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Economía

Las prepagas vuelven a aumentar en diciembre: cómo hacer para pagar sólo la mitad de la suba o hasta congelar la cuota

A esto se suma la aplicación del “honorario ético mínimo” que cobran los profesionales y genera costos extras al afiliado. Conocé de qué se trata este adicional y los requisitos para evitar el incremento mensual.

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Diciembre será el último mes de congelamiento de las cuotas anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.

Diciembre será el último mes de congelamiento de las cuotas anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.Diciembre será el último mes de congelamiento de las cuotas anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.

En diciembre, los servicios de medicina prepaga llegarán con un nuevo aumento, de casi 12%, que le meterá aún más presión a bolsillos ya de popr sí exhaustos por la elevada inflación, ronda el 140% anual.

Las prepagas están informando a sus asociados que durante el último mes del año se aplicará un 11,51% respecto del valor del Plan de Servicio Vigente al 30 de noviembre de 2023, de acuerdo con el “Índice de Costos de Salud” que publica periódicamente la Superintendencia de Servicios de Salud en su página web.

Así, el sector acumula un alza del 150,98% en los últimos 12 meses.

Qué dicen los afiliados y qué pasa con los copagos.

En este escenario, los afiliados denuncian que se multiplican mes a mes los cobros adicionales que les piden los médicos para atenderlos.

A su vez, como muchos médicos no les entregan facturas por ese servicio, no pueden hacer los trámites para solicitar los reintegros por esos pagos. Los especialistas que más se resisten a dar facturas son los odontólogos, los cardiólogos y los pediatras, según un sondeo de las prepagas entre pacientes.

Los médicos argumentan que dejar constancia escrita de que cobran copagos podría generarles problemas legales con las propias prepagas y las obras sociales para las que trabajan.

Según un sondeo realizado por prepagas sobre la base de los llamados, mails y consultas y reclamos recibidos por redes, el 40% de los que no dan factura son odontólogos; un 30%, cardiólogos y otro 30%, pediatras, indicaron fuentes del sector prestador.

Sandra González, titular de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (ADECUA), dijo que mucha gente los contacta porque los médicos le piden copago y no le dan factura. Esto ocurre no solo en caso de copagos a médicos, ya que también están los que cobran extra por estudio y no dan ticket para solicitar el reintegro. A esto se suma que “muchos odontólogos están solicitando extras en prácticas para las que antes no pedían”, indicó.

“Recibimos reclamos y también los mandan a la Superintendencia de Servicios de Salud”, explicó González, quien dijo que la situación es compleja porque el usuario quedó en el medio entre el médico y la prepaga. Aporta que en algunos casos, no dan factura pero ofrecen algún tipo de comprobante, que eso depende mucho de cada médico y de la actitud que tome el paciente frente al cobro extra.

Problemas legales

Legalizar este copago con una factura podría traerle un problema al especialista con la prepaga u obra social para la que presta servicios. En este sentido, Claudio Belocopitt había advertido en septiembre que la prepaga de la que es propietario, Swiss Medical, tenía previsto accionar en la Justicia contra los médicos que pidan este bono.

En tanto, fuentes de Osde comentaron que tienen reclamos por el pedido de copagos sin factura pero que, en relación a la cantidad de asociados, el número de quejas resulta ínfimo.w

Dentistas, cardiólogos y pediatras, entre los más señalados.

Por otra parte, aquellos usuarios que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles ($ 792.000 a octubre 2023), recibirán un ajuste equivalente al 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Así, el incremento a aplicar en diciembre asciende al 5,27%, que será calculado sobre valor del plan vigente al 30 de noviembre y deberá ser solicitado mediante un trámite online.

De acuerdo con un relevamiento de precios de referencia realizado por Noticias Argentinas, el precio de la cobertura más baja de Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) tiene un valor de $48.652. Sobre la base de esos índices, en diciembre el costo del plan OSDE210 ascenderá a $54.252 para quienes les corresponda el aumento general y a $51.216 para quienes completen la declaración jurada de ingresos.

Sin embargo, para beneficio de los afiliados, el Gobierno llegó a un acuerdo con las prepagas para congelar las tarifas de las cuotas durante 90 días, entre octubre y diciembre.

Mediante este acuerdo, se estableció que quienes obtengan ingresos por debajo de $2 millones y cumplan ciertos requisitos patrimoniales, deberán completar una declaración jurada ante AFIP para quedar exentos de pagar el incremento de octubre (6,97%), noviembre (10,98%) y diciembre (11,51%).

De esta manera, diciembre será el último mes del programa de congelamiento de las cuotas, que había sido anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, como parte de las medidas para enfrentar las consecuencias de la devaluación.

Se estima que entre el 10% y el 15% de los afiliados al sistema mantienen sus cuotas congeladas. La cifra se debe a que aproximadamente la mitad de los titulares de medicina prepaga forman parte de acuerdos corporativos, en los cuales las tarifas son negociadas directamente por las empresas empleadoras. Además, aquellos que no han completado la declaración jurada están sujetos al aumento general.

Cómo pedir el congelamiento de la cuota

En caso de no superar el tope de ingresos, para fijar el valor de la cuota los titulares de las prepagas deben completar una declaración jurada de ingresos en la web de AFIP, antes del 20 de cada mes.

Los afiliados que quieran obtener el beneficio deberán:

  • Ingresar a la página oficial de AFIP con CUIT y clave fiscal nivel 3.
  • Seleccionar la opción MiSSSalud, el servicio web de la Superintendencia de Servicios de Salud.
  • Completar allí el formulario, que incluye la selección de la entidad de medicina prepaga correspondiente y la declaración jurada de ingresos.

En el proceso, será necesario responder una serie de requisitos relacionados con el patrimonio del grupo familiar adherido al plan de salud:

  • No tener ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $2.000.000.
  • No ser propietario de dos o más inmuebles.
  • No ser propietario de tres o más vehículos, a menos que haya un miembro del hogar con un Certificado Único de Discapacidad.
  • No ser propietario de aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No ser titular de activos societarios que evidencien capacidad económica.

Además, los usuarios deben otorgar su autorización para que la Superintendencia de Servicios de Salud pueda validar la información proporcionada con otros organismos.

Es importante destacar que si un afiliado y su familia tienen ingresos mensuales inferiores a $2 millones, pero poseen dos o más propiedades, no podrán mantener congelada su cuota y se les aplicará el aumento general, basado en el Índice de Costos de Salud.

Honorario mínimo para los profesionales de la salud

En el último tiempo, la crisis del sistema de salud y la caída abrupta de los ingresos, provocó que muchos profesionales opten por abandonar cartillas, cambien de trabajo, se dediquen a prácticas más rentables (por ejemplo, la estética), migren o realicen trabajo golondrina en países limítrofes, donde cobran en dólares.

Ante la deserción cada vez más notoria de los profesionales, en septiembre pasado las principales asociaciones, federaciones y sociedades científicas del país suscribieron un comunicado que afirmaba que la crisis económica había “llevado los honorarios médicos al nivel más bajo de la historia”.

En consecuencia, las entidades informaron que habían acordado un honorario ético mínimo de $6.000 (actualizable cada dos meses, de acuerdo con la inflación) y que, a partir de octubre, los médicos podían cobrar un bono para llegar a ese valor de consulta si la cobertura del paciente no lo hacía.

De esta manera, la “solución inmediata” que encontraron los médicos para no abandonar la atención por cartilla de obras sociales y prepagas fue el cobro de un bono no reintegrable que compensa la diferencia entre los $2.000 o $4.000 que, en promedio, las empresas de salud les abonan por cada práctica o consulta, a plazos de hasta 120 días.

“No es un coseguro. No es un adicional. No es un copago. Es un bono complementario no reintegrable, un convenio privado entre el paciente y el médico”, aclararon las asociaciones de profesionales que avalan esta modalidad.

Este martes, en la Secretaría de Comercio, representantes de las asociaciones cardiológicas más importantes del país aprovecharon la reunión con el Gobierno sobre el faltante de suministros médicos para plantear la preocupación por los honorarios “relegados por el aumento de los costos de los insumos y de los estudios diagnósticos”.

En el comunicado que difundieron las entidades, describen la decisión como “una medida de emergencia”. Esperan también que, tras el cambio de gobierno, se abra un canal de diálogo con las futuras autoridades para resolver la crisis de honorarios y aliviar el bolsillo de los afiliados, según coincidieron los firmantes.

Del lado de los pacientes, la medida todavía genera confusión y quejas cuando, al finalizar la consulta o al presentarse para un estudio por imágenes, se les factura un pago extra que nunca les habían solicitado, a pesar de las cuotas cada vez más elevadas.

Fuente: Noticias Argentinas

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Economía

Chau a la plata prestada entre familiares y amigos: «¿Me transferís?»

Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Personal Pay y Cuenta DNI, las principales billeteras virtuales, permiten mover dinero entre celulares como si fueran billetes.

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Foto: Las app bancarias y fintech van desplazando al cash a pasos agigantados.

Aunque el porcentaje de economía informal sigue siendo muy elevado en la Argentina, se escucha cada vez menos entre familiares, amigos o personas de confianza que se pida prestado dinero en efectivo: “¿Me podés transferir X pesos y te los devuelvo cuando cobro?”, ya sería casi la fórmula sustituta.

Las transferencias instantáneas tuvieron un crecimiento explosivo: ya ocupan el 84% del total bancario movilizado y 86% las CVU-CBU, lo cual las consolida como el método de pago preferido por los argentinos.

El hombre que trajo el QR a la Argentina con la billetera Yacaré, Jorge Zanabone, vaticinó el año pasado un futuro sin cash «porque ya el presente lo demuestra: es inseguro y costoso de mover».

El rostro visible de la informalidad lo representa el hecho de que a setiembre aún se hacía en efectivo el 62% de los pagos por las compras en comercios de AMBA, de acuerdo con un informe realizado por la consultora Opina Argentina.

En tanto, la tarjeta de débito o transferencias sólo se usan en el 15% de las transacciones cotidianas.

En consecuencia, el uso de dinero en efectivo alcanza al 77% de las operaciones en pequeños comercios, que generalmente son atendidos por sus propios dueños.

En cambio, este porcentaje baja al 43% en negocios que tienen más de tres empleados.

Un informe de Taquion, más actualizado, indicó que el 64% de los usuarios del país usa una aplicación de pagos todos los días, contra el 18% que las utilizan algunos días a la semana y 14% que lo hace al menos en un mes.

Hay actualmente 38.659.419 titulares de CBU bancario y 28.816.094 con CVU (fintech).

El 55% de los argentinos cree que las billeteras virtuales son más seguras que las tarjetas de crédito o débito.

De hecho, son el método preferido para compras de:

Kioscos y comercios de barrio: 60%, contra 23% de débito, 16 de efectivo y 2% de crédito.
Supermercado: 44%, contra 31%, 22% y 4%
Indumentaria y calzado: 40%, versus 19%, 35% y 6%
Electro: 26%, contra 18%, 6% y 51%
Otro segmento grande del estudio fue dedicado a los pagos QR, considerados una realidad inobjetable que marca la forma en que consumen los argentinos.

Chau a la plata prestada entre familiares y amigos: «¿Me transferís?»

Principal medio de pago

Sin embargo, en los últimos meses, las billeteras virtuales han ido ocupando el lugar central como medio de pago.

Inclusive, hasta redefinen la manera en que se conectan las familias a la distancia, reduciendo las barreras económicas y geográficas.

Más del 40 % de los usuarios a nivel global elige herramientas digitales para hacer transferencias internacionales.

En vez de esperar días o semanas, hoy una persona puede recibir dinero en su billetera digital en menos de cinco minutos, lista para usar desde su teléfono móvil, sin necesidad de ir a una sucursal bancaria.

“Cada vez más personas eligen enviar dinero de forma digital no solo por conveniencia, sino por seguridad y velocidad. Lo que antes implicaba un trámite de días, hoy se resuelve en minutos desde un celular, y eso transforma por completo la experiencia de quienes envían y reciben”, afirma Franco D’Angelo, Marketing Lead de Vesseo, una de las billeteras digitales con mayor crecimiento en la región.

Ránking de las billeteras

Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Personal Pay y Cuenta DNI son las principales plataformas y permiten realizar pagos, transferencias, inversiones y otras operaciones financieras desde el celular.

La veintena de billeteras en circulación actualmente, con su participación en el mercado, está compuesta por:

Mercado Pago: 74%
CuentaDNI: 28%
Naranja X: 28%
Personal Pay: 18%
MODO: 18%
Ualá: 15%
Brubank: 11%
Prex: 6%
Claro Pay: 6%
Lemon Cash: 5%
Astro Pay: 2%
Yoy: 1,3%
Buepp: 1,2%
Ripio: 0,8%
N1U: 0,8%
Bitso: 0,6%
Otra: 2%

Y entre las que tienen mayores menciones en redes figuran:

Cuenta DNI: 29.000
MODO: 21.000
BNA+/Ualá: 9.000
Naranja X: 8.000
Lemon Cash/Bitso: 3.000
Personal Pay/Brubank/Prex: 2.000

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Economía

Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito y cómo saber gratis si estás en el Veraz

La morosidad con tarjetas de crédito viene en aumento y se multiplica con las bolas de nieve de intereses y recargos.

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Foto: Ilustrativa

Los pagos mínimos de la tarjeta ya los utiliza el 45% de los cerca de 30 millones de usuarios activos (en los segmentos de ingresos medios y bajos asciende al 60%) y representa la gravosa instancia final del revolving de los gastos de consumo de individuos y hogares.

Después de eso, vienen las tasas punitorias con CFTEA (con IVA) superiores al 100%, en algunos casos logra bajar al 90% pero siguen siendo costos elevados, y lo que es peor, acumula rápidamente intereses que adquieren un volumen tal que dificulta un plan de refinanciamiento.

El detalle más delicado es el origen de esa bola de nieve: de acuerdo con un informe del Instituto de Estadísticas y Tendencias Sociales y Económicas (IETSE), el 58% de las deudas con tarjeta de crédito se explica por el rubro alimentos, lo que marca la centralidad de las compras básicas en el uso del crédito.

Más grave aún es la existencia de una tendencia creciente de incumplimiento de pagos.

Y que la acumulación de pasivos sea más visible en hogares que enfrentan mayores restricciones y tasas elevadas.

Revolving constante

En 2025, el 15% de los hogares tomó nuevas deudas, mientras que el 12% ya arrastraba pasivos desde 2023 o antes, lo cual refleja una renovación constante de deuda, ante la imposibilidad de cancelarla.

Asimismo, el 65% de los hogares contrajo entre dos y tres deudas, el 23% solo una, y el 12% acumuló más de tres.

Este último segmento creció 4 puntos con respecto a 2024 (del 8% al 12%), lo que revela una mayor fragmentación y recurrencia del crédito como estrategia de subsistencia.

El 56% de los hogares destina entre el 40% y el 60% o más de sus ingresos mensuales al pago de deudas, un salto considerable frente a 2024.

A esta altura, muchos usuarios se preguntan qué sucede si no pueden pagar sus consumos y cuánto tiempo debe pasar para que la obligación de pago prescriba.

En principio, la Ley de Tarjetas de Crédito regula estos plazos.

Una vez vencidos, la deuda no desaparece: el acreedor ya no puede iniciar una demanda para cobrarla, pero si el deudor decide cancelarla voluntariamente, el pago es válido.

En caso de no hacerlo, la información negativa permanece en el Veraz —el registro de antecedentes crediticios— hasta un máximo de cinco (5) años.

Si el deudor paga la deuda después de la prescripción, su situación crediticia se actualiza, pero el historial permanecerá informado en el Veraz por dos (2) años más desde la fecha del pago.

Según el artículo 47 de la Ley de Tarjetas de Crédito, las acciones para reclamar una deuda prescriben en:

-Un (1) año, si se trata de la acción ejecutiva (es decir, la vía rápida para reclamar judicialmente).

-Tres (3) años, para las acciones ordinarias (la vía judicial común).

Cómo consultar en el Veraz

Para consultar tu situación crediticia en el Veraz, podés:

-Ingresar a la Central de Deudores del BCRA en bcra.gob.ar, donde con tu CUIL/CUIT podrás acceder gratis a tu informe crediticio.

-Llamar al (011) 5352 4800, seleccionar la opción 5 y luego la opción 1 (DNI) o 2 (CUIT).

-Tras validar tu identidad, recibirás un PIN que deberás ingresar en la página web del Veraz para consultar tu estado sin costo.

Consejos para evitar endeudarte con tu tarjeta

Si querés aprovechar los beneficios de tu tarjeta de crédito y evitar caer en deudas difíciles de manejar, seguí estas recomendaciones básicas:

-Usala solo para gastos necesarios.

-Establecé límites de consumo según tu presupuesto.

-Pagá a tiempo tus resúmenes; evitá el pago mínimo, que genera intereses altos.

-Recordá las fechas de cierre y vencimiento para no olvidarte.

-Considerá usar una sola tarjeta, la más conveniente según tus gastos y beneficios.

-Si ya acumulaste deuda y te cuesta afrontarla, lo mejor es que te acerques a tu banco para evaluar opciones como un plan de pagos, adelanto de tarjeta o un préstamo que te permita regularizar tu situación.

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Economía

El Gobierno desregula el mercado del gas envasado y deja de injerir en precios, oferta y demanda

A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal.

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Foto: El Ejecutivo modificó el marco regulatorio de la industria y comercialización de GLP.

El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación “exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.

En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.

Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.

Asimismo, consideró que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.

Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.

Al respecto, precisó que “sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”.

De esta manera, estipuló que “bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente”. Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.

Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda. El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.

Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es “asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda”.

Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.

Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son “con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.

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