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Zona Fría: quiénes tendrán descuentos del 50% y del 20% en la factura de gas

El Gobierno nacional definió cómo se aplicarán las bonificaciones del régimen de Zona Fría. Los beneficios alcanzan a grupos de usuarios diferentes, no se acumulan y se calculan sobre el precio del gas, no sobre el total de la factura.

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Foto: Zona Fría: cómo se aplicarán los descuentos en la factura de gas

El Gobierno nacional estableció las condiciones para acceder a los descuentos del 50% y del 20% en el servicio de gas, en el marco de los cambios introducidos por la Ley 27.828.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicada este martes en el Boletín Oficial. La normativa determina qué usuarios pueden recibir cada beneficio y cómo se aplicarán las bonificaciones en las facturas.

Quiénes recibirán el descuento del 50%

La bonificación del 50% está destinada a usuarios residenciales de gas natural y de gas propano indiluido distribuido por redes en la Patagonia, Malargüe y la Puna.

También comprende a usuarios categorizados como Servicio General P en localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes.

Es importante tener en cuenta que el descuento se calcula sobre el precio del combustible. No representa una reducción del 50% en el importe total de la factura, ya que los cargos de transporte y distribución quedan fuera de esa bonificación.

Qué hogares podrán acceder al descuento del 20%

La bonificación adicional del 20% está dirigida a usuarios residenciales que estén incorporados al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y cumplan otras condiciones establecidas por la normativa.

Para acceder al beneficio, el suministro debe encontrarse fuera de la Patagonia, Malargüe y la Puna, y reunir los siguientes requisitos:

  • Estar incluido en el régimen de subsidios focalizados.
  • Estar ubicado en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, definidas por la norma IRAM 11.603/12.
  • Cumplir al menos uno de los criterios previstos en la legislación vigente.

Entre esos criterios se encuentra que los ingresos netos conjuntos del hogar sean iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con los valores publicados por el Indec.

La bonificación del 20% se calculará sobre el Precio Anual Uniforme del gas natural o sobre el precio del gas propano indiluido por redes, y se aplicará únicamente a los consumos base establecidos por el SEF.

Los descuentos no se acumulan

La normativa aclara que las bonificaciones del 50% y del 20% corresponden a grupos diferentes de usuarios y no pueden sumarse entre sí.

Además, contempla a entidades de bien público, clubes de barrio y de pueblo y otras organizaciones sin fines de lucro asimilables. Para estas entidades, la bonificación adicional alcanzará la totalidad del volumen consumido.

Cómo se identificarán los beneficiarios

La identificación de los hogares se realizará mediante el cruce de información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados con la ubicación de los suministros.

El padrón de beneficiarios será comunicado a las distribuidoras, que deberán aplicar los descuentos correspondientes e informar los consumos y las bonificaciones al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.

De esta manera, el Gobierno estableció las condiciones para aplicar el esquema actualizado de beneficios en las facturas de gas.

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