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Reglamentan la Ley de Modernización Laboral: cambios en indemnizaciones, vacaciones y banco de horas
El Gobierno oficializó la reglamentación de los principales puntos de la Ley de Modernización Laboral, que introduce una serie de modificaciones en las relaciones entre trabajadores y empresas en Argentina.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial mediante distintos decretos y ya generan impacto en el esquema laboral vigente.
Entre los cambios más relevantes se encuentran nuevas reglas para el cálculo de indemnizaciones, la creación de un sistema de fondo de asistencia, modificaciones en el recibo de sueldo, el régimen de vacaciones y la implementación del banco de horas.
Indemnizaciones: cómo cambia el sistema
Uno de los ejes centrales de la reforma es el nuevo esquema de indemnizaciones por despido sin causa.
La normativa establece que el monto se calculará únicamente sobre la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos como aguinaldo, vacaciones proporcionales y otros adicionales no mensuales.
Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que funcionará como un sistema de respaldo para el pago de indemnizaciones. Cada empleador deberá abrir una cuenta individual en fondos de inversión o fideicomisos autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), donde se realizarán aportes mensuales.
En caso de desvinculación laboral, el empleador deberá presentar una declaración jurada y la entidad administradora tendrá hasta cinco días hábiles para transferir el dinero al trabajador.
Las contribuciones serán deducibles de Ganancias y podrán generar reducciones en aportes patronales. También se establece un tope del 1% anual en comisiones de administración.
Cambios en el recibo de sueldo
Otro de los puntos de la reforma es la nueva estructura del recibo de sueldo.
El documento deberá incluir un gráfico de torta que muestre la composición del costo laboral, discriminando aportes a seguridad social, obra social, sindicatos, ART, entre otros conceptos.
El recibo se organizará en cuatro secciones: datos del trabajador y empleador, detalle de contribuciones, cálculo del salario bruto y deducciones, y finalmente el monto neto a cobrar.
Vacaciones fraccionadas y banco de horas
La reglamentación también introduce cambios en el régimen de vacaciones.
Las licencias deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque podrán acordarse excepciones entre las partes. Además, se habilita el fraccionamiento de vacaciones en períodos de al menos siete días corridos.
El empleador deberá avisar con 30 días de anticipación y se establece que cada trabajador deberá gozar de vacaciones en temporada de verano al menos una vez cada tres años, en caso de organización por sectores.
También se implementa el banco de horas, que permite compensar jornadas laborales mediante acuerdos entre empleadores y trabajadores, respetando descansos mínimos de 12 horas.
Licencias médicas y receta digital
Las licencias por enfermedad deberán gestionarse mediante receta digital obligatoria, con el objetivo de garantizar trazabilidad y control del diagnóstico. En caso de discrepancias, podrá intervenir una junta médica.
Cambios en convenios colectivos
La nueva reglamentación también modifica el régimen de convenios colectivos, estableciendo límites a los aportes obligatorios y redefiniendo su vigencia en los acuerdos vencidos.
Según la normativa, ciertas cláusulas dejan de ser exigibles en convenios caducos y se fijan topes para aportes tanto de trabajadores como de empleadores.
Un nuevo esquema laboral en implementación
Con esta reglamentación, el Gobierno avanza en la implementación de la reforma laboral, que busca —según la versión oficial— modernizar el sistema de contratación, reducir litigios y dar mayor flexibilidad a las relaciones de trabajo.
Con información de Infobae