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Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales

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En aundiencia realizada en la mañana de este miécoles en tribunales de Rafaela, se llevó a cabo la lectura de sentencia sobre Sunchalense, afectado por el tema SAMco local.

Hugo R. Acuña recibió 4 años de prisión de cumplimiento efectivo a partir de que la sentencia quede firme e inhibición perpetua para ocupar cargos públicos así lo determinó el Juez Alejandro Mognaschi

Próxima etapa, Cámara de apelaciones y actuación de la defensa, hasta que la sentencia quede firme

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Por Móvil Quique – Datos y Fotos, Elvio Saravia

 

Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales por el delito de malversación de caudales públicos


(Parte Oficial  MPA)

 

Se trata de Hugo Ricardo Acuña de 63 años, a quien se le impuso la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. El ilícito fue cometido en 2016. También se ordenó su inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

Un hombre de 63 años identificado como Hugo Ricardo Acuña fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo como autor del delito de malversación de caudales públicos agravado cometido en 2016 en perjuicio del SAMCo de Sunchales (departamento Castellanos), hospital “Dr. Almicar Gorosito”. Así lo resolvió el juez Alejandro Mognaschi en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Rafaela.

Acuña fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de malversación de caudales públicos agravado (peculado) en concurso real con malversación de caudales públicos simple.

Si bien desde Fiscalía se habían solicitado cinco años de prisión de ejecución efectiva, el juez Mognaschi resolvió condenar a Acuña a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, dispuso la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos, una multa de 2.500$, más accesorias legales y costas del proceso. La detención del condenado se producirá una vez quede firme la sentencia.

El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5.

La investigación

El ilícito por el que fue condenado Acuña fue cometido en 2016, momento en el que se desempeñaba como funcionario público del SAMCo. “El sábado 28 de noviembre de 2015, la vecinal de un barrio sunchalense organizó un evento gastronómico cuya recaudación fue donada al SAMCo”, explicó el fiscal. “El condenado –en su carácter de presidente de la Comisión Ejecutiva del efector de salud–, recibió la suma donada y no informó al Consejo de Administración ni a la Cooperadora acerca de lo acontecido, y tampoco lo depositó en el plazo previsto”, relató.

“En febrero de 2016, en ocasión en que las directoras técnicas del SAMCo solicitaron información y explicación de lo sucedido con este dinero, Acuña explicó que parte de la suma donada fue destinada al pago de gastos de la cena organizada por la vecinal del barrio”, detalló Castellano.

“El dinero recibido en concepto de esa donación permaneció en poder del imputado desde diciembre de 2015, y el 6 de abril de 2016 entregó parcialmente ese monto a la administradora del SAMCo, destinando una parte al pago de una deuda del hospital con un proveedor”, manifestó. En tal sentido, agregó que “esa entrega parcial se produjo una vez que los hechos adquirieron repercusión pública”.

Finalmente, el fiscal Castellano aseguró que “la conducta del imputado implicó –en su carácter de presidente de la Comisión Directiva del SAMCo Sunchales– sustraer caudales cuya administración le había sido confiada por razón de su cargo”. Además, “esa conducta implicó darle a los caudales administrados una aplicación diferente a la que estuvieran destinados, provocando un daño o entorpecimiento en la prestación de un mejor servicio de salud por parte del SAMCo Sunchales”, concluyó.

Consideraciones finales

El representante del MPA aseveró que “si bien no conocemos los argumentos de la sentencia, entendemos que producto de la valoración integral y conjunta de las pruebas producidas durante el debate, el juez arribó a la conclusión de que Acuña separó de la esfera de la administración del SAMCo fondos públicos –en concepto de donación– que personalmente había recibido como presidente del ente, y le otorgó a parte de ese dinero un destino distinto al que estaba asignado”.

También expresó que «quien asume de manera voluntaria y responsable la obligación de administrar, gestionar o manejar fondos públicos –en este caso un hospital público como ha sucedido con el condenado– debe observar en ese desarrollo de gestión una conducta sumamente transparente, prolija, ordenada y celosa sobre el origen, aplicación y rendición de esos fondos, más aún cuando se trata de fondos destinados a la salud pública». En tal sentido, agregó que «su conducta en el manejo irregular de fondos públicos de un SAMCo, como pasó en este caso, incidió de manera directa y negativa en la salud de los usuarios de dichos servicios”.

Por otra parte, Castellano sostuvo que “esos manejos no permitieron elevar el nivel y calidad de prestaciones propias del efector público”.

Castellano referenció que “atañe al Estado la sanción de este tipo de acciones en virtud de la protección de la propia función pública al que estaban destinados”.

Finalmente, aseguró que “la actividad de los funcionarios públicos, en general y en el caso particular de Acuña, debe ser examinada con mayor rigurosidad, no sólo debido a que del cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores -en este caso, los servicios de salud-, sino también por cuanto todo desvío o manejo irregular de fondos, quiebra la confianza pública hacia quien debe administrar fondos públicos y en general hacia el normal y regular funcionamiento de la administración pública”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA

 

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Fue a jugar al fútbol, chocó contra una pared y la Justicia ordenó indemnizarlo con $17 millones

Un jugador de futsal sufrió una fractura de tobillo durante un torneo amateur, al impactar contra un muro ubicado detrás del arco. La Cámara confirmó la responsabilidad de los clubes y de la organización, aunque redujo parte de la indemnización.

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Foto: La Justicia ordenó indemnizar a un jugador lesionado durante un partido de futsal

La Justicia confirmó la responsabilidad de varias entidades deportivas por las lesiones que sufrió un hombre durante un partido de futsal y estableció una indemnización de $17 millones, más intereses y costas, tras revisar los montos fijados en primera instancia.

El accidente ocurrió el 28 de abril de 2019, cuando el jugador, que tenía 36 años, disputaba un encuentro amateur en el gimnasio de Flores Club, en el marco de un torneo organizado por la Liga BAFI.

Cómo fue el accidente

Según consta en la causa, durante una jugada el hombre se arrojó al piso para intentar quitarle la pelota a un rival, resbaló y terminó golpeando con el pie y la pierna izquierda contra la pared ubicada detrás del arco.

El deportista sostuvo que el muro estaba a menos de medio metro de la línea de fondo y que no tenía protección. Como consecuencia del impacto, sufrió una fractura de tobillo.

La demanda involucró a Flores Club, responsable de las instalaciones; a la Liga BAFI, como organizadora del torneo; y al Círculo Penacho Azul, equipo al que pertenecía el jugador.

Por qué responsabilizaron a las entidades deportivas

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que los clubes y organizadores tenían el deber de adoptar medidas para proteger la integridad física de quienes participaban de la competencia.

Durante el proceso, un informe pericial estableció que la distancia entre la línea de fondo y la pared oscilaba entre 50 y 98 centímetros.

Aunque el especialista indicó que la cancha estaba en buen estado de conservación y mantenimiento, los jueces entendieron que esa circunstancia no eliminaba el peligro que representaba la cercanía del muro.

Las entidades argumentaron que el propio jugador había provocado el accidente al realizar una maniobra imprudente. Sin embargo, la Cámara rechazó que esa conducta fuera suficiente para liberarlas de responsabilidad.

El tribunal sostuvo que, en un deporte dinámico como el futsal, los organizadores deben contemplar que un jugador pueda perder el control de sus movimientos durante una jugada.

Qué lesiones sufrió y cuánto deberá cobrar

Las pericias médicas determinaron que el hombre había sufrido fracturas en el tobillo izquierdo y presentaba limitaciones en su movilidad. También se acreditaron secuelas psicológicas.

En primera instancia, la indemnización había sido fijada en $27,5 millones, más intereses y costas. Al revisar el fallo, la Cámara redujo dos de los principales conceptos:

  • Incapacidad sobreviniente: bajó de $18 millones a $12 millones.
  • Daño moral: se redujo de $9 millones a $4,5 millones.

En cambio, se mantuvieron los $300.000 por tratamiento psicológico y los $200.000 por gastos médicos, medicamentos y traslados.

De esta manera, los rubros indemnizatorios suman $17 millones, sin contar los intereses y las costas del proceso.

La Cámara también confirmó el esquema de intereses establecido en primera instancia, que contempla una tasa anual del 8% desde el accidente hasta la sentencia inicial y, desde entonces, la tasa activa del Banco Nación hasta el pago efectivo.

El fallo remarcó que quienes practican deportes aceptan los riesgos propios de la actividad, pero eso no implica que deban soportar daños derivados de condiciones inseguras en las instalaciones.

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Reclamo de dinero, amenazas con un cuchillo y un hombre herido: tres imputados quedaron presos en Sunchales

La Justicia dictó prisión preventiva sin plazo para dos mujeres y un hombre investigados por una serie de hechos violentos ocurridos en octubre. La causa incluye amenazas, destrozos, una agresión con un tronco y un presunto ingreso ilegal a una vivienda.

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La Justicia dictó prisión preventiva sin plazo para dos mujeres y un hombre investigados por una serie de hechos violentos ocurridos en octubre. La causa incluye amenazas, destrozos, una agresión con un tronco y un presunto ingreso ilegal a una vivienda.

Una disputa por dinero terminó, según la acusación fiscal, en una secuencia de violencia que incluyó amenazas con un cuchillo, daños en un departamento y un hombre herido en la cabeza en Sunchales.

Tras una audiencia judicial, el juez Gustavo Bumaguin dispuso la prisión preventiva sin plazo para Martina L., Karen F. y Franco C., imputados por presuntos hechos de violación de domicilio, hurto, amenazas calificadas y lesiones leves dolosas.

El origen del conflicto es materia de versiones contrapuestas. Mientras una de las personas que estaba en el lugar lo vinculó con una supuesta disputa por drogas, las dos mujeres sostuvieron que habían sido convocadas para prestar un servicio sexual que, según afirmaron, no les pagaron.

Dos versiones sobre el origen del reclamo

De acuerdo con la reconstrucción presentada por la Fiscalía, el primer episodio ocurrió durante la noche del 14 de octubre, en un departamento de calle Lainez.

Según la acusación, dos mujeres habrían ingresado por la fuerza a una vivienda, amenazado con un cuchillo al propietario e intentado sustraerle el teléfono celular. El hombre manifestó que no tenía ninguna deuda con ellas y que se habían equivocado de domicilio.

Luego, las mujeres se habrían dirigido a un departamento vecino, donde se encontraban un hombre y una mujer. Esta última se refugió en el baño cuando llegaron las visitantes.

La Fiscalía sostuvo que las mujeres reclamaron al hombre una suma de entre 30.000 y 60.000 pesos y lo amenazaron con el cuchillo que presuntamente habían sustraído en el episodio anterior. Según la acusación, se retiraron sin conseguir el dinero.

Sobre el motivo del reclamo surgieron dos relatos diferentes. Una mujer que estaba en el departamento señaló que el conflicto se relacionaba con una supuesta venta de pastillas trituradas en lugar de cocaína.

Las imputadas rechazaron esa versión y afirmaron que habían sido convocadas para brindar un servicio sexual. Según su relato, al llegar encontraron una situación distinta de la acordada, por lo que pidieron cobrar e irse. También denunciaron haber sufrido manoseos y amenazas por parte del hombre que las había convocado.

La defensa pidió que se tuviera en cuenta ese contexto al evaluar las conductas atribuidas a sus representadas.

Regresaron acompañadas y hubo una agresión

Según la acusación fiscal, durante la madrugada del 15 de octubre las dos mujeres regresaron al departamento acompañadas por dos hombres, uno de ellos identificado como Franco C.

La Fiscalía sostuvo que el grupo provocó destrozos en puertas y vidrios y que, cuando el ocupante se negó a entregar el dinero reclamado, uno de los acompañantes lo golpeó en la cabeza con un tronco.

La lesión le provocó un corte de aproximadamente cinco centímetros que requirió sutura. Durante la audiencia, la víctima relató los daños ocasionados en el inmueble y manifestó que sintió que su vida estaba en peligro.

Para fundamentar la acusación, el fiscal Juan Manuel Puig presentó imágenes de cámaras de seguridad que, según su interpretación, mostraban a cuatro personas llegando y retirándose del lugar.

La defensa, a cargo de Victoria Romano, cuestionó la interpretación de los hechos y pidió que las dos mujeres pudieran continuar el proceso en libertad, con medidas alternativas como la fijación de domicilio y presentaciones periódicas ante la Policía.

Otro hecho atribuido a uno de los imputados

La investigación también incorporó un episodio ocurrido durante la mañana del 15 de octubre, cuando Franco C. habría sido encontrado al salir de una vivienda de calle Chacabuco a la que presuntamente había ingresado sin autorización.

Durante la audiencia, la Fiscalía señaló que el hombre había cumplido una condena de tres años de prisión efectiva por delitos vinculados con robos, hurtos y encubrimiento, cuyo vencimiento se había producido en julio. También indicó que había permanecido detenido durante 30 días en otra causa aproximadamente quince días antes.

El juez valoró, además, las dudas sobre el domicilio informado por el imputado y consideró que existían riesgos procesales.

Por qué seguirán detenidos

Al fundamentar su decisión, Bumaguin aclaró que no estaba resolviendo la culpabilidad o inocencia de los acusados, sino evaluando si había elementos suficientes para sostener provisoriamente las imputaciones y si correspondía mantener la detención.

El magistrado consideró que persistían riesgos procesales y que las medidas alternativas propuestas por la defensa no resultaban suficientes. En particular, mencionó la necesidad de proteger a las víctimas y evitar posibles presiones sobre ellas durante el avance de la causa.

Por esos motivos, ordenó la prisión preventiva sin plazo para los tres imputados.

La medida no constituye una condena: la investigación y el proceso judicial deberán continuar para determinar las responsabilidades correspondientes.

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Colonia Rosa: quedó en prisión preventiva un hombre de 63 años acusado de abuso sexual contra una empleada

Un hombre de 63 años quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación por presunto abuso sexual gravemente ultrajante, en un contexto de violencia de género, contra una empleada doméstica en Colonia Rosa, departamento San Cristóbal.

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Foto: Prisión preventiva por una causa de abuso sexual en Colonia Rosa - (Foto: Tribunales de San Cristóbal)

La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, durante una audiencia realizada en los tribunales de San Cristóbal, a pedido del fiscal Emiliano Odriozola, a cargo de la investigación.

Qué investiga la Fiscalía

Según la acusación presentada por el Ministerio Público de la Acusación, los hechos habrían ocurrido de manera reiterada entre fines de agosto de 2024 y marzo de 2025.

La hipótesis fiscal sostiene que el imputado habría aprovechado las ocasiones en que quedaba a solas con la mujer en su vivienda para cometer las agresiones denunciadas.

Por qué seguirá detenido

Al resolver el pedido, la magistrada consideró la gravedad de los hechos investigados, la posible aplicación de una pena de cumplimiento efectivo y la existencia de riesgos procesales.

Entre los factores evaluados se mencionaron la posibilidad de que el acusado entorpeciera la investigación y la necesidad de resguardar a la víctima.

La jueza rechazó el planteo de la Defensa para reemplazar la prisión preventiva por medidas alternativas, al considerar que no eran suficientes para neutralizar esos riesgos.

La causa continúa en etapa de investigación. El hombre permanece imputado y su responsabilidad penal deberá determinarse en el proceso judicial.

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