Politica
Uno por uno, los 42 artículos que podrán modificarse de la Constitución de Santa Fe
A una semana de las elecciones, la provincia se prepara para una reforma histórica: 69 convencionales serán elegidos para modificar 42 artículos de la Constitución de Santa Fe, con cambios que irán desde el voto joven y la ficha limpia hasta la reelección de autoridades y la autonomía municipal.
El próximo 13 de abril, la ciudadanía santafesina elegirá a los 69 convencionales constituyentes que tendrán a su cargo la reforma parcial de la Constitución Provincial, en un proceso histórico que podría modificar 42 artículos de la carta magna vigente desde 1962.
La elección se realizará en simultáneo con las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de la provincia. De los 69 convencionales, 50 serán electos por distrito único, es decir, mediante listas comunes para todo el territorio provincial, y los otros 19 representarán a cada uno de los departamentos, siguiendo el mismo criterio que los senadores provinciales.
Esta instancia se habilitó tras la sanción, el pasado 6 de diciembre de 2024, de la Ley que declara la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de Santa Fe. Dicha norma no solo autoriza el proceso, sino que define el alcance de la reforma: los convencionales estarán facultados exclusivamente para modificar 42 artículos específicos.
Entre los ejes principales que estarán bajo análisis se encuentran:
Límites a la reelección para todos los cargos electivos, incluyendo gobernador, vicegobernador, legisladores e intendentes.
Cambios en el sistema electoral, como la incorporación del voto a partir de los 16 años en elecciones locales, la eliminación de los fueros, y la adopción de la cláusula de “ficha limpia” para impedir candidaturas con antecedentes penales.
Reformas institucionales: autonomía municipal, ampliación del período de sesiones ordinarias en ambas cámaras, eliminación de la confesionalidad del Estado, y modificaciones en la conformación y funcionamiento de la Corte Suprema, que podría ampliarse a siete miembros.
Una vez elegida, la Convención Reformadora se instalará en la ciudad de Santa Fe, cuando lo disponga el Poder Ejecutivo provincial, dentro del plazo de un año desde la elección. A partir de ese momento, tendrá 40 días corridos para cumplir su cometido, con posibilidad de prórroga por 20 días más si así lo aprueba la mayoría absoluta de los convencionales.
A continuación, uno por uno, los 42 artículos que podrían ser modificados de la Constitución de la Provincia de Santa Fe.
Principios, Derechos, Garantías y Deberes (13 artículos a reformar)
Artículo 2: Se plantea incorporar en este artículo la mención expresa a los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, en línea con lo que establece la Constitución Nacional, reforzando así el marco de protección de derechos fundamentales.
Artículo 3: Uno de los cambios más simbólicos es la propuesta de eliminar la confesionalidad del Estado, reafirmando la separación entre el orden civil y el religioso. Se reconoce, no obstante, un esquema de colaboración entre el Estado y todos los cultos.
Artículo 5: En materia tributaria, se propone establecer una serie de principios rectores: legalidad, generalidad, solidaridad, progresividad, no confiscatoriedad y equidad. Además, se incorporaría el principio de responsabilidad fiscal, con foco en la sostenibilidad y la transparencia.
Artículo 9: Se busca adecuar este artículo al estándar nacional sobre hábeas corpus, además de incorporar el juicio por jurados en materia penal y los derechos de las víctimas como parte del proceso judicial.
Artículo 11: La reforma busca ampliar el derecho a la libertad de expresión, incluyendo el derecho a buscar, recibir y difundir información. También se prevé la protección de datos personales, del honor y la intimidad, así como el secreto de las fuentes periodísticas. Se incorporará el principio de transparencia activa y el derecho de acceso a la información pública.
Artículo 13: Se plantea una revisión del derecho de reunión, para adecuarlo a los estándares de la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Artículo 17: La reforma de este artículo apunta a regular la acción de amparo en línea con el artículo 43 de la Constitución Nacional. Se incorporan figuras como la acción de clase, la protección de intereses difusos y derechos colectivos, así como el hábeas data.
Artículo 18: Se busca adecuar el régimen de responsabilidad del Estado, que será regulado por una ley especial. Esto implicará un marco más claro sobre cómo responde el Estado ante posibles daños o perjuicios.
Artículo 19: Este artículo será reformulado para extender la protección del derecho a la salud, tanto en el plano individual como en su dimensión social.
Artículo 20: Se busca promover el trabajo decente y reconocer al trabajador como sujeto de tutela constitucional preferente. Se incluirán principios del derecho colectivo como los convenios colectivos, la negociación paritaria y el fuero sindical.
Artículo 21: El nuevo texto establecerá que las jubilaciones y pensiones de empleados públicos provinciales estarán garantizadas por un régimen público de reparto, de carácter solidario e intransferible a otras jurisdicciones.
Artículo 22: Se ampliará el derecho a la cultura, reconociendo el acceso a los bienes culturales, su promoción y la protección del patrimonio tangible e intangible.
Régimen Electoral (2 artículos a reformar)
Artículo 29: La reforma busca actualizar las condiciones para ejercer los derechos políticos. Se analizará la posibilidad de habilitar el voto a los 16 años en elecciones locales y se revisarán los requisitos vinculados a nacionalidad y edad. Además, se incorporarán principios como la intransferibilidad del voto y se establecerá que toda norma electoral o de partidos deberá ser aprobada por mayoría especial en ambas Cámaras. Otro punto clave será la creación de una jurisdicción electoral permanente y la obligación para los candidatos electos de presentar declaraciones juradas de bienes.
Artículo 30: Se incorporará el principio de “ficha limpia”, estableciendo que no podrán ser candidatos quienes hayan sido condenados por delitos, en las condiciones que defina la ley.
Poder Legislativo (13 artículos a reformar)
Cámara de Diputados
Artículo 32: Se redefine la composición de la Cámara de Diputados, que estará integrada por 50 miembros, elegidos por sistema de representación proporcional con paridad de género, en un distrito único provincial.
Artículo 33: Se revisarán los requisitos de edad mínima para acceder a una banca en Diputados.
Artículo 34: Se precisará el alcance de la reelección de los diputados provinciales.
Cámara de Senadores
Artículo 37: También se propondrá revisar la edad mínima para ser senador provincial.
Artículo 38: El artículo se modificará para establecer límites claros a la reelección de los senadores.
Disposiciones comunes a ambas Cámaras
Artículo 40: Se buscará ampliar el período ordinario de sesiones del Poder Legislativo.
Artículo 51: Uno de los puntos más relevantes será la eliminación de los fueros de proceso, manteniendo sólo los alcances necesarios para la inmunidad de arresto y expresión.
Artículo 54, inciso 5: La reforma apunta a precisar el alcance del silencio legislativo, es decir, las implicancias de no pronunciarse ante determinados actos.
Artículo 55: Se revisarán y redefinirán las facultades de la Legislatura provincial.
Artículo 56: Se incorporará la figura de la iniciativa popular, permitiendo que la ciudadanía pueda presentar proyectos de ley.
Artículo 58: La propuesta es revisar el procedimiento de sanción de leyes, lo que podría incluir etapas más participativas o mayor control constitucional.
Artículo 61: Se evaluará el inicio del cómputo de la caducidad de los proyectos de ley, buscando mayor claridad en los plazos legislativos.
Poder Ejecutivo (3 artículos a reformar)
Artículo 64: Uno de los ejes centrales de la reforma será la reelección del gobernador y vicegobernador. Actualmente la Constitución no permite una reelección inmediata; la convención definirá si se habilita o modifica ese esquema.
Artículo 72: Se revisarán las atribuciones del Poder Ejecutivo, lo que podría incluir la actualización de competencias en línea con las demandas actuales del gobierno provincial.
Artículo 73: El nuevo texto constitucional establecerá que la ley de ministerios deberá prever al menos un Ministro encargado de articular con los otros poderes del Estado. Su designación requerirá acuerdo legislativo, aunque su remoción quedará a cargo exclusivo del gobernador.
Poder Judicial (6 artículos a reformar)
Artículo 84: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe pasaría a estar compuesta por siete miembros y un Procurador General, con paridad de género y representación territorial diversa, según lo defina una ley especial.
Artículo 86: Se redefinirán los mecanismos de designación de jueces. Los miembros de la Corte Suprema serán nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa. El resto de los jueces será designado por el Ejecutivo, en base a su idoneidad, también con acuerdo legislativo. Se prevé la creación de un Consejo de la Magistratura.
Artículo 88: La propuesta contempla que los jueces y ministros de la Corte cesen en sus cargos al cumplir 75 años, salvo que sean nuevamente nombrados (previo acuerdo legislativo) por un período máximo de cinco años más.
Artículo 91: Se revisará el régimen de remoción de jueces que no están sujetos a juicio político, incorporando un Tribunal de Enjuiciamiento compuesto por representantes de los tres poderes del Estado, del ámbito académico y de los colegios profesionales.
Artículo 93: Se incorporará una cláusula que otorgue a la Corte Suprema la competencia exclusiva para resolver conflictos de poderes municipales, así como los conflictos entre municipios o con autoridades provinciales.
Juicio Político (1 artículos a reformar )
Artículo 98: Se ampliará el listado de funcionarios alcanzados por el juicio político, incorporando al Vicegobernador, al Procurador General y al Defensor del Pueblo.
Régimen Municipal (2 artículos a reformar)
Artículo 106: La reforma establece que todas las poblaciones deberán organizarse como municipios, en base a una ley que podrá definir categorías diferenciadas según su tamaño, ubicación o función.
Artículo 107: Este artículo incorporará uno de los cambios más profundos: la consagración de la autonomía municipal en los planos político, administrativo, económico, financiero e institucional. Se definirán criterios claros para la redacción de cartas orgánicas locales.
También se establece que:
Los mandatos de las autoridades municipales tendrán la misma duración que los provinciales.
Las elecciones locales se realizarán en simultáneo con las provinciales.
En municipios con más de 20.000 habitantes, los concejos municipales se renovarán por mitades cada dos años.
Se promoverá la creación de regiones, áreas metropolitanas y entes intermunicipales para la gestión conjunta de servicios o problemáticas comunes.
Se precisarán los recursos propios y el régimen de coparticipación municipal.
Como principio, se fijará que no se podrán transferir competencias a los municipios sin el correspondiente traspaso de recursos.
Educación (5 artículos a reformar)
Artículos 109, 110, 111, 112 y 113: La reforma busca ampliar la protección del derecho humano a la educación, actualizando su alcance a los desafíos del sistema educativo actual, en línea con los estándares nacionales e internacionales.
Entre los principales cambios propuestos se encuentran:
Incorporar la obligatoriedad de la educación secundaria.
Fortalecer la vinculación entre la educación y el mundo del trabajo, para garantizar mejores oportunidades a estudiantes y jóvenes.
Asegurar el acceso a la alfabetización digital, la conectividad y la inclusión tecnológica, promoviendo la democratización del conocimiento.
Incluir de manera expresa la educación ambiental como parte integral del derecho a la educación.
Fuente: Uno de Santa Fe
Politica
El Gobierno acordó una suba salarial con las universidades, pero sigue el reclamo judicial ante la Corte
El Gobierno nacional y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) alcanzaron este martes un acuerdo salarial y presupuestario destinado a descomprimir el conflicto por el financiamiento de las universidades públicas.
Sin embargo, pese al entendimiento alcanzado, las casas de estudio confirmaron que continuará la demanda presentada ante la Corte Suprema por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.
Cómo será el aumento salarial
La propuesta oficial contempla una recomposición salarial del 24,33% dividida en dos etapas.
El esquema prevé un incremento del 21,33% en julio y otro adicional del 3% en octubre.
Según se informó, el ajuste busca compensar parte de la pérdida salarial acumulada entre 2024 y 2026. Además, el acuerdo incluye el compromiso de revisar los salarios para evitar que vuelvan a quedar por debajo de la inflación durante este año.
También se confirmó la convocatoria a una nueva reunión paritaria con los gremios universitarios.
Más fondos para becas y hospitales universitarios
El entendimiento firmado entre el Ejecutivo y el CIN también incorpora otras medidas vinculadas al sistema universitario.
Entre ellas se encuentra un aumento del 50% en el Programa de Becas Estratégicas Manuel Belgrano, destinado a estudiantes de carreras consideradas prioritarias para el desarrollo del país.
A su vez, se anunció una partida de 50 mil millones de pesos para hospitales universitarios.
Las negociaciones también incluyeron el reclamo de docentes de colegios preuniversitarios, quienes además sufrieron el impacto de la eliminación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).

La demanda judicial continuará
Pese al acuerdo económico, las universidades ratificaron que mantendrán activa la demanda judicial vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario.
La causa cuenta actualmente con una medida cautelar favorable a las universidades, aunque su aplicación permanece suspendida tras un recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo.
La definición final quedó ahora en manos de la Corte Suprema de Justicia.
Desde el Gobierno sostienen que la ley aprobada por el Congreso es “ilegal” debido a que, según su interpretación, no establece claramente el origen de los recursos para financiarla.
Desconfianza de los gremios universitarios
Desde distintos sectores sindicales manifestaron cautela respecto del acuerdo alcanzado.
Representantes de Conadu señalaron que aún esperan una convocatoria formal a paritarias y remarcaron que existe desconfianza sobre el cumplimiento efectivo de los compromisos asumidos por el Ejecutivo.
Mientras tanto, las universidades continúan en estado de alerta y siguen las protestas impulsadas por docentes, estudiantes y trabajadores no docentes en distintos puntos del país.
Con información de Infobae
Politica
Presentaron un proyecto de ley para asistir a trabajadores afectados por crisis empresariales en Santa Fe
La iniciativa, coautoría del senador Alcides Calvo, propone flexibilizar el acceso a pensiones sociales en casos excepcionales de vulnerabilidad económica y laboral.
El pasado 4 de junio ingresó en la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe un proyecto de ley que busca brindar herramientas de contención social para trabajadores y familias afectadas por crisis empresariales, laborales o productivas.
La iniciativa fue presentada por el senador provincial Alcides Calvo junto a los legisladores Felipe Michlig, Hugo Rasetto y Leonardo Diana, y propone modificar la Ley Provincial N.º 5110, que regula el régimen de pensiones sociales.
El objetivo del proyecto
La propuesta apunta a incorporar una facultad excepcional y transitoria para que la autoridad de aplicación pueda otorgar beneficios sociales aun cuando las personas registren antecedentes económicos o patrimoniales correspondientes a una etapa anterior de estabilidad.
De esta manera, se busca evitar que requisitos patrimoniales rígidos excluyan automáticamente a familias que actualmente atraviesan situaciones críticas por:
- Cierre de empresas
- Suspensiones laborales
- Falta de pago de salarios
- Caída abrupta de ingresos
- Paralización productiva
Calvo: “El Estado debe actuar con sensibilidad”
El senador por el departamento Castellanos explicó que el proyecto intenta dar respuesta a situaciones que afectan directamente a trabajadores y comunidades enteras.
“Hay realidades que el Estado debe mirar con sensibilidad y responsabilidad. Muchas familias pueden haber tenido una situación laboral o patrimonial estable, pero una crisis empresarial o productiva puede colocarlas repentinamente en una situación de vulnerabilidad”, expresó Calvo.
Además, vinculó la iniciativa con el contexto económico actual y las dificultades que atraviesan distintas empresas de la provincia.
Crisis empresariales y preocupación social
El legislador mencionó casos de compañías que enfrentan escenarios complejos, entre ellas:
- Verónica
- SanCor
- Otras empresas afectadas por la inflación y la caída de actividad
“Cuando una fuente de trabajo entra en crisis, no solo afecta a una empresa, sino a toda una comunidad. Por eso entendemos que el Estado debe contar con herramientas para acompañar a quienes quedan en situación de necesidad”, sostuvo.
Una medida excepcional y transitoria
Desde el equipo legislativo aclararon que el proyecto no crea nuevos beneficios sociales ni elimina los requisitos generales establecidos por la normativa vigente.
La modificación incorpora únicamente una herramienta excepcional para que cada situación pueda analizarse de manera integral mientras persistan las circunstancias extraordinarias que originaron la vulnerabilidad económica o social.
Con información de Equipo de Trabajo – Senador Provincial Alcides Calvo
Politica
Adorni prepara su declaración jurada en medio de la investigación por presunto enriquecimiento ilícito
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, trabaja en la presentación de su declaración jurada ante la Oficina Anticorrupción mientras avanza la causa judicial que investiga un presunto enriquecimiento ilícito. Desde el Gobierno aseguran que el documento será presentado antes del 15 de junio.
El Gobierno busca bajar el impacto político antes del Mundial 2026
Según trascendió, en Casa Rosada consideran que el inicio del Mundial 2026, previsto para el jueves 11 de junio, podría ayudar a desplazar el foco mediático sobre la interna oficialista y la situación judicial del funcionario.
La administración nacional apuesta a que el interés social por la participación de la Selección Argentina en la Copa del Mundo reduzca la atención sobre el conflicto político que atraviesa al oficialismo.
Las razones de la demora
De acuerdo a versiones cercanas al jefe de Gabinete, la demora en la presentación de la documentación responde a dos motivos principales:
- Evitar interferir en la investigación que lleva adelante el fiscal de la causa.
- Reducir la presión interna dentro del oficialismo.
En ese contexto, surgieron diferencias con figuras del espacio libertario como Patricia Bullrich y la vicepresidenta Victoria Villarruel, quienes impulsaban una presentación anticipada de la declaración jurada.
Bullrich pidió acelerar los plazos
La ministra de Seguridad había solicitado públicamente adelantar la presentación, pese a que el plazo legal vence el 31 de julio.
“Démosle tiempo, dijo que la va a presentar el día 15. Es tema terminado”, sostuvo Bullrich durante una actividad en Mendoza, luego de presentar su propia declaración.
Las diferencias internas volvieron a evidenciar tensiones dentro del oficialismo, en un contexto marcado además por los cruces entre Santiago Caputo y Karina Milei.
La causa que complica al funcionario
La investigación tomó mayor relevancia luego de que se conociera la presencia de Bettina Angeletti, esposa de Adorni, dentro de la delegación presidencial que viajó a Nueva York en marzo.
Mientras tanto, el Gobierno espera que la presentación de la declaración jurada ayude a descomprimir el escenario político y judicial que enfrenta el funcionario.
Con información de NA
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