Judicial
El acusado por el intento de asesinato contra CFK se negó a declarar
Fernando Andrés Sabag Montiel se presentó este viernes a indagatoria frente a la jueza federal Eugenia Capuchetti y acusó un golpe en el ojo.
Fernando Andrés Sabag Montiel, la persona acusada de haber intentado asesinar a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, se negó a declarar esta noche ante la jueza federal María Eugenia Capuchetti y el fiscal Carlos Rívolo, quienes lo indagaron en la sede la Policía Federal de la calle Cavia.
El acusado escuchó la lectura de los hechos por parte de los funcionarios judiciales y acusó un golpe en el ojo que habría recibido en el momento en el cual fue reducido por los manifestantes que el jueves se congregaban frente al domicilio de la ex mandataria, consignaron allegados a la causa.
Por esa razón la defensa oficial que asiste al sospechoso pidió que sea asistido por un oftalmólogo, y acto seguido se negó a declarar.
Voceros judiciales afirmaron que se trabaja «con todas la hipótesis abiertas» y se analiza el recorrido que hizo el sospechoso hasta llegar al lugar del hecho.
El arma secuestrada es una pistola Bersa calibre 32 y las balas que se encontraron son compatibles y estaba apta para disparar y tenía residuos de pólvora, lo que indicaba que había sido disparada recientemente, según se indicó.
Pese a negarse a declarar, la defensa de Sabag Montiel adelantó que pretende ponerse en conocimiento de la investigación para dar testimonio en el expediente cuando lo crea oportuno.
Al acusado se le secuestró un teléfono celular A 13 y se solicitaron registros de llamadas entrantes y salientes para determinar si estuvo en contacto con alguien antes del hecho.
Los magistrados se trasladaron desde los tribunales federales de Retiro hacia el predio de la Policía Federal en el barrio porteño de Palermo, donde desde anoche se encuentra detenido el agresor.
La justicia federal investiga si el imputado Fernando André Sabag Montiel actuó solo o si respondía a órdenes de alguien más, informaron fuentes judiciales que confirmaron que el arma utilizada estaba «apta para el disparo».
El estado de la causa contra el atacante de CFK
Sabag Montiel, nacido en Brasil hace 35 años, es hasta ahora el único imputado en el expediente caratulado «homicidio calificado en grado de tentativa», aunque los investigadores no descartan ninguna hipótesis.
El atentado se produjo en la noche del jueves cuando la Vicepresidenta saludaba a quienes le manifestaban su apoyo en la puerta de su casa, y el agresor le apuntó a la cabeza con una pistola de uso civil y gatilló dos veces sin efectuar ningún disparo.
Durante la primera parte de la pesquisa, los investigadores intentaban reconstruir el camino completo del imputado hasta que llegó a colocarse a metros de la expresidenta, a la vez que, por medio de una batería de pruebas, intentan determinar «si actuó solo o con alguien más».
La jueza Capuchetti y el fiscal Rívolo ya tomaron una treintena de testimonios entre los que se destaca el de la propia expresidenta Fernández de Kirchner, quien los recibió en su casa y pudo reconstruir los hechos desde su óptica, la de la víctima.
La Vicepresidenta declaró como testigo durante casi 50 minutos en su departamento de Recoleta, se mostró «entera» y predispuesta a declarar sobre lo ocurrido anoche; «tenía ganas de declarar», señalaron quienes la acompañaban desde temprano.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas
Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal
La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.
Los hechos
Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.
La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.
Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.
Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.
Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.
Peligros procesales
La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.
También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.
“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.
Calificación penal
El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Judicial
🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres
Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.
La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.
⚠️ El hecho
Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.
Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.
📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.
⚖️ Riesgos procesales
Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.
Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.
📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.
Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.
📚 Calificación penal
El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
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