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El tribunal que absolvió a la abuela de Maxi Sosa consideró que hubo «deficiencias en la investigación´´

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Los jueces del Tribunal Oral Federal de Santa Fe dieron a conocer los fundamentos y destacaron que del juicio no surgieron indicios o pruebas que permitan tener una línea investigativa adecuada para dar con el paradero del niño.

Los jueces del Tribunal Oral Federal de Santa Fe dieron a conocer los fundamentos de por qué absolvieron a Patricia Sayago, la abuela de Maximiliano Sosa, el niño de tres años de la ciudad de Ceres que en 2015 desapareció y desde entonces nada se sabe sobre su paradero. Sayago pasó más de cuatro años detenida con prisión preventiva tras haber sido acusada de haber sustraído al menor. Por el caso también fue absuelto durante el debate quien para ese entonces era la pareja de Sayago, Ariel Malagueño: un chofer de ambulancia de la localidad de Montefiore, que también permaneció detenido casi cinco años y al cual el fiscal del juicio se abstuvo de formular una acusación en su contra al momento de realizar el alegato.

Los fundamentos

Los fundamentos de la sentencia, que llevan la firma del juez Luciano Lauría y cuentan con el aval de sus pares María Ivón Vella y José María Escobar Cello, fueron a dados a conocer durante la tarde del viernes pasado. En los mismos, fueron desglosadas las pruebas que se expusieron durante el juicio que se desarrolló, a puertas cerradas, entre el 8 y 10 de febrero pasado en la sala de audiencias de Primera Junta y San Jerónimo. En el escrito, se resalta que “la única certeza que dejó el debate fueron las dudas” y que de esas dudas “todos acuden a la necesidad, un tanto displicente, un tanto facilista, de encontrar en Patricia el que soluciona el terrible suceso”.
El fallo sostiene que a lo largo del juicio ningún testigo indicó “con certero destino” que la abuela de Maxi haya cometido una acción u omisión en pos de deshacerse y desaparecer al niño. “Nadie dijo aquí en la sala de debate que Patricia Daniela Sayago fue la responsable, con su actuación demostrada, constatada, advertida o acreditada, de este trágico hecho. Y si en sospechas fundamos la condena, debo decir que lejos de aquello la imputada se mostró en todo momento conmovida con lo sucedido, angustiada, inconsolable, queriendo encontrarle una respuesta a la ausencia de su nieto”, destacó la resolución.

Acusación errónea

Los argumentos de la absolución también hicieron hincapié en los cargos que le supieron atribuir a Sayago tanto en la investigación de la Justicia provincial, la de sustracción de un menor de 10 años, como la que siguió la Fiscalía Federal de Rafaela que elevó la causa a juicio. Para los jueces, tal acusación fue errónea ya que de lo develado a lo largo del debate no existieron las acciones típicas que prevé la norma que sanciona tal delito.

Investigación deficiente

En otro tramo de los fundamentos, los jueces se refirieron a lo que fue la investigación, que primero se tramitó en la Unidad Fiscal N°5 de San Cristóbal, a cargo de Hemilce Fissore, y que luego fue remitida a la Justicia Federal ya que desde el fuero provincial entendieron que existía el delito de trata de persona. “Han pasado más de cinco años de la desaparición de Maximiliano Javier Sosa y no han surgido del debate indicios o pruebas que permitan tener una línea investigativa adecuada para dar con su paradero”, dijeron los magistrados. “Sin entrar a detallar las circunstancias que rodearon al caso o evaluar líneas investigativas adoptadas que no llegaron a dar resultados que aventaran buenos augurios, me permito sólo mencionar que han existido deficiencias en la investigación, por demás de prolongada, que permitieron llegar al resultado que hoy tenemos”, agregaron. En tanto, también dejaron un claro mensaje a la Fiscalía de San Cristóbal, que fue la que primera intervino en el caso y luego declaró la incompetencia tras argumentar que la desaparición del niño estaba vinculada a una red de trata. “Nada surgió de la causa como para que la justicia federal adopte y dirija la investigación”, expresaron los magistrados santafesinos. Por esa razón, los tres jueces del TOF ordenaron remitir nuevamente las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación de San Cristóbal para que profundice la investigación por el paradero del niño.

 

 

 

 

 

Fuente: Castellanos

 

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Tostado: condenaron a 27 años de prisión a un hombre por abusos sexuales contra 11 niñas

Un hombre de 67 años, identificado por sus iniciales CSB, fue condenado a 27 años de prisión por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos durante 41 años en Tostado, departamento Nueve de Julio.

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Foto: El hombre condenado por abusos sexuales en Tostado.

Un hombre de 67 años, identificado por sus iniciales CSB, fue condenado a 27 años de prisión por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos durante 41 años en Tostado, departamento Nueve de Julio.

Las víctimas fueron 11 mujeres que eran niñas al momento de los hechos: nueve pertenecían al entorno familiar del condenado y las otras dos eran vecinas. Además, fue hallado responsable por tenencia de material de abuso sexual infantil.

La sentencia por los abusos cometidos durante 41 años

La condena fue dictada por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Cecilia Álamo y José Boaglio, luego de un juicio oral realizado en los tribunales de Tostado.

La fiscal Brenda Baños, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, estuvo a cargo de representar al Ministerio Público de la Acusación durante el debate.

La investigación también contó con la supervisión de las fiscales Carla Cerliani y Alejandra Del Río Ayala, a partir de una disposición de la Fiscal General María Cecilia Vranicich.

Tras conocerse el veredicto, Baños calificó la sentencia como histórica, especialmente porque la defensa había solicitado que los abusos sexuales fueran considerados prescriptos.

El tribunal rechazó ese planteo al considerar que, durante un período de 41 años, CSB continuó cometiendo nuevos delitos, lo que interrumpía la prescripción de los hechos anteriores.

De acuerdo con lo explicado por la fiscal, los hechos se produjeron desde que el condenado tenía 21 años hasta los 62 y habría aprovechado la confianza familiar, situaciones de convivencia y la vulnerabilidad de las víctimas.

Dónde ocurrieron los hechos

Los abusos contra nueve niñas de su entorno familiar tuvieron lugar en una vivienda donde residía el acusado, en otras dos casas y también en las instalaciones de una industria en la que trabajaba.

Además, el hombre abusó de dos niñas que eran sus vecinas, a quienes entregaba dinero después de someterlas a prácticas sexuales.

En uno de esos casos, también tomó fotografías.

También fue condenado por tenencia de material de abuso sexual infantil

La sentencia incluyó además una condena por tenencia de material de abuso sexual de las infancias.

Durante un allanamiento realizado en su domicilio, los investigadores secuestraron una computadora que contenía 12 videos y 24 fotografías con contenido sexual en los que aparecían niñas, niños y adolescentes.

Según la investigación, CSB tuvo esos archivos en su poder entre octubre de 2011 y mediados de 2024.

Los delitos incluidos en la condena

El hombre fue condenado por distintos delitos, entre ellos abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple, además de otros delitos contra la integridad sexual.

Las figuras contemplaron distintos agravantes vinculados con la guarda y convivencia con víctimas menores de edad.

También recibió condena por promoción de la prostitución de menores de edad agravada y promoción de la corrupción de menores agravada, además de delitos relacionados con la producción y tenencia de imágenes de menores con contenido sexual.

Por otra parte, el tribunal dispuso su absolución por un hecho de promoción de la prostitución de menores de edad agravada y por otro hecho de promoción de la prostitución de mayores de edad.

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Sunchales: dos imputados quedaron en libertad en una causa por un disparo intimidatorio

R. C., de 31 años, y O. C., de 27, fueron imputados en los Tribunales de Rafaela por su presunta participación en un episodio ocurrido el 29 de agosto. La Justicia dispuso que continúen en libertad mientras avanza la investigación.

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Foto: Tribunales de Rafaela, donde se realizó la audiencia por la causa iniciada en Sunchales.

La Justicia dispuso que continúen en libertad mientras avanza la investigación.

La causa por el disparo en Sunchales

Una causa iniciada por un hecho ocurrido durante la noche del 29 de agosto en Sunchales tuvo este miércoles una instancia importante en los Tribunales de Rafaela.

En ese marco, R. C., de 31 años, y O. C., de 27, fueron formalmente imputados por su presunta participación en un episodio en el que un tercer involucrado habría efectuado un disparo contra una mujer con la intención de intimidarla.

La defensa de ambos logró acordar con la Fiscalía medidas alternativas a la prisión preventiva, por lo que los dos imputados recuperaron la libertad mientras continúa la investigación.

Qué sostiene la Fiscalía

De acuerdo con la reconstrucción presentada por la Fiscalía, los dos imputados se trasladaban junto a un tercer hombre en un remis hacia una vivienda de Sunchales.

Según esa hipótesis, durante el trayecto el otro involucrado habría exhibido un arma calibre 32 y posteriormente efectuado un disparo en dirección a una mujer, aunque sin llegar a impactarla.

La investigación sostiene que el objetivo habría sido amedrentar a la mujer, luego de que presuntamente se negara a comercializar estupefacientes bajo las órdenes del hombre señalado como autor del disparo.

La imputación contra los dos acusados

La Fiscalía considera que R. C. y O. C. no habrían efectuado directamente el disparo, pero sí habrían realizado un aporte al accionar del tercer involucrado.

Por ese motivo, fueron imputados como partícipes secundarios de amenazas coactivas calificadas por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con abuso de arma de fuego.

La imputación no implica una condena y la investigación continuará para determinar las responsabilidades que correspondan.

La investigación continúa

La causa permanece abierta y contempla el análisis de distintos elementos incorporados al expediente.

Entre ellos se encuentran declaraciones, registros de cámaras de seguridad, comunicaciones, mensajes y material audiovisual.

Mientras se desarrolla esta etapa de la investigación, los dos imputados permanecerán en libertad bajo las medidas alternativas acordadas con la Fiscalía.

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SanCor suma $35.000 millones de deuda y la venta de sus activos sigue frenada

La histórica cooperativa láctea atraviesa un complejo escenario judicial y financiero. La sindicatura incorporó nuevas obligaciones al expediente mientras la Justicia mantiene suspendida la licitación de sus plantas y marcas.

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Foto: SanCor atraviesa un complejo proceso de quiebra con deudas crecientes y la venta de sus activos suspendida.

La histórica cooperativa láctea atraviesa un complejo escenario judicial y financiero. La sindicatura incorporó nuevas obligaciones al expediente mientras la Justicia mantiene suspendida la licitación de sus plantas y marcas.

SanCor enfrenta un nuevo aumento de su pasivo

La situación de SanCor continúa marcada por la incertidumbre en medio del proceso de quiebra. La sindicatura incorporó recientemente al expediente nuevas obligaciones por aproximadamente $35.000 millones, correspondientes al período comprendido entre la presentación del concurso preventivo y la formalización de la quiebra.

El monto surge de un informe individual actualizado y se suma al pasivo que ya arrastraba la cooperativa. Sin embargo, la cifra todavía no representa un crédito reconocido en forma definitiva, debido a que aún no existe una resolución judicial firme.

Uno de los puntos que permanece bajo revisión es la deuda con los trabajadores, buena parte de la cual corresponde a créditos con derecho a pronto pago y continúa siendo auditada.

La venta de los activos continúa paralizada

Mientras las obligaciones siguen acumulándose, la Justicia mantiene suspendida la venta de los bienes operativos de SanCor.

La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, que analiza distintos recursos y objeciones contra los pliegos de la licitación.

Entre quienes formularon planteos aparecen BAF Latam, Fidulac, ITC Fiduciaria, SMD Delong y otros acreedores.

Los cuestionamientos están relacionados, entre otros aspectos, con los criterios utilizados para establecer los valores de los activos. Uno de los puntos señalados es la reducción del 20% aplicada al valor de la planta de Sunchales, realizada después del incendio ocurrido en junio.

También existen objeciones sobre la composición de los lotes, la inclusión de determinados bienes y marcas comerciales y las condiciones establecidas para la convocatoria, que podrían desalentar a potenciales inversores.

A esto se suman cuestiones vinculadas al desplazamiento del síndico Juan Luis Tomat de algunas tareas consideradas clave en el control de los pliegos.

Una licitación que quedó en suspenso

Meses atrás, el proceso parecía avanzar hacia una definición. Los activos habían sido tasados sobre una base cercana a u$s52,1 millones, lo que había despertado el interés de distintos grupos empresarios.

Sin embargo, en julio la intervención de la Cámara, cuando faltaban menos de tres semanas para el cierre de ofertas, detuvo la liquidación.

Desde entonces, el proceso quedó sujeto a los tiempos de la Justicia.

Incertidumbre sobre el futuro de SanCor

La situación actual presenta dos problemas centrales: por un lado, determinar con precisión el pasivo que continúa creciendo y, por otro, resolver las impugnaciones que mantienen bloqueada la licitación de las plantas y marcas.

La Cámara de Apelaciones todavía no avanzó sobre el análisis de fondo de las objeciones presentadas contra los pliegos. Antes de resolver, debe completarse la tramitación de los recursos y aguardarse el dictamen técnico que debe elaborar la sindicatura plural sobre las apelaciones.

Por el momento, no existe un cronograma estimativo para reactivar el proceso de venta.

De esta manera, la monetización y administración de los bienes destinados a la explotación productiva permanecerán suspendidas hasta que el tribunal superior resuelva las impugnaciones pendientes sobre el mecanismo de enajenación.

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