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Disposiciones vigentes en etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio

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 La Municipalidad de Sunchales informa acerca de disposiciones vigentes en virtud de la pandemia de Covid19.

1) El DNU 641/20 establecido por el Poder Ejecutivo Nacional determina: o La prohibición de reuniones familiares en domicilios particulares hasta el 16 de agosto. o Realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia menor a 10 personas.

2) El uso de barbijo es obligatorio. Asimismo, se recuerda que la Ordenanza N°2826/20 establece que “el incumplimiento, en el contexto de la emergencia sanitaria, es considerado infracción (…) y da lugar a la aplicación de una multa”.

3) En todos los espacios que asistan personas (comercios, bares, instituciones, empresas) deben respetarse las reglas de conducta generales: distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades e instrucciones provinciales y locales.

4) Todos los comercios de la ciudad deben respetar su factor ocupacional y horarios permitidos:

▪ Lunes a sábados, de 7 a 20 hs. Y domingos de 8 a 12 hs.:Supermercados.

▪ Lunes a lunes, de 7 a 22 hs.: casas de comidas, panaderías, verdulerías, carnicerías, kioscos y despensas.

▪ Lunes a viernes, de 7 a 21 hs.: gimnasios y actividades deportivas habilitadas. Cabe destacar que podrán participar personas mayores a los 12 años.

▪ Lunes a lunes, de 7 a 20 hs.: comercios minoristas y mayoristas.

▪ Lunes a lunes, de 7 a 00 hs.: delivery.

▪ Extensión horaria de bares y restaurantes: de lunes a lunes, hasta las 2 hs.

 

 

 

 

 

Fuente: Municipalidad de Sunchales

 

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