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Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales

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En aundiencia realizada en la mañana de este miécoles en tribunales de Rafaela, se llevó a cabo la lectura de sentencia sobre Sunchalense, afectado por el tema SAMco local.

Hugo R. Acuña recibió 4 años de prisión de cumplimiento efectivo a partir de que la sentencia quede firme e inhibición perpetua para ocupar cargos públicos así lo determinó el Juez Alejandro Mognaschi

Próxima etapa, Cámara de apelaciones y actuación de la defensa, hasta que la sentencia quede firme

Ampliaremos

 

Por Móvil Quique – Datos y Fotos, Elvio Saravia

 

Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales por el delito de malversación de caudales públicos


(Parte Oficial  MPA)

 

Se trata de Hugo Ricardo Acuña de 63 años, a quien se le impuso la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. El ilícito fue cometido en 2016. También se ordenó su inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

Un hombre de 63 años identificado como Hugo Ricardo Acuña fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo como autor del delito de malversación de caudales públicos agravado cometido en 2016 en perjuicio del SAMCo de Sunchales (departamento Castellanos), hospital “Dr. Almicar Gorosito”. Así lo resolvió el juez Alejandro Mognaschi en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Rafaela.

Acuña fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de malversación de caudales públicos agravado (peculado) en concurso real con malversación de caudales públicos simple.

Si bien desde Fiscalía se habían solicitado cinco años de prisión de ejecución efectiva, el juez Mognaschi resolvió condenar a Acuña a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, dispuso la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos, una multa de 2.500$, más accesorias legales y costas del proceso. La detención del condenado se producirá una vez quede firme la sentencia.

El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5.

La investigación

El ilícito por el que fue condenado Acuña fue cometido en 2016, momento en el que se desempeñaba como funcionario público del SAMCo. “El sábado 28 de noviembre de 2015, la vecinal de un barrio sunchalense organizó un evento gastronómico cuya recaudación fue donada al SAMCo”, explicó el fiscal. “El condenado –en su carácter de presidente de la Comisión Ejecutiva del efector de salud–, recibió la suma donada y no informó al Consejo de Administración ni a la Cooperadora acerca de lo acontecido, y tampoco lo depositó en el plazo previsto”, relató.

“En febrero de 2016, en ocasión en que las directoras técnicas del SAMCo solicitaron información y explicación de lo sucedido con este dinero, Acuña explicó que parte de la suma donada fue destinada al pago de gastos de la cena organizada por la vecinal del barrio”, detalló Castellano.

“El dinero recibido en concepto de esa donación permaneció en poder del imputado desde diciembre de 2015, y el 6 de abril de 2016 entregó parcialmente ese monto a la administradora del SAMCo, destinando una parte al pago de una deuda del hospital con un proveedor”, manifestó. En tal sentido, agregó que “esa entrega parcial se produjo una vez que los hechos adquirieron repercusión pública”.

Finalmente, el fiscal Castellano aseguró que “la conducta del imputado implicó –en su carácter de presidente de la Comisión Directiva del SAMCo Sunchales– sustraer caudales cuya administración le había sido confiada por razón de su cargo”. Además, “esa conducta implicó darle a los caudales administrados una aplicación diferente a la que estuvieran destinados, provocando un daño o entorpecimiento en la prestación de un mejor servicio de salud por parte del SAMCo Sunchales”, concluyó.

Consideraciones finales

El representante del MPA aseveró que “si bien no conocemos los argumentos de la sentencia, entendemos que producto de la valoración integral y conjunta de las pruebas producidas durante el debate, el juez arribó a la conclusión de que Acuña separó de la esfera de la administración del SAMCo fondos públicos –en concepto de donación– que personalmente había recibido como presidente del ente, y le otorgó a parte de ese dinero un destino distinto al que estaba asignado”.

También expresó que «quien asume de manera voluntaria y responsable la obligación de administrar, gestionar o manejar fondos públicos –en este caso un hospital público como ha sucedido con el condenado– debe observar en ese desarrollo de gestión una conducta sumamente transparente, prolija, ordenada y celosa sobre el origen, aplicación y rendición de esos fondos, más aún cuando se trata de fondos destinados a la salud pública». En tal sentido, agregó que «su conducta en el manejo irregular de fondos públicos de un SAMCo, como pasó en este caso, incidió de manera directa y negativa en la salud de los usuarios de dichos servicios”.

Por otra parte, Castellano sostuvo que “esos manejos no permitieron elevar el nivel y calidad de prestaciones propias del efector público”.

Castellano referenció que “atañe al Estado la sanción de este tipo de acciones en virtud de la protección de la propia función pública al que estaban destinados”.

Finalmente, aseguró que “la actividad de los funcionarios públicos, en general y en el caso particular de Acuña, debe ser examinada con mayor rigurosidad, no sólo debido a que del cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores -en este caso, los servicios de salud-, sino también por cuanto todo desvío o manejo irregular de fondos, quiebra la confianza pública hacia quien debe administrar fondos públicos y en general hacia el normal y regular funcionamiento de la administración pública”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA

 

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Los hermanos Spaggiari continuarán detenidos en Coronda pese a denuncias de apremios ilegales

El juez de Segunda Instancia de los Tribunales de Santa Fe, Dr. Mario Javier Guedes, resolvió que Fernando y Matías Spaggiari permanecieran en la Unidad Penal de Coronda, pese a las denuncias de violencia institucional que presentaron.

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Foto: Los hermanos Spaggiari continuarán detenidos en Coronda pese a denuncias de apremios ilegales

Aunque reconoció la validez del Habeas Corpus correctivo solicitado por la defensa, no accedió a trasladarlos a otra unidad penitenciaria.

La audiencia, realizada este viernes en la Sala 7 de los Tribunales de Santa Fe, contó con la participación de los abogados defensores de los hermanos, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, quienes presentaron el recurso en respuesta a los presuntos apremios sufridos por sus clientes en Coronda. Según la defensa, estas agresiones, que incluyeron golpes de tumbas, fueron constatadas por médicos del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), el médico forense y profesionales del Hospital Cullen.

Fallo convalidado, pero sin traslado

El juez Guedes coincidió en que los hechos denunciados por los Spaggiari constituyen un agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención, lo que habilita la acción de Habeas Corpus correctivo. Sin embargo, decidió no modificar el lugar de detención de los imputados, argumentando que no existen elementos suficientes para justificar su traslado desde Coronda, donde habrían ocurrido las agresiones.

La resolución contrasta con un fallo anterior del juez de Primera Instancia Nicolás Falkemberg, quien había dispuesto el traslado inmediato de los hermanos a la Unidad Penal de Las Flores o la Alcaidía de Rafaela, señalando que las lesiones sufridas no podían considerarse autoinfligidas ni producto de un acuerdo con terceros.

Investigación en curso

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe sigue investigando las denuncias de violencia institucional presentadas por los Spaggiari. El juez Guedes ordenó remitir copias de las actuaciones a la fiscalía para ser consideradas en el marco de la causa en curso.

Por ahora, los hermanos Spaggiari continuarán en la Unidad Penal de Coronda, mientras se avanza en la investigación sobre las presuntas irregularidades en su trato dentro del establecimiento penitenciario. Este caso pone nuevamente en debate las condiciones de detención y el cumplimiento de los derechos humanos en las cárceles de la provincia.

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Cristina Kirchner va a juicio oral por el memorándum con Irán

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la expresidenta en la causa que se inició por la denuncia del fiscal Alberto Nisman.

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Foto: Cristina Kirchner. (Foto: @CFKArgentina/X)

La Corte Suprema de Justicia de Argentina confirmó la elevación a juicio oral que enfrenta a la expresidenta Cristina Kirchner por el Memorándum con Irán.

En un fallo unánime, los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Maqueda rechazaron la apelación presentada por la exmandataria.

La causa surgió a partir de la denuncia presentada por el fiscal Alberto Nisman en enero de 2015, quien acusó al Gobierno argentino, más allá de que se trató de una ley que aprobó el Congreso, de negociar con el memorándum la baja de las alertas rojas de Interpol para cinco iraníes vinculados al atentado a la AMIA.

Cuatro días después de presentar su denuncia, el fiscal Nisman fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero, con un disparo en la cabeza. La Justicia consideró que fue asesinado. Este hecho trágico sumó un contexto complejo a la causa del memorándum, que involucra a varios funcionarios y figuras políticas.

Además de Cristina Kirchner, otros denunciados incluyen a Héctor Timerman, Oscar Parrilli, Juan Martín Mena, Carlos Zannini, Andrés Larroque, Luis D’Elia, el dirigente de la comunidad islámica Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil y Fernando Esteche, exlíder de la agrupación Quebracho.

Todos enfrentan acusaciones relacionadas con el encubrimiento del atentado a la AMIA.

Cristina Kirchner insistió en la nulidad de la causa, en la que se la acusa de encubrimiento agravado por promover la firma del acuerdo entre Argentina e Irán.

El 3 de noviembre de 2023, la expresidenta recurrió a la Corte después de que la Sala I de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, derogara su sobreseimiento y ordenara la realización de un debate público y oral.

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Alberto Fernández declaró en la causa de los seguros: negó la acusación y no respondió preguntas

El expresidente está acusado por administración fraudulenta y negociaciones incompatibles durante su mandato.

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Foto: Alberto Fernández fue citado a indagatoria y hoy declara en la causa de los seguros

El expresidente Alberto Fernández fue citado a indagatoria para declarar en la causa que investiga irregularidades en la contratación de seguros por parte de organismos estatales en la gestión anterior. El exmandatario se hizo presente este miércoles en Comodoro Py.

Alberto Fernández llegó a Comodoro Py media hora antes y fue indagado por el juez Julián Ercolini y el fiscal Carlos Rívolo en la causa que investiga los 45 contratos firmados por organismos estatales con Nación Seguros y los 25 brokers entre 2019 y 2023. El expresidente está imputado por los delitos de administración fraudulenta en perjuicio del Estado y negociaciones incompatibles.

También fueron citados a declarar Héctor Martínez Sosa, quien se quedó con el 42% de los contratos, su esposa, María Cantero, exsecretaria presidencial, y otros exfuncionarios de Nación Seguros.

Alberto Fernández solicitó la nulidad de la audiencia y su suspensión argumentando que la acusación era “confusa y generalizada”. La misma fue rechazada por el juez Ercolini, quien manifestó que la citación estaba correctamente fundamentada.

Qué declaró Alberto Fernández

El expresidente negó vinculación con la maniobra y no respondió preguntas de Ercolini ni del fiscal Rivolo. Solo respondió preguntas de su defensora.

“Yo sabía que usted no iba a ser imparcial, por eso lo recusé”, dijo Fernández, quien dijo que volverá a recusarlo.

Luego, cuando el juez le consultó si quería escuchar la lectura de la acusación, replicó: “Para qué me van a leer esa barrabasada”.

Se trata de la segunda indagatoria que enfrentará el expresidente, ya que también está siendo investigado en la denuncia por violencia de género que presentó su expareja, Fabiola Yañez. En esa causa deberá presentarse el 11 de diciembre.

Qué se investiga en la causa de los seguros

La investigación está centrada en el decreto 823/2021 que fue firmado por Alberto Fernández en diciembre de ese año. La cual obligaba a los ministerios y otros organismos estatales a contratar pólizas de seguros exclusivamente con Nación Seguros.

Según la acusación en contra del exmandatario es una medida diseñada para beneficiar a intermediarios privados sin licitación pública y sin fomentar la competencia y transparencia en las contrataciones.

La acusación plantea que los responsables llevaron a cabo su operación entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023. Durante ese período distribuyeron fondos públicos mediante el direccionamiento irregular de contratos de seguros en beneficio de empresas y particulares.

Entre los imputados también se encuentra el exdirector Alberto Pagliano y otros exfuncionarios del Estado involucrados en la causa por participación.

El decreto firmado por Alberto Fernández fue vetado por el actual presidente mediante el decreto 747/2024.

Esta causa llevó a la investigación de violencia de género en donde Fabiola Yáñez denunció a Alberto Fernández. Tras el peritaje del celular de María Cantero, la exsecretaria del expresidente, se descubrieron los chats en donde quedó al descubierto los hechos de violencia que vivió la ex primera dama.

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