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Confirmado: prepagas no podrán aumentar la cuota por la edad de la persona afiliada

La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.

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Foto: La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N°9 para que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica deje sin efecto el aumento del valor de la cuota del grupo familiar dispuesto en razón de la edad de una mujer afiliada, quien había cumplido 70 años.

La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.

En su resolución, y según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, los camaristas Pablo Heredia y Juan Garibotto coincidieron con los argumentos de la fiscal general Boquin y confirmaron la decisión dictada por la jueza Paula Hualde, en noviembre de 2023.

En su presentación, la fiscal había destacado que se encontraban «en juego derechos fundamentales con jerarquía constitucional, que hacen a la dignidad de la persona humana y su protección, así como también a la sociedad jurídicamente organizada”, tal es el caso del derecho a la salud.

Al analizar las constancias del caso, la representante del Ministerio Público Fiscal había entendido que, en el caso, se cumplían los requisitos de procedencia de la medida cautelar solicitada y que resultaba necesario “preservar y garantizar la prestación del servicio de salud, lo que sin lugar a dudas implicaría dejar sin efecto los aumentos de cuotas por rango etario, hasta el eventual dictado de una sentencia de fondo en estos autos”.

“Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan de medicina prepaga, sin dudas pueden devenir en la imposibilidad de cumplimiento de pago de la cuota por parte del afiliado, con su posterior suspensión o resolución del contrato”, había considerado. En tal sentido señaló que mediante la medida cautelar solicitada por las personas afiliadas se neutralizaban “provisoriamente las consecuencias que los mentados aumentos” y evitar un perjuicio en su situación financiera “en medio de un contexto de suma vulnerabilidad e incertidumbre”.

En relación al agravio de la empresa, respecto a que “los aumentos habrían sido consentidos por los actores y que no habrían resultado ilegales, ni abusivos, al encontrarse autorizados por el Decreto 66/2019”, la fiscal general Boquín entendió que ello denotaba “una incorrecta aplicación de la normativa vigente y de los principios generales y específicos del derecho que rigen en materia de consumo”, por cuanto “se omite ponderar la vulnerabilidad de los adultos mayores”.

En esa línea sostuvo que “resulta una realidad incontrastable que el usuario queda atrapado por la necesidad de contar la prestación básica de salud y adhiere a términos y condiciones que muchas veces ni los tiene a la vista, y aunque los tuviera, nada podría hacer para negociarlos”, al tiempo que agregó que “mal podría entenderse que los actores han ‘consentido’ los aumentos previstos contractualmente, ni que la demandada se hubiera encontrado legitimada a realizarlos”.

En el dictamen, la fiscal concluyó que la valoración e interpretación de la normativa, efectuada por Medicus S.A., contrariaba la normativa vigente y vulneraba los derechos humanos tutelados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.

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Régimen penal juvenil: desde este sábado rige la imputabilidad a partir de los 14 años

El nuevo régimen penal juvenil comenzará a aplicarse este sábado 5 de septiembre y establece cambios en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes.

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Foto: Imagen ilustrativa sobre la entrada en vigencia del nuevo régimen penal juvenil.

La nueva normativa reduce de 16 a 14 años la edad a partir de la cual podrán ser juzgados penalmente.

La Ley 27.801, aprobada por el Congreso en febrero de este año, reemplaza los principales lineamientos de la Ley 22.278, vigente desde la década del 80, y establece nuevas pautas para los procesos y las penas aplicables a menores de edad.

El objetivo declarado de la norma es fomentar en los adolescentes imputados la responsabilidad legal por sus actos, además de promover su educación, resocialización e integración social.

Desde qué edad podrán ser juzgados

Uno de los principales cambios es que los adolescentes podrán ser juzgados por delitos desde los 14 años, cuando anteriormente la edad establecida era de 16.

Las penas contempladas por el nuevo régimen pueden alcanzar los 15 años.

Además, la normativa establece que los progenitores serán civilmente responsables por los ilícitos cometidos por sus hijos.

Al mismo tiempo, se mantiene la prohibición de difundir información que permita identificar al adolescente imputado. Esto incluye nombres, sobrenombres, filiación, parentesco, lugar de residencia, fotografías u otros datos identificatorios.

Dónde serán alojados los adolescentes detenidos

Los jóvenes que sean juzgados y deban permanecer detenidos deberán hacerlo en dependencias especialmente acondicionadas para menores de edad, sin compartir alojamiento con personas adultas.

La nueva normativa también contempla el acceso a distintos programas durante el cumplimiento de las medidas o penas. Entre ellos se encuentran propuestas educativas para finalizar los estudios obligatorios, formación ciudadana, capacitación laboral y actividades deportivas.

Qué penas contempla el nuevo régimen

La ley establece distintas alternativas que podrán aplicarse a los adolescentes condenados:

  • Amonestaciones.
  • Prohibición de contactar o acercarse a la víctima, sus familiares u otras personas.
  • Prohibición de conducir vehículos.
  • Prohibición de concurrir a determinados establecimientos o espectáculos, incluidos los deportivos, musicales o culturales.
  • Prohibición de salir del país o del lugar de residencia.
  • Prestación de servicios a la comunidad.
  • Monitoreo electrónico mediante rastreador.
  • Reparación integral del daño causado a la víctima.
  • Penas privativas de libertad que podrán cumplirse en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención.

Cuándo se puede evitar la prisión

El régimen contempla dos situaciones en las que puede evitarse una pena de prisión.

La primera es cuando la condena no supera los tres años.

La segunda corresponde a penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya provocado la muerte de la víctima, no haya implicado una grave violencia física o psíquica contra otras personas y el adolescente no tenga otras condenas o procesos en curso.

En todos los casos, la normativa establece que deberán aplicarse conjuntamente medidas destinadas a promover la educación, el trabajo y la comprensión de la gravedad del hecho cometido, con el objetivo de favorecer la resocialización y el desarrollo de una vida integrada socialmente.

Qué ocurre después de cumplir parte de la condena

Cuando el adolescente haya cumplido dos tercios de la pena en detención y reúna las condiciones previstas en el Código Penal para acceder a la libertad condicional, podrá continuar cumpliendo la sentencia mediante alguna de las otras penas contempladas por el régimen.

En cambio, si incumple sin justificación una pena alternativa impuesta como condena, el juez deberá reemplazarla por otra de mayor severidad.

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Tragedia en Córdoba: dos niños de dos años murieron tras ser atacados por perros

Dos niños de apenas dos años murieron este viernes en Córdoba luego de sufrir ataques de perros en hechos ocurridos en distintos puntos de la provincia.

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Foto: Uno de los perros involucrados en el ataque fatal ocurrido en Alta Gracia.

Una de las víctimas fue una nena atacada por dos dogos en barrio Cabildo, en la ciudad de Córdoba. El otro caso ocurrió en Alta Gracia, donde un niño fue atacado por un perro pitbull. Por este último hecho hay un hombre detenido e imputado.

Una nena murió tras ser atacada por dos dogos

El primero de los hechos ocurrió durante la mañana en una vivienda de barrio Cabildo, en la ciudad de Córdoba.

La nena, de dos años, se encontraba en la casa de un familiar cuando fue atacada por dos perros dogo, que pertenecían al tío de la pequeña.

Tras la agresión, fue trasladada de urgencia al Hospital Príncipe de Asturias, donde ingresó en estado crítico.

En ese centro de salud sufrió un paro cardíaco. Los médicos lograron reanimarla y estabilizarla para posteriormente trasladarla al Hospital de Niños.

La pequeña ingresó con heridas de extrema gravedad, entre ellas una hemorragia masiva, por lo que debió ser sometida a una intervención quirúrgica.

A pesar de los esfuerzos del equipo médico, que realizó maniobras de reanimación durante más de una hora, finalmente falleció como consecuencia de las lesiones sufridas durante el ataque.

Asistencia psicológica para los policías

El operativo también tuvo un fuerte impacto en los efectivos policiales que participaron de la intervención.

Los agentes que trabajaron en el lugar recibieron asistencia psicológica luego de participar del procedimiento.

La investigación deberá establecer las circunstancias en las que se produjo el ataque y determinar las responsabilidades correspondientes.

Otro ataque fatal ocurrió en Alta Gracia

El segundo episodio se registró durante la tarde en Alta Gracia.

Según informó el jefe de la Departamental Santa María de la Policía de Córdoba, comisario mayor Roque Carabajal, ocurrió aproximadamente a las 17 en una vivienda ubicada en calle Catamarca, esquina Cervantes.

La madre del niño relató que un perro pitbull atacó a su hijo mientras ella se preparaba para bañarlo.

El animal pertenecía a un conocido de la mujer, quien se encontraba en el domicilio al momento del hecho.

El pequeño fue trasladado al Hospital Regional Humberto Illia, pero los médicos no pudieron reanimarlo.

El perro le provocó mordeduras en distintas partes del cuerpo. A las 18, la doctora Patricia Farini confirmó el fallecimiento del niño.

Luego del ataque se desplegó un operativo que permitió capturar al animal en las inmediaciones de la vivienda.

Además, la Policía detuvo a un hombre de más de 30 años, señalado como el supuesto dueño del perro.

El hombre fue imputado por el delito de “homicidio culposo” por Alejandro Peralta Ottonello, a cargo de la Fiscalía de Turno 2 de Alta Gracia.

Dos tragedias en menos de un mes

Los dos fallecimientos se producen menos de un mes después de otra tragedia ocurrida en Córdoba.

En ese caso murió Salvador, un niño de 3 años que había sido atacado por perros pitbull.

Además, mientras se conocieron estos nuevos casos, continúa el juicio por la muerte de Trinidad Ballesteros, la joven que fue asesinada por dos dogos en la ciudad de Córdoba.

Por ese hecho está siendo juzgado José Nieto.

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Murió un exfuncionario de la Procuración que debía declarar en una causa por corrupción

Guillermo Bellingi, exsubdirector general de la Procuración General de la Nación durante la gestión de Alejandra Gils Carbó, fue encontrado muerto en Villa Elisa. Estaba imputado por la compra de un edificio del organismo y debía declarar en la causa dentro de 20 días.

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Foto: Guillermo Bellingi, exsubdirector general de la Procuración General de la Nación, cuya muerte es investigada en Villa Elisa.

Guillermo Bellingi, exsubdirector general de la Procuración General de la Nación durante la gestión de Alejandra Gils Carbó, fue encontrado muerto en Villa Elisa. Estaba imputado por la compra de un edificio del organismo y debía declarar en la causa dentro de 20 días.

Guillermo Bellingi, exsubdirector general de la Procuración General de la Nación, fue encontrado muerto este martes en la localidad bonaerense de Villa Elisa, a pocos días de tener que declarar en una causa judicial por presunta corrupción.

El exfuncionario, de 55 años, estaba imputado en el expediente que investiga la compra de un edificio conocido como Petit Hotel, ubicado en Perón al 667, inmueble al que la Procuración General de la Nación se trasladó en 2013.

La Policía investiga las circunstancias de su muerte y, de acuerdo con las primeras hipótesis, se sospecha de un posible suicidio.

⚖️ La causa por la compra del edificio

Bellingi debía declarar dentro de 20 días en la investigación judicial por la adquisición del inmueble.

Durante el proceso de licitación, el exfuncionario intervino junto a su medio hermano, Juan Carlos Thill. Bellingi formó parte de los responsables de la operación, mientras que Thill actuó como asesor de la inmobiliaria y recibió 3.000.000 de pesos de comisión.

El edificio fue vendido a la Procuración por Argentina Financiera SA (Arfinsa), perteneciente al grupo Bemberg, por un monto de 43.850.000 pesos de 2021.

La investigación judicial determinó que los contratos habían sido firmados antes de que la licitación se hiciera pública y se conociera oficialmente el nombre del ganador.

Según la Justicia, Bellingi habría aportado información a quienes resultaron ganadores de la licitación 1/2013.

El juez federal Julián Ercolini estuvo a cargo de la instrucción de la causa y posteriormente envió a juicio oral tanto a Bellingi como a Gils Carbó.

🚔 Cómo encontraron al exfuncionario

Bellingi fue hallado muerto en calle 8, entre 406 y 407, en Villa Elisa. Presentaba una herida de arma blanca a la altura del pecho.

La persona que encontró el cuerpo dio aviso a la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Junto a Bellingi fueron encontradas varias de sus pertenencias: su teléfono celular y billetera, además de un reloj y un cuchillo con su correspondiente vaina.

Al momento del hallazgo llevaba jean, un buzo verde y zapatos marrones, además de una mochila azul.

La principal hipótesis policial apunta a un suicidio debido a las características de la herida: se encontraba en el lado izquierdo de la parte inferior del tórax.

Además, según las primeras observaciones, el cuerpo no presentaba otras lesiones ni signos de defensa.

La autopsia será clave para determinar con precisión las circunstancias de la muerte.

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