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Santa Fe – Abusos sexuales: prisión preventiva a violador serial

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La medida cautelar de prisión preventiva fue ordenada por la jueza Susana Luna. El imputado H. A. por los nueve abusos sexuales tiene 36 años.

Quedó en prisión preventiva un hombre de 36 años al que se investiga como autor de nueve abusos sexuales cometidos en la vía pública en la ciudad de Santa Fe. La medida cautelar fue ordenada por la jueza Susana Luna a raíz del pedido formulado por la fiscal Alejandra Del Río Ayala en una audiencia llevada a cabo esta tarde en los tribunales de la capital provincial. El imputado tiene 36 años y sus iniciales son H. A.

“La jueza valoró la investigación de la Fiscalía y destacó la evidencia aportada”, subrayó Del Río Ayala. “La magistrada consideró que había riesgo de fuga y posibilidad de entorpecimiento probatorio, por lo cual dispuso la medida cautelar privativa de la libertad del hombre investigado”.

Un video como evidencia

Entre las evidencias aportadas por la Fiscalía, Del Río Ayala se refirió a un video logrado con una cámara de seguridad privada en el que quedó registrado uno de los nueve hechos ilícitos cometidos por el abusador.

“Le mostramos la filmación a la jueza e hicimos hincapié en cómo en menos de 32 segundos –que es lo que dura la filmación– se puede cometer una violación en la vía pública”, sostuvo la fiscal.

Del Río Ayala también trajo a colación la rueda de reconocimiento realizada. Según señaló, “cuatro víctimas de las cinco que participaron de la diligencia, reconocieron al imputado de forma inmediata».

Nueve hechos, violador serial

“Los ataques sexuales que investigamos fueron cometidos en la vía pública entre el 14 de febrero y el miércoles de la semana pasada”, recordó la fiscal Del Río Ayala.

“La modalidad que utilizó el imputado para concretar los nueve ilícitos fue similar”, señaló la fiscal. “Trasladaba a las víctimas en una moto, las llevaba a un lugar público, las agarraba del cuello hasta dejarlas inconscientes y, finalmente, abusaba sexualmente de ellas”, explicó.

Del Río Ayala agregó que “en dos de los casos, el imputado también les robó a las mujeres”. Precisó que “en uno de ellos se apoderó ilegítimamente de un teléfono celular y de 1.500 pesos, y en el otro de 1.500 pesos”.

“Tres de los ataques sexuales fueron cometidos en una plaza ubicada en calle Cruz Roja Argentina y Corrientes y otros dos en inmediaciones del Parque del Sur”, detalló la fiscal. «Los cuatro restantes fueron en San José y Jujuy; en un descampado ubicado en calle Córdoba entre Urquiza y Pasaje Rodríguez; en inmediaciones de una institución educativa ubicada en Diagonal Aguirre al 2700 y en Alvear y Pasaje San Martín”, enumeró.

La representantes del MPA destacó que “los primeros cinco ataques fueron cometidos entre febrero y septiembre, es decir, en ocho meses” y puntualizó que “los últimos cuatro abusos fueron en tres meses”.

Calificaciones penales

El imputado es investigado como autor de ocho hechos de abuso sexual con acceso carnal consumados y uno que quedó en grado de tentativa. Además, la funcionaria del MPA le endilgó la autoría del delito de robo simple en perjuicio de dos de las víctimas.

 

 

 

 

 

Fuente: Uno de Santa Fe

 

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Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.

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Foto: Ilustrativa

La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.

La Cámara rechazó el planteo de la defensa

La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.

Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.

Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.

Los fundamentos de la condena

En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.

También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.

Rechazaron un nuevo estudio de salud mental

La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.

Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.

Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.

Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.

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Judicial

La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..

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Foto: Justicia suspendió la venta de SanCor

La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.

La licitación quedó suspendida

La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.

En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.

Los cuestionamientos de Fidulac

El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.

Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:

  • La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
  • Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
  • La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
  • Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
  • Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.

Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.

Qué resolvió la Cámara

Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.

Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.

Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.

Qué puede ocurrir ahora

La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.

Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.

Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.

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Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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