Judicial
Crimen a la salida del boliche en Rafaela: imputaron al sospechoso y habrían encontrado el arma homicida
Brian Andrés I. fue acusado como el autor material del homicidio de Cristian Damián Benítez. Además, en la tarde de este miércoles, en el Villa Podio, se realizó un operativo en donde se habría descubierto la cuchilla usada en el asesinato.
A metros del lugar del crimen, la fiscal Gabriela Lema le contó al Juez de la Investigación Penal Preparatoria Javier Bottero, en la audiencia imputativa que se llevó adelante este miércoles en los Tribunales de Rafaela, las pruebas que tiene para acusar a Brian Andrés I. como autor material del asesinato de Cristian Damián Benítez.
Según la Fiscal, todo se inició dentro del boliche. La víctima y dos amigos -L.A.P y L.F.S.- habían mantenido una discusión con el acusado y otras dos personas: Brian Michel R. y Hugo Ariel I -sería primo del sospechado-. Por tal motivo, fueron retirados por la seguridad privada del establecimiento bailable.
Hugo I tenía un Fiat Siena gris. Se subieron al auto y empezaron a dar vueltas alrededor del boliche. Al divisar a Benítez y sus amigos, Hugo, que venía manejando, se baja con un palo y comienza a golpear a la moto de Benítez. Brian R se queda al lado del Fiat, mientras que Brian Andrés I. buscó una cuchilla. Según la fiscal Lema, le causó “una única puñalada que perforó y lesionó el ventrículo izquierdo de su corazón, causando un taponamiento cardíaco y la consiguiente falla anatomofuncional que resultó en su muerte”.
La situación violenta siguió: “Vengan ahora si se la aguantan”, dijo, con el cuchillo ensangrentado a los dos amigos de la víctima. Antes de retirarse, amenazó a L.A.P.: “vos sos del pueblo, ya te vamos a agarrar”. Los agresores se subieron al auto y se fueron a Bella Italia. Dos de ellos serian atrapados al día siguiente y el supuesto autor, se entregaría ese mismo día domingo.
Lema acusó a Brian Michel R de “encubrimiento agravado por el delito precedente en calidad de autor” y al primo, Hugo Ariel I, de “encubrimiento agravado por el delito precedente en concurso real con amenazas, en calidad de autor”.
Este jueves se llevará la audiencia de medidas cautelares, en donde se definirá la situación procesal de los tres.
HABRÍAN ENCONTRADO LA CUCHILLA
De acuerdo a lo informado por Rafaela Noticias, cerca de las 18 de ayer, en Mosconi y Aguado, en pleno Barrio Villa Podio, se realizó un operativo conjunto entre Bomberos Zapadores y la Agencia de Investigación Criminal. De una boca de tormenta habrían sacado la cuchilla que sería el arma homicida de Benítez.
Fuente: Vía Rafaela
Judicial
🚨 Cadena perpetua para el hombre detenido en Morteros: primera vez que Córdoba aplica la pena máxima en un juicio abreviado
En un fallo histórico, la Justicia de Córdoba condenó a cadena perpetua a Valentín René Vivas (71), quien confesó el asesinato de Ricardo Morales (58) en un hecho ocurrido el 3 de agosto en barrio Argüello.
Se trata de la primera vez en la provincia que se aplica la pena máxima en un juicio abreviado inicial, apenas tres meses después del crimen.
⚖️ El crimen y la huida hacia Morteros
La Justicia determinó que Vivas atacó a Morales con la intención de “causar sufrimiento a una mujer”, su expareja Marta Cajal, con quien mantuvo una relación de seis meses en 2024 marcada por episodios de agresividad y control.
Luego del ataque, Vivas escapó en moto y huyó hacia la ciudad de Morteros, donde la Policía localizó el vehículo entre yuyales y logró detenerlo horas más tarde. Fue trasladado a Córdoba para quedar a disposición de la Fiscalía.
🧑⚖️ Un caso que marca un precedente judicial
La condena fue por homicidio calificado, una figura agravada que habilitó la pena de prisión perpetua en tiempo récord dentro del proceso abreviado.
La abogada querellante, Gisela Piedi, expresó preocupación por la seguridad futura de Marta Cajal ante el pedido de la defensa para que Vivas acceda a prisión domiciliaria.
También solicitó que se le retire el beneficio jubilatorio de ANSES, cuestiones que evaluará el Juzgado de Ejecución Penal.
📌 Un fallo ejemplificador
El caso sienta un precedente en Córdoba respecto del tratamiento de crímenes motivados por violencia de género indirecta, y promete abrir debate en el ámbito judicial.
Por Móvil Quique con información de Regionalísimo
Judicial
🚨💣 Ordenan el decomiso total de los bienes de Cristina Kirchner y Lázaro Báez: cifra récord de $684 mil millones
Una resolución judicial histórica volvió a sacudir el escenario político y judicial argentino. El Tribunal Oral Federal N.° 2 ordenó el decomiso de bienes inmuebles y sumas de dinero por un valor actualizado de $684.990.350.139,86, monto que recae sobre Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, diversos exfuncionarios, sociedades vinculadas y también sobre Máximo y Florencia Kirchner como titulares de parte de los activos incluidos.
⚖️ Un decomiso actualizado y récord
La sentencia firme —vigente desde el 10 de junio de 2025— había fijado inicialmente un monto de $84.835.227.378,04. Sin embargo, tras una actualización realizada por peritos oficiales, fiscales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, el valor fue reajustado a la cifra actual.
El tribunal intimó a los condenados a cubrir el monto, pero ante el incumplimiento dispuso avanzar con la tasación, ejecución y venta de los bienes identificados, priorizando aquellos en poder de los principales involucrados y de las empresas utilizadas para las maniobras investigadas.
🏘️ Qué bienes se decomisarán
El fallo abarca inmuebles pertenecientes a:
- Austral Construcciones S.A.
- Kank y Costilla S.A.
- Gotti Hnos. S.A.
- Loscalzo y Del Curto SRL
Además, incluye propiedades cedidas a Máximo y Florencia Kirchner, y prevé avanzar también sobre bienes de Nelson Periotti, José López, Mauricio Collareda, Raúl Pavesi y Raúl Daruich, en caso de que los activos iniciales no alcancen para cubrir la cifra final.
La resolución dispone inscribir todos los bienes en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Decomisados.

📅 El período investigado
La Fiscalía identificó propiedades adquiridas entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, lapso considerado clave en la maniobra fraudulenta vinculada a la asignación de obra pública en Santa Cruz.
🗣️ Las defensas cuestionaron la medida, pero el tribunal ratificó la conexión con el delito
Los abogados de Báez, Cristina Fernández de Kirchner, Ganora, Pavesi y otros condenados solicitaron el rechazo del decomiso alegando:
- Falta de acreditación del nexo causal entre bienes y delito
- Insuficiencia probatoria
- Violación de principios constitucionales
- Inclusión de bienes adquiridos antes del ejercicio de cargos públicos
- Repetición de bienes ya investigados en otras causas
El tribunal desestimó todos los planteos, afirmando que la sentencia firme ya estableció que existieron beneficios económicos directos e indirectos a favor de Báez y de la familia Kirchner a partir de la adjudicación irregular de contratos de obra pública.
🌐 Fundamentos basados en normativa internacional
La decisión cita la Convención de la ONU contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que obligan a los Estados a recuperar activos provenientes de delitos.
El tribunal también remarcó que el decomiso puede aplicarse incluso sobre bienes mezclados o transformados, siempre que exista una relación temporal y razonable con el delito original.
🏛️ ¿Qué pasará con los bienes?
La resolución fue enviada a la Corte Suprema, que deberá determinar el destino final de las propiedades.
El objetivo central: reparar el daño causado al Estado y a la sociedad, según estándares internacionales.
La Fiscalía mantiene la facultad de seguir incorporando nuevos bienes si reúnen los requisitos para ser decomisados.
Por Móvil Quique con información de Infobae
Judicial
⚖️ ESCÁNDALO EN CÓRDOBA | Gerente de prepaga dejó sin cobertura a una paciente oncológica y deberá pagar más de $43 millones
Una resolución judicial con alto impacto económico sacudió a Córdoba: un gerente de la empresa de medicina prepaga Bramed deberá pagar $43.285.714,32 como reparación por la maniobra fraudulenta que dejó sin cobertura a una paciente que atravesaba tratamiento oncológico.
El fallo fue dictado por el juez Julián Falcucci (Tribunal Oral Federal N.º 1), en el marco de una suspensión del juicio a prueba aceptada por la víctima y su esposo, quienes priorizaron una solución inmediata tras años de conflicto.
🔍 Una maniobra ejecutada desde adentro
La investigación determinó que el gerente ordenó a una empleada modificar irregularmente los datos de afiliación, utilizando la clave fiscal del esposo de la paciente, obtenida mediante engaño.
Con esa información, el personal ingresó al sistema de AFIP y migró al matrimonio a una obra social con la que Bramed no tenía convenio, dejándolos sin cobertura mientras la mujer recibía tratamiento por un Linfoma de Hodgkin.
El cambio quedó asentado en la Superintendencia de Servicios de Salud sin consentimiento, y fue rastreado hasta las oficinas de la empresa en Córdoba.
🏥 Consecuencias gravísimas en plena quimioterapia
Entre el traspaso fraudulento y la pérdida efectiva de la cobertura, la paciente comenzó su tratamiento oncológico, pero sufrió demoras en la medicación, falta de autorizaciones, prácticas rechazadas y trabas administrativas que deterioraron severamente su salud.
Según la acusación fiscal, el cuadro derivó en intervenciones cardíacas, una traqueotomía permanente, un estado de coma y un riesgo extremo de muerte.
El fiscal federal Enrique Senestrari calificó la maniobra como un abandono deliberado, señalando que la mujer fue dejada “en una situación de desamparo, en un momento de suma gravedad”, con daño físico y psicológico irreversible.
🧑⚖️ Más sanciones para el gerente y probation para la empleada
Además del pago millonario, el tribunal hizo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal: el gerente deberá realizar y organizar una capacitación en perspectiva de género para todo el personal de Bramed, en reemplazo de tareas comunitarias.
La empleada que participó del fraude también recibió probation, al probarse que accedió al sistema oficial para ejecutar el cambio de obra social.
Ambos deberán cumplir reglas de conducta durante un año: fijar domicilio, someterse al control de la DCAEP y completar la capacitación obligatoria.
La resolución se tomó con el aval de la víctima y su esposo, quienes buscaron cerrar un proceso judicial que ya llevaba cuatro años.
Por Móvil Quique con información de /iProfesional
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