Judicial
Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales
En aundiencia realizada en la mañana de este miécoles en tribunales de Rafaela, se llevó a cabo la lectura de sentencia sobre Sunchalense, afectado por el tema SAMco local.
Hugo R. Acuña recibió 4 años de prisión de cumplimiento efectivo a partir de que la sentencia quede firme e inhibición perpetua para ocupar cargos públicos así lo determinó el Juez Alejandro Mognaschi
Próxima etapa, Cámara de apelaciones y actuación de la defensa, hasta que la sentencia quede firme
Ampliaremos
Por Móvil Quique – Datos y Fotos, Elvio Saravia
Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales por el delito de malversación de caudales públicos
(Parte Oficial MPA)
Se trata de Hugo Ricardo Acuña de 63 años, a quien se le impuso la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. El ilícito fue cometido en 2016. También se ordenó su inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Un hombre de 63 años identificado como Hugo Ricardo Acuña fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo como autor del delito de malversación de caudales públicos agravado cometido en 2016 en perjuicio del SAMCo de Sunchales (departamento Castellanos), hospital “Dr. Almicar Gorosito”. Así lo resolvió el juez Alejandro Mognaschi en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Rafaela.
Acuña fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de malversación de caudales públicos agravado (peculado) en concurso real con malversación de caudales públicos simple.
Si bien desde Fiscalía se habían solicitado cinco años de prisión de ejecución efectiva, el juez Mognaschi resolvió condenar a Acuña a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, dispuso la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos, una multa de 2.500$, más accesorias legales y costas del proceso. La detención del condenado se producirá una vez quede firme la sentencia.
El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5.
La investigación
El ilícito por el que fue condenado Acuña fue cometido en 2016, momento en el que se desempeñaba como funcionario público del SAMCo. “El sábado 28 de noviembre de 2015, la vecinal de un barrio sunchalense organizó un evento gastronómico cuya recaudación fue donada al SAMCo”, explicó el fiscal. “El condenado –en su carácter de presidente de la Comisión Ejecutiva del efector de salud–, recibió la suma donada y no informó al Consejo de Administración ni a la Cooperadora acerca de lo acontecido, y tampoco lo depositó en el plazo previsto”, relató.
“En febrero de 2016, en ocasión en que las directoras técnicas del SAMCo solicitaron información y explicación de lo sucedido con este dinero, Acuña explicó que parte de la suma donada fue destinada al pago de gastos de la cena organizada por la vecinal del barrio”, detalló Castellano.
“El dinero recibido en concepto de esa donación permaneció en poder del imputado desde diciembre de 2015, y el 6 de abril de 2016 entregó parcialmente ese monto a la administradora del SAMCo, destinando una parte al pago de una deuda del hospital con un proveedor”, manifestó. En tal sentido, agregó que “esa entrega parcial se produjo una vez que los hechos adquirieron repercusión pública”.
Finalmente, el fiscal Castellano aseguró que “la conducta del imputado implicó –en su carácter de presidente de la Comisión Directiva del SAMCo Sunchales– sustraer caudales cuya administración le había sido confiada por razón de su cargo”. Además, “esa conducta implicó darle a los caudales administrados una aplicación diferente a la que estuvieran destinados, provocando un daño o entorpecimiento en la prestación de un mejor servicio de salud por parte del SAMCo Sunchales”, concluyó.
Consideraciones finales
El representante del MPA aseveró que “si bien no conocemos los argumentos de la sentencia, entendemos que producto de la valoración integral y conjunta de las pruebas producidas durante el debate, el juez arribó a la conclusión de que Acuña separó de la esfera de la administración del SAMCo fondos públicos –en concepto de donación– que personalmente había recibido como presidente del ente, y le otorgó a parte de ese dinero un destino distinto al que estaba asignado”.
También expresó que «quien asume de manera voluntaria y responsable la obligación de administrar, gestionar o manejar fondos públicos –en este caso un hospital público como ha sucedido con el condenado– debe observar en ese desarrollo de gestión una conducta sumamente transparente, prolija, ordenada y celosa sobre el origen, aplicación y rendición de esos fondos, más aún cuando se trata de fondos destinados a la salud pública». En tal sentido, agregó que «su conducta en el manejo irregular de fondos públicos de un SAMCo, como pasó en este caso, incidió de manera directa y negativa en la salud de los usuarios de dichos servicios”.
Por otra parte, Castellano sostuvo que “esos manejos no permitieron elevar el nivel y calidad de prestaciones propias del efector público”.
Castellano referenció que “atañe al Estado la sanción de este tipo de acciones en virtud de la protección de la propia función pública al que estaban destinados”.
Finalmente, aseguró que “la actividad de los funcionarios públicos, en general y en el caso particular de Acuña, debe ser examinada con mayor rigurosidad, no sólo debido a que del cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores -en este caso, los servicios de salud-, sino también por cuanto todo desvío o manejo irregular de fondos, quiebra la confianza pública hacia quien debe administrar fondos públicos y en general hacia el normal y regular funcionamiento de la administración pública”.
Oficina de Prensa y Difusión MPA
Judicial
Sunchales: Confirmaron la prisión preventiva a un hombre por una tentativa de homicidio
Confirmaron en segunda instancia la prisión preventiva impuesta a un hombre de 31 años al que se investiga como autor de una tentativa de homicidio cometida con un arma de fuego el pasado 13 de junio en Sunchales. Así lo resolvió el camarista Cristian Fiz, quien ratificó la decisión de primera instancia dispuesta por el juez Nicolás Stegmayer
Peligros procesales
El Fiscal Martín Castellano valoró la decisión del juez de segunda instancia y señaló que “el camarista sostuvo que los elementos objetivos verificados en el caso permiten ratificar la calificación legal de homicidio en grado de tentativa planteada por la Fiscalía”.
En tal sentido, indicó que “el magistrado rechazó la postura de la Defensa que procuraba recalificar el ilícito como lesiones graves, y sostuvo que dispararle con un arma de fuego a la cabeza de una persona, evidencia la existencia de una voluntad de dar muerte a la víctima”.
El fiscal agregó que “Fiz también consideró que en caso de condena, sería relevante por la escala penal y, además, sería de cumplimiento efectivo ya que el imputado cuenta con antecedentes condenatorios computables”.
En relación con los peligros procesales, Castellano sostuvo que “el camarista consideró que existe peligro de fuga y de entorpecimiento probatorio, y que las medidas alternativas planteadas por la Defensa eran insuficientes para neutralizar tales riesgos”.
El hecho
Castellano recordó que “el hecho fue cometido aproximadamente a las 11:30 mientras la víctima junto con su novia iban caminando por calle Alem al 1300 de Sunchales”. Agregó que “en ese momento, el hombre investigado luego de perseguirlos por detrás, se les posicionó adelante y extrajo de su cintura un revólver, probablemente calibre 32, color plateado, que llevaba cargado, en condiciones de uso inmediato y sin la debida autorización legal, y apuntándole al hombre le exigió la entrega de sus pertenencias”.
El fiscal manifestó que “mientras la víctima se estaba sacando la mochila para entregársela, el imputado apuntó a la adolescente y le manifestó que no interfiriera porque le dispararía, e inmediatamente después, a una distancia aproximada de medio metro, efectuó un disparo al rostro del hombre con la clara intención y voluntad de provocarle la muerte”.
Agregó el Fiscal que “tras efectuar el disparo, el imputado se retiró corriendo del lugar no pudiendo lograr su objetivo de dar muerte a la víctima por razones ajenas a su voluntad debida a la inmediata intervención de personal médico”.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Crimen de Nora Dalmasso: ¿cuál es la imputación para el nuevo sospechoso?
El fiscal Pablo Jávega dio precisiones a Cadena 3 sobre la situación de Roberto Bárzola. Un análisis de ADN determinó que sus huellas están en el cinturón de la bata de la víctima.
Tras conocerse el nuevo perfil de ADN en el caso por el crimen de Nora Dalmasso ocurrido en 2006, el fiscal de instrucción Pablo Jávega brindó detalles sobre los resultados de las pruebas genéticas y la imputación al nuevo acusado: el parquetista Roberto Bárzola.
En diálogo con Cadena 3 precisó que el análisis de ADN mitocondrial y de genotipo realizado por el Centro de Genética Forense y corroborado por un laboratorio en Estados Unidos vinculó directamente al nuevo sospechoso con el lugar del crimen. “La huella genética en el cinturón de la bata y el vello encontrado en la escena son pruebas contundentes”, declaró Jávega.
En este marco, el fiscal indicó que Bárzola enfrenta la imputación de “abuso sexual seguido de muerte”, tipificado en el artículo 80 del Código Penal. Si bien se le han impuesto medidas procesales, como la fijación de domicilio, aún no hay restricciones migratorias.
El fiscal señaló que uno de los mayores desafíos será determinar si la acción penal sigue vigente debido al tiempo transcurrido. Asimismo, subrayó la necesidad de continuar investigando aspectos motivacionales y recolectar evidencias adicionales que puedan complementar la prueba genética. “Aunque la prueba genética tiene gran peso, quedan aspectos personales, motivacionales y jurídicos por esclarecer”, aclaró.
El fiscal destacó la metodología aplicada desde que retomó la investigación. Se revisaron minuciosamente pruebas cuestionadas y se depuraron hipótesis previas. Este enfoque permitió identificar negligencias en los procedimientos iniciales y priorizar una línea investigativa basada en evidencia concreta.
“Nos sorprendió la contundencia de los resultados en el corto plazo, aunque sabíamos que trabajábamos con un método válido”, afirmó Jávega, quien también reconoció la colaboración del FBI y otros organismos internacionales.
Si bien el fiscal evitó emitir juicios sobre gestiones previas, y los procedimientos de investigación iniciales, reconoció que “el testimonio clave del sospechoso estuvo presente desde el inicio del expediente”.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Crimen de Nora Dalmasso: hallaron pruebas genéticas de un nuevo sospechoso
Se espera que por la mañana el fiscal Pablo Javega brinde una conferencia de prensa sobre los avances en la causa.
En el marco de la investigación por el crimen de Nora Dalmasso en noviembre de 2006, la Unidad Fiscal Especial actuante en la ciudad de Río Cuarto informó que se hallaron huellas genéticas de una persona de sexo masculino compatibles con pruebas colectadas en la bata y en el cuerpo de la víctima.
Desde el Ministerio Público Fiscal de Córdoba anunciaron que se continúa trabajando en el análisis del “resto del cuadro de pruebas disponible para la composición de hipótesis en función del aporte de dicho material”.
“También se trabaja en aspectos relevantes al análisis de la acción penal derivada del hecho señalado. Tales conclusiones fueron comunicadas a la familia querellante y a la persona sindicada, quien concurrió a la sede de la Unidad Fiscal para ejercer, con la debida asistencia letrada, su defensa material y técnica”, detallaron.
De este modo, se espera que por la mañana el fiscal Pablo Javega brinde una conferencia de prensa sobre los avances en la causa.
Fuente: Telefé
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