita y se colocará como nueva fecha de vencimiento para cumplir con las obligaciones el viernes 1° de agosto inclusive», dice el comunicado.
Tipos de obligaciones que se pueden presentar hasta el 1° de agosto:
Fideicomisos financieros y no financieros
Participaciones societarias y manifestación de capacidad contributiva
¿A quiénes alcanza la decisión de ARCA?
Solo las personas o empresas con CUIT terminados en 7, 8 y 9 que tenían vencimiento el 30 de julio. De esta manera, ARCA reconoce los contratiempos que pudieran haber generado los problemas técnicos ocurridos en la jornada de ayer y propone esta prórroga para evitar perjuicios a los contribuyentes
Para los contadores y asesores tributarios resulta un gran contratiempo la imposibilidad de liquidar en tiempo y forma debido a problemas con el sistemaporque se les acumula el trabajo con otros vencimientos, al tiempo que si no pueden presentar la documentación a tiempo el organismo suele aplicar multas automáticas.
El miércoles la web del organismo recaudador prácticamente no funcionó en todo el día, lo que además implicó que personas y empresas no pudieran facturar o lleva a cabo otro tipo de trámites.
Fuente: Sin Mordaza
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Alertan sobre una ola de calor en pleno invierno
La advertencia alcanza a los primeros días de agosto. Habrá regiones con temperaturas que llegarán a los 35 grados.

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitió una alerta por una inusual ola de calor que afectará a Argentina en pleno invierno, con temperaturas que podrían alcanzar los 35°C en el norte del país.
Según el reporte del 29 de julio, regiones como el extremo norte argentino experimentarían marcas cálidas superiores a los 30°C durante la segunda mitad de la semana, según datos respaldados por Meteored.
Este fenómeno, atípico para la temporada, ha puesto en alerta a meteorólogos y autoridades.
El SMN anticipó que agosto comenzará con temperaturas elevadas en el norte, mientras que el centro y sur del país gozarán de un tiempo más estable.
Sin embargo, el este argentino, incluyendo Buenos Aires, Capital Federal y parte del Litoral, enfrentará lluvias y tormentas aisladas entre jueves y sábado.
Estas precipitaciones podrían complicar las actividades diarias en áreas urbanas densamente pobladas, donde se recomienda tomar precauciones.
El rol de «El Niño» en la anomalía climática
El fenómeno de «El Niño» es el principal responsable de estas condiciones inusuales.
Este evento, caracterizado por un aumento anómalo de las temperaturas superficiales en el océano Pacífico tropical, está alterando los patrones climáticos globales, con un impacto notable en Argentina.
Según los especialistas, «El Niño» ha incrementado las precipitaciones y generado variaciones térmicas significativas, llevando a un invierno más cálido y húmedo de lo habitual.
Fuente: Cadena 3
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Ordenan retirar del mercado una marca de detergente por causar quemaduras a quienes lo usaron
El detergente de la marca ECO 51 debe ser retirado del mercado tras a una serie de irregularidades que incluyeron denuncias por quemaduras de los usuarios.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la prohibición inmediata del uso, comercialización y publicidad del detergente “ECO 5?l” de la marca Química Spegazzini, tras constatar que el producto no estaba debidamente registrado y que provocó quemaduras en al menos un usuario. La medida fue oficializada este miércoles mediante la Disposición 5354/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Según informó la agencia reguladora, la decisión se tomó luego de una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios, en la que un consumidor alertó que el detergente le causó quemaduras en las manos. Al iniciar la investigación, ANMAT verificó que ni la empresa responsable ni el producto se encuentran inscriptos en sus registros, lo que constituye una infracción a la normativa sanitaria vigente.
El producto, identificado como un detergente de uso doméstico en envase de cinco litros, estaba siendo comercializado por fuera de los canales legales, sin contar con la debida autorización del organismo. Ante esta situación, se dispuso también el inicio de un sumario sanitario contra la firma responsable, con domicilio en Italia 729, localidad de Carlos Spegazzini, provincia de Buenos Aires, y cuyo CUIT figura como 20-34270590-2.
Además de la prohibición del “DETERGENTE ECO 5?l”, la disposición abarca a todos los productos elaborados por la marca Química Spegazzini, hasta tanto la firma regularice su situación y cumpla con las exigencias de la Resolución MS y AS Nº 709/98 y la Disposición ANMAT Nº 7292/98, que establecen requisitos para el registro de domisanitarios y habilitación de establecimientos.
Como parte del operativo, se notificó a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a las entidades encargadas de la fiscalización, para garantizar el retiro inmediato del producto del mercado.
Desde ANMAT recordaron que la venta de productos de limpieza sin autorización puede poner en riesgo la salud pública y llamaron a los consumidores a verificar que los artículos cuenten con número de registro visible y estén debidamente identificados.
El organismo también recomendó a la población que, ante la aparición de síntomas adversos o lesiones por el uso de productos domisanitarios, se comuniquen con un centro de salud y realicen la denuncia correspondiente para que se tomen las medidas preventivas adecuadas.
Fuente: Contexto Tucumán
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