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Inicia un nuevo período legislativo

El Concejo Municipal de Sunchales informa que se realizará la apertura del período de Sesiones Ordinarias 2023.

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Foto: Archivo

Dando cumplimiento a la Ley Orgánica de Municipalidades de la provincia de Santa Fe, el Intendente Municipal brindará su mensaje.

La actividad se concretará el miércoles 1 de marzo, a partir de las 9, en la Sala de Sesiones “Mirta Rodríguez”.

La apertura del período legislativo podrá seguirse en vivo, a través de la página oficial de Facebook del Concejo Municipal: facebook.com/concejomunicipaldesunchales

Prensa: Concejo Municipal

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El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo aprobó por Ordenanza la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales y en los términos de la ley provincial N° 9256, la cual funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno o la que en un futuro la reemplace.

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Foto: El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

Es importante recordar que la norma santafesina mencionada establece el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de Municipios y Comunas.

En cuanto a la aprobación local, la concejala Laura Balduino fue la responsable de fundamentar la iniciativa, “la que viene a saldar una deuda importante que mantenía el Municipio, en relación a la protección y la garantía de derechos, el control y la justicia en el otorgamiento de licencias médicas a los agentes municipales, principalmente de larga duración. Se busca su uso adecuado, evitar posibles abusos y asegurar que el personal pueda reincorporase a sus puestos de trabajos en condiciones óptimas”, afirmó.

Más adelante recordó también que el proyecto fue presentado por el bloque de Juntos por el Cambio el 8 de mayo, “trabajado en Comisión, donde se tuvieron en cuenta recomendaciones vertidas por el Ejecutivo Municipal”.

Artículos más importantes de la Ordenanza aprobada

Conformación. La Junta Médica Local está conformada por tres (3) profesionales, uno por el Municipio, previo concurso abierto, en calidad de contratado y por el lapso de un año; un especialista según la afección que presente el agente municipal; y uno por la asociación gremial que lo represente. Esta última debe asumir los costos de honorarios de dicha representación y ser notificada con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la fecha, hora y lugar de cada evaluación. Su incomparecencia no impedirá el funcionamiento de la Junta.

El agente municipal puede valerse de un médico de parte, debiendo afrontar en forma particular los gastos y honorarios de dicha intervención.

Funciones. Corresponde al médico designado por el Municipio realizar los exámenes de aptitud física, los exámenes preocupacionales de los agentes municipales, confeccionar las carpetas médicas de los mismos y entender en su seguimiento, controlar, otorgar, denegar, prorrogar, suspender las licencias médicas, revocarlas, determinar las inaptitudes de los agentes y todas aquellas facultades asignadas por la ley 9256.

Además de lo establecido precedentemente, la Junta Médica Local tiene las siguientes funciones específicas:

-Dictaminar sobre las evaluaciones y certificaciones de enfermedades que presente el personal municipal, incluyendo aquellas otorgadas;

-Intervenir en los casos de licencias médicas con motivo de enfermedades inculpables;

-Intervenir en las evaluaciones médicas para la reubicación del personal.

Convocatoria. Se determina que todo agente de la Municipalidad puede ser convocado a Junta Médica Local cuando haya presentado certificados por enfermedad de corta o larga duración, emitido por un profesional de la salud, que supongan su imposibilidad de prestar sus tareas regularmente, o cuando aún sin presentar dichos certificados se haya ausentado de su puesto laboral, manifestando cuestiones de salud por igual plazo. De la misma manera, la intervención puede ser solicitada por el propio agente, mediante la presentación de nota en Mesa de Entradas, junto con el certificado que acredite o avale su enfermedad.

Notificación. Una vez integrada la Junta Médica Local para el tratamiento de los casos presentados, se notifica al agente municipal con setenta y dos (72) horas hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar donde se realizará la evaluación de salud, así como también los integrantes de la misma.

Ausencia sin aviso. En caso de no asistir el agente municipal a la convocatoria de la Junta Médica Local, estando debidamente notificado, sin justificar su ausencia, la licencia quedará sin efecto en forma automática.

Dictamen. Se establece un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles para que la Junta Médica Local emita un dictamen, que debe contener:

-El diagnóstico del agente, cierto o presuntivo;

-La opinión sobre si corresponde o no el otorgamiento de licencia y por cuantos días;

-La revocación de la licencia en curso;

-La reincorporación del agente a su puesto de trabajo o bien, si se debe reubicar en otro sector acorde a sus aptitudes psicofísicas;

-Determinar el grado de invalidez por cada una de las afecciones diagnosticadas;

-Determinar el carácter transitorio o permanente de la incapacidad;

-Fijar la fecha presunta en que se produjo.

Estudios de diagnóstico. El agente observado por la Junta Médica Local debe presentar los estudios particulares que se haya practicado, no obstante, la Junta puede disponer la realización de pruebas, exámenes, prácticas y demás estudios de diagnóstico que resulten necesarios para la correcta determinación del estado de salud del mismo. En caso de ser necesario, se fija el lugar y hora de la próxima revisación.

Certificados médicos. En caso de que, como consecuencia de la actuación de la Junta Médica Local, se detecten falsedades en los certificados, antecedentes y/o estudios médicos presentados por los agentes municipales, se deben iniciar contra éstos y contra los profesionales que los hayan expedido y realizado, las correspondientes acciones civiles y penales que correspondan.

El agente que presente certificados médicos falsos o que no se correspondan con lo determinado por la Junta Médica Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, queda también sujeto a responsabilidades disciplinarias y administrativas.

Duración de las licencias. Se establece que las licencias que se otorguen con intervención de la Junta Médica Local no pueden superar los treinta (30) días corridos y para cada período posterior se requerirá nuevo dictamen, citando al agente.

Notificación. Los dictámenes emitidos por la Junta Médica Local deben ser notificados de manera fehaciente al agente municipal involucrado.

Costos. Los gastos y honorarios eventuales que sean necesarios cubrir a los profesionales de la salud intervinientes en cada trámite corren por cuenta del Municipio, a excepción de lo previsto en el artículo 2° de la presente.

Reglamentación. La Ordenanza debe reglamentarse en un plazo improrrogable de noventa (90) días.

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Como todos los jueves: Nueva Sesión Ordinaria del Concejo Municipal

El Concejo Municipal de Sunchales sesiona el jueves 12 de junio, a partir de las 9, en la Sala “Mirta Rodríguez”.

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Foto: Prensa Concejo Municipal de Sunchales

Despacho de Comisión para aprobación de proyectos

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza a BEURBA S.A. a hacer uso del espacio público subterráneo en distintos sectores de la ciudad.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Otorga factibilidad técnica al proyecto de loteo presentado por el SOEM Sunchales.

Proyectos presentados

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza al Departamento Ejecutivo a efectuar la contratación directa del servicio de Auditoría Contable Externa, correspondiente al ejercicio 2024.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Solicita al Departamento Ejecutivo ordene el estacionamiento de vehículos en ambas manos sobre calle 25 de Mayo, entre Mitre y San Martín, conforme artículo 4° de la Ordenanza N° 2222.

Tipo: Declaración

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Declara de Interés Social, Educativo y Cultural la participación de Esteban Porporato en la competencia mundial Huawei ICT realizada en la ciudad de Shenzen (China).

Tipo: Ordenanza

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Adhesión: Santiago Dobler

Asunto: Modifica el artículo 3BIS de la Ordenanza N° 2027.

Tipo: Resolución

Autoría: Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri

Asunto: Dispone la prórroga en Comisión del Expte. N° 2488AS-PS.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Santiago Dobler

Asunto: El Concejo Municipal de Sunchales solicita al Departamento Ejecutivo Municipal remita información referente al crédito PROMUDI.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Santiago Dobler

Asunto: Solicita a la Empresa Provincial de la Energía remita el detalle de los pagos realizados al Municipio de Sunchales, en concepto de lo establecido por el artículo 1° de la ley provincial N° 7797, durante el presente año.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Dispone aumentos en la Unidad de Cuenta Municipal a partir del 1 de julio.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Dispone la prórroga en Comisión del Expte. N° 2489AS.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Solicita al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de la Ordenanza N° 3210.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Reitera Minuta de Comunicación N° 1258 de 2024 y solicita información relativa a las licencias otorgadas al personal por razones de salud.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza al Departamento Ejecutivo a aplicar un descuento del 15% sobre el monto de la TGIU y Suburbanos a los contribuyentes que se adhieran al sistema de boleta digital.

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Ciudad

Importante donación de materiales para el Jardín “San Carlos” a partir de gestión conjunta entre municipio y gobierno provincial

El pasado viernes 6 de junio, visitó la ciudad el Secretario de Registros del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública de Santa Fe, Dr. Matías Figueroa Escauriza, con el objetivo de concretar una importante donación de materiales para el Jardín N° 1213 “San Carlos”.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

A partir de una gestión conjunta entre municipio y gobierno provincial, y con recursos que provienen de los remates que lleva adelante la Agencia Provincial de Registro, Administración y Destino de Bienes y Derechos Patrimoniales, se entregaron diversos materiales de gran importancia para mejorar el trabajo educativo diario de la entidad.

“Estamos contentos de estar en la localidad de Sunchales, trayendo donaciones de elementos que compramos con la plata que le quitamos al delito a través de la APRAD, que es la única agencia que existe a nivel nacional. Santa Fe tiene una ley que posibilita que el estado provincial en conjunto con la justicia, les quite los bienes a los delincuentes, los rematemos en subastas públicas y con la plata que vamos recaudando los lo apliquemos a políticas sociales” explicó el funcionario provincial.

“Matías es una persona muy dinámica en el trabajo, es el tipo de funcionario que vienen a romper con la burocracia y esta iniciativa de la subasta de estos bienes, la verdad que nos viene bien para sumar recursos para las instituciones de la ciudad. Días atrás, me llama diciéndome tenemos disponibilidad para llevar materiales a Sunchales a una institución que realmente necesite para los niños y para la escuela en general, y por eso elegimos el Jardín San Carlos como una primera instancia”, expresó el Intendente Pinotti al cierre.

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Clima Sunchales

Sunchales
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