Judicial
El Juez Javier Bottero decretó la prisión preventiva sin plazos a los dos sunchalense imputados
Fue durante una audiencia de medidas cautelares realizada este viernes a la tarde. De esta manera el magistrado hizo lugar a lo solicitado por el fiscal Guillermo Loyola quien los había acusado en horas de la mañana de Robo calificado por el uso de arma de fuego y por ser cometido en poblado y en banda. Los sujetos tienen frondosos antecedentes.
El Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero, decretó la prisión preventiva sin plazos para Alejandro Daniel Piccone (22), y Leandro Jesús Rodríguez, alias «Pitío», de 28 años, ambos de Sunchales. Los sujetos estaban prófugos de la justicia y fueron detenidos días pasados en la localidad de Las Perlas, provincia de Río Negro y trasladados a nuestra ciudad por una comisión policial de la PDI Sunchales junto a personal de la Alcaidía de la Unidad Regional V.
Durante el transcurso de la audiencia imputativa realizada hoy viernes en horas de la mañana, el fiscal Guillermo Loyola imputó primero y en calidad de autor, a Alejandro Daniel Piccone señalando que el día 24 de noviembre del año pasado en compañía de otro sujeto que aún no pudo ser individualizado, ingresaron a una vivienda de calle Joaquín. V. González al 900 de ese medio, lugar donde no pudieron concretar el ilícito por razones ajenas a su voluntad. Ese hecho fue caratulado por Loyola como Robo simple en grado de tentativa.
En tanto al mismo Piccone en coautoría con Leandro Jesús Rodríguez, alias «Pitío», el fiscal los acusó de un hecho ocurrido el 31 de diciembre de 2019 a las 17.30 horas, cuando junto con José Cornejo ingresaron a una casa de Av. Irigoyen al 1500 con un arma de fuego amenazando a las personas que se encontraban allí sustrayendo una billetera que contenía $7.000 en efectivo. Además Piccone se llevó desde la heladera una botella de vino.
Ese ilícito fue caratulado como Robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo corroborarse y por haber sido cometido en poblado y en banda.
El fiscal
Tras las presentaciones de rigor el fiscal anticipó que iba a solicitar la prisión preventiva sin plazos de ambos encartados, al entender que se cumplimentaban los tres incisos del Art. 220 del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe y que hacen referencia a la responsabilidad penal probable de los encaratados en los hechos que se investigan y su participación en los mismos; que la pena en expectativa que pudiera corresponderles en caso de ser condenados sea de efectivo cumplimiento; y que exista riesgo de fuga o de entorpecimiento probatorio en caso de ser dejados en libertad bajo el cumplimiento de medidas alternativas.
Tras ello el representante del MPA repasó los hechos endilgados y las evidencias colectadas hasta el momento en el legajo de investigación, indicando que no existía dudas de la participación de ambos y la responsabilidad penal de Piccone y de Rodríguez en los episodios señalados.
En el final de su exposición Loyola dijo también que en el caso de Rodríguez ya tiene antecedentes condenatorios del 25 de octubre de 2017 cuando recibió una pena de tres años de prisión efectiva por un hecho similar al imputado ahora; y mencionó también que ahora estaba cumpliendo con el beneficio de la libertad condicional. Rodríguez ya se había fugado en una ocasión siendo detenido en la provincia de Salta y ahora escapó hacia Río Negro.
También Loyola hizo referencia a que «Pitío» Rodríguez ya había recibido los beneficios de las medidas alternativas; que no tiene arraigo ni trabajo comprobable y que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento probatorio. También comentó que la dueña de la casa asaltada indicó en algún momento que se había comunicado con ella la novia de Alejandro Daniel Piccone intimidándola para que levante la denuncia que había radicado contra su pareja.
La defensa
A su turno la Dra. Amalia Cassina puso en tela de juicio distintos aspectos tales como el horario en que ocurrieron los hechos y el que figuraba en las imágenes de las cámaras de seguridad de la Municipalidad de Sunchales; y el hecho de que algunos testigos solo ponían en la escena del suceso a dos personas y no a tres como figura en la acusación. Sin embaro y a pesar de ello el Juez Bottero no dudó un solo instante decretando la preventiva sin plazos y por el tiempo que dure el proceso de ambos encartados.
Fuente: Nilo Peretto / Meridiano Digital
Judicial
Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio
La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.
La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.
La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.
Las defensas cuestionaron la acusación
El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.
Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.
En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.
También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.
El juez resolverá en los próximos días
Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.
Una causa con 558 hechos investigados
La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.
La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.
Las penas solicitadas por la Fiscalía
En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:
- 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
- 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
- 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
- 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
- 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
- 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
- 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.
Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera
La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.
La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.
El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.
El crimen que conmocionó a Frontera
Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.
El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.
Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.
La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.
Cinco personas imputadas
La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.
El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.
Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.
Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.
Con información de Castellanos
Judicial
La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones
La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.
La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.
El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).
La condena supera los US$390 millones
El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.
El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.
La Procuración analiza nuevas medidas
Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.
Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.
Podrían avanzar sobre activos argentinos
Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.
En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.
Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.
Con información de La Nación
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