Ciudad
El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales
En su última Sesión Ordinaria, el Concejo aprobó por Ordenanza la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales y en los términos de la ley provincial N° 9256, la cual funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno o la que en un futuro la reemplace.
Es importante recordar que la norma santafesina mencionada establece el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de Municipios y Comunas.
En cuanto a la aprobación local, la concejala Laura Balduino fue la responsable de fundamentar la iniciativa, “la que viene a saldar una deuda importante que mantenía el Municipio, en relación a la protección y la garantía de derechos, el control y la justicia en el otorgamiento de licencias médicas a los agentes municipales, principalmente de larga duración. Se busca su uso adecuado, evitar posibles abusos y asegurar que el personal pueda reincorporase a sus puestos de trabajos en condiciones óptimas”, afirmó.
Más adelante recordó también que el proyecto fue presentado por el bloque de Juntos por el Cambio el 8 de mayo, “trabajado en Comisión, donde se tuvieron en cuenta recomendaciones vertidas por el Ejecutivo Municipal”.
Artículos más importantes de la Ordenanza aprobada
Conformación. La Junta Médica Local está conformada por tres (3) profesionales, uno por el Municipio, previo concurso abierto, en calidad de contratado y por el lapso de un año; un especialista según la afección que presente el agente municipal; y uno por la asociación gremial que lo represente. Esta última debe asumir los costos de honorarios de dicha representación y ser notificada con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la fecha, hora y lugar de cada evaluación. Su incomparecencia no impedirá el funcionamiento de la Junta.
El agente municipal puede valerse de un médico de parte, debiendo afrontar en forma particular los gastos y honorarios de dicha intervención.
Funciones. Corresponde al médico designado por el Municipio realizar los exámenes de aptitud física, los exámenes preocupacionales de los agentes municipales, confeccionar las carpetas médicas de los mismos y entender en su seguimiento, controlar, otorgar, denegar, prorrogar, suspender las licencias médicas, revocarlas, determinar las inaptitudes de los agentes y todas aquellas facultades asignadas por la ley 9256.
Además de lo establecido precedentemente, la Junta Médica Local tiene las siguientes funciones específicas:
-Dictaminar sobre las evaluaciones y certificaciones de enfermedades que presente el personal municipal, incluyendo aquellas otorgadas;
-Intervenir en los casos de licencias médicas con motivo de enfermedades inculpables;
-Intervenir en las evaluaciones médicas para la reubicación del personal.
Convocatoria. Se determina que todo agente de la Municipalidad puede ser convocado a Junta Médica Local cuando haya presentado certificados por enfermedad de corta o larga duración, emitido por un profesional de la salud, que supongan su imposibilidad de prestar sus tareas regularmente, o cuando aún sin presentar dichos certificados se haya ausentado de su puesto laboral, manifestando cuestiones de salud por igual plazo. De la misma manera, la intervención puede ser solicitada por el propio agente, mediante la presentación de nota en Mesa de Entradas, junto con el certificado que acredite o avale su enfermedad.
Notificación. Una vez integrada la Junta Médica Local para el tratamiento de los casos presentados, se notifica al agente municipal con setenta y dos (72) horas hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar donde se realizará la evaluación de salud, así como también los integrantes de la misma.
Ausencia sin aviso. En caso de no asistir el agente municipal a la convocatoria de la Junta Médica Local, estando debidamente notificado, sin justificar su ausencia, la licencia quedará sin efecto en forma automática.
Dictamen. Se establece un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles para que la Junta Médica Local emita un dictamen, que debe contener:
-El diagnóstico del agente, cierto o presuntivo;
-La opinión sobre si corresponde o no el otorgamiento de licencia y por cuantos días;
-La revocación de la licencia en curso;
-La reincorporación del agente a su puesto de trabajo o bien, si se debe reubicar en otro sector acorde a sus aptitudes psicofísicas;
-Determinar el grado de invalidez por cada una de las afecciones diagnosticadas;
-Determinar el carácter transitorio o permanente de la incapacidad;
-Fijar la fecha presunta en que se produjo.
Estudios de diagnóstico. El agente observado por la Junta Médica Local debe presentar los estudios particulares que se haya practicado, no obstante, la Junta puede disponer la realización de pruebas, exámenes, prácticas y demás estudios de diagnóstico que resulten necesarios para la correcta determinación del estado de salud del mismo. En caso de ser necesario, se fija el lugar y hora de la próxima revisación.
Certificados médicos. En caso de que, como consecuencia de la actuación de la Junta Médica Local, se detecten falsedades en los certificados, antecedentes y/o estudios médicos presentados por los agentes municipales, se deben iniciar contra éstos y contra los profesionales que los hayan expedido y realizado, las correspondientes acciones civiles y penales que correspondan.
El agente que presente certificados médicos falsos o que no se correspondan con lo determinado por la Junta Médica Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, queda también sujeto a responsabilidades disciplinarias y administrativas.
Duración de las licencias. Se establece que las licencias que se otorguen con intervención de la Junta Médica Local no pueden superar los treinta (30) días corridos y para cada período posterior se requerirá nuevo dictamen, citando al agente.
Notificación. Los dictámenes emitidos por la Junta Médica Local deben ser notificados de manera fehaciente al agente municipal involucrado.
Costos. Los gastos y honorarios eventuales que sean necesarios cubrir a los profesionales de la salud intervinientes en cada trámite corren por cuenta del Municipio, a excepción de lo previsto en el artículo 2° de la presente.
Reglamentación. La Ordenanza debe reglamentarse en un plazo improrrogable de noventa (90) días.
Prensa: Concejo Municipal
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🎉 Éxito total en Sunchales: más de 20.000 personas y $300 millones en movimiento económico en la Fiesta del Cooperativismo
La ciudad de Sunchales vivió un fin de semana histórico con la realización de la Segunda Fiesta del Cooperativismo, un evento que reunió a unas 20.000 personas en Plaza Libertad y se consolidó como una propuesta de alto impacto cultural, productivo, comercial, turístico y social.
La ciudad de Sunchales vivió un fin de semana histórico con la realización de la Segunda Fiesta del Cooperativismo, un evento que reunió a unas 20.000 personas en Plaza Libertad y se consolidó como una propuesta de alto impacto cultural, productivo, comercial, turístico y social.
Durante las dos jornadas, el público disfrutó de una destacada grilla artística y una amplia variedad de actividades, lo que generó un movimiento económico estimado en $300 millones, beneficiando no solo al predio del evento sino también al comercio local y a múltiples rubros de la ciudad.

💰 En cuanto a los stands a beneficio, las cinco instituciones participantes —Bomberos Voluntarios, Club Guaycurúes, Sociedad Italiana “Alfredo Cappellini”, Asociación Civil “Amigo Fiel” y el Hospital “Almícar Gorosito”— alcanzaron una facturación cercana a los $30 millones, fondos clave para el sostenimiento operativo y futuras mejoras.
🤝 La fiesta contó además con el respaldo de empresas locales y regionales, cuyo acompañamiento publicitario representó un aporte de $24 millones, permitiendo cubrir una parte fundamental de la inversión total del evento.
🛍️ En el predio participaron 80 artesanos y comerciantes, 13 emprendedores gastronómicos y 5 instituciones, consolidando un espacio de promoción del trabajo local y la economía social.
🚓 Cabe destacar que el evento se desarrolló con un operativo de seguridad exitoso, sin incidentes ni conflictos, reafirmando el carácter familiar y la capacidad organizativa de la propuesta.

✨ De esta manera, la Segunda Fiesta del Cooperativismo volvió a posicionarse como un evento emblemático de Sunchales, fortaleciendo el entramado productivo y social, y reafirmando con fuerza su identidad cooperativa.
Por Móvil Quique con información de Prensa de Municipalidad de Sunchales
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🚒 Fuerte respaldo del Municipio a Bomberos Voluntarios: renovó el aporte económico por un año
El Municipio de Sunchales firmó un nuevo convenio con la Asociación Bomberos Voluntarios, mediante el cual se garantiza la continuidad del apoyo económico por el término de un año, reafirmando el compromiso con una de las instituciones más importantes para la seguridad de la ciudad y la región.
De acuerdo a lo establecido, la Municipalidad realizará un desembolso mensual de $5.200.000 durante los primeros tres meses, fondos que permitirán sostener el funcionamiento operativo y el servicio que diariamente prestan los Bomberos Voluntarios.

🔎 A partir del cuarto mes, el monto será reevaluado, teniendo en cuenta los informes de gestión presentados por la Asociación y los avances en las acciones de autofinanciación que se lleven adelante.
Este acompañamiento municipal busca fortalecer la capacidad operativa de una institución clave, que trabaja incansablemente al servicio de la comunidad, y representa un respaldo concreto del Estado local hacia quienes ponen su vocación y compromiso al servicio de los vecinos de Sunchales y localidades cercanas.

Por Móvil Quique con información de Prensa Municipalidad de Sunchales
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🏅 Buscan al próximo orgullo deportivo de Sunchales: ya está abierta la Beca “Chente Cipolatti 2026”
El Concejo Municipal de Sunchales lanzó oficialmente la convocatoria para presentar postulaciones a la Beca “Deportista Sunchalense – Chente Cipolatti 2026”, un reconocimiento que apoya económicamente a atletas locales y acompaña su crecimiento deportivo.
📌 Este incentivo se otorga todos los años y consiste en un beneficio económico mensual, destinado a fortalecer el desarrollo de la disciplina que practica el o la deportista seleccionado/a.
👉 Según lo establecido en la Resolución Nº 717/2019, pueden presentar postulaciones:
entidades deportivas, instituciones intermedias y periodistas especializados en deporte.
🗓️ Plazo límite: viernes 6 de febrero, inclusive.
📍 Dónde presentar: Secretaría del Concejo Municipal, Av. Belgrano 103.
📧 También por mail a: concejo@concejosunchales.gob.ar
📲 Consultas vía WhatsApp: 03493 15443970
📝 Las propuestas deben incluir:
- Datos de la persona o entidad postulante
- Nombre, edad y disciplina del deportista
- Fundamentos de la postulación
- Antecedentes deportivos
⚖️ La Comisión Especial del Cuerpo Legislativo evaluará cada caso considerando, además del mérito deportivo:
✔️ Situación socioeconómica
✔️ Perspectiva de género
✔️ Vínculo con la comunidad o institución
💡 La beca es compatible con otros subsidios o apoyos y puede renovarse por un nuevo período, según criterio de la Comisión.
🏆 Deportistas que ya recibieron la Beca “Chente Cipolatti”:
- 2025: Héctor Ramírez (Boxeo)
- 2024: Ana Paula Milanesio (Vóley)
- 2023: Ana Belén Aicardi (Natación)
- 2022: Alejandra Toledo (Fútbol)
- 2021: Milena Margaría (Vóley)
- 2020: Ezequiel Taborda (Básquet)
- 2019: Nicolás Quiroga (Básquet)
- 2018: Luis Antonio Miraglio (Kickboxing)
- 2017: Iván Ricciardino (Golf)
- 2016: Matías Bonvin (Automovilismo)
- 2015: Sebastián Alejo Scandolo (Rugby)
- 2014: Ainara Paredes (Ajedrez)
- 2013: Luis Modini (Natación)
- 2012: Jacinto José “Gora” Gorosito (Boxeo)
Prensa: Concejo Municipal
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