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El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo aprobó por Ordenanza la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales y en los términos de la ley provincial N° 9256, la cual funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno o la que en un futuro la reemplace.

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Foto: El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

Es importante recordar que la norma santafesina mencionada establece el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de Municipios y Comunas.

En cuanto a la aprobación local, la concejala Laura Balduino fue la responsable de fundamentar la iniciativa, “la que viene a saldar una deuda importante que mantenía el Municipio, en relación a la protección y la garantía de derechos, el control y la justicia en el otorgamiento de licencias médicas a los agentes municipales, principalmente de larga duración. Se busca su uso adecuado, evitar posibles abusos y asegurar que el personal pueda reincorporase a sus puestos de trabajos en condiciones óptimas”, afirmó.

Más adelante recordó también que el proyecto fue presentado por el bloque de Juntos por el Cambio el 8 de mayo, “trabajado en Comisión, donde se tuvieron en cuenta recomendaciones vertidas por el Ejecutivo Municipal”.

Artículos más importantes de la Ordenanza aprobada

Conformación. La Junta Médica Local está conformada por tres (3) profesionales, uno por el Municipio, previo concurso abierto, en calidad de contratado y por el lapso de un año; un especialista según la afección que presente el agente municipal; y uno por la asociación gremial que lo represente. Esta última debe asumir los costos de honorarios de dicha representación y ser notificada con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la fecha, hora y lugar de cada evaluación. Su incomparecencia no impedirá el funcionamiento de la Junta.

El agente municipal puede valerse de un médico de parte, debiendo afrontar en forma particular los gastos y honorarios de dicha intervención.

Funciones. Corresponde al médico designado por el Municipio realizar los exámenes de aptitud física, los exámenes preocupacionales de los agentes municipales, confeccionar las carpetas médicas de los mismos y entender en su seguimiento, controlar, otorgar, denegar, prorrogar, suspender las licencias médicas, revocarlas, determinar las inaptitudes de los agentes y todas aquellas facultades asignadas por la ley 9256.

Además de lo establecido precedentemente, la Junta Médica Local tiene las siguientes funciones específicas:

-Dictaminar sobre las evaluaciones y certificaciones de enfermedades que presente el personal municipal, incluyendo aquellas otorgadas;

-Intervenir en los casos de licencias médicas con motivo de enfermedades inculpables;

-Intervenir en las evaluaciones médicas para la reubicación del personal.

Convocatoria. Se determina que todo agente de la Municipalidad puede ser convocado a Junta Médica Local cuando haya presentado certificados por enfermedad de corta o larga duración, emitido por un profesional de la salud, que supongan su imposibilidad de prestar sus tareas regularmente, o cuando aún sin presentar dichos certificados se haya ausentado de su puesto laboral, manifestando cuestiones de salud por igual plazo. De la misma manera, la intervención puede ser solicitada por el propio agente, mediante la presentación de nota en Mesa de Entradas, junto con el certificado que acredite o avale su enfermedad.

Notificación. Una vez integrada la Junta Médica Local para el tratamiento de los casos presentados, se notifica al agente municipal con setenta y dos (72) horas hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar donde se realizará la evaluación de salud, así como también los integrantes de la misma.

Ausencia sin aviso. En caso de no asistir el agente municipal a la convocatoria de la Junta Médica Local, estando debidamente notificado, sin justificar su ausencia, la licencia quedará sin efecto en forma automática.

Dictamen. Se establece un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles para que la Junta Médica Local emita un dictamen, que debe contener:

-El diagnóstico del agente, cierto o presuntivo;

-La opinión sobre si corresponde o no el otorgamiento de licencia y por cuantos días;

-La revocación de la licencia en curso;

-La reincorporación del agente a su puesto de trabajo o bien, si se debe reubicar en otro sector acorde a sus aptitudes psicofísicas;

-Determinar el grado de invalidez por cada una de las afecciones diagnosticadas;

-Determinar el carácter transitorio o permanente de la incapacidad;

-Fijar la fecha presunta en que se produjo.

Estudios de diagnóstico. El agente observado por la Junta Médica Local debe presentar los estudios particulares que se haya practicado, no obstante, la Junta puede disponer la realización de pruebas, exámenes, prácticas y demás estudios de diagnóstico que resulten necesarios para la correcta determinación del estado de salud del mismo. En caso de ser necesario, se fija el lugar y hora de la próxima revisación.

Certificados médicos. En caso de que, como consecuencia de la actuación de la Junta Médica Local, se detecten falsedades en los certificados, antecedentes y/o estudios médicos presentados por los agentes municipales, se deben iniciar contra éstos y contra los profesionales que los hayan expedido y realizado, las correspondientes acciones civiles y penales que correspondan.

El agente que presente certificados médicos falsos o que no se correspondan con lo determinado por la Junta Médica Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, queda también sujeto a responsabilidades disciplinarias y administrativas.

Duración de las licencias. Se establece que las licencias que se otorguen con intervención de la Junta Médica Local no pueden superar los treinta (30) días corridos y para cada período posterior se requerirá nuevo dictamen, citando al agente.

Notificación. Los dictámenes emitidos por la Junta Médica Local deben ser notificados de manera fehaciente al agente municipal involucrado.

Costos. Los gastos y honorarios eventuales que sean necesarios cubrir a los profesionales de la salud intervinientes en cada trámite corren por cuenta del Municipio, a excepción de lo previsto en el artículo 2° de la presente.

Reglamentación. La Ordenanza debe reglamentarse en un plazo improrrogable de noventa (90) días.

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Concejo Municipal: Temas y proyectos de la Sesión del jueves 14 de agosto

​El Concejo Municipal de Sunchales sesiona el jueves 14 de agosto, desde las 9, en su Sala “Mirta Rodríguez”.

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Foto: Concejo Municipal de Sunchales

Notas oficiales

Tipo: Nota Oficial

Autoría: Secretaría de Producción y Finanzas

Asunto: Remite informes relativos a la Tasa General de Inmueble Rural y ejecución del Fondo de Obras Solidario.

Peticiones y asuntos particulares

Tipo: Nota Particular

Autoría: Cooperativa de Agua Potable de Sunchales Ltda.

Asunto: Solicitan Adecuación del Régimen Tarifario para el servicio de agua potable.

Tipo: Nota Particular

Autoría: Matías Kern

Asunto: Solicita la revisión de la Ordenanza N° 2989, en cuanto refiere a la sobre tasa para terrenos baldíos.

Tipo: Nota Particular

Autoría: Avelino Giraudo

Asunto: Solicita excepción al inc. b, artículo 28° de la Ordenanza N° 1933.

Despachos de Comisión para aprobación de proyectos

Tipo: Ordenanza

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Modifica el artículo 3° de la Ordenanza N° 1542 (Creación Comisión de Instituciones de Bien Público de la ciudad de Sunchales).

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Establece disposiciones sobre el ingreso por concurso a la planta permanente municipal.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza la suscripción de contrato ampliatorio para la construcción de una vivienda por administración municipal.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza a BEURBA S.A. a hacer uso del espacio público subterráneo.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Modifica el artículo 5° ANEXO III de la Ordenanza N° 3224 (Dispone la realización del proyecto «Recambio de Alumbrado Público- Etapa 2»).

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Determina el valor de la Unidad de Cuenta Municipal a partir del 1 de agosto de 2025.

Proyectos presentados

Tipo: Declaración

Autoría: Juan Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Declara de Interés Social y Cultural el 85° Aniversario de la creación del Centro de Cultura Artística «Amigos del Arte».

Tipo: Declaración

Autoría: Juan Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Declara de Interés Social el 50° Aniversario del Aero Club Sunchales, «Comandante Hilario Valinotti».

Tipo: Declaración

Autoría: Juan Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Declara de Interés Social y Comunitario el 30° Aniversario de la creación del Taller Protegido «Rupay».

Tipo: Ordenanza

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Crea en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales la «Feria de los Derechos».

Tipo: Ordenanza

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Crea el «Consejo de las infancias», para la participación activa de niñas y niños en el desarrollo de políticas públicas.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Santiago Dobler

Asunto: Solicita se convoque a la Comisión Evaluadora prevista en el artículo 39° de la Ley provincial N° 9286, a fin de evaluar, identificar, observar y suspender los beneficios otorgados a empleados municipales.

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Encuentro para avanzar en soluciones conjuntas sobre estacionamiento de transporte pesado

El mismo tuvo como objetivo avanzar, a corto plazo, en la definición de un espacio de estacionamiento exclusivo para el transporte pesado, con el fin de ordenar el tránsito, liberar el uso del espacio público y mejorar la convivencia urbana.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

En la jornada de ayer, en el Palacio Municipal, se reunieron la secretaria de Gobierno, Andrea Ochat; el secretario de Producción y Finanzas, Fernando Chamorro; el subsecretario de Seguridad Ciudadana y Convivencia, Fabián Bongiovanni; el especialista en Seguridad Vial, Horacio Botta Bernaus; y representantes de la Cámara de Transporte de la ciudad y del Sindicato de Camioneros.

El encuentro tuvo como objetivo avanzar, a corto plazo, en la definición de un espacio de estacionamiento exclusivo para el transporte pesado, con el fin de ordenar el tránsito, liberar el uso del espacio público y mejorar la convivencia urbana.

La reunión se desarrolló en un marco de diálogo y cooperación, reafirmando el compromiso de todas las partes de trabajar de manera articulada para alcanzar una solución consensuada que beneficie a la comunidad en su conjunto.

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20.000 Razones para seguir separando

Enviamos una batea completa de vidrios recuperados que ya no serán basura sino, materia prima para crear nuevos productos.

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Foto: Prensa: Municipalidad de Sunchales

Botellas, frascos y otros envases de vidrio que fueron separados correctamente por los vecinos, pasaron por nuestro circuito de clasificación y ahora continúan su camino dentro de la economía circular.

Este tipo de acciones demuestran que reciclar tiene un impacto real: reducimos la cantidad de residuos, evitamos la extracción de recursos naturales y construimos una ciudad más comprometida con el ambiente.

📍 De Residuos a Recursos. Todo empieza cuando vos separás en casa.

♻️ Cada envase cuenta.

🚛 Cada carga que se va, es un paso hacia una Sunchales más sostenible.

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