Provincia
Las nuevas restricciones en la provincia se aplicarán a partir del lunes 27 de julio
Se conoció el decreto con detalles sobre las nuevas medidas a raíz del avance de contagios de coronavirus en el sur provincial. Los controles serán para quienes ingresen desde lugares con aislamiento social, preventivo y obligatorio (Buenos Aires).
Luego de los anuncios del gobernador Omar Perotti sobre las nuevas restricciones en la provincia a raíz del aumento de contagios de Covid-19 en el sur provincial, este jueves se conocieron detalles del decreto que reglamenta las medidas.
¨A partir de las cero horas del día 27 de julio de 2020 las personas que ingresen al territorio de la provincia de Santa Fe sin residir en el mismo provenientes de zonas donde se mantiene la medida de ¨aislamiento social, preventivo y obligatorio¨, por estar definidas como de circulación local del coronavirus (COVID-19) por el Ministerio de Salud de la Nación deberán circular munidas de un hisopado o testeo de resultado negativo respecto al mismo de antigüedad no superior a setenta y dos (72) horas anteriores a la del ingreso¨, explica el tercer artículo del citado decreto. En ese sentido, se agrega que ¨deberán acreditar a simple requerimiento de las autoridades competentes, junto con la demás documentación habilitante para circular¨.
Al mismo tiempo la norma determina que ¨la autoridad policial que reciba una denuncia, o verifique por sí misma, cualquiera de las conductas que se detallan a continuación procederá ¨adoptando las medidas necesarias a los fines de evitar su prosecución y colocar a disposición de la autoridad judicial a los autores y elementos utilizados¨ (conforme al Artículo 47 del Libro II — Título IV de la Ley N° 10703, sustituido por la Ley N° 13774, y concordantes):
1. Incumplimiento del uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón, correctamente colocados, conforme a lo dispuesto por los Decretos Nros. 0347/20 y 0348/20. También se procederá a actuar de idéntico modo en relación con quienes no garantizaren el cumplimiento de la obligación al realizar las actividades habilitadas en las que resulten exigibles.
2. Incumplimiento del límite horario y de días habilitados para actividades, o del factor de ocupación de los espacios habilitados
3. Omisión por parte de los empleadores de la provisión a las personas a su servicio de equipos de protección personal, incumplimiento del control de los síntomas del coronavirus COVID-19 al ingreso a las instalaciones, o de la debida higienización de herramientas y maquinaria; según los protocolos vigentes.
4. Incumplimiento de las medidas de limpieza, sanitización y ventilación adecuada de ambientes, conforme los protocolos para cada actividad. Desarrollar actividades deportivas no permitidas o sin adoptar las medidas adecuadas conforme los protocolos específicos.
5. Desarrollar actividades deportivas no permitidas o sin adoptar las medidas adecuadas conforme los protocolos específicos.
6. Tomar intervención, con cualquier carácter, en reuniones familiares o con vínculos afectivos o en celebraciones religiosas en las que participen más personas que las autorizadas o en días no autorizados, o utilizar espacios públicos no habilitados para las mismas.
7. Realizar actividades prohibidas conforme a lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 605/20, o norma similar que lo sustituya en el futuro.
8. Ingresar al territorio de la Provincia desde otra jurisdicción sin el Certificado de Circulación correspondiente, evadir los controles sanitarios y de circulación en rutas o incumplir con las indicaciones epidemiológicas de realización de testeos cuando fueran requeridas por equipos de salud, en idénticas circunstancias.
9. Ocultamiento de información o de síntomas sospechosos de coronavirus COVID-19.
10. Incumplimiento del aislamiento sanitario estricto de 14 días por parte de los que ingresen a la Provincia provenientes de zonas donde se mantiene la medida de ¨aislamiento social, preventivo y obligatorio¨, definidas como de circulación local del coronavirus por el Ministerio de Salud de la Nación, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0543/20.
11. Incumplimiento de las medidas de aislamiento sanitario dispuestas por la autoridad competente, o participación en actividades restringidas de acuerdo a lo establecido en los Decretos Nros. 0543/20 y 0554/20.
Finalmente, el decreto insta a las autoridades municipales y comunales ¨a prestar su colaboración a los fines de la constatación de las situaciones identificadas en el artículo precedente¨.
DECRETO:
Fuete: El Litoral.
Provincia
Buscan a un joven de 19 años que cayó al río Salado desde una canoa
Un joven de 19 años es buscado intensamente desde este domingo luego de caer al río Salado, en la zona de Circunvalación y calle Beruti, en barrio Los Troncos de Santa Fe. El operativo fue retomado este lunes por la mañana con las primeras luces del día.
La víctima fue identificada como Leandro Ezequiel Urdener, de 19 años, quien habría caído al agua mientras se encontraba a bordo de una canoa que era arrastrada por la corriente.
El episodio ocurrió alrededor de las 18:30 del domingo. Según relató el cuñado del joven a la Policía, ambos se encontraban pescando desde la orilla cuando Urdener subió a una canoa que se encontraba amarrada en el lugar y lo invitó a acompañarlo.
Ante la negativa, el joven habría desatado la soga que sujetaba la embarcación. La corriente comenzó a llevar la canoa hacia el sur y, durante el trayecto, Urdener cayó al agua y desapareció de la superficie.
Buzos Tácticos retomaron la búsqueda
Tras el aviso recibido por la central de emergencias 911, efectivos de la Sección Perros de la Policía de Santa Fe se dirigieron hasta el lugar.
Posteriormente llegaron los Buzos Tácticos, quienes iniciaron un operativo de búsqueda en el río mediante recorridas con distintas embarcaciones en el sector señalado por los testigos.
Sin embargo, las condiciones de la noche y la escasa visibilidad obligaron a interrumpir las tareas.
Este lunes por la mañana, con las primeras luces del amanecer, los Buzos Tácticos retomaron la búsqueda para intentar localizar al joven de 19 años.
Interviene la Justicia
La situación fue comunicada a la Unidad Regional I La Capital de la Policía de Santa Fe, que informó lo ocurrido a la fiscalía correspondiente.
La fiscal de Delitos Complejos del Ministerio Público de la Acusación ordenó la elaboración de un informe detallado sobre el episodio y dispuso la intervención de la División Paraderos de la Policía de Investigaciones, que quedó a cargo del procedimiento.
Por el momento, continúa el operativo para encontrar a Leandro Ezequiel Urdener.
Con información de Uno de Santa Fe
Provincia
Reconquista: encontraron sin vida a Alicia Galarza tras varios días de búsqueda
Alicia Isabel Galarza, de 72 años, había desaparecido el martes 8 de septiembre. Este sábado fue encontrada sin vida en una cuneta del barrio La Cortada, en Reconquista.
Una profunda tristeza atraviesa a una familia de Reconquista, luego de que este sábado 12 de septiembre terminara de la peor manera la búsqueda de Alicia Isabel Galarza, de 72 años.
La mujer, conocida como “Isabela”, había sido reportada como desaparecida desde las 19 del martes 8 de septiembre, cuando salió de su vivienda ubicada sobre calle General López, en barrio Este, y no regresó.
Alicia padecía Alzheimer, una situación que había generado especial preocupación entre sus familiares y motivado la continuidad de los rastrillajes durante los últimos días.
El hallazgo
Durante las primeras horas de este sábado, mientras continuaban las tareas de búsqueda, Alicia fue encontrada sin vida en una cuneta, al fondo de un callejón del barrio La Cortada.
El hallazgo puso fin a varios días de angustia e incertidumbre para sus familiares y allegados.
En los rastrillajes también había colaborado un dron prestado, utilizado con el objetivo de ampliar la zona de observación.
Cuestionamientos de la familia
Tras conocerse el desenlace, familiares expresaron su enojo y realizaron cuestionamientos respecto del operativo de búsqueda.
Según manifestaron, durante buena parte de los días en los que se buscó a Alicia sintieron que quedaron prácticamente solos, acompañados principalmente por vecinos que se sumaron para intentar encontrarla.
Ahora, las circunstancias del fallecimiento y todo lo relacionado con la búsqueda quedaron bajo investigación.
Se aguardan las actuaciones correspondientes para determinar con precisión qué ocurrió y cómo se produjo el fallecimiento.
Con información de Infor Mate de Santa Fe
Provincia
El Niño: las escuelas de Santa Fe no serán centros de evacuación y ya hay un protocolo ante emergencias
El Ministerio de Educación de Santa Fe estableció un protocolo para actuar ante contingencias climáticas, meteorológicas e hídricas. Las Regionales de Educación podrán suspender las clases por hasta cinco días hábiles, con posibilidad de renovar la medida.
Ante la posibilidad de nuevas contingencias asociadas al fenómeno de El Niño, el Ministerio de Educación de Santa Fe estableció un protocolo de actuación para los establecimientos educativos de toda la provincia.
Una de las principales disposiciones determina que los edificios escolares no serán utilizados como centros de evacuación.
La única excepción será una situación excepcional de extrema necesidad, cuando no exista otro inmueble disponible para alojar a las personas afectadas.
La medida fue formalizada mediante la Resolución N.º 2234/2026, firmada el 1° de septiembre por el ministro de Educación, José Goity, y alcanza a las escuelas de gestión estatal y privada, en todos los niveles y modalidades.
Quién puede suspender las clases
El protocolo establece que, como regla general, se buscará mantener las actividades escolares.
Sin embargo, si las condiciones climáticas, hídricas o de otra naturaleza impiden o dificultan el desarrollo de la presencialidad, la decisión de suspender las clases estará a cargo de la Delegación Regional de Educación correspondiente.
La autoridad deberá consultar previamente con Protección Civil, el área ministerial correspondiente al nivel o modalidad educativa y otros organismos del Gobierno provincial.
Para Santa Fe capital y su zona de influencia, la evaluación estará a cargo de la Regional IV de Educación.
La suspensión podrá establecerse por un período de hasta cinco días hábiles y, si las condiciones continúan, podrá renovarse por otro período de igual duración.
Cuando la situación se prolongue más allá de esos plazos, deberán analizarse otras alternativas para garantizar la presencialidad.
Las supervisiones educativas también tendrán la responsabilidad de relevar las condiciones de acceso y funcionamiento de las escuelas y comunicar la situación a la Regional para definir si corresponde mantener, renovar o finalizar las medidas.
Las escuelas deberán tener un plan para continuar las clases
El protocolo también busca evitar que una eventual suspensión de la presencialidad interrumpa las trayectorias educativas.
Para eso, cada establecimiento deberá incorporar a su Proyecto Educativo Institucional un Plan Institucional de Continuidad Pedagógica.
El esquema deberá contemplar los canales oficiales para comunicarse con las familias, mantener actualizados los datos de contacto e identificar previamente a los estudiantes que puedan tener dificultades para acceder a internet.
Cuando sea necesario, también deberán prepararse alternativas en formato impreso.
Qué es el portafolio pedagógico de contingencia
Cada docente deberá contar previamente con un portafolio pedagógico de contingencia, compuesto por actividades relacionadas con la planificación vigente y los contenidos prioritarios.
La idea es que esas propuestas puedan ser utilizadas inmediatamente ante una suspensión de las clases presenciales.
Las actividades deberán tener consignas claras y poder resolverse con los recursos disponibles en los hogares, teniendo en cuenta las distintas condiciones de conectividad de los estudiantes.
También deberán contemplarse las necesidades particulares de quienes no puedan concurrir a la escuela.
Qué deberán hacer los docentes si se suspenden las clases
Una vez comunicada la suspensión de las actividades presenciales, los equipos directivos deberán activar el Plan Institucional de Continuidad Pedagógica.
Los docentes deberán enviar las actividades a través de los canales establecidos y continuar con el acompañamiento pedagógico de los estudiantes.
Durante ese período también deberán:
- Responder consultas.
- Realizar seguimiento de los alumnos.
- Adaptar las actividades cuando sea necesario.
- Dejar registro de las acciones realizadas.
Cuando las condiciones institucionales y de conectividad lo permitan, además, podrán desarrollarse clases sincrónicas.
Una medida para responder ante posibles emergencias
Con este protocolo, el Ministerio de Educación busca establecer criterios comunes para todo el sistema educativo santafesino ante posibles contingencias climáticas, meteorológicas o hídricas.
La normativa define tanto quién puede disponer la suspensión de las clases como el tiempo máximo inicial de la medida y las herramientas que deberán utilizar las escuelas para sostener la actividad pedagógica.
Además, deja establecido que los establecimientos educativos no serán considerados centros de evacuación, excepto ante una situación extrema en la que no exista otro espacio disponible para recibir a las personas afectadas.
Con información de Sin Mordaza
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