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El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo aprobó por Ordenanza la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales y en los términos de la ley provincial N° 9256, la cual funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno o la que en un futuro la reemplace.

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Foto: El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

Es importante recordar que la norma santafesina mencionada establece el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de Municipios y Comunas.

En cuanto a la aprobación local, la concejala Laura Balduino fue la responsable de fundamentar la iniciativa, “la que viene a saldar una deuda importante que mantenía el Municipio, en relación a la protección y la garantía de derechos, el control y la justicia en el otorgamiento de licencias médicas a los agentes municipales, principalmente de larga duración. Se busca su uso adecuado, evitar posibles abusos y asegurar que el personal pueda reincorporase a sus puestos de trabajos en condiciones óptimas”, afirmó.

Más adelante recordó también que el proyecto fue presentado por el bloque de Juntos por el Cambio el 8 de mayo, “trabajado en Comisión, donde se tuvieron en cuenta recomendaciones vertidas por el Ejecutivo Municipal”.

Artículos más importantes de la Ordenanza aprobada

Conformación. La Junta Médica Local está conformada por tres (3) profesionales, uno por el Municipio, previo concurso abierto, en calidad de contratado y por el lapso de un año; un especialista según la afección que presente el agente municipal; y uno por la asociación gremial que lo represente. Esta última debe asumir los costos de honorarios de dicha representación y ser notificada con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la fecha, hora y lugar de cada evaluación. Su incomparecencia no impedirá el funcionamiento de la Junta.

El agente municipal puede valerse de un médico de parte, debiendo afrontar en forma particular los gastos y honorarios de dicha intervención.

Funciones. Corresponde al médico designado por el Municipio realizar los exámenes de aptitud física, los exámenes preocupacionales de los agentes municipales, confeccionar las carpetas médicas de los mismos y entender en su seguimiento, controlar, otorgar, denegar, prorrogar, suspender las licencias médicas, revocarlas, determinar las inaptitudes de los agentes y todas aquellas facultades asignadas por la ley 9256.

Además de lo establecido precedentemente, la Junta Médica Local tiene las siguientes funciones específicas:

-Dictaminar sobre las evaluaciones y certificaciones de enfermedades que presente el personal municipal, incluyendo aquellas otorgadas;

-Intervenir en los casos de licencias médicas con motivo de enfermedades inculpables;

-Intervenir en las evaluaciones médicas para la reubicación del personal.

Convocatoria. Se determina que todo agente de la Municipalidad puede ser convocado a Junta Médica Local cuando haya presentado certificados por enfermedad de corta o larga duración, emitido por un profesional de la salud, que supongan su imposibilidad de prestar sus tareas regularmente, o cuando aún sin presentar dichos certificados se haya ausentado de su puesto laboral, manifestando cuestiones de salud por igual plazo. De la misma manera, la intervención puede ser solicitada por el propio agente, mediante la presentación de nota en Mesa de Entradas, junto con el certificado que acredite o avale su enfermedad.

Notificación. Una vez integrada la Junta Médica Local para el tratamiento de los casos presentados, se notifica al agente municipal con setenta y dos (72) horas hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar donde se realizará la evaluación de salud, así como también los integrantes de la misma.

Ausencia sin aviso. En caso de no asistir el agente municipal a la convocatoria de la Junta Médica Local, estando debidamente notificado, sin justificar su ausencia, la licencia quedará sin efecto en forma automática.

Dictamen. Se establece un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles para que la Junta Médica Local emita un dictamen, que debe contener:

-El diagnóstico del agente, cierto o presuntivo;

-La opinión sobre si corresponde o no el otorgamiento de licencia y por cuantos días;

-La revocación de la licencia en curso;

-La reincorporación del agente a su puesto de trabajo o bien, si se debe reubicar en otro sector acorde a sus aptitudes psicofísicas;

-Determinar el grado de invalidez por cada una de las afecciones diagnosticadas;

-Determinar el carácter transitorio o permanente de la incapacidad;

-Fijar la fecha presunta en que se produjo.

Estudios de diagnóstico. El agente observado por la Junta Médica Local debe presentar los estudios particulares que se haya practicado, no obstante, la Junta puede disponer la realización de pruebas, exámenes, prácticas y demás estudios de diagnóstico que resulten necesarios para la correcta determinación del estado de salud del mismo. En caso de ser necesario, se fija el lugar y hora de la próxima revisación.

Certificados médicos. En caso de que, como consecuencia de la actuación de la Junta Médica Local, se detecten falsedades en los certificados, antecedentes y/o estudios médicos presentados por los agentes municipales, se deben iniciar contra éstos y contra los profesionales que los hayan expedido y realizado, las correspondientes acciones civiles y penales que correspondan.

El agente que presente certificados médicos falsos o que no se correspondan con lo determinado por la Junta Médica Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, queda también sujeto a responsabilidades disciplinarias y administrativas.

Duración de las licencias. Se establece que las licencias que se otorguen con intervención de la Junta Médica Local no pueden superar los treinta (30) días corridos y para cada período posterior se requerirá nuevo dictamen, citando al agente.

Notificación. Los dictámenes emitidos por la Junta Médica Local deben ser notificados de manera fehaciente al agente municipal involucrado.

Costos. Los gastos y honorarios eventuales que sean necesarios cubrir a los profesionales de la salud intervinientes en cada trámite corren por cuenta del Municipio, a excepción de lo previsto en el artículo 2° de la presente.

Reglamentación. La Ordenanza debe reglamentarse en un plazo improrrogable de noventa (90) días.

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Vecinos de Loteo Alassia y Procrear denuncian un histórico desborde de líquidos cloacales y reclaman una solución urgente

Vecinos de los barrios Loteo Alassia y Procrear, en la ciudad de Sunchales, volvieron a manifestar su preocupación por un problema que, según aseguran, se mantiene desde hace más de diez años: el desborde de líquidos cloacales en la vía pública.

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Foto: Captura de Video

Los frentistas hicieron llegar a Móvil Quique imágenes registradas en las últimas horas en las que se observa la presencia de líquidos sobre la calle, una situación que —afirman— genera fuertes olores, inconvenientes ambientales y preocupación por las posibles consecuencias sanitarias para quienes viven en el sector.

Un problema que, según los vecinos, lleva más de una década

De acuerdo con el testimonio enviado a este medio, el inconveniente se produciría por el desborde de la red cloacal proveniente del sector de los departamentos del Procrear.

Los vecinos sostienen que durante estos años realizaron numerosos reclamos sin obtener una solución definitiva y aseguran que la problemática persiste de manera recurrente.

«Hace más de diez años que denunciamos esta situación y seguimos esperando respuestas«, expresaron en la nota enviada a nuestra redacción.

Preocupación por la salud y el ambiente

Entre los principales planteos, los frentistas señalaron que la presencia permanente de aguas servidas provoca olores intensos que, en algunos momentos, les impiden mantener abiertas las ventanas de sus viviendas.

Además, manifestaron su preocupación por la cercanía del lugar con la planta potabilizadora de agua y por la presencia habitual de niños que transitan o juegan en la zona, sin conocer —según indicaron— el origen de los líquidos.

Los vecinos consideran que la situación representa un problema de salud pública y solicitan una intervención urgente de las autoridades competentes.

Piden una solución definitiva

En el escrito enviado a Móvil Quique, los habitantes del sector sostienen que, cada vez que realizan un reclamo, reciben respuestas que consideran insuficientes o son derivados entre distintas dependencias.

Por ese motivo, solicitaron que se lleve adelante una inspección técnica y se implementen las obras necesarias para resolver de manera definitiva el problema.

«No queremos seguir conviviendo con cloacas frente a nuestras casas. Queremos que se garantice un ambiente sano y seguro para nuestras familias. Los vecinos merecemos respuestas y acciones concretas», expresaron.

Desde Móvil Quique quedamos abiertos a publicar la respuesta o posición oficial de la Municipalidad de Sunchales o del organismo competente respecto a este reclamo vecinal.

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Sunchales: el Municipio entregó más de $26 millones en créditos para impulsar 12 emprendimientos locales

La Municipalidad de Sunchales, a través de la Secretaría de Producción y Empleo y la Casa del Emprendedor, realizó una nueva entrega de créditos del Fondo para el Fomento de Emprendimientos Empresariales, destinando $26.500.000 para fortalecer 12 proyectos productivos y de servicios de la ciudad.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

La iniciativa busca brindar apoyo financiero a emprendedores locales para que puedan consolidar sus actividades, incorporar equipamiento, ampliar su capacidad de trabajo y generar nuevas oportunidades de crecimiento económico y empleo.

Doce proyectos recibieron financiamiento

Los créditos fueron otorgados a emprendedores de distintos sectores de la economía local, abarcando actividades productivas, comerciales y de servicios.

Los beneficiarios fueron:

  • Gastón Yosviack, para el desarrollo de estructuras destinadas a sistemas productivos rurales del sector metalúrgico.
  • Jesica Rivero, para un emprendimiento de comercialización de alimentos y accesorios para mascotas.
  • Agostina Kloster, dedicada a la elaboración de alimentos para llevar.
  • Franco Imhoff, para la venta de artículos de librería.
  • Facundo Yaffei, vinculado a la actividad apícola.
  • Claudio Marotti, orientado a servicios de higiene y seguridad laboral.
  • Milton Cristaldo, para la comercialización de indumentaria.
  • Vanesa Hass, dedicada a la confección de prendas de vestir.
  • Violeta Schaller, enfocada en la venta de indumentaria deportiva.
  • Verónica Welchen, para el desarrollo de un espacio de arte y actividades artísticas.
  • María Eugenia Núñez, quien impulsará un emprendimiento gastronómico bajo la modalidad foodtruck.
  • Daiana Mendoza, destinada a fortalecer su proyecto de costura creativa y capacitación.

Apoyo al desarrollo productivo local

Desde el Gobierno municipal destacaron que este programa forma parte de las políticas públicas destinadas a acompañar a quienes apuestan por desarrollar sus proyectos en la ciudad.

La gestión encabezada por el intendente Pablo Pinotti remarcó que cada emprendimiento representa una oportunidad para fortalecer el entramado productivo local, fomentar el empleo y dinamizar la economía de Sunchales.

Además, señalaron que el objetivo es continuar impulsando herramientas que permitan a los emprendedores crecer y consolidar sus iniciativas, contribuyendo al desarrollo económico de la comunidad.

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Sunchales lanzó un plan para regularizar deudas por sobretasa de terrenos baldíos con una quita del 70%

La Municipalidad de Sunchales puso en marcha un Régimen Especial de Regularización de Deudas destinado a propietarios de terrenos baldíos urbanos, con importantes beneficios para quienes mantengan obligaciones pendientes por el pago de la sobretasa municipal.

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Foto: Sunchales lanzó un plan para regularizar deudas por sobretasa de terrenos baldíos con una quita del 70%

La iniciativa, impulsada por la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, busca facilitar la normalización de las deudas acumuladas y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

El régimen está dirigido a contribuyentes que registren deudas por la sobretasa de terrenos baldíos generadas entre el 1 de marzo de 2021 y el 31 de marzo de 2026.

Quienes adhieran al plan podrán acceder a una quita del 70% sobre la tasa y la sobretasa correspondiente a la deuda comprendida dentro del régimen, representando un importante alivio económico.

Opciones de pago

La Municipalidad informó que los contribuyentes podrán cancelar la deuda mediante diferentes modalidades:

  • Pago al contado.
  • Hasta en 3 cuotas mensuales.
  • Hasta en 6 cuotas mensuales.

Plazo para adherirse

Desde el municipio recordaron que se trata de un régimen excepcional y de carácter transitorio, por lo que la adhesión estará vigente hasta el miércoles 30 de septiembre.

Las autoridades invitaron a los contribuyentes alcanzados a aprovechar este beneficio para regularizar su situación fiscal.

Dónde realizar consultas

Las personas interesadas podrán obtener más información o iniciar el trámite comunicándose con el Departamento de Gestión de Cobranzas.

Los canales habilitados son:

Desde la Municipalidad de Sunchales destacaron que esta medida forma parte de las acciones orientadas a brindar herramientas que faciliten el cumplimiento tributario y fortalezcan una administración responsable de los recursos públicos.

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