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Confirmado: prepagas no podrán aumentar la cuota por la edad de la persona afiliada
La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.
La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N°9 para que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica deje sin efecto el aumento del valor de la cuota del grupo familiar dispuesto en razón de la edad de una mujer afiliada, quien había cumplido 70 años.
La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.
En su resolución, y según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, los camaristas Pablo Heredia y Juan Garibotto coincidieron con los argumentos de la fiscal general Boquin y confirmaron la decisión dictada por la jueza Paula Hualde, en noviembre de 2023.
En su presentación, la fiscal había destacado que se encontraban «en juego derechos fundamentales con jerarquía constitucional, que hacen a la dignidad de la persona humana y su protección, así como también a la sociedad jurídicamente organizada”, tal es el caso del derecho a la salud.
Al analizar las constancias del caso, la representante del Ministerio Público Fiscal había entendido que, en el caso, se cumplían los requisitos de procedencia de la medida cautelar solicitada y que resultaba necesario “preservar y garantizar la prestación del servicio de salud, lo que sin lugar a dudas implicaría dejar sin efecto los aumentos de cuotas por rango etario, hasta el eventual dictado de una sentencia de fondo en estos autos”.
“Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan de medicina prepaga, sin dudas pueden devenir en la imposibilidad de cumplimiento de pago de la cuota por parte del afiliado, con su posterior suspensión o resolución del contrato”, había considerado. En tal sentido señaló que mediante la medida cautelar solicitada por las personas afiliadas se neutralizaban “provisoriamente las consecuencias que los mentados aumentos” y evitar un perjuicio en su situación financiera “en medio de un contexto de suma vulnerabilidad e incertidumbre”.
En relación al agravio de la empresa, respecto a que “los aumentos habrían sido consentidos por los actores y que no habrían resultado ilegales, ni abusivos, al encontrarse autorizados por el Decreto 66/2019”, la fiscal general Boquín entendió que ello denotaba “una incorrecta aplicación de la normativa vigente y de los principios generales y específicos del derecho que rigen en materia de consumo”, por cuanto “se omite ponderar la vulnerabilidad de los adultos mayores”.
En esa línea sostuvo que “resulta una realidad incontrastable que el usuario queda atrapado por la necesidad de contar la prestación básica de salud y adhiere a términos y condiciones que muchas veces ni los tiene a la vista, y aunque los tuviera, nada podría hacer para negociarlos”, al tiempo que agregó que “mal podría entenderse que los actores han ‘consentido’ los aumentos previstos contractualmente, ni que la demandada se hubiera encontrado legitimada a realizarlos”.
En el dictamen, la fiscal concluyó que la valoración e interpretación de la normativa, efectuada por Medicus S.A., contrariaba la normativa vigente y vulneraba los derechos humanos tutelados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
Fuente: Noticias Argentinas
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ANMAT prohibió protectores solares, un producto con toxina botulínica y artículos de limpieza por irregularidades
El organismo retiró del mercado protectores solares de tres marcas, una unidad presuntamente falsificada de toxina botulínica y productos de limpieza sin registro sanitario. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de la comercialización, distribución, uso y publicidad de distintos productos al detectar irregularidades que impiden garantizar su seguridad, calidad y origen.
Las medidas fueron oficializadas mediante diversas disposiciones publicadas en el Boletín Oficial e incluyen protectores solares, un producto con toxina botulínica presuntamente falsificado y artículos de limpieza sin registro sanitario.
Prohibieron protectores solares de tres marcas
A través de la Disposición 4300/2026, la ANMAT retiró del mercado protectores solares de las marcas:
- Karité
- Kiss Beauty
- Miss Vanesa
Los productos alcanzados por la medida son:
- COLLAGEN – Nourish Skin UV Protective SPF60++ Sunscreen Serum (Karité).
- Sunscreen Cream SPF50 (Kiss Beauty).
- ANTHELIOS XL 50+ SPF (Miss Vanesa).
Durante inspecciones realizadas en comercios de la Ciudad de Buenos Aires, los fiscalizadores comprobaron que estos productos no contaban con inscripción sanitaria ni figuraban en los registros oficiales del organismo.
Además, la documentación sobre su origen no pudo ser presentada durante los controles, por lo que la ANMAT concluyó que se trata de cosméticos ilegítimos, cuya elaboración y condiciones sanitarias no pueden garantizarse.
Detectaron una toxina botulínica presuntamente falsificada
Mediante la Disposición 4394/2026, el organismo también prohibió el uso y comercialización de una unidad identificada como:
- Dysport 500 IPSEN
- Lote: P22179
- Vencimiento: 12/2028
La investigación comenzó luego de que la empresa Galderma Argentina denunciara la existencia de una unidad sospechosa.
Según informó la ANMAT, el número de lote no corresponde a ningún lote de fabricación válido, por lo que se desconoce el origen, el contenido y las condiciones de elaboración del producto. El organismo confirmó además que presentó una denuncia penal para investigar el caso.
También retiraron productos de limpieza
Por medio de la Disposición 4297/2026, la ANMAT prohibió tres productos de limpieza que eran comercializados por internet sin habilitación sanitaria:
- Tabletas descalcificadoras para cafeteras SMOL.
- Limpiador para lavarropas Uproot Clean.
- Limpiador de bachas y desagües Turbo Desagüe.
Tras las verificaciones correspondientes, el organismo determinó que ninguno de estos productos estaba registrado ni pudo identificarse un establecimiento habilitado responsable de su fabricación o comercialización.
El motivo de la medida
La ANMAT explicó que todas estas prohibiciones buscan proteger la salud de los consumidores, ya que no es posible garantizar la calidad, seguridad, composición o condiciones de fabricación de los productos involucrados.
Además, recordó que tanto los cosméticos como los productos domisanitarios y medicamentos deben contar obligatoriamente con las autorizaciones y registros sanitarios correspondientes antes de ser comercializados en el país.
Con información de Contexto Tucumán
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Volcó un micro que había salido de Laboulaye: al menos 20 personas resultaron heridas
El colectivo de larga distancia cayó por un barranco de seis metros sobre la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco. Investigan si las fuertes ráfagas de viento provocaron el siniestro.
Un colectivo de larga distancia que había partido desde Laboulaye (Córdoba) con destino a la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un grave accidente este viernes al volcar y caer por un barranco en la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco.
Como consecuencia del siniestro, al menos 20 personas resultaron heridas, entre ellas un bebé, y fueron trasladadas a un centro de salud para recibir atención médica.
El micro cayó unos seis metros
El accidente ocurrió en el puente sobre el arroyo La Guardia, donde, por causas que se investigan, el conductor perdió el control del vehículo.
Según las primeras pericias, el colectivo despistó y cayó por un barranco de aproximadamente seis metros de profundidad.
Las autoridades analizan si las intensas ráfagas de viento registradas en la zona fueron un factor determinante en el vuelco.
No hubo personas atrapadas
Al momento del accidente viajaban unas 20 personas, incluido un bebé.
Los equipos de emergencia confirmaron que ningún pasajero quedó atrapado dentro del micro, lo que permitió realizar rápidamente las tareas de rescate y evacuación.
Todos los ocupantes recibieron asistencia médica y fueron derivados al Hospital de Carmen de Areco, donde se evaluó la gravedad de las lesiones.
Amplio operativo de emergencia
En el lugar trabajaron Bomberos, personal policial, ambulancias y efectivos de Seguridad Vial, quienes asistieron a los pasajeros y aseguraron la zona.
Debido al operativo y a las condiciones climáticas adversas, las autoridades solicitaron circular con extrema precaución por el sector.
Con información de Cadena 3
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ANSES aplicará un aumento del 1,9% en agosto
Las jubilaciones, pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de las prestaciones que abona la ANSES tendrán un incremento del 1,9% en agosto, de acuerdo con el índice de inflación de junio informado por el INDEC.
La actualización responde a la fórmula de movilidad establecida por el DNU 274/24, que ajusta los haberes mensualmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Cuánto cobrarán los jubilados en agosto
Con el incremento, los haberes previsionales quedarán de la siguiente manera:
- Jubilación mínima: $419.817,13.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70.
- Pensiones No Contributivas (PNC): $293.872.
- Prestación Básica Universal (PBU): $192.047,17.
Además, el Gobierno anticipó que continuará otorgando el bono de $70.000 para quienes perciben los haberes más bajos. De confirmarse, quienes cobran la jubilación mínima recibirán un total de $489.817,13.
AUH y asignaciones: los nuevos valores
El mismo porcentaje de actualización alcanzará a las asignaciones sociales administradas por la ANSES.
Desde agosto, los montos serán los siguientes:
- Asignación Universal por Hijo (AUH): $150.861,93.
- Asignación Universal por Embarazo (AUE): $150.861,93.
- Asignación por Hijo (SUAF) para el primer tramo de ingresos: $75.439,63.
Cómo se calcula el aumento
Desde marzo de 2024, las prestaciones de ANSES se actualizan mediante un esquema de movilidad que toma como referencia la inflación del mes anterior publicada por el INDEC.
En este caso, el IPC de junio fue del 1,9%, porcentaje que se aplicará a los haberes y asignaciones correspondientes a agosto.
Con información de TN
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