Judicial
Arrufó: condena a 16 años de cárcel para un hombre que abusaba de su sobrina menor de edad
Tiene 37 años y sus iniciales son MAV. La sentencia fue resuelta por unanimidad en un juicio oral que finalizó en los tribunales de la ciudad de San Cristóbal.
Un hombre de 37 años fue condenado a 16 años de prisión efectiva como autor de abusos sexuales reiterados en perjuicio de una sobrina -menor de edad- que estaba a su cargo en Arrufó (departamento San Cristóbal).
La sentencia fue impuesta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en los tribunales sancristobalenses. La lectura de la decisión el tribunal se llevó a cabo en una audiencia que se desarrolló de forma remota, en la que la fiscal que representó al MPA fue Favia Burella.
El tribunal del debate estuvo integrado por los jueces Cristina Fortunato (presidenta), Javier Bottero y José Luis Estévez.
Los hechos
“En el debate se comprobó que el condenado actuó con pleno conocimiento y voluntad de lo que estaba haciendo al agredir sexualmente a su sobrina de manera reiterada y durante un tiempo indeterminado”, señaló Burella. En tal sentido, indicó que “aprovechó que la niña estaba a su exclusivo cuidado en la casa en la que vivían en Arrufó”.
Burella también afirmó que “a través de evidencias y testimonios, quedó demostrado que los abusos tuvieron entidad suficiente como para afectar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la víctima”.
Condena
MAV fue condenado a 16 años de prisión por la autoría de los delitos de abuso sexual de una persona menor de trece años, con actos análogos al acceso carnal reiterados, agravado y de promoción de la corrupción de menores agravado. El agravante en ambos delitos fue por la guarda.
Luego de conocer la sentencia del tribunal, la fiscal Burella expresó su conformidad. “Si bien aún no conocemos los fundamentos de los jueces, valoramos que la condena fue resuelta por unanimidad y que mantuvieron la pena que propusimos desde la Fiscalía”, remarcó la funcionaria del MPA.
Identidad
El nombre y apellido del condenado no se informa para evitar la revictimización de su sobrina, quien tiene el mismo apellido que él.
Fuente: L.T.9.
Judicial
⚖️ Condenado a 27 años y medio de prisión: un reincidente fue sentenciado por un robo en Santa Clara de Saguier
Un hombre de 44 años, identificado como Julio César Antonio Unrein, fue condenado a una pena total de 27 años y 6 meses de prisión efectiva, tras ser hallado culpable de un robo cometido en Santa Clara de Saguier, en el departamento Castellanos.
La sentencia fue dictada en el marco de un juicio oral que finalizó en los tribunales de Rafaela, donde además se resolvió la unificación de condenas y se declaró la reincidencia del imputado.
🏠 El hecho: robo y amenazas en una vivienda
Según detalló la fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Fabiana Bertero, el delito ocurrió durante la madrugada del 8 de marzo de 2021, cuando el condenado ingresó furtivamente a una vivienda mientras sus moradores dormían.
👉 Tras forzar puertas ventana de aluminio y vidrio, Unrein sustrajo dinero en efectivo, una billetera de cuero y un atado de cigarrillos desde la cocina del domicilio.
📌 En ese momento, fue sorprendido por el propietario de la casa, a quien amenazó de muerte para poder huir con los elementos robados.
🔁 Una condena que se agrava por sus antecedentes
El tribunal impuso una pena de 2 años y 6 meses de prisión por el robo cometido en Santa Clara de Saguier, la cual fue unificada con una condena anterior.
⚠️ Al momento del hecho, Unrein se encontraba en libertad condicional, tras haber sido condenado en 2005 a prisión perpetua, pena que había sido conmutada a 25 años, por un doble homicidio con arma de fuego, calificado por alevosía y robo.
👉 Por este motivo, la Fiscalía solicitó —y el tribunal concedió— la unificación de ambas penas y la declaración de reincidencia, alcanzando así los 27 años y 6 meses de prisión efectiva.
🗣️ La postura de la Fiscalía
Tras conocerse el fallo, la fiscal Fabiana Bertero expresó que, si bien aún resta conocer los fundamentos completos del tribunal, la Fiscalía se mostró conforme con la sentencia, ya que fue acorde a lo solicitado durante el juicio.
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas
Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal
La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.
Los hechos
Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.
La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.
Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.
Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.
Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.
Peligros procesales
La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.
También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.
“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.
Calificación penal
El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
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