Judicial
Crimen de Nora Dalmasso: ¿cuál es la imputación para el nuevo sospechoso?
El fiscal Pablo Jávega dio precisiones a Cadena 3 sobre la situación de Roberto Bárzola. Un análisis de ADN determinó que sus huellas están en el cinturón de la bata de la víctima.

Tras conocerse el nuevo perfil de ADN en el caso por el crimen de Nora Dalmasso ocurrido en 2006, el fiscal de instrucción Pablo Jávega brindó detalles sobre los resultados de las pruebas genéticas y la imputación al nuevo acusado: el parquetista Roberto Bárzola.
En diálogo con Cadena 3 precisó que el análisis de ADN mitocondrial y de genotipo realizado por el Centro de Genética Forense y corroborado por un laboratorio en Estados Unidos vinculó directamente al nuevo sospechoso con el lugar del crimen. “La huella genética en el cinturón de la bata y el vello encontrado en la escena son pruebas contundentes”, declaró Jávega.
En este marco, el fiscal indicó que Bárzola enfrenta la imputación de “abuso sexual seguido de muerte”, tipificado en el artículo 80 del Código Penal. Si bien se le han impuesto medidas procesales, como la fijación de domicilio, aún no hay restricciones migratorias.
El fiscal señaló que uno de los mayores desafíos será determinar si la acción penal sigue vigente debido al tiempo transcurrido. Asimismo, subrayó la necesidad de continuar investigando aspectos motivacionales y recolectar evidencias adicionales que puedan complementar la prueba genética. “Aunque la prueba genética tiene gran peso, quedan aspectos personales, motivacionales y jurídicos por esclarecer”, aclaró.
El fiscal destacó la metodología aplicada desde que retomó la investigación. Se revisaron minuciosamente pruebas cuestionadas y se depuraron hipótesis previas. Este enfoque permitió identificar negligencias en los procedimientos iniciales y priorizar una línea investigativa basada en evidencia concreta.
“Nos sorprendió la contundencia de los resultados en el corto plazo, aunque sabíamos que trabajábamos con un método válido”, afirmó Jávega, quien también reconoció la colaboración del FBI y otros organismos internacionales.
Si bien el fiscal evitó emitir juicios sobre gestiones previas, y los procedimientos de investigación iniciales, reconoció que “el testimonio clave del sospechoso estuvo presente desde el inicio del expediente”.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Karen Ñañez irá a prisión por el crimen de María Fernanda Chicco
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso de la defensa de Karen Ñáñez, dejando firme su condena a 13 años de prisión efectiva por homicidio calificado por alevosía en el crimen de María Fernanda Chicco, ocurrido en Ceres el 15 de febrero de 2015

En consecuencia, quedó firme la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de segunda instancia de Santa Fe. La causa tiene la carátula de homicidio calificado por alevosía y pena de prisión de 13 años de cumplimiento efectivo a la autora del delito.
En el procedimiento de ejecución de pena interviene actualmente la Dra Carrara, Jueza de ejecución penal de la ciudad de Rosario, donde esta radicado el legajo.
Previa audiencia de partes -imputada, ahora con condena firme, fiscal,actualmente la Dra Carolina Castelano; defensa y representante de los familiares de la victima (Dr Parma), la Jueza de ejecucion penal deberá disponer lo pertinente al cumplimiento de la sentencia.
El trabajo defensivo de la imputada, ahora con condena firme, que incluyó la interposición de recursos extraordinarios a nivel provincial y nacional, difirió el cumplimiento de la sentencia que se había dictado en segunda instancia en la ciudad de Santa Fe.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Graves acusaciones: prisión preventiva para tres policías
El juez Gustavo Bumaguin resolvió la medida tras considerar los riesgos de entorpecimiento probatorio y presión a testigos. Los tres imputados están acusados de abuso de autoridad, encubrimiento agravado e incumplimiento de deberes.

En el marco de una investigación por presuntas irregularidades en el funcionamiento de la Alcaidía de la Unidad Regional V de Policía, con sede en Rafaela, el juez Gustavo Javier Bumaguin dispuso este martes la prisión preventiva de tres funcionarios policiales: Norberto Daniel Núñez, Alejandro Adolfo Farías y Cristian Pablo Montiel.
La audiencia se desarrolló en la Sala 2 de la Oficina de Gestión Judicial y fue impulsada por la fiscal Fabiana Andrea Bertero, quien detalló al menos cuatro hechos en los que los imputados habrían incurrido en abuso de autoridad, encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Entre los hechos atribuidos se destaca el supuesto pedido de un millón de pesos a un interno para evitar su traslado, la omisión en el registro de secuestros de celulares, televisores y estupefacientes, así como el uso no autorizado de dispositivos dentro de los pabellones. La fiscal también mencionó entrevistas realizadas a personal de la Alcaidía que confirmarían los hechos denunciados.
Una defensa enérgica y detallada
Durante la audiencia, el abogado defensor Carlos Luis Farías Demalde rechazó los cargos y cuestionó duramente el pedido de prisión preventiva. Afirmó que la medida solicitada por el Ministerio Público era “desproporcionada, desmedida y exagerada”, y argumentó que la fiscalía no logró acreditar ninguno de los requisitos exigidos por el artículo 220 del Código Procesal Penal, ni siquiera en su inciso 1, que exige probabilidad de autoría.
El abogado sostuvo que toda la acusación contra Núñez por exacciones ilegales se basaba exclusivamente en la declaración de un único interno —L. B.—, sin contrastes ni entrevistas a otros detenidos, lo cual, según indicó, restaba objetividad y solidez al relato. También cuestionó la credibilidad de L. B. por estar condenado por abuso sexual y haber tenido conflictos previos con Núñez, incluyendo una relación sentimental con una agente de la Alcaidía y antecedentes de haber enseñado taekwondo al hijo del imputado.
Respecto a otras acusaciones, como permitir el uso de celulares o el supuesto encubrimiento de un hecho delictivo vinculado a otra causa, Farías Demalde afirmó que “no se tomaron entrevistas a los internos mencionados, ni se produjo la mínima prueba necesaria para sostener los hechos”, y advirtió sobre el uso de “meras conjeturas y evidencias endebles”.
También planteó que los delitos imputados, en caso de una condena, tendrían penas bajas y de cumplimiento condicional, y destacó que sus defendidos carecen de antecedentes penales, tienen arraigo familiar y laboral y se presentaron voluntariamente ante la justicia. Por ello, ofreció medidas alternativas a la prisión, como fijación de domicilio fuera de Rafaela, presentación periódica, prohibición de contacto con testigos y una caución personal de 5 millones de pesos por cada imputado.
“Está en juego la libertad de tres padres de familia con legajos intachables, no se puede avanzar hacia una prisión con este nivel de fragilidad probatoria”, remarcó en su alegato final.
Resolución Judicial
No obstante, el juez Gustavo Bumaguin entendió que existen riesgos procesales concretos, como el posible entorpecimiento de la investigación, la coacción a testigos y la gravedad de los delitos imputados, cuyas penas podrían ser de cumplimiento efectivo.
Como resultado, resolvió dictar prisión preventiva sin plazo para Norberto Núñez, y por 60 días para Farías y Montiel. El caso sigue bajo investigación del Ministerio Público de la Acusación.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
Condenaron a un hombre que abusó sexualmente de una mujer en Sunchales
Un hombre de 27 años identificado como David Nicolás González fue condenado a seis años y ocho meses de prisión por haber abusado sexualmente de una mujer en Sunchales. La sentencia fue resuelta por el juez Nicolás Stegmayer, en un juicio oral que finalizó en los tribunales de Rafaela

La fiscal Favia Burella estuvo a cargo de la investigación y tras conocer el veredicto, destacó que “González fue condenado por las mismas calificaciones penales que planteamos desde la Fiscalía y por una pena que es sólo cuatro meses menor a la que pedimos en nuestros alegatos de clausura”.
Abuso
Burella indicó que “el condenado cometió el ilícito en la madrugada del sábado 17 de septiembre de 2022 en su casa en Sunchales”. Al respecto, puntualizó que “González y la víctima salieron junto con un grupo de amigos”.
“Cuando decidieron irse, acordaron que él llevaría en moto a la víctima a la casa de ella”, remarcó la fiscal. “Sin embargo, mientras iban en camino, González se detuvo en la puerta del inmueble en el que vive él, se bajó de la moto y cuando ella descendió para reiterarle que quería irse, él la abordó sorpresivamente”.
Burella manifestó que “la víctima logró develar lo ocurrido a su hermana mayor el mismo día del hecho ilícito e inmediatamente después realizaron una denuncia en la Comisaría de la Mujer de Sunchales”.
Calificación penal
Tal como lo había solicitado el MPA, González fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal mediando violencia
Fuente: Radio Belgrano de Suardi