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Lo echaron por tomar mate en el trabajo: el caso llegó a la Justicia

Un tribunal de Cipolletti consideró que la medida fue desproporcionada

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Foto: Ilustrativa

Un hombre de la localidad rionegrina de Cipolletti que había sido despedido por tomar mate en horario laboral deberá ahora ser indemnizado. El tribunal de esa ciudad sostuvo que la medida resultó “desproporcionada”.

El hombre trabajaba en una panadería. Durante la pandemia, el dueño de ese local lo filmó mientras tomaba mate en el sector de elaboración y usó esas imágenes como fundamento para el despido. Sin embargo, el tribunal de Cipolletti consideró que la decisión fue injustificada y ordenó el pago de una indemnización.

Tal como informaron desde el Poder Judicial, el trabajador se desempeñaba como repartidor de la panadería desde noviembre de 2017. En julio de 2020, firmó una notificación en la que se le comunicó que quedaba prohibido consumir mate dentro del establecimiento. La medida formaba parte de los protocolos sanitarios que la empresa implementó en el marco de la emergencia sanitaria.

Semanas más tarde, el dueño de la panadería presentó videos que mostraban al empleado en la zona de preparación de alimentos. En las imágenes, se lo veía tomar mate, ofrecerle la infusión a un compañero y apoyar el mate sobre las superficies de trabajo. La empresa argumentó que el consumo de mate implicaba un riesgo sanitario, ya que “el flujo de saliva podía contaminar el entorno, además de que restos de yerba caían sobre la masa cruda destinada a la elaboración de panificados”.

Conducta

El 7 de octubre de 2020, el dueño de la panadería comunicó verbalmente el despido y lo ratificó por carta documento: alegó una falta grave que había provocado la pérdida de confianza. De todos modos, el trabajador rechazó la acusación y aseguró que el consumo de mate era una práctica habitual en el lugar de trabajo, tanto por parte de sus compañeros como del propio empleador. También indicó que no existían antecedentes de sanciones por esa conducta.

De hecho, durante el juicio, se acreditó que el mate formaba parte de la rutina dentro de la panadería. Además, el tribunal destacó que el trabajador no contaba con antecedentes disciplinarios y que la empresa no había aplicado sanciones menores antes de recurrir al despido. Señaló que la medida resultó desproporcionada, injustificada y contraria al principio de progresividad que rige en el derecho laboral.

Además de resolver que la empresa indemnice al trabajador por despido injustificado, el tribunal ordenó el pago de los siguientes conceptos: indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso con su respectivo sueldo anual complementario (SAC), integración del mes de despido con SAC, salario por los días trabajados en octubre de 2020, SAC proporcional del segundo semestre y vacaciones no gozadas. Además, dispuso la entrega de los certificados laborales.

Pastelero indemnizado

Hace unos meses, la Cámara del Trabajo de Cipolletti resolvió a favor de otro trabajador de una panadería, en el juicio que el hombre impulsó por despido injustificado. En ese caso, un pastelero logró un fallo favorable en su reclamo laboral contra el dueño de una panadería: advirtió que lo mantuvo sin registrar durante toda la relación laboral. El trabajador denunció que realizaba jornadas regulares preparando productos de panadería bajo condiciones informales.

Después de un tiempo, el empleador dejó de asignarle tareas, y el pastelero inició una serie de intimaciones formales exigiendo su registración y el reconocimiento de la relación laboral. La falta de respuesta y el cese de tareas derivaron en que el pastelero decidiera considerarse despedido y solicitara las indemnizaciones correspondientes.

El fallo condenó al empleador a pagar indemnizaciones por despido, salarios adeudados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. La sentencia destacó que el trabajador había intimado previamente al empleador para que regularizara la relación laboral, sin obtener respuesta. Ante esta falta de contestación, el trabajador se consideró despedido por “injuria laboral”, respaldándose en la Ley de Contrato de Trabajo, que permite este tipo de reclamo cuando el empleador incumple gravemente.

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Judicial

Persecución de 40 kilómetros en Ruta 19: el conductor fue liberado tras la intervención de su defensa

Un hombre que había sido aprehendido luego de una persecución policial de unos 40 kilómetros sobre la Ruta Nacional 19 recuperó la libertad pocas horas después, tras la intervención de sus abogados defensores. La causa continúa en investigación y el imputado seguirá el proceso judicial en libertad.

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Foto: Los abogados defensores Juan Bautista Degiovanni y Marcelino Javier Plaza

Un hombre que había sido aprehendido luego de una persecución policial de unos 40 kilómetros sobre la Ruta Nacional 19 recuperó la libertad pocas horas después, tras la intervención de sus abogados defensores. La causa continúa en investigación y el imputado seguirá el proceso judicial en libertad.

El conductor habría evadido un control policial

El hecho ocurrió durante la mañana del 29 de julio, cuando un Peugeot 307 conducido por Leandro David U. presuntamente evadió un control policial sobre la Ruta Nacional 19.

A partir de esa maniobra, efectivos policiales iniciaron una persecución que se extendió por aproximadamente 40 kilómetros.

La persecución terminó en Santa Clara de Saguier

El seguimiento finalizó en la localidad de Santa Clara de Saguier, donde intervino personal policial de investigaciones de Frontera.

En ese lugar se concretó la aprehensión del conductor y el secuestro del vehículo en el que circulaba.

La causa quedó a cargo de la Fiscalía

Por disposición del fiscal Pedro Machado, el hombre fue identificado y notificado de una causa por el presunto delito de resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 239 del Código Penal.

Recuperó la libertad horas después

Tras las primeras actuaciones judiciales y la intervención de los abogados defensores Juan Bautista Degiovanni y Marcelino Javier Plaza, el imputado recuperó la libertad.

La investigación continuará para determinar las circunstancias del hecho, mientras que el acusado permanecerá en libertad durante el desarrollo del proceso.

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Judicial

Indemnizarán a un hombre que se intoxicó tras tomar una Coca-Cola con un cuerpo extraño

La Justicia condenó a una embotelladora a indemnizar a un consumidor de La Plata que sufrió un cuadro de gastroenteritis aguda luego de beber una botella de Coca-Cola que contenía una sustancia extraña. Entre la indemnización, los honorarios y las costas judiciales, la empresa deberá afrontar un pago cercano a los $5 millones.

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Foto: Botella de Coca-Cola. Una de vidrio fue utilizada como referencia en una causa judicial por la presencia de un cuerpo extraño en su interior.

Cómo ocurrió el hecho

El caso se remonta al 19 de marzo de 2022, cuando un hombre compró cinco botellas retornables de vidrio de un litro en un supermercado de City Bell, partido de La Plata.

Tras consumir las tres primeras sin inconvenientes, al beber la cuarta detectó una sustancia arenosa que, según denunció, le provocó un cuadro de gastroenteritis aguda, por el que debió recibir atención médica.

Al revisar la quinta botella, que permanecía cerrada de fábrica, encontró en su interior un cuerpo extraño sólido, por lo que decidió conservar el envase para futuras pericias.

El reclamo y la demanda judicial

El consumidor realizó primero el reclamo ante el servicio de atención al cliente de la empresa y, al no llegar a un acuerdo, inició una demanda basada en la Ley de Defensa del Consumidor.

Como prueba presentó el ticket de compra, fotografías, certificado médico, actas notariales y otras constancias.

Durante el proceso, la embotelladora Reginald Lee S.A. negó que el objeto extraño pudiera haber salido de su planta y defendió sus controles de calidad.

En tanto, Coca-Cola FEMSA S.A. fue desvinculada del caso al comprobarse que no fabrica ni comercializa ese producto en la ciudad de La Plata.

Qué resolvió la Justicia

En primera instancia se consideró acreditada la existencia de un producto defectuoso, aunque no se pudo probar de manera concluyente que la gastroenteritis fuera consecuencia directa del contenido de la cuarta botella, ya que ese envase no fue preservado para su análisis.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad de la embotelladora tras valorar la pericia química, el acta notarial y la inspección del envase que contenía el cuerpo extraño.

Los jueces señalaron que la existencia de controles de calidad no exime de responsabilidad cuando un producto defectuoso llega al consumidor.

La indemnización

El tribunal elevó la indemnización por daño moral de $50.000 a $200.000, monto que, con los intereses acumulados desde 2022, rondará el millón de pesos.

Además, confirmó un daño punitivo de $400.000, que deberá ser abonado por la embotelladora, y estableció que la empresa también deberá afrontar los honorarios de abogados, peritos y demás gastos judiciales, que ascienden a aproximadamente $4,3 millones.

En total, el desembolso será cercano a los $5 millones.

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Judicial

Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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