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Trabajó casi 6 años “en negro”, pidió que lo regularizaran y terminó en la Justicia: deberán pagarle más de $112 millones

Un trabajador de un supermercado de Necochea logró un fallo favorable tras permanecer casi seis años sin registrar su relación laboral. La Justicia reconoció distintos conceptos adeudados y fijó una indemnización que, con actualización, supera los $112 millones.

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Foto: La Justicia fijó una indemnización millonaria por trabajo no registrado.

Una relación laboral sin registrar

El hombre comenzó a trabajar en junio de 2015 y continuó hasta abril de 2021. Durante ese período realizó tareas de atención al público, reposición y descarga de mercadería, pero nunca fue registrado formalmente por sus empleadores.

El conflicto llegó a la Justicia después de que reclamara que se regularizara su situación laboral, además del pago de salarios y diferencias adeudadas y la realización de los aportes correspondientes.

Ante la falta de respuesta y el rechazo de sus empleadores a las condiciones laborales denunciadas, se consideró despedido el 8 de abril de 2021.

Qué determinó la Justicia

El Tribunal del Trabajo N°1 de Necochea consideró acreditada la relación laboral y estableció que se extendió durante 5 años y 10 meses.

Para llegar a esa conclusión, los jueces tuvieron en cuenta, entre otras pruebas, testimonios de personas que habían visto al trabajador desempeñando sus tareas y la falta de registros laborales aportados por la parte demandada.

También se determinó que el trabajador cobraba $1.500 por día y que su mejor remuneración mensual normal y habitual debía ser de $53.777,39, de acuerdo con la categoría y las escalas salariales correspondientes.

El fallo reconoció diferencias salariales, haberes adeudados, aguinaldos, vacaciones, indemnización por despido, preaviso y distintas sanciones vinculadas con el empleo no registrado.

La Justicia fijó una indemnización millonaria. (Imagen ilustrativa generada con IA)

De $3,3 millones a más de $112 millones

El monto histórico establecido en la condena fue de $3.321.382,48.

Sin embargo, con la actualización correspondiente, la cifra alcanzó los $112.336.500 al 26 de agosto de 2026, según lo establecido en la sentencia.

La Justicia cuestionó un artículo de la reforma laboral

La resolución también incluyó otro aspecto relevante. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, al considerar que el mecanismo previsto para actualizar créditos laborales en juicios ya iniciados podía perjudicar a los trabajadores que habían recurrido a la Justicia.

Los magistrados entendieron que esa disposición afectaba, entre otros derechos, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el acceso a la Justicia.

Por ese motivo, resolvieron aplicar el mecanismo de actualización contemplado en el artículo 54: IPC más un 3% anual.

La sentencia estableció que el monto deberá ser abonado dentro de los diez días de notificada la resolución. En caso de incumplimiento, continuará aplicándose la actualización hasta que la deuda sea cancelada.

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