Judicial
Liberaron a un acusado de robo calificado en Sunchales con medidas alternativas
En una audiencia llevada a cabo este viernes en Rafaela, el juez de Investigación Penal Preparatoria Javier Bottero resolvió conceder la libertad bajo estrictas medidas alternativas a E. D. G., imputado por el delito de robo calificado con uso de arma. La decisión generó debate entre las partes, que debatieron los riesgos procesales y la proporcionalidad de las medidas cautelares.
La audiencia, desarrollada en la Sala 2 de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Rafaela, contó con la participación del fiscal Juan Manuel Puig, el defensor Carlos Farías Demaldé y el juez Javier Bottero. Durante el debate, el fiscal solicitó la extensión de la prisión preventiva, señalando la gravedad de los hechos y el riesgo de reincidencia. Sin embargo, la defensa argumentó que los tres meses de detención preventiva cumplidos por E. G. eran suficientes y propuso alternativas que fueron aceptadas por el magistrado.
Los hechos que se le imputan
El imputado fue detenido el 16 de septiembre en Sunchales, tras ser vinculado a una serie de delitos cometidos en la esta localidad. Entre estos, el más grave fue el robo calificado con uso de arma, aunque hasta el momento no se ha encontrado el arma utilizada ni el objeto sustraído.
Uno de ellos, por daños, que tuvo como víctima a A. R., quien acusó a E. G. de acercarse a su motocicleta y dañarla. La fiscalía presentó el testimonio de la víctima y una descripción de los daños como prueba.
En una secuencia de intimidaciones ocurridas entre el 4 y el 11 de septiembre, E. G. habría amenazado a un matrimonio. Durante uno de los episodios, habría exhibido un arma de fuego, configurando una amenaza calificada. Pese a una orden de prohibición de acercamiento emitida el 9 de septiembre, el imputado habría desobedecido la medida el mismo día en que fue notificado.
En otro incidente, M. y su pareja, D., denunciaron haber sido intimidados por E. G. Este hecho también violó una medida judicial de restricción impuesta contra el imputado.
En el episodio más grave, E. G. habría sustraído un teléfono celular a una víctima bajo amenaza con un arma de fuego cuya aptitud para disparar no fue acreditada.
Resolución judicial
El juez Bottero resolvió liberar a E. G. bajo medidas alternativas, que incluyen: fijar domicilio en Rafaela; someterse al cuidado de su hermana, presentarse regularmente en una dependencia policial, prohibición absoluta de contacto con víctimas y familiares, prohibición de portar armas y de ingresar a Sunchales.
El magistrado destacó que las medidas cautelares deben ser proporcionales al estado de la causa. Además, señaló que, en caso de ser hallado culpable, E. G. enfrentaría una condena de ejecución condicional.
La decisión judicial plantea interrogantes sobre el equilibrio entre garantizar los derechos del acusado y preservar la seguridad de las víctimas, en un caso que aún permanece en etapa de investigación.
Fuente: Castellanos
Judicial
Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas
Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal
La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.
Los hechos
Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.
La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.
Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.
Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.
Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.
Peligros procesales
La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.
También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.
“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.
Calificación penal
El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Judicial
🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres
Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.
La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.
⚠️ El hecho
Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.
Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.
📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.
⚖️ Riesgos procesales
Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.
Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.
📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.
Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.
📚 Calificación penal
El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
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