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Extienden en casi dos años el plazo para dar por cumplida la condena al sacerdote Julio Grassi

El abogado querellante había objetado el momento en el que se dio por iniciado el cumplimiento de la pena y la errónea aplicación de la ley del 2×1.

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El Cura Grassi

La Cámara de Garantías de Morón hizo lugar hoy a un planteo de la querella contra el sacerdote Julio César Grassi y extendió el término de su condena en casi dos años, hasta el 30 de mayo de 2028.

El tribunal acogió una apelación del abogado Juan Pablo Gallego, quien advirtió que el inicio del cumplimiento de la condena de Grassi fue en una fecha posterior a la consignada en el cómputo original de la pena y, por lo tanto, no le correspondía la aplicación de la Ley del 2 x 1, ya derogada.

Esa ley establecía que después de los dos primeros años de prisión preventiva, mientras no hubiera condena cada día posterior se computaría como doble.

Con ese cálculo, el plazo de la condena de 15 años de prisión para Grassi por “abuso sexual agravado” hubiera vencido el 7 de agosto de 2026.

La Cámara de Garantías aceptó el planteo por “mal cómputo y errónea aplicación de la Ley del 2 x 1”, y estableció el nuevo vencimiento de la pena.

La medida es apelable por la defensa de Grassi en por lo menos dos instancias: la Cámara de Casación Bonaerense y la Suprema Corte de Justicia provincial.

Por tratarse de una sentencia definitiva, que además restringe la libertad del condenado por un plazo mayor al previsto inicialmente, la cuestión podría ser tratada también por la Corte Suprema nacional.

Fuente: Noticias Argentinas

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Judicial

La Justicia rechazó la libertad condicional en la causa por millonarias maniobras contra Las Taperitas y Williner

La Justicia provincial resolvió no conceder la libertad condicional a Miguel Alberto Olivares, condenado en una causa por estafas y delitos informáticos que provocaron un perjuicio económico millonario a las firmas Las Taperitas y Williner.

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El juez interviniente, Gustavo Martín Urdiales, evaluó los informes técnicos y los planteos de las partes durante una audiencia virtual y concluyó que no se encuentran cumplidos los requisitos legales y criminológicos necesarios para otorgar el beneficio.


📌 Los argumentos de la decisión

Olivares cumple una pena de tres años de prisión efectiva y, por el tiempo transcurrido, estaba habilitado a solicitar la libertad condicional. Sin embargo, desde el ámbito judicial se remarcó que el acceso a la audiencia no implica la concesión automática del beneficio.

Durante el debate participaron:

  • La defensa técnica, a cargo de Adrián Rocca
  • El Ministerio Público de la Acusación, representado por el fiscal Guillermo Loyola
  • La querella, mediante el abogado Carlos Farías Demaldé

Si bien se destacó que el condenado mantiene buena conducta y adaptación a las normas carcelarias, los informes del Servicio Penitenciario resultaron determinantes y fueron desfavorables.

Entre los puntos señalados:

  • No atravesó instancias concretas del régimen de progresividad
  • Elaboración incompleta del daño causado
  • Aceptación parcial de la responsabilidad penal
  • Escasa empatía hacia las víctimas
  • Debilidad en su red de contención externa

En base a ese cuadro, la Junta Técnica recomendó no otorgar la libertad condicional, criterio que fue finalmente adoptado por el magistrado.


💻 Una causa de alta complejidad

La condena se originó en una investigación que permitió desarticular una organización dedicada a maniobras fraudulentas mediante suplantación de identidad, documentación apócrifa y accesos indebidos a sistemas bancarios.

Las transferencias irregulares superaron los 170 millones de pesos, en una causa que incluyó peritajes informáticos, análisis financieros y cruces de comunicaciones.

Por estos hechos ya hubo otras condenas y el proceso judicial continúa respecto de más personas imputadas.

Con esta resolución, Olivares continuará detenido en la Unidad Penitenciaria de Coronda, sin acceder por el momento a un régimen de egreso anticipado.

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Judicial

⚖️ Justicia en Sunchales: juez rechaza prisión preventiva para dos jóvenes acusados de robo

En los Tribunales de Rafaela, el juez Javier Bottero resolvió que Lucas M (21) y Valentín J (19) quedaron en libertad bajo medidas alternativas, al considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía son insuficientes para justificar la prisión preventiva en el caso de un robo calificado en Sunchales.

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🕵️‍♂️ Los hechos imputados

Robo en despensa: Durante la madrugada, M. y J. habrían ingresado a una despensa en calle Juan B. Justo al 1200, junto a otros tres individuos no detenidos, sustrayendo una caja registradora, bebidas y alimentos.

  • Hurto de fernet: A J. también se le atribuyó un segundo episodio, alrededor del mediodía del último sábado, al sustraer dos botellas de fernet de un supermercado, siendo interceptado con una de ellas.

La fiscalía solicitó prisión preventiva apoyándose en videos de comercios cercanos y declaraciones de testigos, argumentando que se trataba de un robo cometido “en poblado y en banda”.


⚖️ Defensa y argumentos del juez

La abogada Amalia Cassina cuestionó la solidez de las pruebas:

  • Las cámaras de seguridad no permiten identificación clara.
  • La vinculación de J. con el robo se basaba solo en que vestía una camiseta de Boca, prenda de uso masivo.
  • No se observaba coordinación estructurada que evidenciara la existencia de una banda organizada.
  • Ambos imputados no cuentan con antecedentes condenatorios firmes.

Tras evaluar los argumentos, el juez concluyó que no existían riesgos procesales suficientes ni expectativa de pena que justificara la prisión preventiva, y dispuso libertad con medidas alternativas:

  • Fijación de domicilio
  • Presentación mensual ante la autoridad
  • Prohibición de acercamiento a víctimas o testigos

La investigación seguirá su curso para identificar a los demás presuntos involucrados y recopilar nuevas pruebas.

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⚖️ Condenaron a Nicolás Mattioli por la muerte de una ciclista en Santo Tomé

El cantante Nicolás Mattioli fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, la mujer que falleció tras ser atropellada en septiembre de 2024 en la ciudad de Santo Tomé.

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Foto: Gentileza

La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, instancia en la que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho.


🚗 El hecho que terminó en tragedia

El siniestro ocurrió en la mañana del 21 de septiembre de 2024, cuando la víctima circulaba en bicicleta por Santo Tomé y fue embestida por la camioneta conducida por el artista.

Producto del fuerte impacto, la mujer perdió la vida, lo que derivó en la imputación y posterior proceso judicial.


📜 Qué establece la condena

La audiencia fue presidida por la jueza penal Susana Luna, con acuerdo entre fiscalía, querella y defensa.

El fallo determina:

  • ⚖️ Tres años de prisión condicional
  • 🚫 Siete años de inhabilitación para conducir vehículos

Cabe recordar que previamente la fiscalía y la querella habían rechazado un pedido de probation presentado por la defensa, lo que finalmente llevó a la realización del juicio abreviado y a la condena confirmada este martes.

La causa sigue generando repercusión en la región.

Noticia en desarrollo.

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