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El fiscal González imputó a Alberto Fernández, por la fiesta en Olivos

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Ramiro González formalizó la acusación contra el Presidente de la Nación y su pareja por la celebración realizada en la residencia de Olivos mientras regía la cuarentena estricta.

El fiscal federal Ramiro González, a cargo de la investigación de los ingresos a la Quinta de Olivos durante la cuarentena cerrada, imputó a Alberto Fernández por haber violado una disposición que el propio presidente de la Nación había dictado como medida preventiva para evitar contagios de coronavirus.

Según confirmaron a Infobae fuentes judiciales, González imputó a todos los asistentes a la fiesta de cumpleaños de la pareja del presidente de la Nación. Quedaron formalmente imputados en la causa además de Fernández, Fabiola Yáñez, Sofía Pacchi, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra, Stefanía Domínguez, Federico Abraham, Carolina Marafiotti, Rocío y Florencia Fernández Peruilh. Todos los invitados al cumpleaños eran amigos o colaboradores de Yáñez.

Minutos antes de que se formalizara la imputación por parte del fiscal, Fernández presentó un escrito ante el juzgado donde está radicado el caso. Pidió su sobreseimiento y se comprometió a enviar la mitad de su salario como presidente durante cuatro meses al Hospital Malbrán a modo de reparación del daño. En su presentación, hecha por derecho propio, es decir sin abogado defensor, Fernández sostuvo que el delito no fue configurado.

Cuando Fernández firmó los decretos de necesidad y urgencia (DNU) para reglar lo que debía hacerse durante la cuarentena cerrada por la pandemia de coronavirus, estableció que aquellos que no cumplieran con la prohibición de circular debían ser investigados en función de lo que dice el artículo 205 del Código Penal. Ese artículo señala que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Fernández fue imputado en virtud de ese artículo del Código Penal. Es decir por violar lo dispuesto por él mismo cuando se organizó el festejo de cumpleaños de su pareja el 14 de julio de 2020 durante la cuarentena cerrada.

González, a partir de los elementos incorporados al expediente, formalizó la imputación contra los asistentes a la fiesta-prohibida por entonces- y los anfitriones. El fiscal pidió que se les notifique la existencia del proceso en su contra en los términos de tres artículos del Código Procesal Penal de la Nación referidos a los imputados.

El fiscal señaló que: “…considero que en este estadio del proceso corresponde: formalizar la investigación descripta en los dictámenes aludidos contra el Sr. Presidente de la Nación, Dr. Alberto Ángel Fernández , Fabiola Yáñez, Carolina Marafioti , Severina Sofía Elizabeth Pacchi, Florencia Fernández Peruilh , Santiago Basavilbaso , Emanuel Esteban López, Fernando Daniel Consagra Consagra , Rocío Fernández Peruilh , Federico Abraham y Stefanía Domínguez. En consecuencia notifíqueselos en los términos de los art. 72, 73, 279 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación”.

 

El artículo 72 se refiere a la calidad del imputado y señala que: “Los derechos que este Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer, hasta la terminación del proceso, cualquier persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso. Cuando estuviere detenido, el imputado o sus familiares podrán formular sus instancias por cualquier medio ante el funcionario encargado de la custodia, el que las comunicará inmediatamente al órgano judicial competente”.

El artículo 73 explica los derechos del imputado: “La persona a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tiene derecho, aun cuando no hubiere sido indagada, a presentarse al tribunal, personalmente con su abogado defensor, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan ser útiles”.

En tanto el artículo 279 establece que: “La persona contra la cual se hubiera iniciado o esté por iniciarse un proceso, podrá presentarse ante el juez competente a fin de declarar. Si la declaración fuere recibida en la forma prescripta para la indagatoria, valdrá como tal a cualquier efecto. La presentación espontánea no impedirá que se ordene la detención, cuando corresponda”.

El presidente no nombró defensor en el expediente. Yáñez y el resto de los invitados a la fiesta ya habían designado abogados y por ende se consideraron imputados en el caso. La pareja del presidente y Sofía Pacchi, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra tienen como defensores a Juan Pablo Fioribello y Mariano Lizardo.

En tanto Stefanía Domínguez designó a Mauricio D´alessandro; Federico Abraham a Jorge Ballestero y Pablo Slonimsqui; Carolina Marafiotti a Alejandro Rúa y Rocío y Florencia Fernández Peruilh a Fernando Burlando.

Según los registros de ingresos a la Quinta de Olivos que la Casa Militar entregó al fiscal González los visitantes que fueron a la fiesta de cumpleaños entraron entre las 21.30 y las 22 y se retiraron a la 1.45 de la mañana del día siguiente. La presencia y el festejo fueron confirmados por el presidente y la existencia de fotos y videos que no dejan dudas de la realización de la celebración hecha en Olivos mientras estaba prohibido reunirse para evitar propagar el coronavirus.

González que tiene delegada la investigación por parte del juez Sebastián Casanello recibió la información oficial de los ingresos a la Quinta, firmada por el directo de Asuntos Jurídicos de la secretaría General de al Presidencia, Diego Salomoni. Cuando recibió el listado oficial de los ingresos a la Quinta, se le informó al fiscal que se había autorizado el ingreso con “protocolos sanitarios”. A raíz de esa afirmación el fiscal González solicitó que expliquen cómo fue el protocolo de aquel 14 de julio de 2020 cuando se celebró el cumpleaños de Yáñez.

Aún no ha llegado al expediente la información solicitada por González acerca de si los invitados al cumpleaños tenían permiso para circular, algo que era obligatorio por aquel entonces. Solamente el personal considerado esencial, previa solicitud del certificado de circulación podían andar por las calles del AMBA. La respuesta la tiene que dar la secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Ministros que tiene el control sobre la aplicación CUIDAR a través de la que solicitaban los permisos de circulación.

Si bien el capítulo más trascendente de la investigación sobre los ingresos a la Quinta de Olivos es el del cumpleaños de Yáñez, en el mismo expediente se analizan las conductas de otras personas que ingresaron a la residencia presidencial mientras regía el estricto aislamiento preventivo y obligatorio decretado por Fernández.

Se trata de las visitas de -entre otros- la actriz Florencia Peña, del adiestrador canino Ariel Alonso Zapata, del veterinario Lautaro Romero y de la animadora Tamara Pettinato.

 

 

 

 

 

 

Fuente: Infobae

 

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⚖️ Procesan a “Chiqui” Tapia y a la cúpula de la AFA: embargo millonario y restricciones judiciales

En un fallo de alto impacto, la Justicia procesó al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino, Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, en el marco de una causa por retención indebida de aportes e impuestos.

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Foto: Claudio "Chiqui" Tapia declaró el pasado 12 de marzo ante la Justicia

La medida fue dictada por el juez penal económico Diego Amarante, quien además dispuso un embargo de 350 millones de pesos sobre los bienes de los implicados, en una investigación que abarca irregularidades por más de $19.000 millones entre 2024 y 2025.

Según la resolución judicial, ambos dirigentes habrían tenido un rol clave en la maniobra, al contar con poder de decisión directa sobre la administración de los fondos de la AFA. El magistrado sostuvo que existió una omisión deliberada en el pago de tributos retenidos, lo que habría permitido disponer de mayor liquidez dentro de la entidad.

📌 El fallo también alcanzó a otros dirigentes, entre ellos:

  • Cristian Malaspina (secretario general)
  • Víctor Blanco Rodríguez
  • Gustavo Roberto Lorenzo

Todos están acusados por apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social, en una causa que podría escalar a juicio oral.

🔎 El rol de Tapia, bajo la lupa

El juez fue contundente al señalar que Tapia tenía “una posición central en la toma de decisiones”, lo que agrava su responsabilidad dentro de la estructura de la AFA.

Además, sostuvo que el dirigente tenía conocimiento de los incumplimientos y participó en decisiones clave vinculadas al manejo de fondos, incluyendo la autorización de pagos.

💼 La situación de Toviggino

En el caso del tesorero, la Justicia remarcó que tenía control directo sobre los movimientos financieros, siendo el responsable de firmar cheques, transferencias y operar las cuentas bancarias de la institución.

Esto lo colocaba en un lugar determinante para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, algo que, según el fallo, no ocurrió en tiempo y forma.

🚫 Restricciones y lo que viene

Si bien los procesamientos fueron dictados sin prisión preventiva, ambos dirigentes deberán cumplir con estrictas condiciones:

  • Prohibición de salida del país
  • 🏠 No podrán ausentarse de sus domicilios por más de 72 horas sin autorización
  • 📍 Deberán informar cualquier cambio de residencia
  • 📅 Tendrán que presentarse ante la Justicia cuando sean citados

La resolución puede ser apelada, pero en caso de confirmarse, abriría el camino hacia un juicio oral.

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📰 AFA bajo la lupa: la Justicia define el futuro de la causa por la mansión millonaria y una deuda millonaria

La Asociación del Fútbol Argentino atraviesa horas decisivas en la Justicia, con dos causas clave que podrían impactar directamente en su conducción y en la figura de su presidente, Claudio Tapia.

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Foto: Claudio Tapia comparece ante la justicia por causa irregularidades en la AFA

⚖️ Este lunes, la Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver quién continuará investigando una lujosa mansión valuada en unos 17 millones de dólares, ubicada en Pilar. La propiedad, que cuenta con helipuerto y vehículos de alta gama, está bajo sospecha por un posible caso de testaferrato.

👉 En la causa también aparecen mencionados el tesorero Pablo Toviggino y otros dirigentes, mientras la investigación fue pasando por distintos juzgados en medio de disputas de competencia.

💼 La propiedad figura a nombre de una firma vinculada a terceros, lo que despertó las sospechas de la Justicia sobre si existirían verdaderos dueños ocultos detrás del inmueble.

💰 Otra causa caliente: deuda millonaria en la mira

En paralelo, otro expediente avanza y podría tener definiciones en los próximos días. El juez deberá decidir si procesa o no a Tapia y otros dirigentes por una presunta retención indebida de más de 19.300 millones de pesos en aportes e impuestos.

📌 Entre los involucrados también figuran Víctor Blanco y Cristian Malaspina.

⚠️ Aunque desde la defensa aseguran que la deuda ya fue saldada, esto no garantizaría que se eviten eventuales procesamientos.

🔍 Un momento clave para la AFA

Las investigaciones, impulsadas entre otros por la Coalición Cívica liderada por Elisa Carrió, ponen bajo fuerte escrutinio el manejo de fondos y bienes dentro del fútbol argentino.

👉 Las decisiones judiciales que se tomen en las próximas horas serán determinantes para el futuro de estas causas y podrían marcar un antes y un después en la conducción de la AFA.

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⚖️ Dos condenados por intentos de homicidio en Sunchales y Frontera

Los tribunales de Rafaela dictaron dos condenas a prisión efectiva por graves hechos de violencia ocurridos en el departamento Castellanos, en casos que fueron investigados por el fiscal Martín Castellano.

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Foto: Internet Rafaela Informa

📌 En el primero de los hechos, ocurrido en Sunchales, fue condenado Edgardo Ángel Calvimonte (29) a 5 años y 6 meses de prisión por intentar asesinar a otro hombre durante una violenta discusión.

El ataque se produjo en octubre del año pasado, cuando la víctima intervino para frenar un conflicto y terminó siendo apuñalada reiteradas veces con una cuchilla, sufriendo heridas de extrema gravedad. La vida del hombre fue salvada gracias a la rápida asistencia.

La sentencia fue dictada por el juez Javier Bottero mediante un juicio abreviado, en el cual el acusado reconoció su responsabilidad.

🔫 Por otro lado, en un juicio oral, Franco Damián Córdoba (32) fue condenado a 6 años de prisión por un intento de homicidio ocurrido en Frontera.

El hecho tuvo lugar en mayo, cuando el acusado ingresó a una vivienda con fines de robo. Al ser sorprendido por el propietario, le disparó con un arma de fuego, hiriéndolo en un hombro.

La víctima logró resguardarse, evitando un desenlace fatal. El fallo fue dictado por el juez Juan Gabriel Peralta.

⚠️ En ambos casos, la Justicia determinó que se trató de tentativas de homicidio, ya que las muertes no se concretaron por circunstancias ajenas a la voluntad de los agresores.

Las penas son de cumplimiento efectivo, marcando una respuesta judicial ante hechos de extrema violencia en la región.

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