Economía
Monotributistas y autónomos: cuáles serían las nuevas escalas y deducciones para no pagar de más
La Cámara de Diputados buscará sancionar, en una sesión especial impulsada por el Frente de Todos, el proyecto de ley de alivio fiscal que beneficiará a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.

El proyecto de alivio fiscal, que busca actualizar los parámetros máximos de facturación de los monotributistas para evitar subir de categoría y pagar mayores cuotas, o bien quedar encuadrado en el régimen general con mayor costo impositivo, se tratará en Diputados por impulso del Frente de Todo. De sancionarse, la norma también aumentará las deducciones de ganancias para los trabajadores autónomos. Las medidas van en consonancia con el aumento del mínimo no imponible para empleados en relación de dependencia votado semanas atrás.
El proyecto de ley intenta mantener la lógica de un impuesto progresivo, que busca gravar a las ganancias reales y no las producidas nominativamente por el impacto de la inflación y la consecuente mayor facturación. La iniciativa, cuyo autor es el presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa, plantea el alivio fiscal para aproximadamente 4,5 millones de monotributistas y más de 140 mil trabajadores autónomos.
El proyecto, que una vez votado y con media sanción será girado al Senado, cuenta con el respaldo de la mayoría del arco político. Si bien los diputados de Juntos por el Cambio plantean una disidencia sobre la deducción de los autónomos, es probable que se sumen a la votación, dado que el oficialismo ya cuenta con los 129 votos necesarios.
Los nuevos límites de facturación del monotributo
Los limites mensuales son estimados respecto del anual que es el cual debe tomarse en cuenta para la recategorización semestral. Podría no facturarse un mes y en otros tener una facturación mayor, por lo que dichos montos son ilustrativos para un control de la facturación mensual, y no pasarse de los limites respecto de la recategorización.
El proyecto estipula adelantar al 1° de julio próximo el ajuste para los montos máximos de facturación, que debían hacerse recién a principios de 2023. El índice por el cual se ajustan en el presente proyecto los ingresos brutos máximos por categoría es de 29,12%, coeficiente semestral acumulado a junio 2022 del índice de movilidad jubilatoria.
Los cambios no incluirán aumento en las cuotas mensuales a pagar, sino que sólo se busca una actualización de los topes máximos de facturación para que los monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado.
En el proyecto de Ley también se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a que a futuro pueda adelantar la actualización de este parámetro de manera semestral, utilizando el índice de movilidad acumulado a junio de cada año. Así se lograría una mayor equidad en la norma, reflejando mejor la realidad económica si los niveles de inflación así lo requieren.
Recategorización julio 2022
Estos parámetros de facturación deberían estar sancionados y reglamentados antes del 1° de julio para poder contemplar los mismos en la recategorización semestral. Recordemos que deberá compararse la facturación total del periodo Jul21/Jun 22 respecto de estos nuevos parámetros, para analizar si es necesario cambiar de categoría o mantenerse en la misma.
El resto de los criterios para el análisis de la recategorización (los alquileres devengados y precios unitarios máximos) no se han modificado. Por lo que se deberá prestar especial atención a estos puntos.
Alivio para autónomos
Respecto a los autónomos que están alcanzados por el impuesto a las Ganancias, el proyecto propone «incrementar las deducciones a fin de que el mínimo no imponible quede más equitativo o cercano al que aplican los empleados en relación de dependencia».
De esta manera, la deducción especial para los autónomos representaría dos veces la ganancia no imponible, pasando de $505.129,66 a $757.694,52. Así, la «brecha» de la deducción especial entre el empleado y el autónomo se achicaría de $707.181,58 a $454.616,72, mientras que para los nuevos profesionales se eleva de 1,5 a 2,5 veces la ganancia no imponible.
Igualmente, es notoria aún la histórica diferencia de deducciones de los autónomos respecto de los trabajadores en relación de dependencia. Esta diferencia implica una mayor presión impositiva para el sector autónomo que suele quedar rezagado en estas medidas de actualización de mínimos no imponibles o montos de deducciones personales.
Para el caso de los autónomos, tampoco se modifica el monto a pagar de las cuotas mensuales. Se mantiene así, el proceso de actualización trimestral estipulado por la ley siguiendo la movilidad jubilatoria. En este sentido, a partir de junio con vencimiento en julio, se incrementarán un 15% las cuotas mensuales acumulando un 29,12% respecto a diciembre del año pasado.
Fuente: Noticias Argentinas
Economía
Chau a la plata prestada entre familiares y amigos: «¿Me transferís?»
Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Personal Pay y Cuenta DNI, las principales billeteras virtuales, permiten mover dinero entre celulares como si fueran billetes.

Aunque el porcentaje de economía informal sigue siendo muy elevado en la Argentina, se escucha cada vez menos entre familiares, amigos o personas de confianza que se pida prestado dinero en efectivo: “¿Me podés transferir X pesos y te los devuelvo cuando cobro?”, ya sería casi la fórmula sustituta.
Las transferencias instantáneas tuvieron un crecimiento explosivo: ya ocupan el 84% del total bancario movilizado y 86% las CVU-CBU, lo cual las consolida como el método de pago preferido por los argentinos.
El hombre que trajo el QR a la Argentina con la billetera Yacaré, Jorge Zanabone, vaticinó el año pasado un futuro sin cash «porque ya el presente lo demuestra: es inseguro y costoso de mover».
El rostro visible de la informalidad lo representa el hecho de que a setiembre aún se hacía en efectivo el 62% de los pagos por las compras en comercios de AMBA, de acuerdo con un informe realizado por la consultora Opina Argentina.
En tanto, la tarjeta de débito o transferencias sólo se usan en el 15% de las transacciones cotidianas.
En consecuencia, el uso de dinero en efectivo alcanza al 77% de las operaciones en pequeños comercios, que generalmente son atendidos por sus propios dueños.
En cambio, este porcentaje baja al 43% en negocios que tienen más de tres empleados.
Un informe de Taquion, más actualizado, indicó que el 64% de los usuarios del país usa una aplicación de pagos todos los días, contra el 18% que las utilizan algunos días a la semana y 14% que lo hace al menos en un mes.
Hay actualmente 38.659.419 titulares de CBU bancario y 28.816.094 con CVU (fintech).
El 55% de los argentinos cree que las billeteras virtuales son más seguras que las tarjetas de crédito o débito.
De hecho, son el método preferido para compras de:
Kioscos y comercios de barrio: 60%, contra 23% de débito, 16 de efectivo y 2% de crédito.
Supermercado: 44%, contra 31%, 22% y 4%
Indumentaria y calzado: 40%, versus 19%, 35% y 6%
Electro: 26%, contra 18%, 6% y 51%
Otro segmento grande del estudio fue dedicado a los pagos QR, considerados una realidad inobjetable que marca la forma en que consumen los argentinos.
Principal medio de pago
Sin embargo, en los últimos meses, las billeteras virtuales han ido ocupando el lugar central como medio de pago.
Inclusive, hasta redefinen la manera en que se conectan las familias a la distancia, reduciendo las barreras económicas y geográficas.
Más del 40 % de los usuarios a nivel global elige herramientas digitales para hacer transferencias internacionales.
En vez de esperar días o semanas, hoy una persona puede recibir dinero en su billetera digital en menos de cinco minutos, lista para usar desde su teléfono móvil, sin necesidad de ir a una sucursal bancaria.
“Cada vez más personas eligen enviar dinero de forma digital no solo por conveniencia, sino por seguridad y velocidad. Lo que antes implicaba un trámite de días, hoy se resuelve en minutos desde un celular, y eso transforma por completo la experiencia de quienes envían y reciben”, afirma Franco D’Angelo, Marketing Lead de Vesseo, una de las billeteras digitales con mayor crecimiento en la región.
Ránking de las billeteras
Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Personal Pay y Cuenta DNI son las principales plataformas y permiten realizar pagos, transferencias, inversiones y otras operaciones financieras desde el celular.
La veintena de billeteras en circulación actualmente, con su participación en el mercado, está compuesta por:
Mercado Pago: 74%
CuentaDNI: 28%
Naranja X: 28%
Personal Pay: 18%
MODO: 18%
Ualá: 15%
Brubank: 11%
Prex: 6%
Claro Pay: 6%
Lemon Cash: 5%
Astro Pay: 2%
Yoy: 1,3%
Buepp: 1,2%
Ripio: 0,8%
N1U: 0,8%
Bitso: 0,6%
Otra: 2%
Y entre las que tienen mayores menciones en redes figuran:
Cuenta DNI: 29.000
MODO: 21.000
BNA+/Ualá: 9.000
Naranja X: 8.000
Lemon Cash/Bitso: 3.000
Personal Pay/Brubank/Prex: 2.000
Fuente: NA
Economía
Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito y cómo saber gratis si estás en el Veraz
La morosidad con tarjetas de crédito viene en aumento y se multiplica con las bolas de nieve de intereses y recargos.

Los pagos mínimos de la tarjeta ya los utiliza el 45% de los cerca de 30 millones de usuarios activos (en los segmentos de ingresos medios y bajos asciende al 60%) y representa la gravosa instancia final del revolving de los gastos de consumo de individuos y hogares.
Después de eso, vienen las tasas punitorias con CFTEA (con IVA) superiores al 100%, en algunos casos logra bajar al 90% pero siguen siendo costos elevados, y lo que es peor, acumula rápidamente intereses que adquieren un volumen tal que dificulta un plan de refinanciamiento.
El detalle más delicado es el origen de esa bola de nieve: de acuerdo con un informe del Instituto de Estadísticas y Tendencias Sociales y Económicas (IETSE), el 58% de las deudas con tarjeta de crédito se explica por el rubro alimentos, lo que marca la centralidad de las compras básicas en el uso del crédito.
Más grave aún es la existencia de una tendencia creciente de incumplimiento de pagos.
Y que la acumulación de pasivos sea más visible en hogares que enfrentan mayores restricciones y tasas elevadas.
Revolving constante
En 2025, el 15% de los hogares tomó nuevas deudas, mientras que el 12% ya arrastraba pasivos desde 2023 o antes, lo cual refleja una renovación constante de deuda, ante la imposibilidad de cancelarla.
Asimismo, el 65% de los hogares contrajo entre dos y tres deudas, el 23% solo una, y el 12% acumuló más de tres.
Este último segmento creció 4 puntos con respecto a 2024 (del 8% al 12%), lo que revela una mayor fragmentación y recurrencia del crédito como estrategia de subsistencia.
El 56% de los hogares destina entre el 40% y el 60% o más de sus ingresos mensuales al pago de deudas, un salto considerable frente a 2024.
A esta altura, muchos usuarios se preguntan qué sucede si no pueden pagar sus consumos y cuánto tiempo debe pasar para que la obligación de pago prescriba.
En principio, la Ley de Tarjetas de Crédito regula estos plazos.
Una vez vencidos, la deuda no desaparece: el acreedor ya no puede iniciar una demanda para cobrarla, pero si el deudor decide cancelarla voluntariamente, el pago es válido.
En caso de no hacerlo, la información negativa permanece en el Veraz —el registro de antecedentes crediticios— hasta un máximo de cinco (5) años.
Si el deudor paga la deuda después de la prescripción, su situación crediticia se actualiza, pero el historial permanecerá informado en el Veraz por dos (2) años más desde la fecha del pago.
Según el artículo 47 de la Ley de Tarjetas de Crédito, las acciones para reclamar una deuda prescriben en:
-Un (1) año, si se trata de la acción ejecutiva (es decir, la vía rápida para reclamar judicialmente).
-Tres (3) años, para las acciones ordinarias (la vía judicial común).
Cómo consultar en el Veraz
Para consultar tu situación crediticia en el Veraz, podés:
-Ingresar a la Central de Deudores del BCRA en bcra.gob.ar, donde con tu CUIL/CUIT podrás acceder gratis a tu informe crediticio.
-Llamar al (011) 5352 4800, seleccionar la opción 5 y luego la opción 1 (DNI) o 2 (CUIT).
-Tras validar tu identidad, recibirás un PIN que deberás ingresar en la página web del Veraz para consultar tu estado sin costo.
Consejos para evitar endeudarte con tu tarjeta
Si querés aprovechar los beneficios de tu tarjeta de crédito y evitar caer en deudas difíciles de manejar, seguí estas recomendaciones básicas:
-Usala solo para gastos necesarios.
-Establecé límites de consumo según tu presupuesto.
-Pagá a tiempo tus resúmenes; evitá el pago mínimo, que genera intereses altos.
-Recordá las fechas de cierre y vencimiento para no olvidarte.
-Considerá usar una sola tarjeta, la más conveniente según tus gastos y beneficios.
-Si ya acumulaste deuda y te cuesta afrontarla, lo mejor es que te acerques a tu banco para evaluar opciones como un plan de pagos, adelanto de tarjeta o un préstamo que te permita regularizar tu situación.
Fuente: Contexto Tucumán
Economía
El Gobierno desregula el mercado del gas envasado y deja de injerir en precios, oferta y demanda
A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del GLP y se limitó la intervención estatal.

El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación “exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.
En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.
Asimismo, consideró que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.
Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.
Al respecto, precisó que “sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”.
De esta manera, estipuló que “bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente”. Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.
Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda. El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.
Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es “asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda”.
Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.
Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son “con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.
Fuente: NA
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