Contáctenos

Judicial

Homicidio de Cristian Benítez en Rafaela: preventiva a dos de los acusados

Tanto a Brian I., como Brian R., se les dictó la prisión preventiva sin plazo determinado, mientras que Hugo I., recuperó la libertad bajo medidas alternativas.

Publicado

el

Foto ilustrativa de Internet

En la mañana de la víspera tuvo lugar la audiencia de medidas cautelares en los Tribunales de nuestra ciudad para saber sobre el futuro de los tres implicados en el asesinato de Cristián Benítez, que tuvo lugar el pasado domingo por la madrugada. Dos de los tres implicados permanecerán detenidos por tiempo indeterminado, mientras que Hugo I. fue liberado con medidas alternativas luego de prestar declaraciones voluntarias e indicar dónde se encontraba el arma homicida. Durante la audiencia habló la familia y también el autor material del hecho, quien pidió disculpas por su accionar.

En esta audiencia cautelar, el Juez de la Instancia Penal Preparatoria, Javier Bottero, les dictó la prisión preventiva sin plazo tanto el autor material del homicidio, Brian I., como a Brian R., quien sería uno de los encubridores del crimen. Por otro lado, y tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, el magistrado no tuvo otra alternativa que dictar la libertad bajo medidas alternativas a Hugo I., sobrino de Brian I. Es importante señalar que luego de la audiencia imputativa del pasado miércoles, Hugo I. brindó declaración voluntaria e indicó la ubicación del arma homicida, la cual había sido arrojada en una boca de tormenta sobre calles Mosconi y Aguado.

De esta forma, los agentes pudieron dar con el elemento, un cuchillo de aproximadamente 30 cm con restos de sangre, por lo que ya se encuentra en manos de los peritos, que lo analizarán para saber si la misma le pertenece a Cristián Benítez.

Detalles de un escalofriante hecho

Tal como lo manifestamos con anterioridad desde CASTELLANOS y fue confirmado por la Fiscal en la audiencia cautelar, el conflicto se originó a partir de una discusión por una chica, donde Benítez no tenía nada que ver y sólo se vio involucrado para intentar frenar la pelea que estuvo a punto de desatarse dentro del boliche. Pero una vez afuera, fue quien terminó recibiendo la apuñalada de Brian I., que no conforme con el puntazo giró el cuchillo, provocándole una lesión mucho más grave; ni con las atenciones médicas en ese momento justo habrían alcanzado para salvarle la vida. Fue tal la violencia y la alevosía de la puñalada que Benítez no tenía forma de sobrevivir, y eso quedó constatado en la autopsia presentada por la fiscal Gabriela Lema. Incluso el abogado defensor reconoció que la evidencia y la autoría de Brian I. son irrefutables, aunque para él ese no es el punto de la discusión, ya que hubo atenuantes, como la ausencia de voluntad y el discernimiento para cometer el hecho, todo esto por estar bajo los efectos del alcohol y las drogas.

Una noche marcada por los excesos

Cuando fue turno de Silvela, el abogado defensor de explicar cómo se termina dando este episodio fatal, admitió que su representado es un adicto y que esa noche se encontraba bajo los efectos del alcohol y las drogas, por lo que al momento de atacar a Benítez «no era plenamente consciente de sus actos», por lo que no hubo una intención de matar. Ante esta defensa, Lema volvió a insistir que pese al estado en el que se encontraba Brian I., tuvo una «conducta certera», no sólo para apuñalar, sino para agravar la herida como lo terminó haciendo.

Esto no fue siquiera contemplado por el Juez, ya que insistió en el hecho de que estar bajo los efectos de estas sustancias no termina siendo atenuante y tampoco lo convierten en inimputable. Así mismo, Bottero reconoció que no se presentaron informes que constataran su estado al momento del hecho y tampoco hubo testigos que dieran cuenta de ello, por lo que rechazó el pedido de la defensa. De esta manera, Brian I. deberá seguir en prisión preventiva, sin tiempo determinado mientras avanza la causa.

Por otro lado, en lo que respecta a la situación de Brian R., la defensa solicitó la libertad condicional por entender que no tuvo una participación activa en el hecho, ya que el auto no era suyo, no condujo, no apuñaló a Benítez e incluso dejaron asentado su duda respecto a lo dicho por Hugo I., quien habría señalado que Brian R. sería quien arrojó el arma en la boca de tormenta. Pese a esto, el Juez tampoco dio lugar a su liberación y, al igual que Brian I., seguirá en prisión preventiva sin plazo estipulado.

«Sólo quiero pedir disculpas»

Brian I. estuvo decidido a hablar en esta audiencia cautelar, y breve en sus dichos expresó: «Primero, por favor, pedirle a la familia de este pibe que me disculpe, no fue mi intención llegar a esto. A mi familia, pedirles por favor que me perdonen, no era yo en ese momento», y finalizó con un simple «otra cosa no me sale». El sujeto de 28 años insistió en que esa noche estaba fuera de sus cabales, todo producto de la droga y el alcohol.

«Sólo quiero pedir justicia por Cristián, me lo sacaron de prepo»

Con una angustia tremenda en su tono de voz, el padre de Cristián Benítez habló también en la audiencia cautelar y se encargó de pedir justicia para su familia y sobre todo para su hijo.

«Sólo quiero pedir justicia por mi hijo, me lo quitaron, me lo sacaron de prepo. Él trabajaba conmigo de carpintero, yo trabajo en la industria maderera. Él era un chico inteligente, me ayudaba en todo momento tanto a mí, a mi mujer o mi hija. Lo único que queremos es justicia por Cristián», señaló Benítez Raúl Ernesto.

En ese momento, el padre de la víctima reconoció que la familia busca poder constituirse como querellante en la causa, «por lo que de ahora en más, el Dr. Domenella se va a hacer cargo de representarnos». El abogado, Hernán Domenella, estuvo en la sala acompañando a la familia y luego de la audiencia dialogó con Diario CASTELLANOS, mostrándose en desacuerdo con el manejo de la causa por parte de la Fiscalía. «La querella no comparte algunas decisiones por parte del Ministerio público de la Acusación. A mi entender, y tengo que tener acceso al legajo fiscal, abarcaría más que la imputación de un homicidio doloso calificado, ya que podría existir una participación de los tres imputados».

En este sentido, el Dr. Domenella se mostró un poco sorprendido ante la libertad condicional que se le otorga a Hugo I.: «Entiendo de que las medidas alternativas que se le aplicaron a uno de los imputados no tuvieron que ser tales, porque considero que sería una participación necesaria, porque hay que recordar de que estos tres chicos se subieron a un auto y dieron vueltas hasta que encontraron a la víctima. Hay una participación necesaria para el hecho que se está investigando». De todas formas, esto se podrá ser analizado por él mismo una vez que la Oficina de Gestión Judicial confirme la constitución como querella en la causa.

Mientras tanto, la información que maneja es por los trascendidos en los medios de comunicación, como lo relatado por la familia e inclusive por la comunicación extra oficial con la Fiscal del MPA a cargo del caso. «Te repito, la querella va a tener acceso al Legajo Fiscal una vez que sea aceptado por parte de la defensa. Extraoficialmente tengo la aprobación, pero todavía no tengo la oficialización, que es una cuestión administrativa más que otra cosa», detalló.

Para finalizar, el abogado de la familia reconoció que hay un aspecto que le llama poderosamente la atención, ya que es fundamental para la causa y tiene que ver con el análisis de las cámaras de seguridad. «Me sorprende a la altura de la investigación que no tengamos las imágenes fílmicas de las cámaras de seguridad del lugar del hecho, en el cual se va a poder determinar la participación concreta de cada uno de los tres imputados», finalizó el Dr. Hernán Domenella.

Fuente: Castellanos

Seguí Leyendo
Clic para Comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judicial

Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años

Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.

Publicado

el

Foto: Imagen ilustrativa

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.

La demanda fue impulsada por la hija

La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.

El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.

La Justicia confirmó la responsabilidad del padre

En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:

  • $30 millones por daño moral.
  • $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
  • $20 millones por perjuicio material.

A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.

La apelación fue rechazada

El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.

Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.

Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.

El impacto emocional fue determinante

En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.

Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.

Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.

Seguí Leyendo

Judicial

Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.

Publicado

el

Foto: Ilustrativa

La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.

La Cámara rechazó el planteo de la defensa

La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.

Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.

Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.

Los fundamentos de la condena

En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.

También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.

Rechazaron un nuevo estudio de salud mental

La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.

Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.

Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.

Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.

Seguí Leyendo

Judicial

La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..

Publicado

el

Foto: Justicia suspendió la venta de SanCor

La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.

La licitación quedó suspendida

La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.

En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.

Los cuestionamientos de Fidulac

El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.

Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:

  • La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
  • Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
  • La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
  • Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
  • Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.

Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.

Qué resolvió la Cámara

Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.

Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.

Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.

Qué puede ocurrir ahora

La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.

Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.

Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.

Seguí Leyendo

Clima Sunchales

Sunchales
Overcast
Previsión
8°C
Apparent: 5°C
Presión: 1024 mb
Humedad: 91%
Viento: 9 km/h SSW
Ráfagas: 25 km/h
Indice UV: 0
Salida del Sol: 8:03 am
Puesta de Sol: 6:20 pm
 
Publicidad

Tendencia