Judicial
Preventiva para dos hombres por tenencia de arma y drogas en cercanías de Ataliva
Quedaron en prisión preventiva sin plazos, dos hombres que son investigados por haber tenido un arma de fuego y estupefacientes en inmediaciones de la ruta provincial 13 y ruta 62 a la altura de Ataliva (departamento Castellanos).

La medida cautelar fue solicitada por la Fiscal Lorena Korakis e impuesta por el Juez, Javier Bottero, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales rafaelinos.
El hecho
La Fiscal narró que “aproximadamente a las 19:50 del viernes 2 de febrero pasado, los hombres investigados –junto con una menor de edad– se conducían en un automóvil Citroen C3 por inmediaciones de la ruta provincial 13 y ruta 62 a la altura de Ataliva cuando fue detenida su marcha en un operativo de control vehicular llevado a cabo por personal de la Dirección General de Policía de Seguridad Vial”.
La fiscal relató que “el personal policial halló en el piso del sector trasero del vehículo una pistola marca Gunther calibre 22 con su cargador colocado con seis cartuchos intactos, apta para el disparo y en condiciones de uso inmediato para ambos imputados”.
La fiscal explicó que “el hombre de 34 años era quien conducía el automóvil, mientras que el otro se ubicaba en el asiento trasero junto con una mujer menor de edad”.
Agregó Korakis que “ambos imputados trasladaban además en el vehículo, a sabiendas de su carácter ilícito, un envoltorio de nailon con 123 gramos de cocaína fraccionada que se encontraba debajo del asiento delantero del acompañante y tres envoltorios también de nailon con 3,4; 0,5 y 0,4 gramos de cocaína en el interior de una cartera en el asiento trasero”.
Riesgos procesales
La fiscal manifestó que “sobre la base de las evidencias presentadas por la Fiscalía en la audiencia cautelar, el juez consideró en sus fundamentos con el grado de probabilidad inicial de la investigación que los hechos endilgados a los imputados existieron y que los mismos fueron sus autores”.
Korakis también señaló que “el magistrado sostuvo que la pena en expectativa prevista para los delitos atribuidos a ambos imputados permite acreditar que, en caso de condena, la misma sería de cumplimiento efectivo”.
En cuanto a los riesgos procesales, la funcionaria manifestó que “Bottero consideró que tanto el peligro de fuga como el entorpecimiento probatorio están latentes, haciendo hincapié en la pena en expectativa. Además, el juez descartó las medidas alternativas planteadas desde la defensa por considerarlas insuficientes”.
Calificación penal
A los hombres investigados se les endilga la coautoría de portación indebida de arma de fuego de uso civil y tenencia simple de estupefacientes.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Respiro para Argentina: frenan el fallo que ordena entregar el 51% de las acciones de YPF
Una corte de apelaciones de Nueva York otorgó una suspensión temporal administrativa. Las partes tienen hasta el 22 de julio para presentar sus argumentos.

La Justicia de los Estados Unidos le otorgó este martes un respiro temporal a la Argentina en la causa por la expropiación de YPF, al suspender la ejecución del fallo que ordena al país entregar el 51% de las acciones de la petrolera a los fondos demandantes.
Según supo Noticias Argentinas a partir del documento judicial emitido hoy, una Corte de Apelaciones de Nueva York concedió una «suspensión administrativa temporal» (temporary administrative stay) de la «Orden de Entrega» (Turnover Order) que había sido dictada el pasado 30 de junio.
La medida fue otorgada para permitir una «ordenada presentación y consideración» de los argumentos de ambas partes. La corte estableció un cronograma preciso: los demandantes (encabezados por el fondo Burford Capital) tienen hasta este jueves 17 de julio para presentar su oposición a una suspensión más larga, mientras que el Estado argentino tendrá tiempo hasta el martes 22 de julio para responder.
Una vez completado este proceso, un panel de tres jueces analizará los escritos y decidirá si concede la suspensión del fallo durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo. La decisión de hoy frena, al menos por una semana, la obligación de Argentina de desprenderse de sus activos en la petrolera.
Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro durante la presidencia de Alberto Fernández y que llevó la causa cuatro años precisó en su cuenta de “X” los próximos pasos.
“El 17 de julio, Burford presentará un escrito oponiéndose al pedido argentino de que la suspensión preventiva se prolongue hasta que la Cámara resuelva la apelación contra la sentencia de fondo”
“El 22 de julio Argentina responderá argumentando en detalle en favor de que la suspensión se prolongue”.
Sin plazo, pero muy pronto, se dará la elección de los tres jueces de Cámara que integrarán la sala que resolverá esta cuestión.
“Una vez completado el cruce de escritos y definidos los jueces, la Cámara puede resolver el pedido de la Argentina en cualquier momento, pero no tiene plazo para hacerlo”.
“Si la Cámara accede al pedido de la defensa argentina, la orden de Preska de entregar las acciones de YPF quedará suspendida hasta que la Cámara resuelva la apelación de Argentina contra su sentencia de fondo (que ordenó pagar USD 16.100 millones)”.
“Dado que la Cámara todavía no ha fijado la fecha de la audiencia, es improbable que decida esa apelación de fondo antes de 2026″.
“Si la Cámara rechaza el pedido de la Argentina, la orden de Preska volvería a estar vigente”.
Fuente: NA
Judicial
Tras su procesamiento en la causa Seguros, piden quitarle la jubilación de privilegio a Alberto
El documento fue firmado por Graciela Ocaña y otros dos legisladores pertenecientes al interbloque Confianza Pública, tales los casos de María Sol Méndez y Sebastián Nagata. En el escrito, dirigido a Fernando Bearzi, titular del organismo, solicitaron “la suspensión de la asignación mensual vitalicia que percibe el ex Presidente de la Nación Alberto Fernández”.

Legisladores de la Ciudad de Buenos Aires hicieron una presentación a la ANSES para reclamar la anulación de la jubilación de privilegio que percibe Alberto Fernández, expresidente de la Nación, procesado en las últimas horas en la causa Seguros.
El documento fue firmado por Graciela Ocaña y otros dos legisladores pertenecientes al interbloque Confianza Pública, tales los casos de María Sol Méndez y Sebastián Nagata. En el escrito, dirigido a Fernando Bearzi, titular del organismo, solicitaron “la suspensión de la asignación mensual vitalicia que percibe el ex Presidente de la Nación Alberto Fernández”.
“Como es de público conocimiento, el día 10 de Julio del corriente, el ex Presidente de la Nación, Alberto Fernández, fue procesado por el Juez Federal Sebastián Casanello por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la causa denominada ‘Seguros’”, menciona el documento.
Y continúa: “Ante este hecho, la jubilación de privilegio debe ser suspendida a fin de no perjudicar el erario público que vuestro gobierno tanto defiende”.
Los legisladores pidieron que la suspensión se extienda “hasta que se resuelva definitivamente la culpabilidad o no en los hechos que se le imputan”.
“Es sabido que los beneficios que otorga la ley 24.018 son un privilegio para quien desempeño una de las funciones públicas más importantes del país, pero si esa persona utilizó ese lugar de privilegio para beneficio propio y cometió delitos desde ese lugar, no pueden obtener ni mantener este beneficio”, sigue el escrito.
Y profundiza: “En caso de continuar abonando esta asignación de privilegio que a febrero de 2025 ascendía a $8.877.518,67 -conforme contestación de acceso a la información pública-, se estaría generando una millonaria perdida a las arcas del Estado”.
“¿Qué mensaje esta dando el Gobierno Nacional si un jubilado que trabajo toda su vida tiene que elegir entre comer o comprar medicamentos?, en cambio un ex presidente -procesado por corrupción y violencia de genero- cobra casi 9 millones de pesos por mes, es decir mas de 24 jubilaciones mínimas», remarca la presentación de Ocaña, Méndez y Nagata.

Causa Seguros: Alberto Fernández quedó más complicado
Este jueves, el juez Sebastián Casanello procesó por corrupción a Alberto Fernández en la denominada causa Seguros, por incompatibilidad en los deberes de funcionario público cuando era presidente. Además, ordenó un embargo sobre los bienes del ex mandatario por $14.634.220.283,68, confirmaron fuentes judiciales a TN.
La causa se originó con la investigación de la contratación de seguros a través del Banco Nación con la intermediación de brokers cercanos al entorno del ex mandatario.
En su fallo, el magistrado aseguró que el expresidente se involucró en el “plan de expansión de los negocios” de las empresas de Martínez Sosa con el Estado. En ese marco, Casanello entendió que Fernández impulsó “a los actores del mundo privado y exhibiendo públicamente que formaban parte de su entorno más íntimo, en un claro mensaje convalidante de sus acciones”.
Para el juez, “con la connivencia” de Fernández, los brokers “habrían operado en la contratación de seguros de diversos entes estatales, y en especial a través de la intermediación de particulares y empresas entre dichos entes y la aseguradora Nación Seguros; como así también en la inclusión de empresas coaseguradoras por parte de ésta”.
En otro tramo de la sentencia de 400 páginas, Casanello consideró que el decreto firmado por Fernández fue para “priorizar los fines públicos al afán de lucro”, mientras que las fotos que publicaba con Martínez Sosa funcionaban como un activo para el empresario, para que pudiera obtener más contratos gracias a su cercanía con quien por entonces era el Presidente de la Nación.
Fuente: TN
Judicial
La Corte Suprema le puso punto final al reclamo de la mujer que decía ser hija de Sandro
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó de forma definitiva la demanda presentada por una mujer que buscaba ser reconocida como hija biológica de Roberto Sánchez, conocido popularmente como Sandro y fallecido en enero de 2010.

Mediante una resolución firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
La causa se originó cuando Sandra Edit Borda interpuso dos acciones judiciales: una para impugnar la filiación con quien la crió, Carlos Borda, y otra para que se reconociera su vínculo biológico con el cantante.

Según relató la demandante, en 2006 su madre le confesó, poco antes de morir, que era hija de Sandro. En 2007, ambas partes se habrían sometido a una prueba de ADN de forma extrajudicial. Borda afirmó que la pareja del artista le informó que el resultado fue negativo, aunque sostuvo no haber visto el estudio personalmente.
En su presentación ante la Justicia, la mujer aseguró que su madre conoció a Sandro en 1965 y que mantuvieron una relación clandestina durante varios años. Tiempo después, su madre se casó con Carlos Borda, aunque los encuentros con el cantante habrían continuado.
En 2014, un fallo judicial anuló la paternidad de Carlos Borda, quien la había criado como hija propia. Al año siguiente, se exhumaron los restos del cantante para realizar una prueba de ADN, cuyo resultado fue negativo.
«Los resultados observados son incompatibles con la existencia de un vínculo padre/hija», indicó el fallo de primera instancia que rechazó el pedido. La Cámara de Apelaciones ratificó esa decisión al considerar que la prueba genética era concluyente y demostraba la inexistencia de la relación biológica entre Borda y Sánchez.
La mujer apeló mediante un recurso de nulidad e inaplicabilidad de la ley. Sin embargo, en febrero de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió a desestimar la demanda.
Los jueces Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria, Sergio Gabriel Torres e Hilda Kogan coincidieron en que los agravios presentados por Borda ya habían sido abordados por los tribunales inferiores, que habían actuado conforme a derecho.
Los magistrados bonaerenses remarcaron que los estudios genéticos realizados fueron contundentes y demostraron la ausencia de vínculo biológico con el cantante. La demandante, indicaron, no logró refutar esos resultados ni aportar elementos que permitieran considerar arbitrarias las sentencias previas.
Finalmente, la mujer recurrió en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que resolvió declarar inadmisible su presentación y cerrar definitivamente la causa.
Fuente: Perfil
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