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Ordenan que Lázaro Báez cumpla condena en cárcel común

Los jueces Néstor Costabel, Ricardo Basílico y Fernando Canero ordenaron su «inmediata detención».

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El Tribunal Oral Federal 4 ordenó hoy que el dueño de «Austral Construcciones» Lázaro Báez sea trasladado de «inmediato» a una cárcel común para terminar de cumplir su condena por lavado de activos, la cual dejó firme la Corte Suprema de Justicia, informaron fuentes judiciales.

Los jueces Néstor Costabel, Ricardo Basílico y Fernando Canero ordenaron la «inmediata detención y/o captura de Lázaro Antonio Báez a efectos del cumplimiento de la pena» con sentencia firme y su alojamiento «en una unidad dependiente del Servicio Penitenciario Federal».

Báez, quien sería trasladado a un penal federal de Río Gallegos, estaba bajo arresto domiciliario en su casa de Santa Cruz en otra causa penal también por lavado de activos vinculada a la compraventa del campo uruguayo El Entrevero.

«Se deberán adoptar las medidas necesarias para disponer su alojamiento en la unidad penitenciaria más adecuada a sus condiciones personales y cercana a su lugar de pertenencia, sin que se encuentre demostrada una situación excepcional que amerite contemplar el caso desde otra perspectiva conforme las consideraciones expuestas», concluyeron los jueces.

El pedido de detención inmediata había sido presentado por el fiscal Abel Córdoba luego que la Corte dejó firme su condena a diez años de prisión en la «ruta del dinero K».

La sentencia condenatoria «ha pasado en autoridad de cosa juzgada y -consecuentemente- se ha tornado operativo su cumplimiento, de modo que corresponde continuar con el trámite de ejecución conforme lo precisado», resolvió el Tribunal.

Los jueces recordaron que «la ley no prescribe de modo automático la concesión de la prisión domiciliaria cuando se presenta alguno de los supuestos de hecho del art. 10 del Código Penal o art. 32 de la ley 24.660, sino que -eventualmente- sujeta su viabilidad a la apreciación judicial previo trámite de la incidencia que se suscite».

Según el cómputo hecho por el Tribunal, Báez estuvo con prisión preventiva en esta causa penal tres años, 8 meses y ocho días por lo cual resta que cumpla 6 años, tres meses y 22 días.

La Corte Suprema también confirmó ayer otra condena a seis años de cárcel para Báez en la causa Vialidad, en la que fue juzgado junto a la ex presidenta Cristina Kirchner.

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Judicial

Policía fue condenado por robarle la tarjeta de débito a un joven con discapacidad y extraer dinero en dos localidades del Departamento Garay

Un efectivo policial de 30 años fue condenado por la Justicia santafesina luego de comprobarse que sustrajo la tarjeta de débito de un joven con discapacidad y la utilizó en dos oportunidades para apropiarse de dinero de su cuenta bancaria.

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El acusado, identificado como Miguel Ángel Albarracín, se desempeñaba en la Comisaría Tercera de Santa Rosa de Calchines, localidad ubicada en el departamento Garay, al momento de los hechos.

La sentencia fue dictada en el marco de un juicio oral llevado a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, con la intervención del juez Pablo Busaniche, quien dispuso tres años de prisión en suspenso, inhabilitación por seis años para ejercer cargos públicos y el pago de una multa de 60.000 pesos. La investigación penal fue dirigida por el fiscal Ezequiel Hernández, quien manifestó su disconformidad con la modalidad de cumplimiento de la pena, ya que el Ministerio Público Fiscal había solicitado una condena de ejecución efectiva.

El hecho ocurrió el 9 de abril de 2024, cuando la víctima fue trasladada a la sede policial donde prestaba servicio Albarracín. Mientras era requisado e interrogado por otros efectivos, el imputado aprovechó la situación de vulnerabilidad del joven —quien por su condición de salud requería ayuda para operar su cuenta bancaria— y le sustrajo su tarjeta de débito junto con un papel que contenía las claves de acceso. Esa misma noche, el uniformado se dirigió a un cajero automático cercano y extrajo 10.000 pesos. Al día siguiente, repitió el accionar en la localidad de Cayastá, donde retiró otros 8.000 pesos de la misma cuenta.

De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, “el joven víctima se encontraba privado de su libertad, en un estado de extrema vulnerabilidad, y fue víctima de una conducta abusiva por parte de quien debía protegerlo”. Además, se remarcó que el accionar de Albarracín “generó temor en el joven, quien ahora desconfía de los agentes del Estado”, y se subrayó el impacto negativo que este caso tuvo en la imagen de la Policía provincial.

La denuncia fue radicada semanas más tarde por la propia víctima en la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía, lo que dio inicio a la investigación que culminó con la condena de Albarracín, hallado culpable de los delitos de hurto calificado (por su calidad de funcionario policial) y defraudación mediante el uso de tarjeta de débito hurtada, agravada por ánimo de lucro.

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Causa YPF: la Justicia de EE.UU. pide celulares de Luis Caputo y Sergio Massa

La magistrada de Nueva York, Loretta Preska, ordenó entregar los chats de funcionarios y exfuncionarios.

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Foto: El teléfono del ministro de Economía, uno de los que quiere la jueza Preska.

La batalla judicial por la expropiación de YPF en los tribunales de Nueva York sumó un nuevo capítulo de máxima tensión: mientras Argentina presentaba sus argumentos para evitar la entrega de acciones de la petrolera, la jueza Loretta Preska ordenó al país entregar el contenido de las comunicaciones de WhatsApp de funcionarios y exfuncionarios, incluyendo al actual ministro de Economía, Luis Caputo, y a su antecesor, Sergio Massa.

Según supo Noticias Argentinas, la orden se conoció después de que los abogados del Estado argentino presentaban un escrito ante la Corte de Apelaciones para sostener la suspensión del fallo de Preska que obliga a ceder el control de YPF.

En su presentación ante la Cámara de Apelaciones, Argentina advirtió que ejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF «causaría un daño irreparable a la República» y «podría desatar un conflicto diplomático significativo» con Estados Unidos.

El escrito, al que tuvo acceso el experto Sebastián Maril, sostiene que la orden de Preska «vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero» y contradice la ley estadounidense, ya que las acciones de YPF se encuentran en territorio argentino.

Además, el Gobierno remarcó que el interés público se ve favorecido por la suspensión, ya que la ejecución del fallo afectaría a YPF, a sus accionistas y al pueblo argentino. Ahora, la Corte de Apelaciones deberá decidir en los próximos días si mantiene la orden de Preska o si hace lugar al pedido argentino de suspenderla durante todo el proceso de apelación.

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Judicial

La Justicia ordenó a Facebook eliminar publicaciones que promocionan apuestas clandestinas

La medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe reconoce el derecho de Lotería de Santa Fe sobre la marca y obliga a la empresa a eliminar contenidos, monitorear activamente la plataforma y detectar a quienes realizaron esos anuncios.

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En el marco de las acciones iniciadas por la Provincia de Santa Fe contra Meta Platforms Inc. (empresa matriz de Facebook e Instagram), el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, ordenando la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de juego de azar clandestinos o no autorizados. Esta decisión representa un avance relevante en la lucha contra el juego ilegal y en la defensa institucional de la marca.

La resolución judicial, firmada por el juez Aldo Alurralde, también obliga a la empresa a implementar un monitoreo constante para prevenir nuevas publicaciones de este tipo y a bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en esa conducta.

Desde Lotería de Santa Fe señalaron que la acción se impulsó a partir de reiteradas denuncias de usuarios que detectaron en redes sociales el uso de la marca “Quini 6” en avisos que dirigían a plataformas ilegales de apuestas, afectando no solo la identidad del producto, sino también la confianza de los apostadores.

Prevención de daños

La resolución se enmarca en una acción preventiva de daños, y se dio lugar a la cautelar tras acreditarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la provincia, que demostró ser titular de la marca registrada “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). En sus fundamentos, el fallo destaca el riesgo reputacional derivado de la asociación de la marca con actividades ilícitas y respalda la intervención del Estado provincial para proteger el juego oficial y a sus usuarios.

La medida fue dictada en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, y se suma a la denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) contra las páginas que realizan estos anuncios, por presunta violación del artículo 301 bis del Código Penal, referido a la promoción del juego clandestino.

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