Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Judicial
Hotesur y Los Sauces: comenzó el juicio contra Cristina y Máximo Kirchner por presunto lavado de dinero
El debate comenzó este viernes en los tribunales federales de Comodoro Py. La expresidenta y su hijo participan de manera virtual de la audiencia inicial, en una causa que investiga operaciones hoteleras e inmobiliarias vinculadas con empresarios.
El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comenzó este viernes 23 de octubre en los tribunales federales de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires. Entre los acusados se encuentran la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner.
La primera audiencia se inició alrededor de las 10 ante el Tribunal Oral Federal N.º 5. Durante esta jornada se leen las acusaciones y los hechos que serán analizados a lo largo del proceso.
Por decisión del tribunal, Cristina y Máximo Kirchner participan de manera remota de esta audiencia inicial. Según la información difundida, la modalidad virtual fue autorizada para esta primera jornada, mientras que las siguientes serán presenciales, salvo excepciones que puedan concederse.
Qué se investiga en las causas
El proceso busca determinar si operaciones hoteleras e inmobiliarias relacionadas con sociedades de la familia Kirchner fueron utilizadas para canalizar y dar apariencia legal a fondos de presunto origen ilícito.
En la causa Hotesur, se analizan negocios vinculados con establecimientos hoteleros de la familia, incluidos contratos y pagos relacionados con empresas de empresarios que mantuvieron vínculos comerciales con el Estado.
Por su parte, Los Sauces investiga contratos de alquiler de propiedades vinculadas con una sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner. Entre las operaciones bajo análisis figuran negocios con empresas relacionadas con Lázaro Báez y con el Grupo Indalo.
La hipótesis de la acusación sostiene que esas operaciones podrían haber formado parte de maniobras de lavado de activos. Las defensas rechazan esa interpretación y sostienen que se trató de negocios legítimos.
Las responsabilidades penales deberán establecerse durante el juicio y las acusaciones tendrán que ser evaluadas a partir de las pruebas presentadas ante el tribunal.
Quiénes participan del debate
El Tribunal Oral Federal N.º 5 está integrado, según la información difundida, por los jueces José Michilini, Adriana Palliotti y Fernando Machado Pelloni.
Además de Cristina y Máximo Kirchner, entre los acusados mencionados se encuentran Lázaro Báez, Martín Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa, junto con otras personas vinculadas con las sociedades investigadas.
La audiencia inaugural está dedicada a la lectura de los requerimientos de elevación a juicio, que detallan los hechos investigados y los delitos atribuidos a cada acusado.
Un proceso judicial de alto impacto
El inicio del debate abre una nueva etapa judicial para Cristina Kirchner, quien ya fue condenada en la causa Vialidad. En este proceso, el tribunal deberá analizar las operaciones comerciales investigadas y determinar si existieron maniobras delictivas.
El juicio continuará con las distintas instancias previstas, incluidos los planteos de las defensas y la evaluación de las pruebas. Por ahora, el comienzo de las audiencias no implica una declaración de culpabilidad de los acusados.
Con información de NA
Judicial
Fue a jugar al fútbol, chocó contra una pared y la Justicia ordenó indemnizarlo con $17 millones
Un jugador de futsal sufrió una fractura de tobillo durante un torneo amateur, al impactar contra un muro ubicado detrás del arco. La Cámara confirmó la responsabilidad de los clubes y de la organización, aunque redujo parte de la indemnización.
La Justicia confirmó la responsabilidad de varias entidades deportivas por las lesiones que sufrió un hombre durante un partido de futsal y estableció una indemnización de $17 millones, más intereses y costas, tras revisar los montos fijados en primera instancia.
El accidente ocurrió el 28 de abril de 2019, cuando el jugador, que tenía 36 años, disputaba un encuentro amateur en el gimnasio de Flores Club, en el marco de un torneo organizado por la Liga BAFI.
Cómo fue el accidente
Según consta en la causa, durante una jugada el hombre se arrojó al piso para intentar quitarle la pelota a un rival, resbaló y terminó golpeando con el pie y la pierna izquierda contra la pared ubicada detrás del arco.
El deportista sostuvo que el muro estaba a menos de medio metro de la línea de fondo y que no tenía protección. Como consecuencia del impacto, sufrió una fractura de tobillo.
La demanda involucró a Flores Club, responsable de las instalaciones; a la Liga BAFI, como organizadora del torneo; y al Círculo Penacho Azul, equipo al que pertenecía el jugador.
Por qué responsabilizaron a las entidades deportivas
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que los clubes y organizadores tenían el deber de adoptar medidas para proteger la integridad física de quienes participaban de la competencia.
Durante el proceso, un informe pericial estableció que la distancia entre la línea de fondo y la pared oscilaba entre 50 y 98 centímetros.
Aunque el especialista indicó que la cancha estaba en buen estado de conservación y mantenimiento, los jueces entendieron que esa circunstancia no eliminaba el peligro que representaba la cercanía del muro.
Las entidades argumentaron que el propio jugador había provocado el accidente al realizar una maniobra imprudente. Sin embargo, la Cámara rechazó que esa conducta fuera suficiente para liberarlas de responsabilidad.
El tribunal sostuvo que, en un deporte dinámico como el futsal, los organizadores deben contemplar que un jugador pueda perder el control de sus movimientos durante una jugada.
Qué lesiones sufrió y cuánto deberá cobrar
Las pericias médicas determinaron que el hombre había sufrido fracturas en el tobillo izquierdo y presentaba limitaciones en su movilidad. También se acreditaron secuelas psicológicas.
En primera instancia, la indemnización había sido fijada en $27,5 millones, más intereses y costas. Al revisar el fallo, la Cámara redujo dos de los principales conceptos:
- Incapacidad sobreviniente: bajó de $18 millones a $12 millones.
- Daño moral: se redujo de $9 millones a $4,5 millones.
En cambio, se mantuvieron los $300.000 por tratamiento psicológico y los $200.000 por gastos médicos, medicamentos y traslados.
De esta manera, los rubros indemnizatorios suman $17 millones, sin contar los intereses y las costas del proceso.
La Cámara también confirmó el esquema de intereses establecido en primera instancia, que contempla una tasa anual del 8% desde el accidente hasta la sentencia inicial y, desde entonces, la tasa activa del Banco Nación hasta el pago efectivo.
El fallo remarcó que quienes practican deportes aceptan los riesgos propios de la actividad, pero eso no implica que deban soportar daños derivados de condiciones inseguras en las instalaciones.
Con información de iProfesional
Judicial
Reclamo de dinero, amenazas con un cuchillo y un hombre herido: tres imputados quedaron presos en Sunchales
La Justicia dictó prisión preventiva sin plazo para dos mujeres y un hombre investigados por una serie de hechos violentos ocurridos en octubre. La causa incluye amenazas, destrozos, una agresión con un tronco y un presunto ingreso ilegal a una vivienda.
La Justicia dictó prisión preventiva sin plazo para dos mujeres y un hombre investigados por una serie de hechos violentos ocurridos en octubre. La causa incluye amenazas, destrozos, una agresión con un tronco y un presunto ingreso ilegal a una vivienda.
Una disputa por dinero terminó, según la acusación fiscal, en una secuencia de violencia que incluyó amenazas con un cuchillo, daños en un departamento y un hombre herido en la cabeza en Sunchales.
Tras una audiencia judicial, el juez Gustavo Bumaguin dispuso la prisión preventiva sin plazo para Martina L., Karen F. y Franco C., imputados por presuntos hechos de violación de domicilio, hurto, amenazas calificadas y lesiones leves dolosas.
El origen del conflicto es materia de versiones contrapuestas. Mientras una de las personas que estaba en el lugar lo vinculó con una supuesta disputa por drogas, las dos mujeres sostuvieron que habían sido convocadas para prestar un servicio sexual que, según afirmaron, no les pagaron.
Dos versiones sobre el origen del reclamo
De acuerdo con la reconstrucción presentada por la Fiscalía, el primer episodio ocurrió durante la noche del 14 de octubre, en un departamento de calle Lainez.
Según la acusación, dos mujeres habrían ingresado por la fuerza a una vivienda, amenazado con un cuchillo al propietario e intentado sustraerle el teléfono celular. El hombre manifestó que no tenía ninguna deuda con ellas y que se habían equivocado de domicilio.
Luego, las mujeres se habrían dirigido a un departamento vecino, donde se encontraban un hombre y una mujer. Esta última se refugió en el baño cuando llegaron las visitantes.
La Fiscalía sostuvo que las mujeres reclamaron al hombre una suma de entre 30.000 y 60.000 pesos y lo amenazaron con el cuchillo que presuntamente habían sustraído en el episodio anterior. Según la acusación, se retiraron sin conseguir el dinero.
Sobre el motivo del reclamo surgieron dos relatos diferentes. Una mujer que estaba en el departamento señaló que el conflicto se relacionaba con una supuesta venta de pastillas trituradas en lugar de cocaína.
Las imputadas rechazaron esa versión y afirmaron que habían sido convocadas para brindar un servicio sexual. Según su relato, al llegar encontraron una situación distinta de la acordada, por lo que pidieron cobrar e irse. También denunciaron haber sufrido manoseos y amenazas por parte del hombre que las había convocado.
La defensa pidió que se tuviera en cuenta ese contexto al evaluar las conductas atribuidas a sus representadas.
Regresaron acompañadas y hubo una agresión
Según la acusación fiscal, durante la madrugada del 15 de octubre las dos mujeres regresaron al departamento acompañadas por dos hombres, uno de ellos identificado como Franco C.
La Fiscalía sostuvo que el grupo provocó destrozos en puertas y vidrios y que, cuando el ocupante se negó a entregar el dinero reclamado, uno de los acompañantes lo golpeó en la cabeza con un tronco.
La lesión le provocó un corte de aproximadamente cinco centímetros que requirió sutura. Durante la audiencia, la víctima relató los daños ocasionados en el inmueble y manifestó que sintió que su vida estaba en peligro.
Para fundamentar la acusación, el fiscal Juan Manuel Puig presentó imágenes de cámaras de seguridad que, según su interpretación, mostraban a cuatro personas llegando y retirándose del lugar.
La defensa, a cargo de Victoria Romano, cuestionó la interpretación de los hechos y pidió que las dos mujeres pudieran continuar el proceso en libertad, con medidas alternativas como la fijación de domicilio y presentaciones periódicas ante la Policía.
Otro hecho atribuido a uno de los imputados
La investigación también incorporó un episodio ocurrido durante la mañana del 15 de octubre, cuando Franco C. habría sido encontrado al salir de una vivienda de calle Chacabuco a la que presuntamente había ingresado sin autorización.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló que el hombre había cumplido una condena de tres años de prisión efectiva por delitos vinculados con robos, hurtos y encubrimiento, cuyo vencimiento se había producido en julio. También indicó que había permanecido detenido durante 30 días en otra causa aproximadamente quince días antes.
El juez valoró, además, las dudas sobre el domicilio informado por el imputado y consideró que existían riesgos procesales.
Por qué seguirán detenidos
Al fundamentar su decisión, Bumaguin aclaró que no estaba resolviendo la culpabilidad o inocencia de los acusados, sino evaluando si había elementos suficientes para sostener provisoriamente las imputaciones y si correspondía mantener la detención.
El magistrado consideró que persistían riesgos procesales y que las medidas alternativas propuestas por la defensa no resultaban suficientes. En particular, mencionó la necesidad de proteger a las víctimas y evitar posibles presiones sobre ellas durante el avance de la causa.
Por esos motivos, ordenó la prisión preventiva sin plazo para los tres imputados.
La medida no constituye una condena: la investigación y el proceso judicial deberán continuar para determinar las responsabilidades correspondientes.
Con información de Rafaela Noticias
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